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RESOLUCIÓN 531 DE 2007

(26 marzo)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 173 de 2008>

Por el cual se modifica la resolución No. 0526 del 8 de abril de 2005, y se dictan otras disposiciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las contenidas en el numeral 4 del artículo 4, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución No. 00526 del 2005, adopto el manual de contratación de instructores del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, el cual establece los procesos y procedimientos a que han de someterse los Subdirectores de Centro de Formación Profesional en la selección y contratación de instructores para adelantar las acciones de formación profesional, de acuerdo con las horas de formación establecidas en el respectivo Plan Anual General de Contratación de instructores de cada centro de Formación Profesional Integral.

Que se hace necesario modificar la Resolución No. 0526 de 2005, en el sentido de establecer un nuevo procedimiento para la selección de candidatos a ser instructores contratistas del SENA.

En merito de lo Expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 173 de 2008> Modificar el numeral 3.2. del artículo tercero, con el siguiente texto:

"3.2. SELECCIÓN DE CANDIDATOS A SER INSTRUCTORES CONTRATISTAS DEL SENA.

3.2.1. Convocatoria.

3.2.1.1. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, publicara un aviso de prensa invitando a todo ciudadano que aspire a ser instructor contratista del Sena para que inscriban su hoja de vida en la página web del sena a través del enlace "Quiero ser contratista SENA". No podrá celebrarse contratación de instructores con personas que no se encuentren ínscritas en el enlace "Quiero ser contratista SENA", de conformidad con lo establecido en el numeral 14 del artículo 22 del Decreto 249 de 2004.

3.2.1.2. Las Cooperativas de Trabajo Asociado que aspiren a contratar con el SENA, deberán garantizar que sus asociados instructores tengan inscrita su hoja de vida en el enlace "Quiero ser contratista SENA". So pena de la limitación prevista en el numeral anterior.

3.2.1.3. De los aspirantes inscritos en el enlace "Quiero ser contratista SENA" se publicará el correspondiente listado en el icono "Banco de Instructores Contratistas" para el conocimiento de todos los ciudadanos.

3.2.2. Procedimiento.

Con base en el plan Anual General de Contratación resultante del análisis de necesidades de contratación de instructores, el Subdirector de Centro de Formación Profesional Integral procederá a realizar el siguiente procedimiento para la selección de candidatos a ser instructor del SENA en calidad de contratista; este procedimiento se deberá realizar como mínimo una vez al afío en cada vigencia fiscal;

3.2.2.1. El Subdirector del Centro de Formación Profesional Integral conjuntamente con los Coordinadores Académicos elaboraran los perfiles de los requerimientos de contratación de instructores, con base en los perfiles establecidos en los programas de formación, la normatividad especifica para algunos de ellos, como por ejemplo Ministerio de Salud, Ministerio de Transporte, DIMAR, Aeronáutica Civil, Superintendencia de Transporte), Ministerio de Agricultura, entre otras.

3.2.2.2. Para definir los perfiles para la seleccíón de tutores para ambientes virtuales de aprendizaje, se debe tener en cuenta la Circular No. 00916 del 15 de junio de 2004, que establece el perfil y requisítos mínimos de los tutores en ambíentes virtuales de aprendizaje.

3.2.2.3. Determinado los perfiles de acuerdo a la necesidad del Centro de Formación Profesional, el Subdirector del Centro de Formación Profesional deberá registrar dicha necesidad en el Servicio Públíco de Empleo del SENA.

Del listado de los ciudadanos inscritos en el enlace "Quiero ser contratista SENA" evaluará y determinará que personas son aptas o no para ser aspirante instructor contratista SENA de acuerdo al perfil solicitado.

3.2.2.3.1. <Numeral modificado por la Resolución 626 de 2007. Ver modificaciones directamente en la Resolución 526 de 2005> Las Hojas de vida de las personas que no cumplan con el perfil solicitado, deberán ser tenidas en cuenta por el Subdirector del Centro de Formación Profesional en el evento en que requiera nuevamente seleccionar instructores contratista del SENA.

3.2.2.4. El Subdirector del Centro de Formación Profesional con el equipo que el conforme, revisara en un término máximo de 15 días las hojas de vida de los aspirantes que cumplen con el perfil solicítado, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

  • Datos personales
  • Perfil Profesional o técnico o de aprendizaje
  • Profesión en áreas de conocimiento: Sectores Primario, Extractivo, Comercio y Servicios, Industria y de la Construcción, Áreas transversales.
  • Estudios (Formales y No Formales)
  • Experiencia laboral
  • Experiencia yjo formación docente.
  • Idíomas

3.2.2.5.<Numeral modificado por el artículo 1 de la Resolución 860 de 2007. Ver modificaciones directamente en la Resolución 526 de 2005> Realizado el análisis definido en el punto anterior, el Subdirector del Centro de Formación Profesional, dependiendo de las necesidades a contratar, seleccionará el (s) candidato (s) más idóneo (s) y publicara durante tres días su(s) hoja (s) de vida dentro del enlace "Quiero ser Contratista SENA" en el ícono "Control social Instructor Contratísta SENA", para el reconocimiento de la ciudadanía y la formulación de observaciones, de conformidad con la Ley 80 de 1993, sus Decretos Reglamentaríos y en especial el Decreto 2170 de 2002.

