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RESOLUCION 2191 DE 1991
(diciembre 15)
Por la cual se determinan unas Sedes de trabajo
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 904 de 2022>
en uso de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que el SENA es la entidad encargada de desarrollar la política social del Gobierno Colombiano.
Que para el cumplimiento de lo anterior, se debe adelantar un proceso de descentralización de acciones para lograr dar respuesta oportuna y eficaz a las comunidades objeto de los servicios institucionales.
Que se requiere determinar las sedes de trabajo del personal de las diferentes regionales del SENA.
RESUELVE:
ARTICULO 1o. SEDES DE TRABAJO. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 904 de 2022> Para el cumplimiento de las diferentes acciones institucionales que deban desarrollarse, establecer las siguientes sedes de trabajo:
REGIONAL SEDES
ANTIOQUIA - CHOCO MEDELLIN
RIONEGRO
APARTADO
CAUCASIA
SANTA ROSA DE OSOS <Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 2563 de 2010>
ITUANGO <Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 2563 de 2010>
PUERTO BERRIO
CALDAS
QUIBDO
YARUMAL <Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 2014 de 2010>
ITUANGO <Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 2014 de 2010>
ATLANTICO BARRANQUILLA
ARAUCA INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE 1RA. No. 1-30 VÍA AEROPUERTO DEL MUNICIPIO DE ARAUCA <Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 2276 de 2014>
PREDIO UBICADO EN LA CARRERA 16A. No. 28-11-23-25- 29-3 ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SARAVENA<Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 2276 de 2014>
PREDIO UBICADO EN LA CALLE 15 No. 37A-155
BARRIO LA LIBERTAD ZONA URBANA DEL
MUNICIPIO DE TAME.<Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 2276 de 2014>
BOGOTA- CUNDINAMARCA BOGOTA, D.C.
MOCOA
PUERTO ASIS
FUSAGASUGA
GIRARDOT
FLORENCIA
LETICIA
SAN ANDRES ISLAS
BOLIVAR - CARTAGENA (Comprende elCentro de Comercio y Servicios)
MAGANGUE
MOMPOX
SUCRE DESPACHO DE LA REGIONAL INMUEBLE UBICADO EN
CARRETERA TRONCAL VIA SAMPUÉS, KILÓMETRO 5,
CORREGIMIENTO LA GALLERA.<Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 937 de 2011>
CENTRO DEN INNOVACIÓN TECNOLOGÍA Y LOS SER-
VICIOS PREDIO DENOMINADO "ESCUELA DE
GASTRONOMÍA Y TURISMO DEL GOLFO DE MORROS-
QUILLO, UBICADO EN LA CALLE AVENIDA PRIMERA
BARRIO EL CANGREJO, DEL MUNICIPIO SANTIAGO DE TOLÚ. <Sede adicionada por el artículo 1 de la Resolución 890 de 2014>
BOYACA TUNJA
SOGAMOSO
PUERTO BOYACA - MONIQUIRA
CALDAS MANIZALES
DORADA
RIOSUCIO
SALAMINA
CAUCA POPAYAN
EL BORDO
SANTANDER DE QUILICHAO
GUAPI
CESAR VALLEDUPAR
LA JAGUA DE IBIRICO
AGUACHICA
CORDOBA MONTERIA - CERETE
LORICA
MONTE LIBANO
GUAJIRA RIOHACHA
MAICAO
FONSECA
HUILA NEIVA - LA ANGOSTURA
PITALITO
GARZON
LA PLATA
MAGDALENA SANTA MARIA
EL BANCO
EL PLATO - FUNDACION
CERRO SAN ANTONIO
META Y ORINOQUIA VILLAVICENCIO
GRANADA
YOPAL
NARIÑO PASTO
IPIALES
TUMACO
TAMINANGO
LA CRUZ
SAMANIEGO
NORTE DE SANTANDER CUCUTA
PAMPLONA
OCAÑA
QUINDIO ARMENIA
RISARALDA PEREIRA
SANTANDER BUCARAMANGA
BARRANCABERMEJA
MALAGA
BARBOSA
SAN GIL - EL PLAYON
TOLIMA IBAGUE
LIBANO
ESPINAL
MELGAR
CHAPARRAL - HONDA
PURIFICACION
VALLE CALI
BUENAVENTURA
TULUA - BUGA
CARTAGO - PALMIRA
ARTICULO 2o. UBICACION. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 904 de 2022> Los Directores Regionales ubicarán mediante Resolución al personal en las sedes establecidas por la presente Resolución de acuerdo con las reales necesidades y programas de acciones que adelante la respectiva Regional.
ARTICULO 3o. NUEVAS SEDES. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 904 de 2022> Cuando por necesidades de la prestación del buen servicio, se requiera la designación de una sede de trabajo diferente a las establecidas en la presente Resolución, el Director Regional la deberá solicitar por escrito ante el Director General indicando las causales de dicha solicitud.
ARTICULO 4o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo de la Resolución 904 de 2022> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C. a los 15 días de diciembre de 1991
HERNANDO ARANGO MONEDERO
Director General
MELIDA YEPES ALZATE
División de Recursos Humanos