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RESOLUCION 2754 DE 2014

(diciembre 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

"Por la cual el SENA acepta la designación como Entidad Pública ejecutora del proyecto "Construcción de infraestructura para la formación, la innovación y el desarrollo tecnológico del sector agropecuario, en el Centro Agropecuario la Granja SENA Regional Tolima" y se incorpora al presupuesto de ingresos y gastos recursos del Sistema General de Regalías en un capitulo independiente del Presupuesto del SENA"

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 4o del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, y el artículo 44 del Decreto 1949 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004, le atribuyó, en el numeral 2 de su artículo 4o al despacho de la Dirección General, la facultad de "ejercer la representación legal de la entidad y en el numeral 4 el "Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas.... dictar los actos administrativos, (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes".

Que a través de la Ley 1530 de 2012, se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, reglamentada por los Decretos 1077 de 2012 y 1949 de 2012.

Que el Artículo 22 de la Ley 1530 de 2012, señala "Con los recursos del Sistema General de Regalías se podrán financiar proyectos de inversión y la estructuración de proyectos, como componentes de un proyecto de inversión o presentados en forma individuar

Que el Artículo 6 de la Ley 1530 de 2012, dispone que "Los Órganos Colegiados de Administración y Decisión son los responsables de definir los proyectos de inversión sometidos a su consideración que se financiarán con recursos del Sistema General de Regalías, así como evaluar, viabilizar, aprobar y priorizar la conveniencia y oportunidad de financiarlos. También designarán su ejecutor que será de naturaleza pública"

Que en ese mismo sentido, el artículo 27 de la norma citada, señala que "Los Órganos Colegiados de Administración y Decisión serán los encargados de viabilizar y aprobar los proyectos de inversión que se financiarán con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías previa verificación de la disponibilidad de recursos certificada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. "

Que el parágrafo primero del artículo 23 del Decreto 1949 de 2012, dispone que los proyectos de inversión podrán ser viabilizados, aprobados y designados sus ejecutores en una sola sesión del Órgano Colegiado de Administración y Decisión.

Que el artículo 44 del Decreto 1949 de 2012, sobre la Incorporación en los presupuestos de las entidades públicas, dispone que "Mediante Acto Administrativo del jefe del órgano del Sistema o entidad pública designada como ejecutora de proyecto por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, y mediante Decreto del Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del Sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías. // Dicha incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del Sistema y cuando se acepte la designación como ejecutor de proyecto, designación que será adelantada por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión. // Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo independiente del presupuesto de cada órgano o entidad tendrán para todos los efectos fiscales, una vigencia igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías. II El proceso de afectación de las apropiaciones incorporadas en los presupuestos de las entidades con base en el inciso anterior, será el que corresponda al régimen presupuestal de la respectiva entidad, salvo en lo relacionado con la vigencia de las apropiaciones que será igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías.

Que el Centro Agropecuario "La Granja" SENA Regional Tolima presento al Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías el Proyecto CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA FORMACION, LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL SECTOR AGROPECUARIO, EN EL CENTRO AGROPECUARIO LA GRANJA SENA REGIONAL TOLIMA con código BPIN 2013000060115 del Departamento Nacional de Planeación.

Que mediante Acta No. 24 del 21 de octubre de 2014, el ÓRGANO COLEGIADO DE ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN Región Centro Sur SECRETARÍA TÉCNICA en el inciso 3.4 dispuso que "La Secretaría Técnica presentó a consideración del OCAD, la decisión de VIABILIZAR, PRIORIZAR, APROBAR, DESIGNAR ENTIDAD PÚBLICA EJECUTORA y DE LA INSTANCIA ENCARGADA DE CONTRATAR LA INTERVENTORIA Y LA APROBACIÓN DE VIGENCIAS FUTURAS PARA LA RECEPCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS, para el proyecto de inversión Bpin 2013000060115, CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA FORMACIÓN, LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL SECTOR AGROPECUARIO, EN EL CENTRO AGROPECUARIO LA GRANJA SENA REGIONAL TOLIMA"... "La Secretaria Técnica informa que el proyecto SI cumple con el trámite de verificación de requisitos adelantado por Departamento Nacional de Planeación - DNP como instancia competente, documento que hace parte integral de la presente acta"..." Con base en la anterior votación, el OCAD SI viabilizó, SI priorizó y SI aprobó el citado proyecto y designó como entidad pública ejecutora del proyecto al SENA, designó como instancia encargada de contratar la interventoría al DEPARTAMENTO DEL TOLIMA y SI aprobó AUTORIZAR las vigencias futuras para la recepción de bienes y servicios en el bienio 2015-2016 con cargo al presupuesto de la vigencia actual"

