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CIRCULAR 373 DE 2011
(noviembre 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Bogotá, D.C.
Para: | Directores Regionales y Subdirectores de Centro. |
Asunto: | Encargos Directivos. |
Con el fin de optimizar la gestión de los procesos administrativos y mejorar la planificación de la administración del Talento Humano y teniendo en cuenta las diferentes situaciones administrativas que ocasionan vacancias temporales en cargos de Subdirector de Centro de Formación Profesional, como vacaciones, licencias, incapacidades o comisiones de servicio, de manera atenta les solicito:
1. La Secretaría General consolidará un Banco Nacional de posibles encargados, razón por la cual, a más tardar el 16 de noviembre de 2011, los Directores Regionales y Subdirectores de Centro, deben remitir a esta Secretaría General, de manera independiente, el nombre de dos (2) servidores públicos que puedan ser encargados como Subdirector de Centro cuando se genere vacancia temporal. Los nombres sugeridos por los Directores Regionales y Subdirectores no necesariamente deben coincidir.
Los servidores públicos que se propongan deben estar vinculados al SENA mediante nombramiento ordinario (libre nombramiento y remoción) o con derechos de carrera administrativa y deben cumplir con los requisitos mínimos de estudio y experiencia para ser encargados como Subdirector de Centro, para lo cual deben anexar el estudio de requisitos mínimos y el resumen de hoja de vida de cada persona.
2. Informar al Secretario General las solicitudes que se presenten ante las Regionales o los trámites que allí se adelanten, por las situaciones que generen vacancia temporal, en los cargos de Subdirector de Centro, con mínimo diez (10) días hábiles de antelación a la expedición del Acto Administrativo que las autoriza, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
Cordialmente,
CAMILO EDUARDO BERNAL HADAD
Director General