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CAPÍTULO 7.

RECAUDO Y COBRO DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) DEL SECTOR TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4.1.1.7.1. RECAUDO Y COBRO DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) DEL SECTOR TRANSPORTE. <Artículo modificado por el artículo 24 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> El recaudo y cobro de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, es el subproceso a través del cual el sujeto activo de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, realiza todas las actividades inherentes al recaudo y cobro de la Contribución Nacional de Valorización (CNV), previas las acciones a que haya lugar.

Para el recaudo de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, el sujeto activo, deberá disponer los canales o medios para que los ciudadanos realicen el pago de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, a través de las entidades bancarias o financieras autorizadas para tal fin.

Le corresponde al sujeto activo llevar a cabo la gestión de cobro persuasivo, coactivo, y dentro de los procesos especiales si hubiere lugar a ello, de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, cuando los sujetos pasivos se encuentren en mora en el cumplimiento de la obligación sustancial de pago dentro del plazo o los plazos previstos para el cumplimiento de la respectiva obligación por el Gobierno nacional, atendiendo lo previsto en el artículo 252 de la Ley 1819 de 2016.

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CAPÍTULO 8.

FORMAS DE PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) DEL SECTOR TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4.1.1.8.1. FORMAS DE PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) DEL SECTOR TRANSPORTE. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> La Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte se podrá pagar en dinero o en especie.

<Inciso modificado por el artículo 25 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> El pago en especie sólo procederá cuando se trate de bienes inmuebles de interés del Gobierno nacional que, para el efecto, corresponden a aquellos bienes inmuebles necesarios y adecuados jurídica y técnicamente para la realización de obras de infraestructura pública, y en ese caso, el recurso en especie siempre será administrado por el sujeto activo que realice el respectivo recaudo de un cobro de CNV, para que sea éste quien determine su destinación final de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto. En este sentido, los bienes inmuebles recibidos como pago en especie de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) no podrán ser recibidos o administrados, por o a través del Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de Infraestructura - FIP.

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El pago en dinero de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte se podrá realizar, así:

1. Pago total o inmediato o;

2. Pago por vigencias, entendida la vigencia como el período que da comienzo el primer

(1) día de cada año y termina el treinta y uno (31) de diciembre de la misma anualidad;

El pago en dinero de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte podrá diferirse hasta por un período de veinte (20) años y en cuotas periódicas, de acuerdo con la capacidad de pago, la gestión eficiente de cobro, la relación costo beneficio para la gestión tributaria, la necesidad de los recursos de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte para el apalancamiento de los proyectos de infraestructura de transporte, según lo establezca el sujeto activo. A los pagos diferidos se les aplicarán los intereses de financiación a las tasas determinadas en el artículo 4.1.1.8.2 del presente decreto.

En todos los casos, el acto administrativo de distribución de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, deberá desarrollar las condiciones generales para adoptar una, varias o todas las opciones de pago de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte de que trata el presente artículo, además de incorporar las políticas de recaudo, la priorización de la cartera pública, las formas de pago y la liquidación de los intereses de financiación y de mora conforme con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y aplicables.

PARÁGRAFO 1o. <Parágrafo modificado por el artículo 25 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> Para mejorar la eficiencia de la gestión del recaudo de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, se podrán ofrecer descuentos por pronto pago en los términos que se defina en el acto administrativo de distribución de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte por el Director General, Presidente o máximo directivo del sujeto activo.

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PARÁGRAFO 2o. Se podrán celebrar acuerdos de pago sobre los saldos insolutos de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, que permitan mejorar la eficiencia de la gestión del recaudo. Los acuerdos de pago sobre los saldos insolutos de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte de que trata el artículo 252 de la Ley 1819 de 2016 y el presente capítulo se sujetarán a lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 4.1.1.8.2. DIRECTRICES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA LA EXPEDICIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE DISTRIBUCIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) DEL SECTOR TRANSPORTE. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> En todos los casos el acto administrativo de distribución de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte deberá tener en cuenta como directrices obligatorias:

1. Las opciones de pago en dinero de que trata el artículo 4.1.1.8.1 del presente decreto.

2. Conforme con lo previsto en el artículo 252 de la Ley 1819 de 2016, el pago en dinero podrá diferirse hasta por un período de veinte (20) años y en cuotas periódicas según lo establezca el sujeto activo, de acuerdo con la capacidad de pago del sujeto pasivo. A los pagos diferidos se les aplicarán los intereses de financiación conforme con lo establecido en el numeral 7 del presente artículo. Se podrán ofrecer descuentos por pronto pago, o celebrar acuerdos de pago que permitan mejorar la eficiencia de la gestión de recaudo.

