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ACUERDO 7 DE 2023
(noviembre 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por medio del cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la vigencia fiscal 2023.
EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL
En uso de sus facultades legales, en especial las que les confieren el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015 (modificado por el artículo 8 del Decreto 412 de 2018), el artículo 19 del Decreto 2590 de 2022 y el artículo 3 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto 2590 de 2022 "Por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", se establecieron las apropiaciones presupuéstales para funcionamiento, servicio a la deuda e inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.
Que el artículo 2.8.1.5.6. del Decreto 1068 de 2015 establece: "Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por Resolución del Representante Legal en caso de no existir aquellas.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. / Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación- Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas-sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resoluciones o acuerdos y verificación del registro de las solicitudes en el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas SUIFP (...)."
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, expidió el Decreto 890 del 2 de junio de 2023, "Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se dictan otras disposiciones en materia salarial", y el incremento descrito en dicho Decreto ha generado un faltante en los conceptos de pago de nómina correspondiente a los cargos de planta de la Entidad vinculados a las 9 Áreas de la Dirección General y las 33 Direcciones Regionales respecto a los valores asignados en el Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022.
Que adicionalmente se requieren recursos para cubrir faltantes relacionados con: Auxilio Sindical (no de pensiones) el cual se encuentra reglamentado en los artículos 18 al 22 de la Convención Colectiva de Trabajo, que rige para los trabajadores oficiales del SENA, incapacidades y licencias de maternidad y paternidad (no de pensiones) que hacen parte de los conceptos de prestaciones sociales relacionadas con el empleo y préstamos por calamidad doméstica que se encuentran contemplados en el plan social e incentivos 2023, según los Acuerdos 00005 de 2012 y 0004 de 2019.
Que para cubrir los faltantes de nómina, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo solicitó ante la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el levantamiento de la leyenda "Previo Concepto DGPPN" de los recursos apropiados en el objeto de gasto A-01-01-04 - OTROS GASTOS DE PERSONAL - DISTRIBUCIÓN PREVIO CONCEPTO DGPPN, por valor de $1.310.000.000 (mil trescientos diez millones de pesos mete.), y aquella emite concepto favorable mediante Radicado: 2-2023- 048190 del 11 de septiembre y autoriza la operación presupuestal.
Que la coordinadora del grupo de presupuesto del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 623 de septiembre 15 de 2023 por valor de $1.919.000.000 (mil novecientos diecinueve millones de pesos mete.)
Que la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA solicitó el trámite del Acuerdo para la modificación del presupuesto de funcionamiento de la entidad para la vigencia 2023, para lo cual presentó, con base en las normas presupuéstales citadas, el proyecto con su respectiva justificación técnica, memoria justificativa e informe ejecutivo.
RESUELVE
Artículo 1. Efectuar la siguiente modificación al anexo del Decreto de Liquidación, en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la Vigencia Fiscal 2023:
CTA | SUBC | OBJG | ORD | REC | CONCEPTO | CONTRACREDITAR | ACREDITAR |
27 | FUNCIONAMIENTO | 1.919.000.000 | 1.919.000.000 | ||||
01 | 27 | GASTOS DE PERSONAL | 1.910.000.000 | 1.760.000.000 | |||
01 | 01 | 27 | PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE | 1.910.000.000 | 1.760.000.000 | ||
01 | 01 | 01 | 27 | SALARIO | 860.000.000 | ||
01 | 01 | 02 | 27 | CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA | 600.000.000 | ||
01 | 01 | 03 | 27 | REMUNERACIONES NO CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL | 900.000.000 | ||
01 | 01 | 04 | 27 | OTROS GASTOS DE PERSONAL - DISTRIBUCION PREVIO CONCEPTO DGPPN | 1.310.000.000 | ||
02 | 27 | ADQUISISION DE BIENES Y SERVICIOS | 9.000.000 | ||||
03 | 27 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES | - | 150.000.000 | |||
03 | 04 | 27 | PRESTACIONES PARA CUBRIR RIESGOS SOCIALES | 150.000.000 | |||
03 | 04 | 02 | 27 | PRESTACIONES SOCIALES RELACIONADAS CON EL EMPLEO | 150.000.000 | ||
03 | 04 | 02 | 012 | 27 | INCAPACIDADES Y LICENCIAS DE MATERNIDAD Y PATERNIDAD (NO DE PENSIONES) | 34.000.000 | |
03 | 04 | 02 | 032 | 27 | AUXILIO SINDICAL (NO DE PENSIONES) | 116.000.000 | |
06 | 27 | ADQUISICIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS | 9.000.000 | ||||
06 | 01 | 27 | CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS | 9.000.000 | |||
06 | 01 | 04 | 27 | A PERSONAS NATURALES | 9.000.000 | ||
06 | 01 | 04 | 004 | 27 | PRÉSTAMOS POR CALAMIDAD DOMÉSTICA | 9.000.000 |
ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, y requiere para su efectividad de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., el 01 NOV 2023
IVAN DANIEL JARAMILLO JASSIR
Presidente del Consejo
Viceministro del Empleo y Pensiones
Encargado de las Funciones de Ministro del Trabajo
KATERINE GRIMALDOS ROBAYO
Secretaria de Consejo