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OFICIO 15504 DE 2015
(mayo 27)
Diario Oficial No. 49.553 de 24 de junio de 2015
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN NORMATIVA Y DOCTRINA
<NOTA DE VIGENCIA: Oficio revocado por el Oficio DIAN 26154 de 2015>
Bogotá, D. C. 26 de mayo de 2015
100208221-000708
Referencia: Radicados 008752 del 06/03/2015, 012857-1 del 10/04/2015 y 012857-2 del 10/04/2015.
Tema | Procedimiento Tributario. |
Descriptores | Condiciones Especiales para el Pago de Impuestos Tasas y Contribuciones. |
Fuentes formales | Ley 1739 de 2014 arts. 57, 58. |
De conformidad con el artículo 20 del Decreto número 4048 de 2008, es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.
En el escrito de la referencia, consulta si las condiciones especiales de pago consagradas en los artículos 57 y 58 de la Ley 1739 de 2014 aplica a los aportes parafiscales con destino al SENA, contribuciones al FIC y multas impuestas por el SENA o por el Ministerio de Trabajo.
Al respecto este Despacho se permite hacer las siguientes consideraciones:
Las condiciones especiales de pago (en general), establecidas en la Ley 1739 de 2014, fueron establecidas para aquellos impuestos, tasas, contribuciones, tributos, sanciones y demás conceptos que sean administrados por la U.A.E DIAN, donde esta última intervenga como acreedora; por otro lado, dentro de la misma no se incorporaron mecanismos para aliviar las carteras de entidades distintas a esta.
Por lo tanto, ni el artículo 57 ni el 58 de la mencionada ley, aplican para los aportes parafiscales ni demás conceptos administrados por el SENA, ni por ninguna otra entidad.
En los anteriores términos se resuelve su consulta. De otra parte le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de los conceptos en materia Tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el ícono de “Normatividad” - “Técnica”-, dando click en el link “Doctrina - Dirección de Gestión Jurídica.
Atentamente,
El Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina,
YUMER YOEL AGUILAR VARGAS.