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RESOLUCIÓN 1151 DE 2013

(julio 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se adopta el eslogan del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA en el Protocolo de Comunicaciones del SENA - "Manual de identidad Corporativa

LA DIRECTORA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, - SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 4 del Artículo 4o del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del SENA, atribuyó en el numeral 1o de su artículo 4 a la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal.

Que el mismo Decreto 249 de 2004, le atribuyó en el numeral 4 de su artículo 4 al despacho de la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el Artículo 7o del Decreto 249 de 2004 establece como funciones de la oficina de comunicaciones entre otras las siguientes: “1. Asistir a la Dirección General, a las Direcciones Regionales, a las Dirección Distrito Capital y a las Direcciones de Centro, en el manejo de los medios de comunicación, las publicaciones y el manejo de la imagen corporativa, //4. Dirigir y coordinar el diseño, producción y distribución de periódicos, boletines, medios audiovisuales y medios impresos con fines de información y divulgación institucional, en coordinación con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas; 5. Diseñar, implantar, desarrollar y mantener sistemas y mecanismos destinados a la conservación de la imagen corporativo de la entidad. // 7. Asesor a las dependencias del SENA en el manejo de la información, divulgación, imagen corporativa y publicidad institucional”.

Que el Artículo 13 del Decreto 249 de 2004, dentro de las funciones de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, establece en los numerales 3 y 14 las de: "3. Proponer el portafolio de servicios institucionales y formular estrategias de promoción, comunicaciones, mercadeo y servicio al cliente, garantizando la atención integral de los usuarios y aportantes.// 14. Estructurar proyectos de servicio al cliente, coordinar y organizar la divulgación masiva a los ciudadanos de los servicios de la entidad, manteniendo la imagen corporativa, de acuerdo con las políticas y objetivos trazados por el Director General, en coordinación con la Oficina de comunicaciones”,

Que mediante Resoluciones No, 0219 de 2013 y 0242 de 2013 se adoptó el Manual de identidad corporativa en el SENA y se establecieron normas para su aplicación y uso, dispuso en el artículo 5 "ARTÍCULO 5. Todos y cada uno de los cambios que se adelanten al Protocolo de Comunicaciones, deberán ser adoptados por Resolución de esta Dirección General, una vez analizados y aprobados por el Comité de Dirección, previa revisión en detalle por parte de la Oficina de Comunicaciones y la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas. La Oficina de Comunicaciones será la encargada de informar y enviar de manera oportuna las modificaciones que se realicen, para su aplicación inmediata.”

Que establecida una Estrategia de Comunicaciones para la Entidad, plasmada en el Plan Operativo Anual 2013, Artículo 96, es necesario incorporar la reglamentación para la difusión de los mensajes institucionales, los contenidos en páginas electrónicas y redes sociales y e! cuidado de la marca SENA en ¡os eventos realizados y/o patrocinados por la entidad con sus diversos grupos de interés.

Que mediante ejercicio liderado por el Despacho del Director General y el equipo de comunicaciones se aprobó adoptar como eslogan del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA “Más trabajo" para el manejo de las comunicaciones internas y externas del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y toda vez que este hará parte integral del Protocolo: de Comunicaciones, Manual de Identidad Corporativa; se procede a adoptarlo mediante resolución.

Por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar como eslogan oficial de la entidad: "Más trabajo” el cual deberá atender lo dispuesto en el numeral 2.2.4 del Manual de identidad Corporativa.

Concordancias
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ARTÍCULO 2o. La Oficina de Comunicaciones realizará las modificaciones que sean necesarias en todas las aplicaciones e incorporará la reglamentación en el uso del mismo, en cumplimiento al artículo anterior.

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ARTÍCULO 3o. La Oficina de Comunicaciones realizará divulgación, sensibilización, asesoría y seguimiento a la aplicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Resolución No. 0219 de 2013.

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ARTÍCULO 4o. Comuníquese y envíese copia de la presente resolución a los Directores de Área, Secretario General y Jefes de oficina de la Dirección General, a los Directores Regionales y a los Subdirectores de Centro del SENA.

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ARTÍCULO 5o. Contra esta Resolución no proceden recursos en vía administrativa y rige a partir del día siguiente al de su publicación; para los efectos del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 24 JUL 2013

GINA MARÍA PARODY D'ECHEONA

Directora General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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