3. Los plazos para el pago oportuno de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte y cuyo incumplimiento dará lugar al pago de los intereses de mora que corresponda.

4. Los intereses de financiación en los casos en que se difiera el pago de la contribución nacional de valorización -CNV del sector transporte hasta por veinte (20) años.

5. El incumplimiento del pago de tres (3) cuotas consecutivas de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte en el plazo diferido hasta por veinte (20) años dará lugar a exigir la totalidad del saldo de la obligación principal junto con los intereses de financiación que se hayan causado y los intereses de mora que corresponda.

6. Podrán restituirse los plazos por una (1) sola vez al sujeto pasivo que hubiere incumplido el pago de dos (2) cuotas sucesivas, si con la tercera (3) cuota, paga el valor de las dos (2) cuotas vencidas más los intereses de financiación que se hayan causado y los intereses de mora que corresponda.

7. A los pagos diferidos se les aplicarán los intereses de financiación equivalentes a la tasa DTF más seis (6) puntos porcentuales.

8. Los intereses de mora se liquidarán por cada mes o fracción de mes de retardo en el pago, a la misma tasa señalada en el artículo 635 del Estatuto para la mora en el pago de los impuestos administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Lo anterior conforme con lo previsto en el inciso 2 del artículo 11 del Decreto Legislativo número 1604 de 1966, adoptado como legislación permanente por el artículo 1o de la Ley 48 de 1968 y modificado por el artículo 45 de la Ley 383 de 1997.

9. Cuando el contribuyente discuta en sede administrativa el acto de liquidación de la tarifa de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, a través del recurso que contra el referido acto procede, el contribuyente tendrá un plazo igual al otorgado a los demás contribuyentes para el pago total con descuento de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, liquidada a su cargo. El término para acogerse al descuento se contará a partir del día siguiente a la fecha en que se notifica la decisión que agote la vía gubernativa. Lo anterior considerando, que el acto que se discute en sede administrativa carece de firmeza y en consecuencia aún no es un título ejecutivo apto para el cobro coactivo de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 4.1.1.8.3. MEDIOS DE PAGO. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> Son medios de pago las alternativas que se otorgan a los sujetos pasivos de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, para el pago en dinero y/o en especie.

Los medios de pago de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) son los siguientes:

1. En dinero: Efectivo, tarjetas débito, tarjetas de crédito, cheques de gerencia, cheques girados sobre la misma plaza de la oficina que lo recibe y únicamente a la orden de la entidad financiera receptora, cuando sea del caso, cheques librados por un establecimiento de crédito sometido al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, o cualquier otro medio de pago como transferencias electrónicas o abonos en cuenta, bajo su responsabilidad, a través de canales presenciales y/o electrónicos.

2. En especie: El pago en especie podrá efectuarse a través de los inmuebles que se considere de interés del Gobierno nacional conforme con lo previsto en el artículo 4.1.1.8.1 del presente decreto.

La declaratoria de interés de los bienes que los propietarios ofrezcan para los pagos en especie de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, se hará por el sujeto activo de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, en cada caso, previa valoración de estos, y análisis sobre el cumplimiento de los criterios previstos en la reglamentación que expida el Gobierno nacional.

El ·pago en especie se entiende realizado cuando el sujeto activo registra, a favor de la entidad que corresponda según la reglamentación que el Gobierno nacional expida para el efecto, el acto administrativo a través de la cual recibe el inmueble que se considere de interés del Gobierno nacional y declara pagada la obligación sustancial por concepto de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 4.1.1.8.4. MORA EN EL PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) EN EL SECTOR TRANSPORTE. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> El pago extemporáneo de la contribución de valorización - CNV en el sector transporte, causará intereses moratorios en los términos de los artículos 634 y 635 del Estatuto o la norma que los modifique, adicione o sustituya. En todo caso, los intereses de mora se liquidarán a la tasa de interés vigente al momento del respectivo pago.

Notas de Vigencia

CAPÍTULO 9.

COBRO COACTIVO.

ARTÍCULO 4.1.1.9.1. COBRO COACTIVO. <Artículo modificado por el artículo 26 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> El sujeto activo, adelantará de oficio los procesos administrativos de cobro coactivo de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, contra los contribuyentes obligados al pago de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte que se encuentren en mora, atendiendo el procedimiento previsto en el Estatuto Tributario. Lo anterior conforme con lo señalado en el numeral 3 del artículo 100 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.

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CAPÍTULO 10.

DEVOLUCIÓN DE PAGOS EN EXCESO, PAGOS DE LO NO DEBIDO Y DE LOS VALORES RECAUDADOS.

