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RESOLUCIÓN 1285 DE 2007

(5 julio)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución  363 de 2008>

Por la cual se autoriza la creación de Comités de Selección de Contratistas en las Direcciones de Área y Oficinas de la Dirección General

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales y especialmente las contempladas en los artículos 115 de la Ley 489 de 1998, el Decreto 2426 de 2007 y el numeral 23 del artículo 4° del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 23 del artículo 4° del Decreto 249 de 2004, enuncia como facultad de la Dirección General "Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones".

Que la Resolución 860 de 2007, enuncia en su numeral 6 del ARTÍCULO 2°, sobre la selección de candidatos a ser contratistas de apoyo a la formación profesional del SENA:"De los seleccionados a contratar, el Director de área, Director Regional o el Subdirector de Centro de Formación Profesional Integral, deberá elaborar y firmar un acta, para comprobar que los seleccionados reúnen las mejores condiciones solicitadas para contratar, la cual será adjuntada al contrato a suscribir con los respectivos antecedentes disciplinarios, penales y fiscales de la persona a contratar como apoyo a la formación profesional".

Que los procesos de contratación adelantados por la entidad, deben ser concebidos a favor de los intereses de la sociedad en general, por lo cual se deben ejecutar y desarrollar con observancia de los principios de igualdad, imparcialidad y publicidad, lo que conlleva a que la vinculación de un contratista debe estar precedida de un proceso objetivo de selección, adelantado por el Director del Área u Oficina que requiera dicha contratación.

Que por lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CREACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 363 de 2008> Autorizar a los Directores Área y Jefes de Oficina de la Dirección General del SENA, la creación de los Comités de Evaluación de las Hojas de Vida de los aspirantes a contratistas a vincularse por contrato de prestación de servicios a la Dirección General de la entidad.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN.  <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 363 de 2008> Los mencionados Comités deberán ser conformados por el Director de Área o Jefe de Oficina y dos funcionarios de nivel profesional o asesor que estén vinculados a la dependencia y que sean designados por escrito para tal función.

Una vez constituido el mencionado Comité, copia de las comunicaciones respectivas deberán ser remitidas a la Secretaría General.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 3o. FUNCIONES.  <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 363 de 2008> Los Comités de Selección de Contratistas, creados en las diferentes Direcciones y Oficinas de la Dirección General tendrán las siguientes funciones

a. Determinar el número de hojas de vida que serán evaluadas de conformidad con el perfil requerido para el servicio a contratar y que se encuentren registradas en el Servicio Público de Empleo, o que sean remitidas a la dependencia en cumplimiento de los términos de contratación que fueron publicados en la Pagina Web de la entidad, en forma conjunta con el Anexo 3° de Control Social del proceso de contratación.

b. Evaluar las hojas de vida que arroje el Sistema del Servicio Público de Empleo o que sean remitidas a la dependencia en cumplimiento de los términos de contratación que fueron publicados en la Pagina Web de la entidad, en forma conjunta con el Anexo 3° de Control Social del proceso de contratación, de conformidad con los requerimientos estipulados para la contratación.

c. Seleccionar la hoja de vida del aspirante a contratista que cumpla a cabalidad con los requerimientos de la contratación.

d. Consignar en el acta que se levante sobre el proceso de evaluación, el cumplimiento de los requisitos del perfil a contratar. En dicha acta deberá realizarse el correspondiente cuadro comparativo en donde se determine que el candidato seleccionado posee mayores calidades por estudios, experiencia especifica o demás competencias que determinen su contratación.

El acta original de la evaluación deberá ser adosarse al expediente contractual respectivo.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 4o.  <Resolución derogada por el artículo 1 de la Resolución 363 de 2008> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 5 JUL 2007

ORBIDIO VELANDIA NIÑO

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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