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CONCEPTO 20267 DE 2018

(abril 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:Albert Ferney Giraldo Varón, Director de Promoción y Relaciones Corporativas del SENA afgiraldo@sena.edu.co
DE:Coordinador Grupo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa
ASUNTO:Etapa productiva en empresa de otro país

En atención a su comunicación electrónica (sin radicar) del 13 de abril de 2018, mediante la cual solicita concepto en relación con la solicitud de una aprendiz que se encuentra fuera del país y desea culminar su etapa productiva en una empresa del país donde reside; al respecto, de manera comedida le informo:

En su comunicación solicita el concepto en los siguientes términos:

En días anteriores, nos han enviado un correo de la Regional Quindío pidiendo que le permitan realizar el contrato de aprendizaje en el exterior a una aprendiz que se encuentra en España, al no tener claridad sobre este tema, remito la solicitud a ustedes para que puedan emitir el concepto relacionado y darle respuesta a dicha Regional.

En el documento adjunto la solicitante indica:

En estos momentos me encuentro fuera del País por cuestiones personales y de salud tuve que venirme a vivir a España y aun no puedo salir por trámites de mis papeles, estoy trabajando en una empresa de alimentos haciendo muchas de las cosas que aprendí con ustedes, los gerentes me han dado una opción que ellos me ayudan para no perder mi título de formación tecnológica allá en Colombia, ya sé que nos forman para practicar con nuestras empresas colombianas pero éste, mi caso es un poco diferente, la empresa me ha dado contrato de formación donde estoy ampliando mis capacidades a nivel de estudio, quieren que yo siga en lo que estoy, me ofrecen ayudarme en todo para yo poder obtener mi título desde aquí..

Pido encarecidamente que por favor pasen mi caso, mi madre estuvo allí en el Centro Agroindustrial y le han dicho que esto lo pueden enviar a Bogotá, envío los papeles que sean necesarios pero por favor ayúdenme! Aun no puedo salir de España y seria gratificante poder tener mi título.

ALCANCE DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS

Es pertinente señalar que los conceptos emitidos por la Dirección Jurídica del SENA son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución ni tienen el carácter de fuente normativa, y solo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes.

ANÁLISIS JURÍDICO

El desarrollo de la etapa práctica se regula por lo dispuesto en el Acuerdo 00007 de 2012 “Por el cual se adopta el reglamento del aprendiz SENA”, modificado parcialmente por el Acuerdo 00002 de 2014.

El Acuerdo 00007 de 2012 en el Capítulo V (arts. 11 a 14) indica que la etapa productiva del programa de formación es aquella en la cual el aprendiz SENA aplica, complementa, fortalece y consolida sus competencias, en términos de conocimiento, habilidades, destrezas, actitudes y valores. La etapa productiva debe permitirle al aprendiz aplicar en la resolución de problemas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de autogestión[1].

El Acuerdo 00007 de 2012 en su artículo 12 contempla las alternativas para la realización de la etapa productiva requerida en el proceso de aprendizaje de los aprendices SENA, en los siguientes términos:

ARTÍCULO 12. ALTERNATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LA ETAPA PRODUCTIVA. Para la realización de la etapa productiva requerida en el proceso de aprendizaje de los Aprendices del Sena, se deben considerar las siguientes alternativas:

- Desempeño en una empresa a través del Contrato de Aprendizaje en las diferentes empresas obligadas y/o voluntarias, incluido el Sena. La constancia de cumplimiento a satisfacción es expedida por la empresa respectiva.

- Desempeño a través de vinculación laboral o contractual en actividades relacionadas con el programa de formación de conformidad con la normativa dispuesta para contratos de aprendizaje. La constancia de cumplimiento a satisfacción es expedida por la empresa respectiva

- Participación en un proyecto productivo, o en Sena – Empresa, o en Sena Proveedor Sena o en Producción de Centros, cuando se definen los proyectos en el marco de un programa de formación y estos posibilitan la simulación de entornos productivos reales y la aplicación de conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa para cumplir con el objetivo de la etapa productiva, donde se concierta sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie. La constancia de cumplimiento a satisfacción la expide el Subdirector de Centro respectivo.