ARTÍCULO 4.1.1.10.1. PAGOS EN EXCESO Y DE LO NO DEBIDO. <Artículo modificado por el artículo 27 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> Los pagos en exceso y de lo no debido que realicen los contribuyentes de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, podrán ser solicitados en devolución ante el sujeto activo, conforme con el procedimiento previsto en el Estatuto Tributario.

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ARTÍCULO 4.1.1.10.2. DEVOLUCIÓN DE VALORES RECAUDADOS POR INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO PARA EL INICIO DEL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA OBJETO DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV). <Artículo modificado por el artículo 28 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> El incumplimiento del plazo establecido por el sujeto activo, en el acto administrativo de aplicación de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.1.12.1. del presente decreto, dará lugar a la devolución de los valores recaudados, que en ningún caso podrán ser inferiores a los pagados por los sujetos pasivos, de conformidad con el esquema financiero establecido en el acto administrativo de aplicación y respetando las condiciones del mercado financiero en las que se administraron los recursos.

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ARTÍCULO 4.1.1.10.3. COMPETENCIA PARA LA DEVOLUCIÓN DE PAGOS EN EXCESO DE LO NO DEBIDO Y DE VALORES RECAUDADOS. <Artículo modificado por el artículo 29 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> La competencia para la devolución de la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, es del sujeto activo, conforme con el procedimiento previsto en el Estatuto Tributario para los pagos en exceso y de lo no debido.

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CAPÍTULO 11.

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE LA CONTRIBUCIÓN DEL SECTOR TRANSPORTE Y SUBROGACIÓN.

ARTÍCULO 4.1.1.11.1. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) DEL SECTOR TRANSPORTE Y SUBROGACIÓN. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:>

<Inciso modificado por el artículo 30 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> La Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte, de que trata el presente decreto, constituye un gravamen real sobre la propiedad inmueble, que deberá ser inscrito en el registro de instrumentos públicos, previa solicitud del sujeto activo, siempre que la resolución de liquidación individual de la tarifa se encuentre ejecutoriada.

Notas de Vigencia
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Cuando el pago se encuentre diferido en cuotas y haya un saldo pendiente de una (1) o más cuotas, se dejará constancia de tal condición en el estado de cuenta que se expida para fines notariales y de registro y así se asentará en el registro indicando las cuotas pendientes de pago.

<Inciso modificado por el artículo 30 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> Los registradores de instrumentos públicos no podrán registrar escritura pública alguna, ni particiones, ni adjudicaciones en juicios de sucesión o divisorios, ni diligencias de remate sobre predios afectados por la Contribución Nacional de Valorización (CNV), hasta que el sujeto activo o quien haga sus veces, le solicite la cancelación del registro de dicho gravamen por haberse extinguido la obligación, o autorice su inscripción por estar a paz y salvo el inmueble, cuando el pago se realice por cuotas periódicas.

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ARTÍCULO 4.1.1.11.2. EXPEDICIÓN DEL PAZ Y SALVO PARA FINES NOTARIALES Y DE REGISTRO. <Artículo modificado por el artículo 31 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> El paz y salvo de la contribución nacional de valorización (CNV) del sector transporte que se expida por el sujeto activo, para fines notariales y de registro directamente o a través del mecanismo electrónico o en línea que para el efecto se adopte, deberá identificar el concepto de la obligación tributaria precisando el estado de la respectiva obligación y la resolución en firme de la liquidación individual de la tarifa.

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CAPÍTULO 12.

PLAZO DE INICIO DE LAS OBRAS, INFORME DE GESTIÓN, BALANCE DE ESTADO DE RESULTADOS Y CIERRE DEL PROYECTO PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) DEL SECTOR TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4.1.1.12.1. PLAZO DE INICIO DE LAS OBRAS PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN NACIONAL DE VALORIZACIÓN (CNV) DEL SECTOR TRANSPORTE. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:>

<Inciso modificado por el artículo 32 del Decreto 1618 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> Para efectos de la aplicación de la contribución nacional de valorización (CNV) del sector transporte, el sujeto activo, en el acto administrativo de aplicación de la contribución nacional de valorización (CNV) del sector transporte, definirá para cada proyecto de infraestructura objeto de la contribución nacional de valorización (CNV) del sector transporte, el plazo máximo para iniciar el proyecto que no podrá exceder de dos (2) años.

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En los proyectos donde se recaude la Contribución Nacional de Valorización (CNV) del sector transporte antes del inicio de las obras, el plazo de que trata el presente artículo deberá contarse desde la fecha de expedición del acto administrativo de liquidación individual de la tarifa de la contribución.

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ARTÍCULO 4.1.1.12.2. INFORME DE GESTIÓN PARCIAL. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> En febrero de cada año, corresponderá al director de la entidad responsable del proyecto de infraestructura, presentar al Comité de Calificación y Priorización de la Contribución Nacional del sector transporte, un informe de gestión de la situación contable, financiera y del estado de ejecución en la que se encuentra cada obra o proyecto de infraestructura. A este Comité será invitada la Financiera de Desarrollo Nacional (FDN).

