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RESOLUCION 778 DE 1994

(septiembre 16)

Por la cual se modifican parcialmente las resoluciones

No. 0550 y 0652 de 1994

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas

en el literal b) del numeral 9o. del artículo 10 de la Ley

119 de 1994 y el Acuerdo No. 25 de 1994 del Consejo

Directivo Nacional

COSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo Nacional del SENA, mediante Acuerdo No. 25 de 1994 del 30 de junio de 1994, autorizó al Director general para determinar cuales unidades Operativas de la Entidad se denominarán "Centros de Formación Profesional Integral".

Que la Regional Guajira solicitó un cambio en la denominación de sus Centros de Formación.

RESUELVE:

ARTICULO 1o. Modificar las denominaciones de los siguientes Centros:

"Centro de Atención al Sector Agropecuario" por "Centro Multisectorial de la Guajira"

"Centro Multisectorial de Riohacha" por "Centro Industrial y comercial de Riohacha"

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ARTICULO 2o. La jurisdicción de atención de cada Seccional será la misma dispuesta en los respectivos actos administrativos de creación o de señalamiento de área de atención y continuará comprendiendo los mismos centros allí dispuestos.

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ARTICULO 3o. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los 16 septiembre de 1994

ARTURO GARCIA DURAN

Director General

ANDRES VARELA ALGARRA

Secretario General

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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