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RESOLUCIÓN 656 DE 2017
(abril 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se reanudan las actividades y términos procesales en la Dirección Regional de Caldas del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA
LA DIRECTORA GENERAL (E)
En uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de 2004, le atribuyó, en el numeral 4 de su artículo 4o al despacho de la Dirección General, la facultad de “dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas... dictar los actos administrativos, (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes”.
Que el día 19 de abril de 2017 como consecuencia de las fuertes lluvias que cayeron sobre la ciudad de Manizales, las cuales se transformaron en deslizamientos e inundaciones y taponamientos de las principales vías de acceso a dicha ciudad, declarando el Gobierno Nacional estado de calamidad pública, como es de público conocimiento.
Que de conformidad con la Resolución 577 del 19 de abril de 2017 fue necesario suspender los términos en la Dirección Regional de Caldas del SENA, a partir del 19 de abril y hasta que se restablecieran las actividades normales en la ciudad de Manizales declarada por el Gobierno Nacional.
Que mediante comunicación radicada en OnBase 8-2017-019211 del 24 de abril de 2017, el Director de la Regional Caldas, solicita reanudar las actividades y términos procesales en la Dirección Regional de Caldas a partir del 24 de abril de 2017.
Que en mérito de lo anterior expuesto, este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Restablecer las actividades y reanudar lo términos procesales a partir del 24 de abril de 2017 en todas aquellas actuaciones administrativas, actuaciones procesales de los despachos de cobro coactivo administrativo, convocatorias, procesos contractuales, actuaciones en procesos disciplinarios, derechos de petición, recursos y demás actuaciones administrativas que cuenten con términos y que se estuvieren adelantando en la Dirección Regional de Caldas del SENA.
ARTÍCULO 2o. Comuníquese la presente Resolución a la Secretaria General, Direcciones de Área, Oficinas de la Dirección General, Direcciones Regionales y a los Centros de Formación Profesional para su conocimiento y aplicación.
ARTÍCULO 3o. Publíquese el presente acto administrativo en la página web de la entidad www.sena.edu.co para conocimiento en general.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 577 de 2017.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá. D.C., a los
MARÍA ANDREA NIETO ROMERO
Directora General (E)