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RESOLUCIÓN 407 DE 2007

(marzo 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010>

Por la cual se adopta la Política Ambiental Institucional

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 4o del artículo 4o del Decreto 249 de 2004 y,

CONSIDERANDO:

Que los derechos Colectivos y del Medio Ambiente fueron elevados por el constituyente de 1991 a canon Constitucional, en el capítulo Tercero de la Constitución Política. Normatividad que consagra en el artículo 79 el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano, siendo deber del Estado, entre otros, proteger la diversidad e integridad del ambiente, fomentando la educación para el logro de estos fines; y en el artículo 80 establece el deber del Estado de planificar el manejo y el aprovechamiento de los recursos naturales, además de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponiendo sanciones legales y exigiendo la reparación de los daños causados;

Que el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA entre otros objetivos, tiene el de actualizar permanentemente los procesos que le permitan el mejoramiento de sus servicios, para fortalecer el desarrollo de su misión institucional, lo cual se desarrollará cumpliendo el deber de protección de los recursos de la Institución de manera idónea, y ajustada a las normas de regulación de medio ambiente;

Que obrando de conformidad con las normas vigentes que regulan la Gestión Ambiental y en ejercicio de los principios de concurrencia y coordinación que deben regir en la función administrativa; armonizando esta con una visión de descentralización, con el propósito de garantizar la viabilidad del Sistema de Gestión Ambiental, se deberá adoptar la política ambiental de la entidad, que oriente la gestión integral que sobre medio ambiente deberán adoptar e implementar todas las dependencias de la entidad a nivel nacional, a través de la conformación de planes de gestión ambiental;

Que por medio de la Resolución 0555 de 2006 se ordenó el diseño e implementación del Plan de Gestión Ambiental de la Entidad;

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> Adoptar la Política Ambiental Institucional del Sena, en los siguientes términos:

El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, dentro de la responsabilidad que tiene con la protección y preservación del medio ambiente, y en cumplimiento de los postulados constitucionales y legales que regulan su manejo, se compromete en todos los niveles de la organización y en todos los procesos administrativos y misionales a desarrollar e implementar buenas prácticas ambientales, con el propósito de minimizar los riesgos de contaminación; igualmente a gestionar mecanismos que permitan el mejoramiento continuo de los procesos que se adopten, a fin de lograr impacto en las acciones, cumplimiento de objetivos, teniendo como resultado un ambiente sano y sostenible.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 2o. ALCANCE DE LA POLITICA AMBIENTAL DEL SENA.  <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010>

El Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA en el desarrollo e implementación de la política ambiental de la entidad, además de aplicar los lineamientos legales vigentes en materia ambiental dentro de su compromiso, y para salvaguardar el medio ambiente, incluye los siguientes componentes:

- Desarrollo y aplicación de tecnologías y alternativas para lograr una mejora continua y permanente en el desempeño ambiental,

- Aporte de conocimiento y práctica en la gestión ambiental mediante la capacitación y el establecimiento de planes y programas con lo más altos niveles de conocimiento.

- Desarrollo de tecnologías que puedan ser aprovechadas para la minimización y prevención de los impactos ambientales generados por las empresas de todos sectores.

- Sensibilización ambiental de colaboradores y usuarios (clientes).

- Uso razonable de los recursos naturales.

- Capacitación en temas de regulación y gestión de medio ambiente, mediante difusión directa a los clientes internos del Sena, y con la inclusión de los contenidos en los programas impartidos y servicios prestados a clientes externos.

Notas de Vigencia

ARTICULO 3o. PRINCIPIOS. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> La Política Ambiental Institucional del Sena estará orientada por los principios establecidos en el artículo 1o de la ley 99 de 1993, en concordancia con los siguientes principios rectores:

- Principio de prevención: Las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atienden en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir.

- Principio de precaución: Cuando existan indicios de la ocurrencia futura de un daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica no puede utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente y la protección de la salud de las personas vinculadas a los procesos.

- Principio de progresividad: Los objetivos ambientales son logrados en forma gradual, a través de metas, proyectadas en un cronograma de tiempo que facilite la adecuación correspondiente a las actividades relacionadas con esos objetivos.

- Principio de responsabilidad: El generador de efectos degradantes del ambiente, actuales o futuros, es responsable de los costos de las acciones preventivas y correctivas de recomposición, sin perjuicio de la vigencia de los sistemas de responsabilidad ambiental que correspondan.

- Principio de sostenibilidad: El desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales es realizado a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal, que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras.

- Principio de integración: En la formulación de las actividades del sistema de gestión ambiental, se buscará su integración con los demás sistemas de gestión de la calidad o de prevención de riesgos laborales, entre otros.

Notas de Vigencia

ARTICULO 4o. METODOLOGÍA.  <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> A fin de implementar y dar cumplimiento a los lineamientos de la política ambiental institucional, todas las dependencias a nivel central, Direcciones Regionales y Centros de Formación Profesional que conforman el Servicio Nacional de Aprendizaje deberán desarrollar las siguientes acciones:

1. Planificación

1.1 En desarrollo de esta acción los responsables deberán identificar los aspectos ambientales asociados a las actividades de las Áreas, Direcciones Regionales y Centros de Formación para determinar los impactos ambientales significativos, señalar las prioridades y fijar los objetivos y metas ambientales adecuadas.

