Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 91 DE 2015

(enero 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA : Resolución revocada por el artículo 1 de la Resolución 498 de 2015>

Por el cual se aprueban programas de formacion profesional integral

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias,
en especial las conferidas en la Resolución No. 00790 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”, le asigna al Director General la función de: Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo 4o numeral 12.

Que el 26 de marzo de 2009 el Director General mediante resolución No. 00790, delega en el Director de Formación Profesional el SENA, “la facultad para expedirlos actos administrativos de aprobación de la oferta de programas profesional integral, y revisarlos según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los mismos en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo primero".

Que conforme al Artículo 11 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Formación Profesional:

"...

2. Asistir a la Dirección General en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general, para la formación profesional integral de los diferentes usuarios y la prestación de los servicios de la entidad en los diferentes sectores económicos y cadenas productivas, promoviendo la gestión de la calidad en los procesos y programas de formación profesional.

....

8. Impulsar la actualización y ajuste permanente de los diseños curriculares de los programas de formación existentes y la formulación de nuevos programas bajo el enfoque de competencias laborales, estrategias pedagógicas, así como los sistemas de evaluación y certificación del desempeño laboral de los trabajadores, en articulación con la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.

9. Orientar, asesorar y evaluar los programas de formación profesional integral, así como los programas y servicios de carácter tecnológico que desarrollen los Centros de Formación Profesional, mediante la ejecución de programas de formación profesional integral y asesoría dirigidos al mejoramiento de la competitividad y la gestión de las empresas a través de los Centros de Formación o mediante alianzas y convenios.

...

17. Establecer mecanismos de interacción directa y permanente con los gremios, las empresas, las instituciones gubernamentales y no gubernamentales y las instituciones educativas del país para la formulación y actualización de los programas de formación...”

Que el SENA debe dar formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quiénes sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.

Que en el marco de las Redes de Conocimiento, creadas con la resolución 335 de 2012 y siguiendo el proceso de Gestión de La Formación Profesional, establecido en el Sistema Integrado de Gestión, aprobado en la versión: 02, del 30 de septiembre de 2013, se identificaron las necesidades de formación del talento humano de los sectores productivos y las regiones, considerando la dinámica ocupacional, Plan Nacional de desarrollo, apuestas regionales, Planes regionales de Competitividad, la demanda de contrato de aprendizaje por parte del sector productivo, la vinculación laboral, las tendencias ocupacionales.

Que dentro de los análisis realizados por parte del Comité de Pertinencia, se detectó la necesidad de contar con programas de Especializaciones Tecnológicas y con nuevos programas de técnico y tecnólogo para atender a la demanda de personal formado requerido por el sector productivo.

Que de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Sistema Integrado de Gestión y que componen el proceso de la Gestión de Formación Profesional Integral, se elaboraron los diseños curriculares de cada programa de formación asegurando el cumplimiento de los criterios de calidad y pertinencia de la Formación Profesional Integral, con el fin de dar respuesta adecuada a las necesidades de formación del sector productivo y social.

Que el 12 de marzo de 2014 se expidió la resolución 0472, el 9 de mayo de 2014 se expidió la resolución 0871, el 30 de julio de 2014 se expidió la resolución 01603, el 4 de agosto de 2014 se expidió la resolución 01648 por las cuales se aprueban programas de formación profesional integral, y que de acuerdo con las necesidades detectadas a través del análisis realizado por las redes de conocimiento para dar respuesta al sector productivo, se hace necesario ampliar la oferta educativa.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- <Resolución revocada por el artículo 1 de la Resolución 498 de 2015> Aprobar los programas de formación profesional integral que aparecen relacionados en el anexo 1 de la presente resolución.

PARÁGRAFO PRIMERO.- Los programas de tecnólogo y de especialización tecnológica podrán incluirse solo en la oferta de los Centros y en las sedes a los que les sea otorgado el Registro Calificado por parte del Ministerio de Educación.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO TERCERO. - <Resolución revocada por el artículo 1 de la Resolución 498 de 2015> Comunicar y enviar copia de la presente resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO CUARTO.- <Resolución revocada por el artículo 1 de la Resolución 498 de 2015> Por convenios establecidos previamente, los programas de nivel técnico que a la expedición de esta resolución, se encuentren ofertados por Ampliación de Cobertura y Articulación con la media, mantendrán la versión con la cual se estableció el convenio, para la primera oferta de 2015.

