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RESOLUCION 1071 DE 2019

(junio 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se aprueban programas de Formación Profesional Integral

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante Resolución No. 00790 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA”, le asigna al Director General la función de: Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo 4o numeral 12.

Que el 26 de marzo de 2009 el Director General mediante resolución No. 00790, delega en el Director de Formación Profesional el SENA, "la facultad para expedir los actos administrativos de aprobación de la oferta de programas profesional integral, y revisarlos según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los mismos en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo primero”.

Que conforme al Artículo 11 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Formación Profesional:

“………

2. Asistir a la Dirección General en el diseño de políticas, planes y programas de carácter general, para la formación profesional integral de los diferentes usuarios y la prestación de los servicios de la entidad en los diferentes sectores económicos y cadenas productivas, promoviendo la gestión de la calidad en los procesos y programas de formación profesional.

8. Impulsar la actualización y ajuste permanente de los diseños curriculares de los programas de formación existentes y la formulación de nuevos programas bajo el enfoque de competencias laborales, estrategias pedagógicas, así como los sistemas de evaluación y certificación del desempeño laboral de los trabajadores, en articulación con la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.

9. Orientar, asesorar y evaluar los programas de formación profesional integral, así como los programas y servicios de carácter tecnológico que desarrollen los Centros de Formación Profesional, mediante la ejecución de programas de formación profesional integral y asesoría dirigidos al mejoramiento de la competividad y la gestión de las empresas a través de los Centros de Formación o mediante alianzas y convenios.

17. Establecer mecanismos de interacción directa y permanente con los gremios, las empresas, las instituciones gubernamentales y no gubernamentales y las instituciones educativas del país para la formulación y actualización de los programas de formación...”

Que el SENA debe dar formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país.

Que en el marco de las Redes de Conocimiento, creadas con la Resolución 335 de 2012 y que dentro de los análisis realizados por parte del Comité Nacional de Formación Profesional, se detectó la navidad de aprobar los programas Tecnólogo en Gestión Contable y de Información Financiera, Tecnólogo en Gestión de Tesorería y de Recursos Financieros, Especialización Tecnológica en Desarrollo de Proyectos para atender la demanda del personal requerido en los diferentes sectores productivos.

Que de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Sistema Integrado de Gestión y que componen el proceso de la Gestión de Formación Profesional Integral, se elaboraron los diseños curriculares de cada programa de formación asegurando el cumplimiento de los criterios de calidad y pertinencia de la Formación Profesional Integral, con el fin de dar respuesta adecuada a las necesidades de formación del sector productivo y social.

Que el 12 de marzo de 2014 se expidió la resolución 0472, el 9 de mayo de 2014; se expidió la resolución 0871, el 30 de julio de 2014; se expidió la resolución 01603, el 4 de agosto de 2014; se expidió la resolución 01648; el 28 de Julio de 2015; se expidió la resolución 1439, el 08 de Octubre de 2015; se expidió la resolución 2024, en noviembre de 2017; se expidió la resolución 2103 y la 1445 de 2018, por último el 27 de Diciembre de 2018; se expidió la resolución 2423 por las cuales se aprueban programas de formación profesional integral, y que de acuerdo con las necesidades detectadas a través del análisis realizado por las redes de conocimiento para dar respuesta al sector productivo, se hace necesario fortalecer la oferta educativa, según consta en el acta No. 25 del 08 de Mayo de 2019 del Comité Nacional de Formación Profesional.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Aprobar los programas de Formación Profesional Integral que aparecen relacionados en el cuadro de la presente resolución, los cuales serán puestos bajo el estado 'en ejecución' en el aplicativo SOFIA PLUS, para ser ofertados a partir de la tercera oferta del año 2020.

PARÁGRAFO PRIMERO.- Los programas de tecnólogo y de especialización tecnológica podrán incluirse solo en la oferta de los centros y en las sedes a los que les sea otorgado el registro calificado por parte del Ministerio de Educación Nacional.

PARAGRAFO SEGUNDO.- Los siguientes programas de formación podrán ser puestos en estado "en ejecución” en el aplicativo SOFIA PLUS, para ser ofertados por los centros de formación de acuerdo con las necesidades que las redes de conocimiento sectoriales presentan y según fa relación de programas que se relacionan a continuación:

Red de conocimientoDenominación del ProgramaNivelDuración
Administrativa y FinancieraGestión Contable y de Información FinancieraTecnólogo3984
Administrativa y FinancieraGestión de Tesorería y de Recursos FinancierosTecnólogo3984
Administrativa yFinanciera Desarrollo de ProyectosEspecialización Tecnológica864

PARÁGRAFO TERCERO.- <Parágrafo derogado por el artículo  de la Resolución 1239 de 2019> Modificar la denominación de los siguientes programas de formación probados mediante la resolución 2398 de 2010; lo anterior debido a requerimiento expreso por el productivo.

No.Denominación del Programa actualDenominación del Programa modificadoNivelDuración(horas)
1.Contabilidad y FinanzasGestión Contable y de Información FinancieraTecnólogo3984
2.Gestión Financiera y TesoreríaGestión de Tesorería y Recursos FinancierosTecnólogo3984

ARTÍCULO 2o. Comunicar y enviar copia de la presente resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 20 JUN. 2019

FARID DE JESUS FIGUEROA TORRES

Director de Formación Profesional

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_1071_2019.pdf>

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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