1.2 En la evaluación inicial se deberán tener claramente identificados los procesos desarrollados al interior de las dependencias; la ubicación e infraestructura donde se funciona, y los recursos físicos con que se cuenta. Igualmente deben tenerse en cuenta todos los factores de medio ambiente que están inmersos en las actividades del sitio de identificación, para responder a los requerimientos mínimos exigidos en actividades relacionadas u homólogas, con especial énfasis, en el manejo de residuos sólidos, líquidos, tóxicos, industriales y cualquier otro material que genere riesgo ambiental.

Esta evaluación inicial debería cubrir tres áreas clave:

- Identificación de los requisitos legales y reglamentarios,

- Identificación de los aspectos ambientales significativos al recurso agua, suelo y aire,

- Evaluación de todas las prácticas y procedimientos de gestión ambiental existentes y evaluación de la información obtenida a partir de las investigaciones sobre incidentes previos.

En esta evaluación los Centros de Formación del Sector de Industria, Minería, Salud y Agropecuarios deberán tener especial cuidado en la identificación de sus residuos, vertimientos y emisiones, teniendo como premisa el desarrollo de procesos donde se generan impactos ambientales negativos que requieren un manejo especial

1.3 La generación de objetivos constituye la esencia misma de la gestión, ya que para obtener resultados es básico plantearse objetivos que sean específicos y alcanzables dentro del contexto institucional.

Las metas serán fines mucho más concretos y acotados en el tiempo (por ejemplo anual o trimestral) y desglosarán cada objetivo en varias partes, apuntando en la misma dirección.

1.4 Responsables: Direcciones de Área, Jefes de Oficina, Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centros de Formación, con el apoyo técnico de los funcionarios del Sena con conocimiento especializado en el tema ambiental.

2. Implantación y operación

Una vez ejecutadas las acciones de identificación y fijados los objetivos, se procederá a: la elaboración del plan de gestión ambiental de la dependencia, que se elaborará siguiendo las orientaciones incluidas en la política ambiental adoptada en esta resolución.

2.1 Aspectos básicos del plan de gestión ambiental: los planes de gestión ambiental deben estar acordes con la política ambiental del Sena, y contener además de los aspectos propios de la actividad principal que caracteriza la dependencia que lo emite, los siguientes aspectos básicos:

2.1.1 Definición de las personas, funciones y responsabilidades de los encargados de la implementación del Sistema de Gestión Ambiental

2.1.2 El mecanismo o medio que incorpore la capacitación a los clientes internos y externos de la entidad de tal forma que participen en la mejora del medio ambiente y puedan responder a los problemas o anticiparse a ellos.

2.1.3 Todos los aspectos contenidos en normas técnicas que sean requeridos en los licenciamientos ambientales exigidos por las autoridades competentes; esto según la actividad principal de la dependencia que emite el respectivo plan ambiental.

2.2 Responsables: Direcciones de Área, Jefes de Oficina, Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centros de Formación, con el apoyo técnico de los funcionarios del Sena con conocimiento especializado en el tema ambiental.

3. Seguimiento

A fin de contar con elementos que permitan verificar el cumplimiento de la política de medio ambiente, y retroalimentar el mejoramiento continuo de los procesos que la desarrollen, se deberá disponer de uno o varios procedimientos para evaluar periódicamente el cumplimiento de los requisitos legales, manteniendo registros de dicha evaluación.

Responsables: Direcciones Regionales y Centros de Formación. Los resultados y productos en el manejo y cumplimiento de la política ambiental serán revisados por los Directores Regionales y Subdirectores de Centro, quienes deberán enviar a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo informes trimestrales, para su seguimiento, en donde se indiquen:

- Resultados de la implementación y ejecución del Plan Ambiental

- Grado de cumplimiento de los objetivos y metas.

- Grado de avance en el cumplimiento de indicadores básicos de gestión ambiental.

- Estado de las acciones correctivas y preventivas.

- Seguimiento de las acciones resultantes de las revisiones previas llevadas a cabo por la dependencia.

- Ajustes al plan por nuevos requisitos relacionados con los aspectos ambientales y las recomendaciones y retroalimentación para la adopción de buenas prácticas en otras dependencias.

ARTICULO 5o. RESPONSABILIDADES. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> Los servidores públicos del SENA serán responsables de:

- Implementar la Política Ambiental Institucional en el cumplimiento de sus funciones, durante las actividades diarias que ejecuten en la Entidad, y de acuerdo con la metodología señalada en esta resolución, teniendo en cuenta la caracterización de cada dependencia, las normas particulares de la actividad relacionada que desarrolle la misma, que en todo caso deberán definirse en la fase inicial según la metodología de implementación de la política ambiental.

- Participar activamente y con compromiso en todos los programas de capacitación y sensibilización ambiental que promueva la Entidad, en temas relacionados con el acatamiento de las buenas prácticas ambientales señaladas a través del Plan de Gestión Ambiental.

PARAGRAFO. Los servidores públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA, darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, así como a las normas técnicas internas que se adopten en el desarrollo de la Política Ambiental Institucional, para garantizar sus objetivos y las metas propuestas.

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ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los, 6 MAR 2007

DARIO MONTOYA MEJIA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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