- De apoyo a una unidad productiva familiar, donde el aprendiz pueda aplicar en las actividades que desarrolla las competencias adquiridas durante su proceso de formación. En este caso el aprendiz hace su propia concertación con la unidad productiva sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie y el certificado de cumplimiento de la pasantía lo brinda el responsable del proceso del aprendiz en la unidad productiva.

- De apoyo a una institución estatal nacional, territorial, o a una ONG, o a una entidad sin ánimo de lucro, para el desempeño de actividades prácticas asociadas a su programa de formación o el desarrollo de un proyecto productivo en un ambiente de formación facilitado por esta institución, donde el aprendiz hace su propia concertación con la institución sobre las condiciones de estadía, esto es, pago de algún auxilio económico o en especie. La constancia o certificado de cumplimiento de la pasantía la expide el directivo o responsable del proceso del aprendiz en la institución.

- Monitorías: De acuerdo con la reglamentación establecida en la Institución para los procesos de aprendizaje, el desarrollo de monitorías por parte de los Aprendices Sena en las especialidades que son afines tecnológicamente a su programa de formación en un Centro de Formación del Sena, serán contempladas como alternativa para la etapa productiva. La constancia o certificado de cumplimiento a satisfacción de las actividades de monitoría la expide el Subdirector de Centro de acuerdo a las horas asignadas por resolución.

- Pasantías: Entre las cuales se contempla la asesoría a Pymes como alternativa de etapa productiva.

PARÁGRAFO 1o. La permanencia del Aprendiz en la etapa productiva podrá gestionarse con el acceso a cualquiera de las alternativas planteadas en este artículo, o la combinación de varias de ellas durante el proceso de formación.

PARÁGRAFO 2o. Cuando un aprendiz tenga vínculo laboral previo inicio de la formación y esta no afecte el desarrollo de las actividades establecidas previamente para la ejecución de la formación, podrá optar por presentar dicho vínculo como etapa productiva cumpliendo con todos los requisitos que esta implica; es decir, se realizará una concertación de las actividades que debe estar desarrollando en la empresa, así como el seguimiento tanto presencial como virtual que debe ejecutar el instructor; esto implicará que estos aprendices podrán estar desarrollando la etapa productiva y lectiva de manera simultánea.

PARÁGRAFO 3o. El Sena evaluará periódicamente las diferentes alternativas de etapa productiva como parte del seguimiento y la evaluación permanente en el marco del mejoramiento continuo, y como estrategia de aseguramiento de la calidad de la formación profesional integral.

Aunque todas estas alternativas en principio deben desarrollarse en Colombia atendiendo la normatividad y procedimiento que las rige, nada impide que algunas de ellas se puedan realizar en una institución o empresa de otro país.

El desempeño a través de un vínculo laboral o contractual en actividades relacionadas con el programa de formación, el apoyo a una ONG o a una entidad sin ánimo de lucro para el desarrollo de actividades prácticas asociadas a un programa de formación o el desarrollo de un proyecto productivo, así como las pasantías en una empresa de otro país, son alternativas que un aprendiz del SENA podría realizar en una empresa, institución u ONG de otro país.

Ahora bien, el mismo Acuerdo 00007 de 2012 en sus artículos 13 y 14 contemplan la forma de registrar la etapa productiva y realizar el seguimiento y evaluación de dicha etapa, preceptuando:

ARTÍCULO 13. REGISTRO DE LA ETAPA PRODUCTIVA. Es responsabilidad del aprendiz gestionar oportunamente su registro en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices para poder optar por un contrato de aprendizaje. El Aprendiz es responsable de actualizar permanentemente los datos que registre en este sistema, verificar que correspondan a los registrados en el sistema para la gestión de la formación y consultar periódicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que reportan los empresarios.

Cuando el Aprendiz opta por otra alternativa diferente al contrato de aprendizaje, esta debe ser aprobada previamente por el Coordinador Académico del programa del respectivo Centro de Formación y la información deberá registrarse inmediata y directamente en el sistema para la gestión de la formación.