Notas de Vigencia

3.2.2.6. Pasados los tres días de estar publicada la hoja de vida en el en el icono "Control social Instructor Contratista SENA",EI Subdirector del Centro de Formación Profesional con el equipo de trabajo que conforme, y tras la consideración y evaluación positiva de los comentarios presentados por la Ciudadanía procederá a suscribir el respectivo contrato.

3.2.2.7. De los seleccionados a contratar, el Subdirector del Centro de Formación Profesional deberá elaborar y firmar un acta para comprobar que los seleccionados reúnen las mejores condiciones relacionadas con las especialidades a impartir, y que se cumplió con todo el procedimiento de selección a ser instructor contratista SENA.

3.2.2.8. El Subdirector del Centro de Formación Profesional Integral podrá constituir anualmente un Banco de Instructores Preseleccionados de acuerdo con el trámite anterior, de donde podrá ir tomando los instructores contratistas requeridos según el Plan Específico de Contratación de Instructores. Las hojas de vida de estos preseleccionados se publicarán por tres días en el icono "Control Social Instructor Contratista SENA", y tras la consíderación y evaluación positiva de los comentarios de la ciudadanía procederá a suscribir el respectivo contrato.

3.2.2.9 En el evento en que se constante que en el listado de candidatos inscritos en el enlace "Quiero ser contratista SENA" no hay registro de aspirantes con el perfil exigido o el número de inscritos sea menor al requerido por el Centro de Formación Profesional Integral, procederá el Subdirector del Centro a realizar una Convocatoria Pública a fin de que las personas interesadas y que cumplan con el perfil solicitado se inscriban la página web de la entidad, en el enlace "Quiero ser Contratista SENA".

La Convocatoria Pública consistirá en la publicación de un aviso en las instalaciones del Centro de Formación Profesional Integral; en el Servicio Publico de Empleo y en la Págína web del SENA, en la cual se indicará el número de instructores solicitados, los perfiles y requisitos exigidos y la indicación de que los interesados deberán inscribirse en el enlace "Quiero ser contratista SENA".

Una vez se haga la inscripción de las hojas de vida en el enlace "Quiero ser contratista SENA", deberá cumplir con todo el procedimiento previsto para la selección del aspirante a ser instructor contratista SENA.

3.2.3 Los Subdirectores del Centro de Formación Profesional deberán abstenerse de celebrar o ejecutar contratos con Cooperativas y Precooperativas de trabajo Asociado que violen las prohibiciones contenidas en el Decreto 4588 de 2006, sobre trabajo asociado; así mismo deberán tener en cuenta los lineamientos previstos en la Circular No. 001 del 5 de febrero de 2007 emitida por la Direccion Jurídica de la Entidad y la Circular Conjunta del 26 de febrero de 2007 suscrita por la Procuraduría General de la Nación y la Superintendencia de la Economía Solidaria y demás normas que regulen la materia."

Notas de Vigencia

ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 173 de 2008> Adiciónese al numeral 3.3.2. de la Resolución No. 00526 del 8 de abril de 2005, lo siguiente:

" - Reporte del sistema que se puede obtener en el enlace "Quiero ser contratista SENA", donde conste el nombre, fecha de inscripción, fecha de publicación de la hoja de vida en el icono "control social instructor Contratista SENA" y fecha y hora de impresión del reporte".

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ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 173 de 2008> Artículo modificado por el artículo 2 de la Resolución  860 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> SELECCIÓN DE CANDIDATOS A SER CONTRATISTAS DE APOYO A LA FORMACION PROFESIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE –SENA.

1. Se entiende por apoyo a la formación profesional, todas las acciones que ejecuta una persona en la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación Profesional Integral del SENA, para el desarrollo de los procesos y actividades relacionadas con la misión de la entidad, correspondientes a Formación Profesional, al Sistema Nacional de Formación para el Trabajo y Empleo y Trabajo.

