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CIRCULAR 88 DE 2017

(mayo 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá, D.C.

PARA:SUBDIRECTORES Y COORDINADORES ACADÉMICOS DE LOS CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
ASUNTO:Ejecución de Formación Virtual y a Distancia, normatividad vigente.

En atención a consultas e inquietudes relacionadas con la ejecución de la formación virtual y a distancia, y con el fin de dar claridad, a los temas específicos de titulada y complementaria, se remite la información consignada en el Plan de Acción para el año 2017 con algunas precisiones:

FORMACIÓN TITULADA VIRTUAL Y A DISTANCIA

La Dirección de Planeación envió a los centros de formación la meta regional de titulada virtual y a distancia, los centros que decidan ofertar programas con estas modalidades, deben velar por el cumplimiento de las condiciones de calidad sustentadas ante el Ministerio de Educación Nacional. El Centro debe prever en el Plan de Acción, todos los recursos financieros necesarios para garantizar la contratación del equipo de instructores requerido, quienes atenderán la totalidad de las competencias descritas en el programa de formación (técnicas y transversales) y, su dedicación exclusiva a la orientación de las actividades de aprendizaje en modalidad virtual y a distancia, desde el inicio (inducción) hasta el final (seguimiento a la etapa productiva).

La meta de formación titulada virtual y a distancia se discriminó de la meta presencial, y los recursos presupuéstales para la contratación de instructores de estos programas, se asignó en el rubro de "Contratación de Instructores".

En relación con aspectos generales sobre el proceso de ingreso y ejecución de la formación, se recomienda tener en cuenta:

--El proceso de ingreso de aprendices se realizará de acuerdo con lo establecido por el grupo responsable de Administración Educativa de la Dirección de formación Profesional y según calendario académico para el 2017.

--Los Centros de formación sólo podrán ofertar aquellos programas que cuenten con registro calificado vigente.

--La contabilización de aprendices para la meta de formación titulada incluirá las fichas de titulada que se caractericen como "virtual" y como "a distancia". Estos aprendices no sumarán a la meta de complementaria virtual.

--Cantidad de aprendices por ficha: 50.

--La designación y programación de instructores se realizará por los centros de formación, acorde con la planeación pedagógica de los programas, así:

--Si es instructor de competencias técnicas dedicado únicamente a formación titulada virtual o a distancia, tendrá asignados hasta 200 aprendices activos (que ingresan al ambiente virtual de aprendizaje LMS).

--Si es instructor de competencias transversales o básicas dedicado únicamente a formación titulada virtual o a distancia, hasta 400 aprendices activos.

--La ejecución de la formación se realizará conservando las mismas fases que se adelantan en la formación presencial tanto en etapa lectiva (desde la inducción y en el desarrollo de la formación) como en etapa productiva.

--Los centros de formación deben garantizar que dentro del plan de bienestar del centro, sean incluidas actividades a realizar con los aprendices de formación titulada virtual y a distancia, y a su vez implementar las acciones requeridas para garantizar el cumplimiento de los derechos que establezca el reglamento de aprendices.

--Para la designación de instructores de los programas de formación titulada virtual y a distancia, se deben tener en cuenta primero los instructores de carrera administrativa e instructores nombramiento provisional, que cumplan con el perfil de la familia, y posteriormente, en caso de no contar con personal disponible e idóneo para la atención de los programas asignados, el Centro realizará la contratación de instructores.

--La programación de los instructores técnicos y transversales de la formación titulada virtual y a distancia, la realiza directamente el Coordinador Académico de cada centro, en el aplicativo de gestión y administración académica.

--Los Centros de formación que atiendan formación titulada virtual y a distancia, deben garantizar que el proceso de contratación de instructores para el 2017 se ajuste al calendario académico establecido para esta vigencia.

FORMACIÓN COMPLEMENTARIA VIRTUAL.

Meta de formación complementaria virtual por Centro de Formación

La formación complementaria virtual tiene meta discriminada por cupos y aprendices para cada centro de formación. La Dirección de Planeación asigna los recursos presupuéstales por el rubro de "Tutores Virtuales” para adelantar procesos de contratación de instructores con destinación exclusiva para los programas virtuales.

Para determinar la meta de formación complementaria virtual 2017 y la asignación de familias a atender se analizaron los siguientes aspectos:

--Inscripción histórica de aspirantes a la bolsa nacional, en cada uno de los programas de formación agrupados por familia

--Red(es) de conocimiento a la que pertenece el centro de formación.

--Familias y aprendices atendidos en el 2016, según asignación de familias por centro de formación.

--Proyección de programas a ofertar, número de aspirantes proyectados.

