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CIRCULAR 200 DE 2016

(diciembre 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C.

Para:Secretaria General, Directores Regionales, Subdirectores de Centros de Formación Profesional  
Asunto:Alcance a los lineamientos para la programación de Acciones de Formación Instructores de Planta vigencia 2017.

Los Directores Regionales y los Subdirectores de Centro, deben dar cumplimiento estricto a lo estipulado en el Decreto 1426 de 1992 artículo 2o literal e, "Por el cual se establece el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA." Por lo anterior, deben programar a los instructores de planta, exclusivamente en "impartir formación profesional, desempeñar actividades de coordinación académica de la formación e investigación aplicada".

Los instructores de planta deben ser programados exclusivamente en titulada y mínimo en el porcentaje establecido en la Resolución 00642 de 2004 "Por la cual se determina la jornada laboral semanal para el grupo ocupacional de instructor del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se dictan otras disposiciones” o la que en su momento la derogue.

Respecto a la investigación aplicada, los instructores deben ser programados, acorde con la tecnología medular de cada centro y durante el tiempo de dedicación determinado según lineamientos definidos por SENOVA.

Para desempeñar actividades de Coordinación Académica, estas se deben ejercer acorde con la Resolución 4016 de 2009 "Por la cual se reglamenta la coordinación académica en los centros de formación profesional en el Sena".

En los Centros de Formación donde se encuentren instructores de planta ejecutando actividades diferentes a las establecidas en el Decreto 1426 de 1998 "Por el cual se establece el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA", se requiere diligenciar el formato anexo con fecha máxima 27 de diciembre de 2017 a las 12:00 pm, donde se reporte el rol y las ACTIVIDADES que desarrollan, con el fin de presupuestar los recursos para suplir estas actividades. Favor remitir la información al correo jalmartinez(S)sena.edu.co. con copia al correo jacusguen@sena.edu.co

La anterior solicitud debe ser planeada para implementarse a partir del 2017 con el fin de establecer previamente las respectivas acciones de trámite.

Atentamente,

MAURICIO ALVARADO HIDALGO

Director de Formación Profesional

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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