ARTÍCULO 14. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA ETAPA PRODUCTIVA. El seguimiento a la etapa productiva es obligatorio y se realizará de manera virtual y presencial. El Aprendiz elaborará una bitácora quincenal, en la que señalará las actividades adelantadas en desarrollo de su etapa productiva en cualesquiera de las alternativas, para que el Instructor asignado como responsable pueda hacer seguimiento de acuerdo a los indicadores establecidos en el procedimiento de ejecución de la formación, garantizando una interacción continua entre el Aprendiz y el Instructor; esta actividad se debe complementar con visitas o comunicación directa que realice el Instructor.

PARÁGRAFO: Si el Aprendiz no alcanza los resultados de aprendizaje de la etapa productiva se procederá a realizar comité de evaluación quien analizará el caso para emitir los juicios evaluativos finales, si los juicios no alcanzan los resultados de aprendizaje de la etapa productiva se procederá a cancelar la matrícula, previo agotamiento del debido proceso.

Cabe agregar lo relacionado con el registro, seguimiento y evaluación de la etapa productiva conforme lo disponen los artículos 13 y 14 del Acuerdo 00007 de 2012 en los siguientes términos:

ARTÍCULO 13. REGISTRO DE LA ETAPA PRODUCTIVA. Es responsabilidad del aprendiz gestionar oportunamente su registro en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices para poder optar por un contrato de aprendizaje. El Aprendiz es responsable de actualizar permanentemente los datos que registre en este sistema, verificar que correspondan a los registrados en el sistema para la gestión de la formación y consultar periódicamente las oportunidades de contrato de aprendizaje que reportan los empresarios.

Cuando el Aprendiz opta por otra alternativa diferente al contrato de aprendizaje, esta debe ser aprobada previamente por el Coordinador Académico del programa del respectivo Centro de Formación y la información deberá registrarse inmediata y directamente en el sistema para la gestión de la formación.

ARTÍCULO 14. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA ETAPA PRODUCTIVA. El seguimiento a la etapa productiva es obligatorio y se realizará de manera virtual y presencial. El Aprendiz elaborará una bitácora quincenal, en la que señalará las actividades adelantadas en desarrollo de su etapa productiva en cualesquiera de las alternativas, para que el Instructor asignado como responsable pueda hacer seguimiento de acuerdo a los indicadores establecidos en el procedimiento de ejecución de la formación, garantizando una interacción continua entre el Aprendiz y el Instructor; esta actividad se debe complementar con visitas o comunicación directa que realice el Instructor.

PARÁGRAFO: Si el Aprendiz no alcanza los resultados de aprendizaje de la etapa productiva se procederá a realizar comité de evaluación quien analizará el caso para emitir los juicios evaluativos finales, si los juicios no alcanzan los resultados de aprendizaje de la etapa productiva se procederá a cancelar la matrícula, previo agotamiento del debido proceso.

Estas disposiciones señalan que cuando el aprendiz opta por una alternativa diferente al contrato de aprendizaje, ésta debe ser aprobada previamente por el Coordinador Académico del Programa del respectivo Centro de Formación y la información debe registrarse inmediata y directamente en el sistema para la gestión de formación. Además, debe haber un seguimiento virtual y presencial del desarrollo de la etapa productiva en la cual interactúa el aprendiz con la elaboración de una bitácora quincenal, en la que señalará las actividades adelantadas en desarrollo de su etapa productiva.

La constancia de cumplimiento a satisfacción de la etapa práctica debe ser expedida por la empresa contratante, institución u ONG respectiva.

Se debe realizar seguimiento tanto presencial como virtual a las actividades que el aprendiz desarrolle en la empresa por intermedio del respectivo instructor.

Sobre el desarrollo de la etapa productiva, cuando el aprendiz opta por una alternativa diferente al contrato de aprendizaje, nuestra dependencia por medio del concepto radicado con número 8-2017-066782 del 14 de diciembre de 2017, retomó un pronunciamiento con radicado 21882 de 2014 y precisó los puntos arriba anotados.

