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CIRCULAR 40 DE 2018

(marzo 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARALOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA Y LIBRE NOMBRAMIENTO Y REMOCIÓN, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL Y COORDINADORES DEL GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO
ASUNTO:Convocatoria Sistema General de Estímulos - Segundo Semestre 2018

La Secretaría General informa: del 2 al 13 de abril de 2018 estará abierta la Convocatoria del Sistema General de Estímulos para el segundo semestre de 2018, por tanto solicitamos que a través de la Dirección Regional y sus Centros de Formación Profesional Integral, se garantice la difusión amplia de la misma.

1. Participantes:

Empleados Públicos de Carrera Administrativa y de libre Nombramiento y Remoción.

2. Requisitos:

Los establecidos en el artículo 30 de la Resolución No 0059 de 2016 en armonía con el artículo 6 de la Resolución 2001 de 2016; Decreto 1567 de 1998 y Decreto 1083 de 2015; de la siguiente manera:

a) Contar por lo menos con un (1) año de servicio continúo en la Entidad en un cargo de carrera administrativa o en un cargo de libre nombramiento y remoción.

Nota aclaratoria: El tiempo de servicio con nombramiento provisional no puede ser tomado para ponderar la antigüedad.

b) Acreditar nivel sobresaliente en la evaluación de desempeño correspondiente al último año de servicio, tratándose de los empleados públicos de carrera administrativa que soliciten apoyo de continuidad o nuevas solicitudes.

e) Acreditar nivel sobresaliente en el consolidado definitivo anual del sistema de evaluación de Acuerdos de Gestión, para el caso de los empleados públicos de libre nombramiento y remoción.

d) No estar cursando más de un programa de pregrado, ni poseer título profesional cuando se pretenda obtener apoyo para optar por un programa de pregrado.

e) Adjuntar al formato de solicitud de apoyo el original y/o copia del programa de la carrera a cursar expedido por la respectiva universidad, donde se evidencien datos como nombre del programa, duración, tipo de periodos, número de periodos y valor de la inversión, para las nuevas solicitudes.

f) Presentar en las fechas establecidas en la respectiva convocatoria, el formato “único: solicitud de apoyo económico para educación formal (SARE 1)”, y radicaría en el lugar donde el funcionario labore (Regional, Centro de Formación Profesional Integral o Dirección General). Las solicitudes que sean radicadas fuera de las fechas establecidas y en otro formato no serán tenidas en cuenta.

g) No tener sanción disciplinaria vigente, ni haber sido sancionado disciplinariamente en el último año.

h) Los empleados públicos que hayan sido beneficiados con un programa de pregrado por parte del SENA, sólo podrán aspirar al apoyo del posgrado, una vez transcurrido un (1) año contado a partir de la fecha de graduación del pregrado.

i) Los empleados públicos que hayan sido beneficiados con un programa de posgrado por parte del SENA, sólo podrán aspirar a un nuevo apoyo de esta clase, una vez transcurrido un (1) año contado a partir de la fecha de graduación del anterior posgrado

2.1. Procedimiento:

a) El empleado público que reúna los requisitos indicados anteriormente para iniciar o continuar programas de pregrado o de posgrado debe diligenciar el “Formato Único: Solicitud de Apoyo Económico para Educación Formal (SARE 1)” anexando los soportes correspondientes y radicarlo en la unidad de correspondencia del lugar donde labora (Regional, Centro de Formación Profesional Integral o Dirección General), desde el 2 hasta el viernes 13 de abril de 2018 a las 5:30 p.m.

b) La información suministrada por el empleado público durante su participación en la convocatoria semestral debe ser completa y verídica, de comprobarse que aporta datos, información, documentos que no corresponden a la realidad, algún tipo de inexactitud, irregularidad o alteración, no podrá volver a participar en la convocatoria durante tres (3) años contados a partir del momento en que se evidencie el hecho o hasta el momento de su desvinculación y sin perjuicio de las demás acciones legales (penales, disciplinarias y fiscales) a las que hubiere lugar.

c) Entre el 16 de abril al 27 de abril de 2018, los Coordinadores del Grupo de Apoyo Mixto de cada Regional consolidarán y puntuarán la información de las solicitudes de su regional, de acuerdo con la información soportada en expediente laboral de cada solicitante y a los factores de evaluación establecidos en el artículo 48 de la Resolución 0059 de 2016.

d) El 30 de abril de 2018, las Regionales deben remitir al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano, de la Dirección General el “Formato Único Sistema General de Estímulos" debidamente diligenciado, con la información consolidada y certificado por el Director Regional de los funcionarios que se presentaron por primera vez y que cumplen los requisitos de la presente convocatoria, ordenados de mayor a menor, teniendo en cuenta el puntaje final obtenido y resultante de la aplicación del artículo 48 de la Resolución 0059 de 2016.

