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CIRCULAR 240 DE 2009

(noviembre 5)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA: SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES MISIONALES Y ACADÉMICOS

Asunto: Lineamientos sobre la Etapa Práctica en los Programas de Formación

La etapa práctica que desarrollen los aprendices en cualquier programa de formación debe permitirles aplicar en la resolución de problemas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de autogestión.

1. ALTERNATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LA ETAPA PRÁCTICA

En este sentido, para la realización de la etapa práctica en el proceso de formación de los aprendices del SENA, se deben considerar las siguientes alternativas:

- Desempeño en una empresa a través del Contrato de Aprendizaje en las diferentes empresas obligadas, o las que estén interesadas en acogerse a lo establecido en el Decreto 1779 de 2009 en el esquema de cuotas voluntarias, incluido el SENA.

Esta alternativa se encuentra regulada por la normatividad vigente de contrato de aprendizaje. Se recuerda básicamente que el contrato de aprendizaje debe ser pertinente frente al programa de formación que desarrolla el aprendiz y es la figura a través de la cual la empresa participa en el proceso de co-formación de nuestros aprendices. La práctica puede realizarla el aprendiz directamente en la empresa responsable de la cuota regulada, o en instituciones públicas o privadas por acuerdo con la empresa, mientras ésta cumpla con la cuota regulada.

- Pasantías

De asesoría a Pymes, aplica especialmente, no exclusivamente, para los aprendices que son beneficiarios de apoyos de sostenimiento, de cualquier programa de formación, para el apoyo en los temas de comercio electrónico, logística y gestión de talento humano. Los aprendices de formación titulada que decidan optar por esta alternativa, deben inscribirse en el Centro de Formación con el responsable de apoyos de sostenimiento, y serán capacitados en formación virtual para desarrollar integralmente los objetivos de esta práctica, así como contarán con el apoyo del asesor de fortalecimiento empresarial del Centro en la definición de la solución para la Pyme. Esta opción será válida como etapa práctica, una vez la Pyme certifique el cumplimiento de los objetivos y productos asociados a esta asistencia que brinde el aprendiz a la Pyme.

De apoyo a una unidad productiva familiar, donde el aprendiz pueda aplicar en las actividades que desarrolla las competencias adquiridas durante su proceso de formación. En este caso el aprendiz hace su propia concertación con la unidad productiva sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie y el certificado de cumplimiento de la pasantía lo brinda el responsable del proceso del aprendiz en la unidad productiva.

De apoyo a una institución estatal, municipal o veredal, o una PNG, para el desempeño de actividades prácticas asociadas a su programa de formación o el desarrollo de un proyecto productivo en un ambiente de formación facilitado por esta institución, donde el aprendiz hace su propia concertación con la institución sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie. En este caso el certificado de cumplimiento de la pasantía lo brinda el directivo o responsable del proceso del aprendiz en la institución.

Monitorias: De acuerdo con la reglamentación establecida en la institución, el desarrollo de monitorias por parte de los aprendices SENA en las especialidades que son afines tecnológicamente a su programa de formación, sea en un Centro de Formación del SENA, en otra institución educativa (por ejemplo, colegios en el marco del programa de integración con la media) o en un Tecnoparque, serán contempladas como alternativa para la etapa práctica. En este caso el certificado de cumplimiento de las actividades de monitoria lo brinda el Subdirector de Centro.

- Participación en un proyecto productivo, SENA - Empresa, SENA proveedor SENA o Producción de Centros.

Cuando se definen los proyectos en el marco de un programa de formación, el equipo de desarrollo curricular de cada Centro evalúa durante el proceso de inducción de los aprendices, cuáles de estos proyectos posibilitan la simulación de entornos productivos reales y la aplicación de conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa, para cumplir con el objetivo de la etapa práctica durante su desarrollo.

En este caso, al definir la ruta de aprendizaje, se indicará que con el desarrollo de este(os) proyecto(s) se cumple la etapa práctica del programa para los aprendices que participan en dichos proyectos. El cumplimiento de la etapa práctica por esta vía, será certificado por el Coordinador Académico del Centro, y el seguimiento correspondiente se realizará por los mismos instructores que participan durante la ejecución de los proyectos.

