Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 108 DE 2016

(julio 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PARA: DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, COORDINADORES MISIONALES DE FORMACIÓN PROFESIONAL, EMPLEO
ASUNTO: Transferencia de Conocimiento y Tecnología. Convocatoria DG-0003 de 2016

En desarrollo de la Convocatoria DG-0003 de 2016 del Programa de Formación Continua Especializada, el Consejo Directivo Nacional del SENA aprobó 72 proyectos de empresas y/o gremios ubicados en diferentes regiones del país, previa viabilidad técnica de la Comisión Nacional de Proyectos.

Para lograr el cumplimiento de las metas es indispensable el apoyo y la colaboración de los Directores Regionales, Subdirectores de los Centros de Formación Profesional, Coordinadores Misionales de Formación Profesional, Empleo y los Responsables Regionales del Programa de Formación Continua Especializada.

EI Articulo 9 del Acuerdo 00005 de 2014 "Por el cual se aprueban las directrices de la Formación Continua y los criterios generales para orientar los recursos de la Ley 344 de 1996, modificado por el Art. 32 de la Ley 1607 de 2012... ” establece: “El SENA determinará en los pliegos de cada una de las convocatorias, las diversas formas en que pueda darse la transferencia de tecnología a la Entidad..."', en el mismo sentido el numeral 7.6.13 del Pliego de la Convocatoria fijó las alternativas de transferencia para cada uno de los proyectos aprobados.

De otro lado, el numeral 12 de la cláusula Cuarta de los convenios suscritos en el marco de la convocatoria, contempló como obligación del conviniente efectuar la transferencia de tecnología de conformidad con lo definido en el pliego de condiciones, lo establecido en el proyecto aprobado, y previa coordinación con el SENA.

EI conviniente, una vez suscrita el acta de inicio coordinará con el SENA un plan de transferencia de conocimiento y tecnología, conforme a los intereses y requerimientos de la Entidad y las capacidades del conviniente, para personal que el SENA designe (funcionarios, contratistas, aprendices, egresados y personal registrado en la Agencia Pública de Empleo del SENA), el cual deberá contener como mínimo: objetivo de la transferencia, alternativa seleccionada, beneficiarios de la transferencia, cobertura y cronograma de ejecución.

Para la presente convocatoria, el conviniente seleccionó por cada Acción de Formación, una de las siguientes alternativas de transferencia de conocimiento y tecnología:

a) Orientación con Expertos: Es aquella formación teórica o teórico-práctica (seminario, curso, diplomado) que se hace sobre un tema específico, de acuerdo con las necesidades de formación identificadas por el SENA. En esta modalidad el conviniente capacitará al personal que el SENA designe, que debe corresponder mínimo al diez ciento (10%) del total de los beneficiarios por Acción de Formación y aplica para beneficiarios del proyecto iguales o superiores a 150 personas por Acción de Formación.

b) Cupos para Beneficiarios SENA: Se asignará como mínimo el diez por ciento (10%) de los cupos por Acción de Formación, conforme a las necesidades que la Entidad determine. Esta opción aplica para beneficiarios del proyecto inferiores a 150 personas por Acción de Formación.

c) Visitas guiadas: Es el desarrollo de experiencias teórico-prácticas a través de una visita para el conocimiento de procesos productivos e industriales al interior de la empresa. Para ello, la Regional correspondiente coordinará con el conviniente el desarrollo de la misma. Esta actividad deberá ser acorde con los intereses del SENA y la visita debe durar mínimo ocho (8) horas. Esta opción aplica para Acciones de Formación menores a doscientos (200) beneficiarios y cuya intensidad horaria sea menor o igual a 40 horas.

Las visitas realizadas por los aprendices en virtud de la transferencia de tecnología que se lleve a cabo en los convenios suscritos a través del Programa de Formación Continua Especializada, en ningún caso constituyen Contrato de Aprendizaje.

Se anexa consolidado por regional y modalidad del número de beneficiarios de la transferencia para su conocimiento, seguimiento y coordinación con el Grupo de Formación Continua Especializada.

NoREGIONALCUPOSORIENTACIÓN EXPERTOSVISITAS GUIADASTOTALPORCENTAJE
1ANTIOQUIA19633605326,23%
2ARAUCA3000300,35%
3ATLANTICO889669106312,45%
4BOLIVAR12726103884,54%
5BOYACÁ15460610,71%
6CALDAS288201101,29%
7CAQUETA2216201842,15%
8CASANARE3100310,36%
9CAUCA964801441,69%
10CESAR2210801301,52%
11CORDOBA0280280,33%
12CUNDINAMARCA5159906507,61%
13DIRECCION GENERAL0290290,34%
14DISTRITO CAPITAL449153552203623,84%
15HUILA2325202753,22%
16MAGDALENA2817202002,34%
17META3924802873,36%
18NARIÑO418001211,42%
19NORTE DE SANTANDER20409104395,14%
20QUINDIO33460790,93%
21RISARALDA7313102042,39%
22SAN ANDRES1800180,21%
23SANTANDER17015103213,76%
24SUCRE4311401571,84%
25TOLIMA367601121,31%
26VALLE347563091010,66%
.TOTAL20266442718539100,00%

(Es importante tener en cuenta que estas acciones de formación se encuentran en ejecución desde el 01 de julio hasta el 15 de noviembre de 2016, fecha máxima de ejecución de los proyectos aprobados.

[El beneficiario de la formación deberá comprometerse a servir de agente multiplicador de los conocimientos y habilidades adquiridos, previa coordinación con el Subdirector del Centro de Formación correspondiente; para ello firmará el acta de compromiso que se adjunta y una vez finalice la formación, el Director Regional enviará a esta Dirección las actas de compromiso diligenciadas, junto con certificación de cumplimiento de la transferencia.

Cordial saludo,

JUAN MANUEL VALDÉS BARCHA

Director Sistema Nacional de Formación para el Trabajo

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.