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RESOLUCION 491 DE 1980
(mayo 16)
Por medio de la cual se establece la metodología general para el programa de apertura a la empresa moderna
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,
en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en especial de las que le confiere el Acuerdo No. 31 de 1979 del Consejo Directivo Nacional y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario normatizar una metodología general, que le permita al SENA poner en marcha de manera sistemática el programa de Apertura a la Empresa moderna y le defina mecanismos adecuados de concertación con los sectores económicos del país a fin de mejorar la calidad de la Formación profesional en Colombia.
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Adóptese la metodología contenida en el documento titulado "Marco de Ejecución de la Estrategia de Apertura al Medio Económico y Social", (empresa del sector moderno) como básica en el proceso inmediato de Apertura al Medio Económico y Social, respecto a la cual cabe destacar las disposiciones que se mencionan en los artículos siguientes :
ARTICULO 2o. Corresponde a la Dirección General como organismo de Dirección, coordinación, Asesoría, Evaluación y control :
a. Preparar y entregar a las Regionales la metodología general de Apertura a las Empresas del Sector Moderno, y fijarle los mecanismos apropiados que le permitan su puesta en marcha a nivel de subsectores y empresas de diferentes tamaños y categorías.
b. Elaborar con participación de funcionarios de las Regionales, ejemplos de aplicación de la metodología a que se refiere el literal anterior.
c. Asesorar a las Regionales, para que con base en los diagnósticos nacionales y regionales, y la capacidad de respuesta del SENA se determinen los Subsectores y empresas de atención prioritaria.
d. Establecer métodos y procedimientos adecuados con los objetivos, que le permitan desarrollar el proceso de seguimiento, control y evaluación de los programas de Apertura a las Empresas del Sector Moderno.
e. Establecer sistemas de información permanente que le permitan evaluar los resultados alcanzados por las Regionales en el desarrollo de este programa.
ARTICULO 3o. Corresponde a las Regionales como organismos operativos de la Entidad :
a. Determinar con base en los diagnósticos nacionales y regionales, y en la capacidad de respuesta del SENA, con asesoría de la Dirección General, las actividades de atención prioritaria y establecer un inventario del número de agrupaciones, gremios y empresas de cada Subsector.
b. Ejecutar, mediante la utilización racional de los recursos humanos, físicos, financieros y metodológicos de que dispone, el proceso de Apertura a las empresas del Sector Moderno, con base en los lineamientos de la presente resolución y de acuerdo a los objetivos propuestos.
c. Utilizar los mecanismos existentes o crear otros cuando lo considere conveniente, buscando siempre un acercamiento rápido y eficiente a los Subsectores económicos del país, a las empresas y al trabajador colombiano como objetivo final.
d. Desarrollar las acciones de seguimiento, control y evaluación con base a los métodos y procedimientos establecidos por la Dirección General, que le permitan comparar en forma objetiva los logros alcanzados con los objetivos buscados, mediante la Apertura a las empresas del Sector Moderno.
e. Los Gerentes deben hacer llegar a la Dirección General trimestralmente, en forma clara y oportuna, la información verídica relacionada con el desarrollo de este programa, utilizando para ello los sistemas de información establecidos por aquella.
ARTICULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.E. a 16 de mayo de 1980
GUSTAVO APONTE SANTOS
Director General del SENA (E)
GUILLERMO CHAHIN LIZCANO
Secretario General.