Que a través del Acuerdo No. 20 del 22 de octubre de 2014, el ÓRGANO COLEGIADO DE ADMINISTRACIÓN Y DECISIÓN - OCAD Región Centro Sur, adopta decisiones relacionadas con proyectos de inversión financiados o cofinanciados con recursos del Sistema General de Regalías – SGR, y en su artículo 3o determinó "VIABILIZAR, PRIORIZAR, APROBAR el siguiente proyecto de inversión; designar la entidad pública ejecutora y la instancia encargada de adelantar la contratación de la interventoría, aprobar las vigencias futuras, tal como se detalla a continuación:

Código Bpin
Nombre Proyecto
Sector
Fase
Valor Total
2013000060115






CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA FORMACIÓN, LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL SECTOR  AGROPECUARIO, EN EL CENTRO AGROPECUARIO LA GRANJA SENA REGIONAL TOLIMA.
Educación - Formación
para el trabajo y el desarrollo humano
FACTIBILIDAD - FASE 3






$2.056.180.189






Fuentes

Tipo de Recurso

Cronogram MGA
Valor

Departamentos - TOLIMA
Fondo de Compensación Regional

2014

$657.103.310

Departamentos - TOLIMA
Fondo de Compensación Regional

2015

$1.399.076.879
Valor Aprobado por el Ocad
$ 2.056.180.189


VIGENCIA PRESUPUESTAL APROBADA POR EL OCAD.


Fuentes Aprobadas




Tipo de Recurso




Vig. Presupuestal SGR



Valor Aprobado




Vig. Futura
Aprobada


Vr. Aprobado
Vig. Futura (1)
Bienio en el que se recibe el bien o servicio (2):
Departamento - Tolima

Fondo de Compensación Regional
2013-2014

$657.103.310


$0


2015-2016

Departamento - Tolima

Fondo de Compensación Regional2013-2014

$1.399.076.879

$0


2015-2016

Entidad Pública designada
ejecutora del proyecto
SENA



VALOR



$1.921.663.728



Instancia pública designada para la contratación de interventoría  Departamento del Tolima




VALOR




$134.516.461
Acuerdo de requisitos con que se aprobó
Acuerdo 17 de 2014

Que el parágrafo del artículo 78 de la Ley 1530 de 2012, señala que los Órganos que integran este presupuesto y que a su vez hagan parte del Presupuesto General de la Nación, dispondrán de un sistema de registro y contabilización independiente de los recursos del Sistema General de Regalías que se regirá por las disposiciones contenidas en la presente ley.

Que conforme a lo anterior se hace necesario aceptar e incorporar en el presupuesto de Ingresos el valor de MIL NOVECIENTOS VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE Y OCHO PESOS ($1.921.663.728) con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías, en un capítulo independiente del presupuesto del SENA, para la ejecución del proyecto aprobado con Bpin 2013000060115, "CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA FORMACIÓN, LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL SECTOR AGROPECUARIO, EN EL CENTRO AGROPECUARIO LA GRANJA SENA REGIONAL TOLIMA.

Que en mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aceptar la designación como entidad pública ejecutora del proyecto aprobado en el Artículo 3o del Acuerdo No 20 del 22 de Octubre de 2014, emitido por el Órgano Colegiado de Administración y decisión Región Centro Sur, con Bpin 2013000060115, "CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA FORMACIÓN, LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL SECTOR AGROPECUARIO, EN EL CENTRO AGROPECUARIO LA GRANJA SENA REGIONAL TOLIMA", el cual será ejecutada en la Regional Tolima – Espinal - CENTRO AGROPECUARIO LA GRANJA SENA REGIONAL TOLIMA.

ARTÍCULO 2o. INGRESOS. Incorporar el Presupuesto de Ingresos por valor de MIL NOVECIENTOS VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE Y OCHO PESOS ($1.921.663.728) con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías, en un capítulo independiente del presupuesto del SENA, en los siguientes conceptos y valores:

Fuentes
Tipo de Recurso
Valor
Departamentos - TOLIMA
Fondo de Compensación Regional$1.921.663.728

ARTÍCULO 3o. GASTOS. Incorporar el Presupuesto de Gastos por valor de MIL NOVECIENTOS VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTE Y OCHO PESOS ($1.921.663.728)M/CTE con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías, en un capítulo independiente del presupuesto del SENA, en los siguientes conceptos y valores:

Código Bpin
Nombre Proyecto
Sect
Fase
Valor Total
2013000060115






CONSTRUCCIÓN DE INFRAESTRUCTURA PARA LA FORMACIÓN, LA INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL SECTOR AGROPECUARIO, EN EL CENTRO AGROPECUARIO LA GRANJA SENA REGIONAL TOLIMA.
Educación -Formación para el trabajo y el desarrollo humano


FACTIBILIDAD
- FASE 3





$1.921.663.728






Fuentes
Tipo de Recurso
Valor
Departamentos - TOLIMA
Fondo de Compensación Regional

$1.921.663.728

ARTÍCULO 4o. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretaria General, Directores de Área, Director de la Regional Tolima y al Subdirector del Centro Agropecuario la Granja Regional Tolima.

ARTÍCULO 5o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición; para los efectos del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 DIC. 2014

HERNANDO ALFONSO PRADA GIL

Director General

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