De igual forma, deben relacionar en el mismo “Formato Único Sistema General de Estímulos” los empleados públicos que vienen siendo apoyados, diligenciando la información de los funcionarios que aspiren a continuar con el apoyo económico en el segundo semestre de 2018 y que cumplan con lo establecido en el artículo 40 la Resolución 0059 de 2016 “RENDIMIENTO ACADÉMICO”.

e) Es preciso indicar que las nuevas solicitudes de apoyo económico están sujetas a la disponibilidad de recursos presupuéstales para el Sistema General de Estímulos, así como de la ponderación de puntaje a nivel nacional según las solicitudes presentadas.

f) Entre el 2 al 3 de mayo de 2018, el Grupo de Formación y Desarrollo del Talento de la Dirección General consolidará la información del “Formato Único Sistema General de Estímulos" remitida por las Regionales y el 4 de mayo de 2018 enviará el consolidado nacional de los funcionarios que se presentaron y que cumplen los requisitos de la presente convocatoria ordenados de mayor a menor, teniendo en cuenta el puntaje final obtenido y resultante de la aplicación del artículo 48 de la Resolución 0059 de 2016.

2.2. Publicación y Reclamación: Relación y puntajes de funcionarios inscritos para adelantar estudios de educación formal

a) Del 7 al 11 de mayo de 2018 se fijarán en las carteleras institucionales en la Dirección General y en los Centros de Formación Profesional Integral, el listado de los empleados que solicitaron apoyo económico para adelantar estudios de educación formal y los funcionarios que solicitan continuidad del apoyo económico para adelantar estudios de educación formal, que se presentaron en la convocatoria con los puntajes obtenidos, con el ánimo de garantizar la divulgación y transparencia de la presente convocatoria.

b) Del 15 al 18 de mayo de 2018 los participantes podrán hacer reclamaciones por escrito, donde presentaron la solicitud de apoyo económico para educación formal.

c) Las reclamaciones deben ser resueltas entre el 21 de mayo al 23 de mayo de 2018. El 24 de mayo de 2018 los Directores Regionales enviaran certificado con los puntajes definitivos al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General.

d) En junio de 2018, se emitirán las Resoluciones con los beneficiarios a los cuales se otorga el apoyo económico para adelantar estudios de educación formal de conformidad con lo establecido en la Resolución 0059 de 2016.

2.3. Notas finales:

a) Las Resoluciones 059 de 2016 y 2001 de 2016, establecen los lineamiento del programa de incentivos, por lo cual se recomienda su lectura integral para efectuar el procedimiento y aclarar dudas sobre el programa en mención, esta puede ser descargada en el siguiente enlace: http://normograma.sena.edu.co/docs/resolucion_sena_0059_2016.htm.

b) La continuidad del apoyo se regirá por lo establecido en el artículo 40 de la Resolución 0059 de 2016 de la Dirección General del SENA

c) Los funcionarios que sean favorecidos del apoyo económico para educación formal - convocatoria Segundo Semestre 2018 - deben manifestar por escrito la aceptación o rechazo a este apoyo dentro de los quince (15) días siguientes a la expedición de la Resolución, al Grupo de Apoyo Mixto de cada Regional. En caso de aceptar el apoyo económico se debe anexar el recibo de pago.

