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RESOLUCIÓN 796 DE 2015

(mayo 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se modifica la resolución No. 01411 de 2014

EL DIRECTOR GENERAL DEL SENA

En uso de las facultades legales consagradas en el Decreto 249 de 2004, en desarrollo de lo dispuesto en los artículos y del Decreto 934 de 2003, autorizado para realizar la presente modificación de conformidad con el artículo séptimo del Acuerdo No. 000006 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República expidió la Ley 789 de 2002, por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo.

Que el artículo 40 de la Ley 789 de 2002 creó el Fondo Emprender, "como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el cual será administrado por esta entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales que su formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones que para los efectos legales, sean reconocidas por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994, y demás que las complementen, modifiquen o adicionen."

Que el artículo del Decreto 934 de 2003 asignó las funciones del Consejo de Administración del Fondo Emprender al Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y la Dirección Ejecutiva del mismo al Director General de esta Entidad.

Que mediante Acuerdo 000006 de 2007, el Consejo Directivo Nacional del SENA fijó las condiciones para la suscripción de convenios de adhesión, dentro de las cuales se contempló en su artículo la posibilidad de desarrollar convocatorias públicas, abiertas o cerradas.

Que el artículo del Acuerdo 000006 de 2007, señala que el Consejo Directivo Nacional del SENA, en su calidad de Consejo de Administración del Fondo Emprender, fijará los términos y condiciones de las convocatorias públicas que estime necesarias para comprometer los recursos aportados por los convinientes.

Que en el artículo del Acuerdo 000006 de 2007, el Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, autorizó al Director General del SENA para abrir las convocatorias en el marco de los convenios de adhesión al Fondo Emprender.

Que en desarrollo del Contrato Interadministrativo No 211035 -2011 SENA- FONADE se suscribió con el Departamento de Arauca, el convenio de adhesión No. 27 de fecha 08 de noviembre 2013 con el objeto de: financiar proyectos e iniciativas empresariales presentadas en convocatoria cerrada con el municipio, sin perjuicio de la aplicación de las estipulaciones del contrato interadministrativo 211035; que no contravengan lo establecido en la presente adhesión".

Que en desarrollo del Contrato Interadministrativo No 211035 -2011 SENA- FONADE se suscribió con el Departamento de Arauca, el convenio de adhesión No. 27 de fecha 08 de noviembre 2013 con el objeto de: financiar proyectos e iniciativas empresariales presentadas en convocatoria cerrada, sin perjuicio de la aplicación de las estipulaciones del contrato interadministrativo 211035; que no contravengan lo establecido en la presente adhesión".

Que para financiar iniciativas empresariales que se desarrollen y sean presentadas por ciudadanos colombianos, que cumplan los requisitos señalados en el Acuerdo 00004 de 2009, modificado por el acuerdo 00007 de 2011, se procedió por medio de la Resolución No. 01411 de 2014 a la apertura de la convocatoria cerrada No. 100 para el Departamento de Arauca.

Que por medio de la adición No. 1 a la adhesión No. 27 al contrato Interadministrativo No. 211035 de 2011 el Departamento de Arauca adicionó el monto de QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE ($524.000.000) para que con esos recursos aportados por la entidad territorial se financien proyectos e iniciativas empresariales presentadas en la convocatoria cerrada No. 100.

Que en la medida en que conforme el cronograma de cierres de la Convocatoria No. 100, el último se produjo el pasado 06 de febrero de 2015, se requiere que para la ampliación de número de personas que pueden ser beneficiadas a los programas de FONDO EMPRENDER, agregar nueva fecha de cierre, y ejecutar los recursos adicionados por el Departamento de Arauca, a través de la adición No. 01 a la adhesión 27.

Que atendiendo el mandato del artículo séptimo del Acuerdo 000006 de 2007 el Departamento de Arauca como entidad adherent ha manifestado su voluntad para realizar la modificación a los términos de referencia en las condiciones acá dispuestas.

Que con fundamento en las anteriores consideraciones,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifíquese el artículo tercero de la Resolución No. 01411 de 2014 el cual quedará así:

"ARTÍCULO 3°. Disponer para la presente convocatoria el equivalente al monto de inversión en los planes de negocio presentados mediante la metodología del Fondo Emprender, por la suma de MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL PESOS MCTE ($1.232.898.000). De los cuales el Fondo Emprender, aporta la suma de: TRESCIENTOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL PESOS MCTE ($308.898.000). Y el Departamento de Arauca: NOVECIENTOS VEINTICUATRO MILLONES DE PESOS MCTE ($924.000.000)"

ARTICULO 2o. Modifíquese el artículo cuarto de la Resolución quedará así:

"ARTÍCULO 4°. Establecer como fecha de apertura de la convocatoria el día 03 de febrero de 2014 y como fechas de cierre el día 03 de abril de 2014, 03 de junio de 2014, 04 de agosto de 2014, y cuarto cierre 11 de mayo de 2015. Tal y como consta en los respectivos pliegos. El nuevo cierre no dará derecho de presentar propuestas a aquellas personas que hubieran sido seleccionadas en los cierres previos. Así mismo se modifican las demás fechas del cuarto cierre de conformidad con los pliegos."

ARTÍCULO 3o. En el evento en que se requiera modificar el cronograma del proceso, este será ajustado mediante adenda que será publicada por los mismos medios establecidos para las demás etapas de la convocatoria.

ARTÍCULO 4o. Sustitúyase la Resolución No. 747 de 2015, en los términos del artículo segundo del presente acto en cumplimiento del principio de publicidad y transparencia.

ARTÍCULO 5o. Las demás disposiciones de la Resolución No. 01411 de 2014 continúan vigentes siempre que no contravengan lo dispuesto por la presente Resolución.

ARTICULO 6o. PUBLICACIÓN. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE; COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los

HERNANDO ALFONSO PRADA GIL

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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