Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 2035 DE 2004

(SEPTIEMBRE 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 811 del 12 de mayo de 2004

El Director General

del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los artículos 40 numeral 40 del Decreto 249 de 2004 y 90 de la Ley 489 de 1998, y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 119 de febrero 9 de 1994 en el artículo numeral 13: " Por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA - señala como una de las funciones la de "Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral".

Que el Gobierno Nacional el 28 de enero de 2004 expidió el Decreto 249 modificando la estructura del SENA, otorgando funciones a la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, conforme lo señala el artículo 12 y entre ellas el numeral 1 dispone: "Dirigir la implementación en el país del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo y proponer las políticas para la ejecución de los procesos de normalización, evaluación y certificación, reconocimiento y articulación de programas de formación que de él se derivan para el desarrollo del talento humano, su empleabilidad y el aprendizaje permanente."

Por lo anterior mediante Resolución 811 del 12 de mayo de 2004, se aprobó la Guía Metodológica para el Programa de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica de Abril de 2004 la cual se encuentra contenida en 38 folios carta y desarrolla 10 aspectos fundamentales del programa.

Que en la adecuación y revisión realizada por la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo a la Guía Metodológica para el Programa de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica de Abril de 2004 y con miras a la Normalización de procedimientos para el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, dió como resultado un documento con 45 folios carta y 10 aspectos fundamentales del programa.

Que por lo anterior se hace necesario modificar parcialmente la Resolución 811 del 12 de mayo de 2004, en cuanto a que la Guía metodológica contiene 45 folios carta y desarrolla 10 aspectos fundamentales.

Por lo expresado el Director General,

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. Modificar el Artículo primero de la Resolución 811 del 12 de mayo de 2004, el cual quedará así: Aprobar la Guía Metodológica para el Programa de Articulación del SENA con la Educación Media Técnica, la cual se encuentra contenida en 45 folios tamaño carta y desarrolla 10 aspectos fundamentales del programa, elaborada por la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.

Ir al inicio

ARTICULO SEGUNDO. Las demás cláusulas de la Resolución 811 del 12 encuentra contenida en 45 folios tamaño carta y desarrolla 10 aspectos

Ir al inicio

ARTICULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

DARIO MONTOYA MEJIA

Director General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.