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RESOLUCION 1245 DE 2020

(octubre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se modifica el artículo 1o de la Resolución 1-0880 del 6 No. de agosto de 2020

LA SECRETARÍA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -
SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante los artículos 49 y 51 de la Resolución No. 1-0192 de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución No. 1-0192 de 2020, “Por la cual se establecen lineamientos para el Sistema de Estímulos y Programas de Bienestar Social para los Empleados Públicos SENA”, en los capítulos IV y V señala los requisitos y el procedimiento para acceder al apoyo económico en educación formal pregrado y posgrado por parte de los empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción.

Que mediante Circular No.01-3-2020-000051 del 17 de marzo de 2020, la Secretaría General abrió la Convocatoria de Estímulos, entre otros, para nuevas solicitudes de financiación de educación formal del Sistema General de Estímulos para el Segundo Semestre de 2020, dirigida a los Empleados Públicos de Carrera Administrativa y de Libre Nombramiento y Remoción.

Que mediante Circular 01-3-2020-000071 del 21 de abril de 2020 se amplió hasta el 15 de mayo de 2020 el calendario para la Convocatoria del sistema General de Estímulos para el segundo semestre 2020, manteniendo los términos, condiciones requisitos y procedimiento expresados en la Circular inicial.

Como resultado de la Convocatoria, el SENA expidió la Resolución No. 1-0685 del 1 de julio de 2020, “Por la cual se asignan apoyos para nuevas solicitudes de financiación de educación formal a funcionarios de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción del SENA”, para el segundo semestre de 2020, entre ellos en el registro No. 7 del artículo 1o, figura el apoyo a la funcionaría Iris María Eguis Carranza para cursar Maestría en la Universidad del Magdalena.

Que con la Resolución No. 1-0880 del 6 de agosto de 2020 en virtud del desistimiento de dos funcionarios se modificó el listado de beneficiarios quedando en el registro 5 del artículo 1 la funcionaria Iris María Eguis Carranza.

Que la funcionaria IRIS MARIA EGUIS CARRANZA, de la Regional MAGDALENA, a través de correo electrónico del 23 de septiembre solicita autorización para cambiar al programa de Maestría en Organización y dirección de Eventos en la Universidad Antonio de Nebrija de España teniendo en cuenta que la Universidad del Magdalena no aperturó el programa aprobado mediante la Resolución 1-0685 de 2020. Como soporte de evaluación la funcionaria aporta documentación que acredita la convalidación de ese programa en Colombia.

Luego de analizar los lineamientos de la convocatoria se pudo observar que en el literal c del numeral 2.3 de la Circular No.01-3-2020-000051 del 17 de marzo de 2020 se encuentra definido el mecanismo que permite el cambio del tipo de programa y/o universidad

previamente aprobado así: “En el evento que la Institución de Educación Superior no abra el programa aprobado y el funcionario beneficiario del apoyo desee cambiar de programa y/o universidad, debe remitir comunicación al Grupo de Apoyo Mixto de la Regional o Dirección General, donde labore, en la que anexe la certificación expedida por la universidad y la información correspondiente al nuevo programa al que aspire ser apoyado. Estas solicitudes solo se recibirán hasta antes de la apertura de la siguiente convocatoria”, por lo tanto, la causal del cambio que solicita la mencionada funcionaria está justificada, pues la misma aportó la certificación de no apertura del programa.

Verificados los soportes de IRIS MARIA EGUIS CARRANZA, se evidenció que el programa de maestría aprobado para ella tenía un costo de matrícula de $8.700.000 y un porcentaje de apoyo del 80% del mismo, por un valor de $6.960.000, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 de la Resolución No. 1-0192 de 2020. El programa de maestría al que solicita cambio tiene un costo de matrícula de $8.958.117 y de acuerdo con lo expresado en el artículo ibídem tendría un porcentaje de apoyo sobre el valor de la matrícula del 80%, equivalente a $7.116.494. Diferencia que podría ser cubierta de acuerdo con la disponibilidad presupuestal en el rubro A- 010103013, descripción “Estímulos a los empleados del Estado”, otorgados mediante la Resolución 1-0685 de 30 de junio de 2020.

En consecuencia, y con el fin de realizar el desembolso del apoyo económico correspondiente, en los términos del artículo 44 de la resolución 1-0192 de 2020, se hace necesario modificar el artículo 1o de la Resolución 1-0880 del 6 de agosto de 2020.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución 1-0880 del 6 de agosto de 2020, en cuanto al programa e Institución de Educación Superior aprobado para la funcionaria IRIS MARIA EGUIS CARRANZA identificada con la cédula de ciudadanía No. 36561759, así.

RegistroCédulaFuncionarioRegionalCentroPuntaje
total
Tipo
programa
Número total de periodos del
programa
Semestre,
ciclo,
trimestre o año
académico
solicitado
Institución
Educación
Superior
536561759Eguis
Carranza Iris
Marina
MAGDALENADESPACHO
DIRECCION
73Maestría41UNIVERSIDAD
ANTONIO DE
NEBRIJA

ARTÍCULO 2o. El texto restante de los artículos 1o y 2o de la Resolución 1-0880 del 6 de agosto de 2020, continúan intactos y vigentes.

NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. el 07 OCT 2020

Hernando Alberto Guerrero Guio

Secretario General (e)

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_1245_2020.pdf>

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