En el caso planteado, el seguimiento presencial se podría realizar con el apoyo de un funcionario de la empresa del país donde la aprendiz desarrolle la etapa práctica o mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) que pueden complementar el proceso formativo (Computador, video llamada, video conferencia, Skype online, plataforma virtual)

En relación con las TIC en la educación, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, ha señalado lo siguiente:

Las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) pueden complementar, enriquecer y transformar la educación.

En su calidad de Organización principal de las Naciones Unidas para la educación, la UNESCO orienta el quehacer internacional con miras a ayudar a los países a entender la función que puede desarrollar esta tecnología en acelerar el avance hacia el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4(link is external)(ODS4), una visión plasmada en la Declaración de Qingdao

La UNESCO comparte los conocimientos respecto a las diversas formas en que la tecnología puede facilitar el acceso universal a la educación, reducir las diferencias en el aprendizaje, apoyar el desarrollo de los docentes, mejorar la calidad y la pertinencia del aprendizaje, reforzar la integración y perfeccionar la gestión y administración de la educación.

La Organización examina el mundo en busca de ejemplos exitosos de aplicación de las TIC a la labor pedagógica – ya sea en escuelas primarias de bajos recursos, universidades en países de altos ingresos o centros de formación profesional – con miras a elaborar políticas y directrices.

Mediante actividades de fomento de la capacidad, asesoramiento técnico, publicaciones, investigaciones y conferencias internacionales como las Conferencias Internacionales sobre las TIC y la educación después de 2015o la Semana del Aprendizaje Mediante Dispositivos Móviles la UNESCO ayuda a los gobiernos y a otras partes interesadas a valerse de las tecnologías para fomentar el aprendizaje[2].

CONCLUSIONES

De acuerdo con lo expuesto se concluye que es viable la realización de la etapa productiva de un aprendiz SENA en una empresa de otro país, como España, siempre y cuando la alternativa no sea la de contrato de aprendizaje, y haya sido aprobada por el Coordinador Académico del Programa en el respectivo Centro de Formación y registrada en el sistema para la gestión de la formación.

El contrato laboral o contractual debe desarrollar la etapa productiva del programa en que se capacitó la aprendiz, las actividades objeto del contrato deben estar relacionadas con el programa de formación, y el empresario, una vez culminada la duración de la etapa práctica, debe obligarse a expedir la constancia de cumplimiento a satisfacción.

Para efectos de lo dispuesto en el Acuerdo 00007 de 2012 la aprendiz y el empresario podrían acordar los términos en que suscribirían el contrato para el desarrollo de la etapa práctica y, previo a su firma, someter la minuta a la aprobación del Coordinador Académico del Programa del respectivo Centro de Formación, quien podrá sugerir los ajustes a que haya lugar.

En el caso planteado, el seguimiento presencial se podría realizar con el apoyo de un funcionario de la empresa del país donde la aprendiz desarrolla la etapa práctica o mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) que pueden complementar el proceso formativo (Computador, video llamada, video conferencia, Skype online, plataforma virtual), situación que debe quedar consignada en la minuta del contrato o en el documento que suscriba el instructor con la aprendiz.

El presente concepto se rinde de conformidad con el alcance dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, incorporado por la Ley 1755 de 2015. De igual forma, este concepto deberá interpretarse en forma integral y armónica, con respeto al principio de supremacía constitucional y al imperio de la ley (C. 054 de 2016); así como, en concordancia con la vigencia normativa y jurisprudencial al momento de su uso y emisión.

Cordial saludo,

CARLOS EMILIO BURBANO BARRERA

Coordinador

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.


1. Acuerdo 00007 de 2012 “ARTÍCULO 11. APROPIACIÓN Y DESARROLLO DEL CONOCIMIENTO. La etapa productiva del programa de formación es aquella en la cual el Aprendiz Sena aplica, complementa, fortalece y consolida sus competencias, en términos de conocimiento, habilidades, destrezas, actitudes y valores // La etapa productiva debe permitirle al aprendiz aplicar en la resolución de problemas reales del sector productivo, los conocimientos, habilidades y destrezas pertinentes a las competencias del programa de formación, asumiendo estrategias y metodologías de autogestión”

2. Página web de la Unesco https://es.unesco.org/themes/tic-educacion

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