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RESOLUCIÓN 224 DE 2011
(febrero 24)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2227 de 2011>
Por la cual se designan en las Regionales los servidores públicos para trámites de donaciones al SENA y se dictan otras disposiciones
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, artículo 9o y siguientes de la ley 489 de 1998 y el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia, y de conformidad con los preceptos que establece la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, trasferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, atribuye en el numeral 1o de su artículo 4 a la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal; así mismo en el numeral 4o del citado artículo le atribuyó al despacho de la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que en las resoluciones de donación DIAN, cuyo fundamento es el artículo 531 del Decreto 2685 de 2009<sic, es 1999>, modificado por el artículo 2 del Decreto 4480 de 2005, se establece que una vez notificadas, el SENA deberá retirar del sitio de almacenamiento, en un número de días determinado, las mercancías objeto de donación. De no hacerlo, correrá por su cuenta con los gastos causados por la guarda y custodia de las mercancías donadas. En caso de mercancía perecedera su retiro será inmediato; así mismo se establece que de la donación se dejará constancia en acta de entrega con intervención entre otros funcionarios del Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA o su delegado.
Que mediante las Resoluciones 1520 de 2008, 3244, 4025 y 2608 de 2009 se designó a los funcionarios que en cada Regional les corresponde adelantar las gestiones correspondientes al recibo, transporte y manejo de las donaciones de ta DIAN o de otras entidades que se tramiten a favor del SENA y se hace necesario actualizar la designación de los funcionarios de las Regionales de la Entidad que deben cumplir con dichas funciones.
En mérito de lo expuesto
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2227 de 2011> Delegar a los siguientes servidores públicos del SENA para que actúen y representen los intereses de la Entidad y adelanten las gestiones correspondientes al recibo, transporte y manejo de las donaciones de la DIAN o de otras entidades que se tramiten a favor de la Entidad.
REGIONAL | FUNCIONARIO | CEDULA | CARGO ACTUAL |
DIRECCION GENERAL | PEDRO BARRANTES QUINTERO | 79.284.224 | Profesional Grado 13 |
AMAZONAS | HUGO FERNANDO PENAGOS SINESTERRA | 15.875.551 | Técnico G03 |
ANTIOQUIA | BEATRIZ ELENA VELEZ VASQUEZ | 32.312.216 | Profesional G06 |
ARAUCA | HUGO HERNAN RIAÑO GONZALEZ | 19,294,327 | Profesional G06 |
ATLANTICO | VERA JUDITH IBAÑEZ | 32.810.252 | Técnico G07 |
BOLIVAR | ROBERTO PLATA CHACON | 73.091.713 | Profesional G08 |
BOYACA | LUZ EDITH SANTAMARIA VILLAMIL | 23.870.235 | Profesional G06 |
CALDAS | JORGE EDUARDO GARCIA | 10.246.712 | Trabajador Oficial |
CAQUETA | JAMES ANTONIO RAMIREZ LOPEZ | 11.186.244 | Profesional G01 |
CASANARE | OFELIA JIMENEZ PEREZ | 47.434.951 | Profesional G01 |
CAUCA | ARIEL EDMUNDO PABON BURBANO | 10.540.176 | Profesional G08 |
CESAR | ERICINDA RAMOS BARROS | 42.490.751 | Profesional G01 |
CHOCO | KELLY KARINA NIÑO SERNA | 35.897.286 | Profesional G01 |
CORDOBA | EDGAR JOSE SUAREZ PENA | 78.740.582 | Técnico G07 |
CUNDINAMARCA | DIANA ESPERANZA ROJAS BAQUERO | 39.727.668 | Técnico G01 |
DISTRITO CAPITAL | MARIA PATRICIA SAAVEDRA BORJA | 23.556.429 | Profesional G06 |
GUAINIA | BILIALDO TELLO TOSCANO | 17.310.928 | Subdirector de Centro G02 |
GUAJIRA | MOIRA MERCEDES MEZA GONZALEZ | 40.837.740 | Técnico G03 |
GUAVIARE | MARTHA LUCIA CAMPIÑO BARRERA | 31.995.730 | Subdirector de Centro G02 |
HUILA | LILIANA MARTINEZ | 36.176.783 | Técnico G07 |
MAGDALENA | MARTHA ISABEL FONTALVO MORALES | 57.435.948 | Auxiliar Grado 1 |
META | ROSA EUSEBIA OJEDA | 40.366.978 | Técnico G03 |
NARIÑO | ROBERTO ANTONIO BELTRAN GUZMAN | 13.010.991 | Instructor |
NORTE DE SANTANDER | EDGAR ENRIQUE BULLA MELO | 13.444.576 | Profesional G08 |
PUTUMAYO | JHONATTAN CACERES MARTINEZ | 91.511.229 | Profesional G06 |
QUINDIO | MAYELA DEL SOCORRO MARIN CASTAÑO | 25.020.787 | Técnico G07 |
RISARALDA | OMAR HERNANDEZ TORO | 19.380.479 | Técnico G01 |
SAN ANDRES | JONES IGNACIO WILLIAMS DUQUE | 15.244.965 | Técnico G03 |
SANTANDER | YOLIMA PARRA FAJARDO | 63.281.026 | Profesional G20 |
SUCRE | ALVARO RAFAEL DIAZ HERRERA | 92.096.785 | Técnico G03 |
TOLIMA | EDGAR AUGUSTO PRADA CAÑIZALES | 93.356.380 | Profesional G12 |
VALLE | ROCIO ROSANIA RODRIGUEZ | 66.840.925 | Profesional G06 |
VAUPES | VENTURA MELENDEZ URUETA | 9.086.109 | Subdirector de Centro G02 |
VICHADA | JOSE NORBERTO OSPINA HERNANDEZ | 4.443.309 | Subdirector de Centro G02 |
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2227 de 2011> Los funcionarios delegados representarán al SENA en las gestiones que sean necesarias y en la suscripción de los documentos que se requieran para el cumplimiento de lo establecido en el artículo primero de esta resolución, y deberán cumplir estrictamente con los términos señalados en las correspondientes resoluciones de la DIAN o de las otras entidades, entre otros con el retiro de la mercancía y el envío de la copia del acta de entrega de la DIAN al Grupo de "Almacenes e inventarios" de la Dirección General, así como la respectiva legalización de los documentos de entrada y salida de almacén y los traspasos generados entre almacenes de las regionales que entregan y reciben dichas mercancías.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2227 de 2011> Cada Director Regional deberá hacer el seguimiento, verificación y control de los procedimientos y actuaciones mencionadas en el artículo segundo de esta resolución, con el fin de cumplir total y oportunamente con la legalización de donaciones que el SENA reciba de la DIAN y de las otras entidades.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2227 de 2011> Comunicar esta resolución al Director Administrativo y Financiero, a los Directores Regionales, a los Subdirectores de Centro y a los funcionarios delegados.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2227 de 2011> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las Resoluciones 1520 de 2008, 3244, 4025 y 2608 de 2009 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 24 FEB. 2011
CAMILO EDUARDO BERNAL HADAD
Director General