Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

ACUERDO 5 DE 2011

(septiembre 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 1 del Acuerdo 8 de 2011>

Por el cual se modifica el Presupuesto de Funcionamiento para la vigencia fiscal 2011

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Artículo 29 del Decreto 4730 de 2005, el artículo 20 del Decreto 4803 de 2010, y el artículo 3o numeral 27 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1420 del 13 de diciembre de 2010, "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011”, en su artículo 1o detalla el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia 2011, del cual hace parte el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que en el Decreto 4803 del 29 de diciembre de 2010, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que el citado Decreto 4803 del 29 de diciembre de 2010, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2011, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos?, en el artículo 20 autoriza al Consejo Directivo Nacional para efectuar distribuciones en el presupuesto de ingresos o gastos sin cambiar su destinación ni cuantía, las cuales requieren para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que el Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005, “Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto" en su artículo 29 establece: “Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos; o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas (..)

Que por Resolución No. 0234 del 23 de junio de 2011 de la Contraloría General de la República, se fijó el valor del Tributo Especial de Tarifa de Control Fiscal para la vigencia 2011, al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, en cuantía de $3.472.553.716,00; y en el presupuesto de la Entidad para la presente vigencia fiscal se apropiaron $2.427.700.000,00 valor insuficiente para cubrir la totalidad del valor de la tarifa mencionada, más el 4x1000. El valor a pagar a la Contraloría General de la República incluido el 4x1000 es de tres mil cuatrocientos ochenta y seis millones cuatrocientos cuarenta y tres mil novecientos treinta y un pesos $3.486.443.931,00 M/CTE.

Que por lo anterior, es necesario trasladar los recursos presupuéstales para financiar dichos gastos;

Que previo estudio de viabilidad efectuado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Entidad, el Director General de la entidad propone al Consejo Directivo Nacional la modificación presupuestal señalada en el presente Acuerdo;

Que en mérito de lo expuesto;

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. <Acuerdo derogado por el artículo  del Acuerdo 8 de 2011> Contracreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2011 por valor de MIL CINCUENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($1.058.743.931,00) M/CTE, en las siguientes cuentas, subcuentas, objeto del gasto, ordinal, recurso y valor en pesos:

ARTÍCULO SEGUNDO. <Acuerdo derogado por el artículo  del Acuerdo 8 de 2011> Con base en el artículo anterior, acreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2010 por valor de MIL CINCUENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN PESOS ($1.058.743.931,00) M/CTE, en las siguientes Cuentas, Subcuentas, Objeto del Gasto, Ordinal, Recurso y valor en pesos:

ARTICULO TERCERO. <Acuerdo derogado por el artículo  del Acuerdo 8 de 2011> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., el

LUZ ESTELLA VEIRA DE SILVA

Viceministro de Relaciones Laborales

Presidente Consejo Directivo Nacional

JUAN BAYONA FERREIRA

Secretaria General del SENA

Secretario del Consejo

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/ACUERDO_SENA_0005_2011.pdf>

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.