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RESOLUCIÓN 1635 DE 2008

(junio 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 2978 de 2010>

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 0021 de 2007, mediante la cual se creó “el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable del Servicio Nacional de Aprendizaje Sena y los Subcomités de Depuración Contable en las Regionales”.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, especialmente la conferida en el artículo 4o, numeral 23 del Decreto 0249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que atendiendo lo dispuesto por la Resolución No 119 de 2006, expedida por la Contaduría General de la Nación, el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA creó e integró mediante la Resolución No 0021 de 2007 el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable.

Que la Contaduría General de la Nación derogó la Resolución 119 de 2006, mediante la Resolución 393 de 2007.

Que mediante la Resolución No 34 de 2008, la Contaduría General de la Nación derogó la Resolución 393 de 2007.

Que dadas las características de los sistemas organizacionales y la interrelación entre los diferentes procesos que lleva a cabo la entidad relacionados con el área contable, resulta necesario que el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y los Subcomités de Depuración Contable de las Regionales, continúen funcionando.

Que teniendo en cuenta los roles que han venido asumiendo algunas áreas de la entidad, se hace necesario efectuar modificaciones a la conformación del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable de la entidad establecida en el artículo Primero de la Resolución 0021 de 2007, así como a otras normas de esa Resolución relacionadas con el funcionamiento del mismo.

Que por lo anterior, este Despacho

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.  <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución  2978 de 2010> Modificar el Artículo Primero de la Resolución 0021 de 2007, el cual queda así:

“ARTÍCULO PRIMERO: Creación e integración del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable: Créase en la Dirección General del SENA el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, el cual estará conformado por los siguientes funcionarios, quienes actuarán con voz y voto:

1) El Director Administrativo y Financiero, o su delegado, quien lo presidirá,

2) El Secretario General, o su delegado,

3) El Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo, o su delegado,

4) El Coordinador del Grupo de Cobro Coactivo de la Dirección Jurídica, o quien haga sus veces

5) El Coordinador del Grupo de Contabilidad de la Dirección Administrativa y Financiera, o quien haga sus veces.

Parágrafo 1o. La participación del Coordinador del Grupo de Contabilidad tiene carácter obligatorio e indelegable.

Parágrafo 2o. El Jefe de la Oficina de Control Interno de Gestión, o su delegado, serán invitados permanentes a las deliberaciones del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y actuarán con voz, pero sin voto.”

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o.  <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución  2978 de 2010> Modificar el Artículo Séptimo de la Resolución 0021 de 2007, el cual queda así:

ARTÍCULO SÉPTIMO: Periodicidad de las Reuniones del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable: El Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable del SENA, se reunirá ordinariamente el primer martes de cada uno de los meses de febrero a noviembre, y se reunirá extraordinariamente cada vez que las necesidades lo requieran.”

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ARTÍCULO 3o.  <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución  2978 de 2010> Modificar el Artículo Décimo de la Resolución 0021 de 2007, el cual queda así:

ARTÍCULO DECIMO: Actas de las reuniones: Las recomendaciones, decisiones y demás actuaciones del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y de los Subcomités Regionales de Depuración Contable, deberán constar por escrito en actas numeradas en forma consecutiva anual, que deben ser suscritas por todos los asistentes, tanto miembros principales como invitados. Los estudios técnicos necesarios que soporten las recomendaciones y decisiones se anexarán al acta correspondiente y harán parte integral de la misma.”

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ARTÍCULO 4o.  <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución  2978 de 2010> El Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable y los Subcomités de Depuración Contable de cada una de las Regionales, creados mediante la Resolución 0021 de 2007, continuarán operando y funcionando como lo establece la citada Resolución, con las modificaciones hechas mediante este acto.

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ARTÍCULO 5o.  <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución  2978 de 2010> Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretaria General, a los Directores de Área mencionados en esta Resolución, a los Directores Regionales, a los Coordinadores de los Grupo de Apoyo Administrativo de las Regionales, y a los Coordinadores del Grupo de Contabilidad y de Cobro Coactivo de la Dirección General.

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ARTÍCULO 6o.  <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución  2978 de 2010> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 18 Jun. 2008

ORBIDIO VELANDIA NIÑO

Director General (E)

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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