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CIRCULAR 157 DE 2019

(octubre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:Directores Regionales, Subdirectores de Centro, Coordinadores de Formación y Coordinadores Académicos.
Asunto:Procedimiento de pago pruebas saber T Y T, de conformidad con la Resolución No. 1-1749 del 1 de octubre de 2019.

La Circular No. 1-2019-00032 expedida el día 5 de marzo de 2019, la cual en su numeral 4 dispone lo siguiente: "Aplicación de Pruebas Saber TyT para Aprendices SENA - Vigencia 2019. Según decisiones del Comité Directivo realizado el día 4 de Marzo de 2019, se adoptó la decisión de asumir el costo de la presentación de la prueba Saber TyT para la Vigencia 2019, para aprendices que no hayan sido beneficiados con este pago en anteriores ocasiones. Conforme a lo anterior, se adelantará el proceso entre el ICFES y el SENA, para poder realizar el desembolso correspondiente a la inscripción de los aprendices que serán beneficiados en 2019. A partir de la fecha, queda suspendido el proceso de inscripción y pago por parte de los aprendices en la plataforma del ICFES".

El Servicio Nacional de Aprendizaje Sena a través de la Dirección de Formación Profesional suscribió Contrato Interadministrativo No. 1-0047 del 11 de abril de 2019, cuyo objeto es "Aplicar la prueba TyT en Colombia y en el exterior, en la vigencia 2019, a los aprendices de Nivel Tecnólogo que el SENA reporte como habilitados y con beneficio de pago SENA, según requisitos establecidos por la normas vigentes o las que las modifiquen". Así mismo en la Cláusula Sexta Obligaciones del SENA numeral sexto, dispone lo siguiente "Realizar las actuaciones administrativas correspondientes a la devolución de los dineros de aquellos aprendices que consignaron el valor de la prueba TYT, durante la vigencia 2019 del primer semestre y que el SENA identificó como habilitados y con beneficio de pago SENA con recursos propios".

Que de conformidad con anterior, la Dirección General realizó todas las actuaciones administrativas a través de la Dirección de Formación Profesional para proceder a realizar el reconocimiento por valor de OCHENTA MIL PESOS MCTE ($80.000) por única vez a los aprendices que fueron identificados como beneficiarios de pago SENA y que cancelaron al ICFES la prueba Saber TYT durante el período comprendido entre el 27 de febrero de 2019 al 5 de marzo de 2019, lo anterior de conformidad a lo dispuesto en la Circular 017 de 2019, la cual fue derogada el día 5 de marzo de 2019 mediante la Circular 032 de 2019.

Por lo anterior, la Resolución No. 1-1749 del 1 de octubre de 2019, expedida por la Dirección General, procede a realizar el reconocimiento por valor de OCHENTA MIL PESOS MCTE ($80.000) por única vez a los aprendices que fueron identificados como beneficiarios de pago SENA y que cancelaron al ICFES la prueba Saber T Y T durante el periodo del 27 de febrero de 2019 al 5 de marzo de 2019 y delega a cada Subdirector de Centro de Formación que proceda a realizar el correspondiente pago a cada uno de los aprendices que son objeto de reconocimiento.

PROCEDIMIENTO DE PAGO

1. La Resolución No 1-01578 del 3 de septiembre de 2019 se realizó el traslado del presupuesto requerido hacia cada uno de los Centros de Formación Profesional, para realizar estos reconocimientos de pago.

2. Cada Subdirector del Centro, debe proceder a emitir el respectivo acto administrativo para ordenar el pago por única vez pór valor de Ochenta Mil Pesos M/cte. ($80.000) a los aprendices de su Centro de Formación, según el anexo 1 de la Resolución No. 1-1749 del 1 de octubre de 2019, donde se relaciona a los aprendices a quienes se hará el reconocimiento de pago. Como anexo a esta circular, se encuentra el modelo del acto administrativo para este fin, el cual permitirá la interposición del Recurso de Reposición.

3. El acto administrativo por medio del cual se reconoce el pago, se deberá notificar de conformidad a lo exigido a Ley 1473 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en los artículos 67 y 68, por lo cual se debe seguir el debido proceso.

4. En el evento que el aprendiz interponga el recurso de reposición contra el acto administrativo que ordena el pago, este se resolverá por el Subdirector del Centro de Formación. Una vez se cumpla con la ejecutoria del acto se deberá de proceder a realizar el pago de conformidad con el proceso establecido por la Dirección Administrativa y Financiera, razón por la cual en caso de ser necesario, los Subdirectores deberán garantizar la respectiva reserva presupuestal.

PAGO A LOS APRENDICES

1. En virtud del Acuerdo suscrito entre BANCOLOMBIA y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, se determinó realizar el pago a cada aprendiz a través del servicio de Ahorro a la mano ofrecido por Bancolombia.