Notas de Vigencia

ARTICULO QUINTO.- <Resolución revocada por el artículo 1 de la Resolución 498 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga las resoluciones anteriores y que le sean contrarias, en especial las Resoluciones 0472 del 12 de marzo de 2014, 0871 del 9 de mayo de 2014, 01603 del 30 de julio de 2014, 01648 del 4 de agosto de 2014.

Notas de Vigencia

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogota D.C., a los 26 Enero de 2015

MAURICIO ALVARADO HIDALGO

Director de Formacion Profesional

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_0091_2015.pdf>

No.NOMBRE DEL PROGRAMANIVELDURACIÓNMODALIDAD
1PREPARACIÓN DE MÁQUINAS PARA TRANSFORMACIÓN DE PLÁSTICOSAUXILIAR1026 HorasPRESENCIAL
2CONTROL EN SISTEMAS DE VENTILACIÓN EN LABORES SUBTERRÁNEASESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIAL
3ENTRENAMIENTO FÍSICO PERSONALIZADOESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIÁL
4ESTRATEGIAS LÚDICO-RECREATIVAS PARA EL DESARROLLO PSICOMOTOR EN LA PRIMERA INFANCIAESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIAL
5ESTRATEGIAS RECREATIVAS ORIENTADAS A LA PERSONA MAYORESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIÁL
6ESTRUCTURACIÓN DE PROYECTOS EN DEPORTE Y RECREACIÓNESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIÁL
7GESTIÓN PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA ELÉCTRICAESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIÁL
8INOCUIDAD E HIGIENE ALIMENTARIAESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIAL
9LUMINOTECNIAESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIÁL
10MEDICIÓN TÉCNICA DEL COLORESPECIALIZACIÓN
TECNOLÓGICA
880 HorasPRESENCIÁL
11CONFECCIÓN INDUSTRIAL DE ROPA DEPORTIVAOPERARIO1026 HorasPRESENCIAL
12CONFECCIÓN INDUSTRIAL DE ROPA INTERIOROPERARIO1026 HorasPRESENCIAL
13MANTENIMIENTO Y OPERACIÓN DE PISCINASOPERARIO1026 HorasPRESENCIAL
14MONTAJE Y ENSUELADO DE CALZADO.OPERARIO1026 HorasPRESENCIAL
15PRODUCCIÓN MINERAOPERARIO1026 HorasPRESENCIAL
16DESARROLLO DE PRENDAS PARA LA SEGURIDAD INDUSTRIALPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIAL
17DESARROLLO DE PRENDAS POR TÉCNICA DE DRAPEADOPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIAL
18DESARROLLO DE PRENDAS DE CONTROLPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 Horas,PRESENCIAL
19EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES RECREATIVAS PARA POBLACIÓN INFANTILPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIAL
20JUZGAMIENTO DEPORTIVO DISCIPLINA FÚTBOLPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIAL
21JUZGAMIENTO DEPORTIVO DISCIPLINA VOLEIBOLPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIAL
22JUZGAMIENTO DEPORTIVO EN BALONCESTOPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIÁL
23JUZGAMIENTO DEPORTIVO EN FÚTBOL SALAPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIÁL
24MANTENIMIENTO DE EQUIPOS E INSTALACIONES DE REFRIGERACIÓN COMERCIALPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIÁL
25SISTEMAS SOLARES FOTOVOLTAICOSPROFUNDIZACIÓN
TÉCNICA
440 HorasPRESENCIAL
26EJECUCIÓN DE CLASES GRUPALES ORIENTADAS AL FITNESSTÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
27EJECUCIÓN DE EVENTOS5DEPORTIVOS Y RECREATIVOSTÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
28EJECUCIÓN DE PROGRAMAS DEPORTIVOSTÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
29IMPRESIÓN DIGITALTÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
30MANTENIMIENTO E INSTALACIÓN DE SISTEMAS SOLARES FOTOVOLTAICOSTÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
31MODELAJE DE CALZADO.TÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
32MODELAJE DE MARROQUINERIA.TÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
33MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICATÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
34TRANSFORMACIÓN DE POLÍMEROS POR EXTRUSIÓN DE PERFILESTÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
35TRANSFORMACIÓN DE POLÍMEROS POR SOPLADOTÉCNICO2200 HorasPRESENCIAL
Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.