--Cumplimiento y oportunidad en la designación de instructores y cumplimiento de la meta asignada en 2016.

--Solicitudes de los centros de formación para la atención de programas (familias).

--Convenios o contratos vigentes en la institución.

--El cumplimiento de cupos será la meta a controlar en cuanto a la ejecución, debido a que con base a ésta se asignan los recursos presupuestales y se realiza la programación de instructores.

La meta establecida para el programa de Bilingüismo tiene en cuenta las modalidades de formación presencial y virtual.

Para el cumplimiento de la meta de bilingüismo los centros de formación deberán gestionar la inscripción a estos programas a través de bolsas corporativas. La bolsa Nacional estará priorizada para atención por la regional de San Andrés.

La distribución de las familias asignadas a cada centro de formación, se ajusta a necesidad, teniendo en cuenta la dinámica de inscripción en los diferentes programas ofertados, estas modificaciones serán realizadas para garantizar la oportunidad en la atención de los inscritos en los programas.

Programación de fichas e instructores

Los Centros de formación reportaron desde 2016 los instructores de planta que iban a ser programados en formación complementaria virtual; sin embargo, ante la circular 3-2016-000200 del 26 de diciembre de 2016, a partir del 1 de julio de 2017 sólo podrán ser programados en formación titulada.

Para la programación de instructores, los Centros de Formación deben revisar el documento "Anexo 2 Familias asignadas a los Centros 2017 vigente. La designación de instructores se realizará teniendo en cuenta el perfil profesional y/o la experiencia en los programas a orientar, así como el número de inscritos en los programas de formación complementaria virtual.

Debido a la previsión del proceso de transferencia por contratación del nuevo proveedor del servicio de LMS, proceso en el cual es probable que se afecte la disponibilidad durante el mes de diciembre, para la vigencia 2017 se proyectó el cumplimiento de la meta virtual para el 30 de noviembre, y por tanto, la contratación de instructores por 7 meses inicialmente y para 9 períodos de programación.

Cada instructor será programado con 320 aprendices mensuales si tiene designación de tiempo completo, distribuidos inicialmente en 4 fichas; si el número de aprendices activos en las fichas asignadas inicialmente llega a ser inferior a 240, al instructor se le podrán programar fichas adicionales; en todo caso, se debe velar por que el instructor no tenga más de 320 aprendices activos para atención y acompañamiento en un mes.

El instructor de planta, designado tiempo completo, atenderá 240 aprendices en el mes; si el número de aprendices no activos en las fichas asignadas inicialmente es superior a 80, al instructor se le podrán programar fichas adicionales; en todo caso, se debe velar por que el instructor no tenga más de 240 aprendices para atención y acompañamiento en un mes.

Los instructores deberán cumplir con la Guía de Orientación de la formación en ambientes virtuales de aprendizaje vigente, publicado en Compromiso. Esta directriz se deberá incluir en las obligaciones de los instructores vinculados mediante contratos y en la evaluación de desempeño de los instructores de planta.

El procedimiento para la programación de instructores es el siguiente:

--El Coordinador Académico de cada Centro de Formación, elaborará mensualmente la planeación de la programación de sus instructores y la remitirá a través de la comunidad Programación disponible en el ambiente virtual Complementaria para los usuarios Coordinador Académico.

--El Gestor Virtual validará la información recibida por cada centro de formación, y actualizará el estado a aprobada, según sea el caso y remitirá el documento al programador de curso respectivo.

--Los Programadores de Curso realizan la programación en el aplicativo de gestión académica, de acuerdo con la programación aprobada por el gestor virtual, respetando la programación enviada por cada centro de formación y dentro de las fechas establecidas. El centro de formación deberá estar atento a las novedades reportadas a la programación por el Gestor Virtual.

--La planeación mensual de la programación de las fichas realizada por el Coordinador Académico, debe ser cargada diligenciando en su totalidad el formulario disponible, según la disponibilidad de aspirantes en las bolsas corporativa y nacional. Esta información debe entregarse en el espacio virtual anteriormente descrito, a más tardar quince días antes del inicio de la ficha. La información remitida en fechas posteriores, estará sujeta a programación según disponibilidad de Gestor Virtual y Programador de Cursos. De la oportunidad de esta entrega y del número de inscritos disponibles en las diferentes bolsas, depende la programación oportuna de los instructores de cada centro de formación.

Para mayor información frente a la normatividad en el tema de formación virtual, se adjunta un cuadro resumen y sus vínculos para consulta.

Cordial saludo,

IVÁN ERNESTO ROJAS GUZMÁN

Director de Formación Profesional (E.)

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