Se reitera, en razón a que se debe garantizar la ejecución al 100% del rubro presupuestal de estímulos es indispensable que los funcionarios beneficiarios del apoyo económico para educación formal, remitan al Grupo de Apoyo Mixto de la Regional o Dirección General, donde laboren, el recibo de pago de la Universidad, con el fin de iniciar los trámites administrativos de pago.

d) En el mes de septiembre de 2018, se publicará la Convocatoria Sistema General de Estímulos para el primer semestre 2019. Por lo tanto los funcionarios beneficiarios del apoyo económico para educación formal del segundo semestre tendrán que hacer uso de este beneficio antes de la apertura de la segunda convocatoria.

e) El empleado beneficiado debe desarrollar el programa académico aprobado en los tiempos programados por la universidad. El SENA no reconocerá tiempos adicionales a los establecidos en los cuadros de apoyo, ni pasantías, seminarios o cualquier otro adicional para optar por el título que conlleva el estudio. De conformidad a lo establecido en los Artículos 35 y 54 de la Resolución No. 0059 de 2016.

f) El apoyo será pagado directamente por el SENA a la institución de educación superior y no puede emplearse para conceptos distintos a la matrícula, tales como inscripción, seguros, carnetización, derechos de grado, tesis, cursos adicionales o complementarios, derechos especiales, etc.

g) El SENA apoya un único programa de pregrado para los que han alcanzado niveles de estudio de educación media, técnica o tecnológica y programas de posgrado en la modalidad de especialización y maestría. En el evento que la Regional, Centro de Formación Profesional Integral o Dirección General emita concepto favorable para adelantar estudios de un (1) doctorado, se requiere que la formación a apoyar represente un beneficio en el logro de los objetivos de la Entidad. Al igual que para los estudios de especialización y maestría.

h) El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General, de acuerdo con el presupuesto institucional aprobado para la vigencia 2018, una vez certificado el valor de los apoyos de continuidad, determinará el número de nuevos apoyos que serán asignados a los empleados públicos de la Entidad.

i) El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General, remitirá a las Direcciones Regionales la Resolución por la cual se asigna el apoyo económico para adelantar estudios de educación formal, para que procedan a notificar a los beneficiarios de la Regional.

j) El empleado público beneficiado con el apoyo suscribirá un acta en la que asume el compromiso de cursar todo el semestre y se compromete a prestar sus servicios a la Entidad por un periodo de un (1) año contado a partir de la terminación de materias del último periodo académico apoyado.

k) Una vez ejecutoriada la Resolución, el funcionario beneficiado entrega el recibo de matrícula, certificado o documentos necesarios para iniciar los trámites de pago del apoyo que se hará únicamente a la institución educativa la cual debe contar con el Registro Calificado y las Instituciones de Educación Superior que lo impartan deben estar registradas en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior-SNIES del Ministerio de Educación Nacional, y se liquidará desconformidad con el valor de la matrícula aplicando los porcentajes señalados en el artículo 54 de la Resolución 0059 de 2016.

Cualquier inquietud o información adicional, comunicase en la Regional con la persona encargada del proceso de estímulos.

Cordialmente,

Carmel Crissotenis Jaimes Galvis

Secretaria General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0040_2018.pdf>

ANEXO.

Calendario Convocatoria Sistema General de Estímulos - Segundo Semestre 2018

Del 2 al 13 de abril de 2018Presentación solicitudes, radicar el Formato único de inscripción al Sistema General de Estímulos” (SARE 1)
Del 16 al 27 de abril de 2018Coordinador del Grupo de Apoyo Mixto de cada Regional consolidaran y puntuara la información de las solicitudes de su regional
El 30 de abril de 2018Regionales remiten al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano, de la Dirección General el “Formato Único Sistema General de Estímulos”
Del 2 al 3 de mayo de 2018El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano consolidara “Formato Único Sistema General de Estímulos” remitido por las Regionales
El 4 de mayo de 2018El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano remitirá a las Regionales el consolidado nacional
Del 7 al 11 de mayo de 2018Publicación de resultados en las Regionales, consolidado nacional
Del 15 al 18 de mayo de 2018Presentación de reclamaciones y revisión de solicitudes
Del 21 al 23 de mayo de 2018.Respuesta a reclamaciones
El 24 de mayo de 2018Las Regionales remiten listados definitivos.
Junio de 2018Se emitirán las Resolución con los beneficiarios a los cuales se otorga el apoyo económico para adelantar estudios de educación formal de conformidad a establecido en la Resolución 0059 de 2016
Septiembre de 2018Publicación de la Convocatoria Sistema General de Estímulos - primer semestre 2019
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