2. Todos los ciudadanos que aspiren a ser contratistas SENA como apoyo a la Formación Profesional en las áreas misionales de la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de formación Profesional Integral del SENA, deben inscribir su hoja de vida en la Página web del SENA a través del enlace "Quiero ser contratista SENA", en el icono "Apoyo a la Formación Profesional". No podrá celebrarse contratación con personas que no se encuentren inscritas en enlace "Quiero ser contratista SENA –Apoyo a la formación Profesional"

3. Determinado los perfiles de acuerdo a la necesidad de apoyo a la Formación Profesional en las áreas misionales de la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación Profesional Integral del SENA, el respectivo Director de Área, Director Regional o el Subdirector del Centro deberán registrar dicha necesidad en el Servicio Público de Empleo del SENA.

4. Del listado de los ciudadanos inscritos en la página web de la entidad en el enlace "Quiero ser Contratista Sena", icono "Apoyo a la Formación Profesional" el Director de Área, Director Regional o el Subdirector del Centro de Formación Profesional evaluará y determinará que personas son aptas para ser aspirantes contratistas de apoyo a la Formación Profesional de acuerdo al perfil solicitado.

Las hojas de vida de las personas que no cumplan con el perfil solicitado deberán ser tenidas en cuenta por el Director de Área, Director Regional o el Subdirector del Centro de formación Profesional en el evento en que requiera nuevamente seleccionar contratistas de apoyo a la Formación Profesional del SENA, siempre y cuando el aspirante acredite para el nuevo proceso de selección el cumplimiento del perfil.

Si la persona no cumple con el perfil requerido, el Director de Área, el Director Regional o el Subdirector del Centro de Formación Profesional no podrá tener en cuenta esta hoja de vida.

5. El Director de área, Director Regional o el Subdirector del Centro de Formación Profesional, revisará en un término máximo de 15 días las hojas de vida de los aspirantes que cumplan con el perfil solicitado teniendo en cuenta el perfil profesional, estudios (formales y no Formales), experiencia laboral e idiomas, si es necesario.

6. Realizado el análisis de las hojas de vida de los aspirantes a ser contratistas de apoyo a la formación profesional de acuerdo a la necesidad a contratar, el Director de Área, el Director Regional o el Subdirector del Centro de Formación Profesional Integral, seleccionará el (os) candidato (s) más idóneo(s) y publicará la hoja de vida en el enlace "Quiero ser Contratista SENA" icono "Control Social Contratista Apoyo a la Formación Profesional" para el conocimiento de la ciudadanía y la formulación de observaciones, de conformidad con la Ley 80 de 1993, sus Decretos Reglamentarios, en especial el Decreto 2170 de 2002.

Es de anotar que en el momento en que se publica la hoja de vida en el icono "Control Social Contratista Apoyo a la Formación Profesional" automáticamente se publicará en el sistema del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, por los tres días requeridos, en forma simultanea, para las observaciones de la ciudadanía, dando así cumplimiento a la Directiva Presidencial No. 02 del 13 de febrero de 2007.

Pasados los tres días de estar publicada la hoja de vida en el en el icono "Control social Contratista Apoyo a la Formación Profesional" y en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y tras la consideración y evaluación positiva de los comentarios presentados por la Ciudadanía se procederá a suscribir el respectivo contrato.

De los seleccionados a contratar, el Director de área, Director Regional o el Subdirector de Centro de Formación Profesional Integral deberá elaborar y firmar un acta para comprobar que los seleccionados reúnen las mejores condiciones solicitadas para contratar, la cual será adjuntada al contrato a suscribir con los respectivos antecedentes disciplinarios, penales y fiscales de la persona a contratar como apoyo a la formación profesional.

7. En el evento en que se constante que en el listado de candidatos inscritos en el enlace "Quiero ser contratista SENA" no hay registro de aspirantes con el perfil exigido o el número de inscritos sea menor al requerido por el Director de Área, Director Regional o Subdirector del Centro de Formación Profesional Integral, deberán realizar una Convocatoria Pública a fin de que las personas interesadas y que cumplan con el perfil solicitado se inscriban la página web de la entidad, en el enlace "Quiero ser Contratista SENA" icono "Apoyo a la Formación Profesional"

La Convocatoria Pública consistirá en la publicación de un aviso en las instalaciones, según sea el caso, en la Dirección General, Dirección Regional o en el Centro de Formación Profesional Integral, en el Servicio Publico de Empleo y en la Página web del SENA, en la cual se indicará el perfil y requisitos exigidos con la indicación de que los interesados deberán inscribirse en el enlace "Quiero ser contratista SENA" icono "Apoyo a la Formación Profesional"

Una vez se haga la inscripción de las hojas de vida en el enlace "Quiero ser contratista SENA", "Apoyo a la formación Profesional" deberá cumplir con todo el procedimiento previsto para la selección del aspirante a ser contratista como apoyo a la Formación Profesional.

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ARTÍCULO CUARTO. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 173 de 2008> La presente resolución rige a partir dé la fecha de su expedición y deroga las  disposiciones que le sean contrarias.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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