En el caso de participar en proyectos como SENA- Empresa, o en una organización asociativa de aprendices en el marco de los programas SENA proveedor SENA o producción de Centros, la prestación de servicios o desarrollo de actividades asociadas al programa de formación por parte de los aprendices, también será una alternativa para la etapa práctica, certificada por el Coordinador Académico del Centro.

- Creación de una unidad productiva de propiedad del aprendiz o familiar

Cuando los aprendices establecen sus propios planes de negocio, ya sea a partir de un proceso de formación, o de manera independiente, y éstos se consolidan en la creación de una unidad productiva, los aprendices podrán desarrollar la etapa práctica de su programa de formación realizando actividades relacionadas en la unidad productiva. En este caso el certificado de cumplimiento de la práctica lo brinda el responsable del proceso del aprendiz en la unidad productiva, si no es él directamente, o el Coordinador Académico del Centro, si es el aprendiz el dueño de la unidad productiva.

- Servicio Militar

La circular jurídica No. 17 de 2009, indica que los aprendices técnicos y tecnólogos que terminen la etapa lectiva y no cuenten con patrocinio o no tengan definido su proyecto productivo, podrán incorporarse al ejército a prestar su servicio militar, realizando la etapa práctica en labores propias de la formación que viene adelantando. Gracias a esta alternativa, al finalizar la formación el aprendiz podrá contar con su situación militar definida. Será el comando del ejército responsable de esta práctica quien certificará el cumplimiento por parte del aprendiz.

En general, la etapa práctica puede cumplirse con la realización de dos o más de las alternativas aquí planteadas, hasta lograr el objetivo de la etapa práctica enunciado al inicio de este documento. Esto es, un aprendiz puede realizar monitorias en el SENA, asesoría a PYMES, o pasantía de apoyo a instituciones públicas, para dar cumplimiento a los objetivos de la etapa práctica en su programa de formación.

2. SEGUIMIENTO A LA ETAPA PRÁCTICA POR PARTE DEL CENTRO DE FORMACIÓN

El seguimiento de nuestros aprendices será efectuado por instructores del SENA que participan en el equipo de desarrollo curricular del programa correspondiente, o en programas de formación afines tecnológicamente.

Esquema de seguimiento:

Virtual para todos los aprendices: Para los nuevos programas de formación que se inscriban en la plataforma virtual del SENA, se encuentran dos carpetas denominadas Seguimiento a Etapa práctica y Retroalimentación etapa Práctica, donde los aprendices elaborarán una bitácora quincenal en la que señalan las actividades desarrolladas en la empresa, o donde estén ejecutando su etapa práctica de acuerdo con las alternativas planteadas en este documento. Esto debe informarse a los aprendices durante el proceso de inducción.

En todos los casos, los Coordinadores Académicos distribuirán entre el equipo de desarrollo curricular de cada programa de formación, los aprendices que participan en el programa, para realizar seguimiento. Esta actividad deberá prever un control de cargas de los instructores en el seguimiento proyectado, en tanto un instructor pueda hacer parte de vahos equipos de desarrollo curricular.

De esta forma, el instructor asignado puede hacer seguimiento a las actividades que desempeña el aprendiz a través de la plataforma virtual, garantizando una interacción continua entre el aprendiz y el instructor, con la consulta periódica de esta bitácora por parte del instructor asignado para el seguimiento. La bitácora debe permitir la confrontación por parte de los instructores de las evidencias de aprendizaje.

Si el aprendiz tiene inquietudes sobre las actividades que desarrolla, podrán ser resueltas por el instructor a través de este medio. Dependerá del nivel de complejidad de las consultas y de los avances del aprendiz en la empresa, que se plantee la necesidad o no de seguimiento con visitas en el sitio de práctica por parte del instructor. Esta complejidad y necesidad, serán evaluadas por el instructor y presentadas ante el comité de evaluación y seguimiento, para su decisión.

