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CIRCULAR 176 DE 2018

(octubre 12)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 80 de 2023>

PARA:DIRECTORES REGIONALES
Asunto:Informe de Gestión Querellas Ministerio del trabajo.
Resumen de Notas de Vigencia

La Secretaría General a través de la Coordinación del Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo solicita remitir informe de la gestión adelantada durante cada mes sobre el estado de las querellas que se encuentren vigentes en la regional, al igual que la matriz de verificación de gestión técnica y jurídica de los hallazgos y hechos que se encuentren vigentes, vencidos, y en proceso de cierre, indicando las acciones técnicas y jurídicas e inversiones correspondientes.

Lo anterior, teniendo en cuenta la siguiente normativa:

1. Resolución 236 de 2016, "Por la cual se delega la Representación Judicial y Extrajudicial del SENA y se deroga la Resolución número 490 del 5 de abril de 2005" que en su artículo 5 establece que dentro de las funciones de la Secretaria General se encuentra la de

"Representar a la Entidad, ante el Ministerio del Trabajo en los asuntos relacionados, con las acciones interpuestas por las Organizaciones Sindicales del SENA, así como promover las acciones que en esta misma materia esté interesada la entidad'',

2. Resolución 1683 de 2012 "Por la cual se crean y reorganizan Grupos de trabajo adscritos a la Secretaría General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se dictan otras disposiciones", que en su artículo 8 señala: "Apoyar a los responsables de salud ocupacional, entendida en adelante como seguridad y salud en el trabajo, en las Direcciones Regionales en la programación, ejecución y control del cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional - Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST-, respectivo...

Es de resaltar además la facultad de los Directores Regionales de Gestionar ante la Dirección General la aprobación de proyectos de impacto regional y garantizar su articulación con las políticas generales de la entidad, tendientes a dar cierre a los hallazgos y hechos radicados ante las Direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo.

El informe de Gestión mencionado inicialmente debe enviarse dentro de los cinco (5) primeros días calendario de cada mes, vía Outlook al correo electrónico lylopez@sena.edu.co con copia a los correos dortizc@sena.edu.co y mazuleta@sena.edu.co, en el formato anexo establecido para tal fin, diligenciado en su totalidad.

El incumplimiento de esta instrucción acarreará las investigaciones disciplinarias a que haya lugar, por tanto esperamos su gentil colaboración y el envío oportuno de la información.

Es de anotar que la veracidad de la información es responsabilidad de cada uno de los Directores Regionales.

Cordial saludo,

Verónica Ponce Vallejo

Secretaria General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0176_2018.pdf>

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