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RESOLUCIÓN 296 DE 2012
(febrero 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se modifica la composición de la Junta Directiva Administradora Nacional del Servicio Médico Asistencial del SENA
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA,
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en el artículo 4o- numeral 4 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyó al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que mediante la Resolución 0910 del 4 de marzo de 2010, se creó el “Grupo de Trabajo Gestión del Servicio Médico Asistencial y Salud Ocupacional en la Secretaría General del SENA y se dictan otras disposiciones", señalando en su Artículo Sexto la conformación de la Junta Administradora Nacional del Servicio Médico Asistencial, de la siguiente manera:
“La Junta Administradora Nacional del Servicio Médico Asistencial, estará conformada así:
1. El Secretario General, quien la presidirá.
2. El Coordinador del Grupo del Servicio Médico Asistencial del SENA y Salud Ocupacional.
3. Un empleado público de la Secretaría General, designado por esta dependencia, quien actuará como Secretario Técnico de la Junta y elaborará las actas de las sesiones.
4. Un representante del Sindicato de Empleados Públicos y
5. Un representante del Sindicato de Trabajadores Oficiales”.
Que es procedente modificar el artículo Sexto de la Resolución 910 de 2010, para que el voto que tiene el Coordinador del Grupo del Servicio Médico Asistencial del SENA y Salud Ocupacional, se le asigne al empleado público designado por el Secretario General como integrante de la Junta Nacional del Servicio Médico Asistencial.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar el Artículo Sexto de la Resolución No. 0910 del 4 de marzo de 2010, el cual queda así:
“ARTICULO 6o. La Junta Administradora Nacional del Servicio Médico Asistencial del SENA estará conformada de la siguiente manera:
1. El Secretario General, quien la presidirá.
2. Un Empleado Público designado por el Secretario General.
3. Un representante del Sindicato de Empleados Públicos y
4. Un representante del Sindicato de Trabajadores Oficiales.
PARAGRAFO: El Coordinador del Grupo del Servicio Médico Asistencial y Salud Ocupacional de la Secretaría General, actuará con voz pero sin voto en esta Junta y ejercerá las funciones de Secretario Técnico de la misma.
ARTICULO 2o. Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro de Formación, e integrantes de la Junta Administradora Nacional del Servicio Médico Asistencial.
ARTICULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 24 FEB 2012
CAMILO EDUARDO BERNAL HADAD
Director General