Ahorro a la mano de Bancolombia, es una cuenta de ahorros que se puede abrir y manejar directamente desde el celular y sin necesidad de desplazarse hacia una sucursal. El estudiante puede abrir la cuenta de Bancolombia a la mano teniendo un celular (Pueden tener Smart Phone o NO Smart Phone), cualquier tipo de Celular funciona. Se puede hacer uso de la cuenta con o sin datos.

- Sin Datos: Apertura por la SIM CARD, solo aplica para operadores (CLARO-TIGO- MOVISTAR).

- Con Datos: Apertura por el APP, aplican todos los operadores (CLARO-TIGO-MOVISTAR- VtRGIN-AVANTEL).

Nota: Se sugiere tener el documento de identidad en el momento de la creación de cuenta, porque necesitan validar fechas como la de expedición.

Información importante de Bancolombia para el Aprendiz:

- No se puede crear la cuenta con contraseña.

- Clientes que tenga o hayan tenidos productos con Bancolombia, deben ingresar la misma clave que manejan con el Banco.

- En caso de pérdida del teléfono móvil, el dinero continuará seguro en el banco.

- Cambio de número de celular y/o cambio de Sim Card, se debe llamar a la línea de atención de Bancolombia Ahorro a la mano (018000931987) para activar el nuevo número y además deben notificar al SENA el nuevo número de cuenta, porque allí será depositado el dinero del reconocimiento de pago.

- La cuenta no tiene 4X1.000, no tiene cuota de manejo, no cobra retiros por cajeros automáticos y tiene 2 retiros gratis por Corresponsal bancario.

- El desembolso del reconocimiento de pago, no tiene ningún costo para el aprendiz ni para el Sena.

Opciones Línea exclusiva de Bancolombia a la Mano

En caso de tener algún inconveniente, el aprendiz podrá comunicarse con la línea 018000931987 para solicitar:

- Certificado de la cuenta.

- Cambio de número de cuenta.

- Reestablecer Menú.

- Inquietudes en general de la cuenta.

2. Para llevar a cabo este proceso, el Subdirector del Centro de formación designará la persona responsable de atender el proceso de pago, quien deberá notificar al aprendiz el acto administrativo por medio del cual se ordena el pago, así como comunicarle al aprendiz que el pago se realizará a través del Servicio de Ahorro a la Mano de Bancolombia, por lo cual el aprendiz deberá registrar el número de documento de identidad vigente y su número de teléfono celular.

3. Una vez que el Centro de formación cuente con el número de identificación y el número de celular de cada aprendiz, podrá ordenar la transferencia.

Una vez el Banco valide la información suministrada por el aprendiz, el Banco abonará el dinero a ia cuenta del aprendiz y ie remitirá ia notificación dei abono a su número celular.

ACLARACIONES:

1. Para lo relacionado con la apertura y manejo de Cuenta de Ahorro a la mano, los aprendices deberán comunicarse directamente con las líneas de atención de Bancolombia informadas anteriormente, o acudir a la sucursal más cercana.

2. Para lo relacionado con el debido proceso al aprendiz en atención a la Resolución No. 1-1749 del 1 de octubre de 2019 y a esta circular, los aprendices deberán acudir directamente a su Centro de Formación, donde les atenderá la persona delegada por el Subdirector de Centro para atender el proceso de pago, según las indicaciones previas.

3. Para inquietudes sobre el debido proceso en la aplicación de lo establecido en la Resolución No. 1-1749 del 1 de octubre de 2019 y en esta circular, podrán comunicarse directamente los delegados en los Centros de Formación como responsables de Pruebas Saber TyT o para atender el proceso de pago, con María Fernanda Silva masilvac@sena.edu.coal IP 13238 o con Magally Ramírez dimrodriguez@sena.edu.com IP 12387, del Grupo de Gestión Administrativa de la Dirección de Formación Profesional.

4. Para inquietudes sobre el Anexo de la Resolución No. 1-1749 del 1 de octubre de 2019, con el listado de los aprendices a quienes se hará el reconocimiento de pago, podrán comunicarse directamente los delegados en los Centros de Formación como responsables de Pruebas Saber TyT o para atender el proceso de pago, con José David Yate Capera jdyatec@sena.edu.coo Yaneth Claudine Ruiz Buitrago yruizb@sena.edu.co o al IP 13049, del Grupo de Administración Educativa de ia Dirección de Formación Profesional.

Una buena gestión en el escalamiento de casos según lo indicado anteriormente, facilitará y agilizará el proceso.

Cordialmente

FARID DE JESUS FIGUEROA TORRES

Director de Formación Profesional

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0157_2019.pdf>

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