Para los programas que se encuentran en ejecución, el integrador del Centro deberá crear las carpetas mencionadas anteriormente para cada programa, y el Coordinador Académico deberá determinar los instructores responsables, con el fin de efectuar el seguimiento.

El esquema de seguimiento virtual a la etapa práctica es de obligatorio cumplimiento por parte de nuestros instructores, en tanto es el mecanismo más expedito y de mayor cobertura que podemos aplicar en este seguimiento.

Las siguientes opciones de seguimiento, son específicas a cada situación y no aplican en forma masiva.

Pasantías de instructores en empresas: Durante el tiempo que un instructor realiza pasantías en las empresas, debe contemplarse entre las actividades de la pasantía, el seguimiento directo a los aprendices que se encuentren en la misma empresa desarrollando su etapa práctica. Será por lo tanto parte de su informe de pasantía, el informe de seguimiento a la etapa práctica del aprendiz o aprendices que se encuentren en la misma empresa.

Reuniones bimensuales de seguimiento: Convocar reuniones periódicas en el Centro de Formación de aprendices que están en la etapa práctica fuera del Centro, con el comité de evaluación y seguimiento, el cual se encargará de escuchar inquietudes y plantear alternativas de solución a asuntos puntuales que presenten los aprendices. La agenda se establecerá de acuerdo con el balance que se obtenga del seguimiento virtual que realizan los instructores, ellos podrán proponer temas para esta reunión y habrá espacio para que los aprendices asistentes indiquen sus inconformidades, comentarios o sugerencias. En caso de ser necesario, a estas reuniones se convocará a ios asesores de la unidad de emprendimiento, cuando se trate de prácticas en unidades productivas o el desarrollo de proyectos.

Reuniones con empresarios: Cuando estas sean organizadas por parte del equipo de Relaciones Corporativas, y en ellas se programe dentro de las actividades con empresarios la retroalimentación frente al desempeño de nuestros aprendices en etapa práctica en sus empresas. Los planteamientos que realicen los empresarios, serán uno de ios insumos para las reuniones del comité de evaluación y seguimiento.

Visitas de seguimiento de instructores y monitores: Et Coordinador Académico y/o el Comité de Evaluación y seguimiento, definirán instructores del equipo de desarrollo curricular del programa de formación o de programas de formación afines tecnológicamente, así como monitores de los mismos programas, para que realicen visitas de carácter presencial a los sitios donde los aprendices realizan su etapa práctica, cuando se determine necesario de acuerdo con el balance del seguimiento virtual. En este caso se realizará el mismo control con los instrumentos diseñados para seguimiento virtual, pero con observación en sitio de las actividades realizadas por el aprendiz que aportan en su proceso de formación.

Visitas de seguimiento de instructores de otros Centros de Formación en especialidades afines. Donde existan escenarios de práctica alejados del Centro de formación donde se forma el aprendiz, el Subdirector de Centro acordará con el Centro de Formación más cercano a la empresa o sitio donde el aprendiz realiza la etapa práctica, para que los instructores del área técnica colaboren en el proceso de seguimiento con la vista en sitio requerida.

En todos los casos, desde el inicio de cualquiera de estas opciones de etapa práctica, el aprendiz debe informar a qué alternativa aplicará o está aplicando, y solicitar al SENA la programación del seguimiento a sus avances. Con el balance de solicitudes, el (los) Coordinador(es) Académico(s) definirán en trabajo conjunto con los equipos de desarrollo curricular, quien será el instructor responsable de seguimiento para cada aprendiz.

Para los nuevos programas, se recomienda que durante el proceso de inducción se informe al aprendiz cómo se realizará el proceso de seguimiento a su etapa práctica, y durante la primera reunión presencial de seguimiento, se le indique quién será el Instructor responsable de su seguimiento a través de la plataforma virtual. Para los programas que están en ejecución, se recomienda informar integralmente de este seguimiento en la primera reunión presencial de seguimiento que se programe en el Centro.

Cordialmente,

Mireya Lopez Ch.

Directora Formación Profesional

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0240_2009.pdf>

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