En el marco de dicho Comité, se deberán plantear y proponer las medidas necesarias tendientes a asegurar el buen desarrollo de la obra o del proyecto de infraestructura.

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ARTÍCULO 4.1.1.12.3. CIERRE DEL PROYECTO. <Artículo adicionado por el artículo 1 del Decreto 1255 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> Máximo seis (6) meses después de terminado el proyecto de infraestructura, cada entidad originadora de proyectos de infraestructura, deberá consolidar un informe que será presentado al Comité de Calificación y Priorización de la Contribución Nacional del sector transporte, donde se detallará todo el proyecto de valorización desde el subproceso de originación, señalando el comportamiento del cobro y el uso de los recursos, hasta sus procesos de cobro y cierre, sobre los pagos efectuados por los contribuyentes, la gestión del cobro persuasivo, coactivo, y en procesos especiales, el estado de los procesos en discusión en sede administrativa y judicial, las devoluciones de los pagos en exceso y de lo no debido y la devolución de los valores recaudados por incumplimiento del plazo.

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LIBRO 5.

DISPOSICIONES FINALES.

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PARTE 1.  

VIGENCIAS Y DEROGATORIAS.

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ARTÍCULO 5.1.1. DEROGATORIA INTEGRAL. <Reubicado> Este Decreto regula íntegramente las materias contempladas en él. Por consiguiente, de conformidad con el artículo 3o de la Ley 153 de 1887, quedan derogadas todas las disposiciones de naturaleza reglamentaria relativas al Sector Hacienda que versen sobre las mismas materias, con excepción, exclusivamente, de las disposiciones aduaneras de carácter reglamentario vigentes, las normas estabilizadas, las disposiciones de periodo vigentes para el control y el cumplimiento de obligaciones tributarias, las disposiciones reglamentarias vigentes de las contribuciones, y las normas suspendidas provisionalmente que quedan sujetas a los fallos definitivos.

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ARTÍCULO 5.1.2. VIGENCIA DEL ARTÍCULO 1.8.3.1. <Reubicado> El artículo 1.8.3.1 de este Decreto rige a partir del 13 de noviembre de 2014 y hasta el seis (6) de agosto de 2018.

(Artículo 2o, Decreto 2310 de 2014)

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ARTÍCULO 5.1.3. VIGENCIA. <Reubicado> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

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Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 11 de octubre de 2016.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARÍA.

ANEXO NÚMERO 2.

METODOLOGÍA PARA LA DEFINICIÓN DE LAS ZONAS MÁS AFECTADAS POR EL CONFLICTO ARMADO (ZOMAC) - Y LISTADO DE MUNICIPIOS.

<Anexo incorporado por el artículo 3 <Anexo 2> del Decreto 1650 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:>

Para la definición técnica de las Zonas Más Afectadas por el Conflicto, en adelante Zomac, es necesario determinar cuáles son las variables necesarias para el establecimiento de las zonas efectivamente más afectadas por el conflicto armado en nuestro país.

Si bien la complejidad del problema de violencia en Colombia ha impedido reconocer cuáles son las causas definitivas del conflicto armado interno, existe consenso entre los autores y doctrinantes en que la debilidad y la precariedad del Estado colombiano han promocionado y facilitado el conflicto armado en nuestro país (Uprimmy, 2001; Sánchez, 2007). Por otra parte, también se ha establecido la estrecha relación entre conflicto y pobreza en Colombia, las cuales han estado mediadas por las instituciones existentes y características idiosincráticas de la historia colombiana, como la lucha armada entre los partidos políticos tradicionales, los conflictos agrarios no resueltos y la descentralización ocurrida a finales de los años ochenta y comienzos de los noventa (Restrepo y Aponte, 2009).

Otros autores, en la misma línea, concluyen que un factor fundamental para explicar la violencia es la capacidad estatal. Así, elementos como la falta de participación política, la falta de gobernabilidad, la mala administración de los ingresos provenientes de recursos naturales, y la ausencia del Estado en partes del territorio, facilitan la aparición del conflicto armado (Yaffe, 2011).

En esa medida, es evidente que para determinar cuáles son las zonas más afectadas por el conflicto y, por ende, el nivel de afectación de conflicto para todos los municipios del país; es necesario considerar variables como el índice de pobreza multidimensional, que refleje el grado de privación de las personas; o el índice de desempeño fiscal, el cual dé cuenta de la debilidad institucional de todos los municipios del país.

En el caso específico de la Ley 1819 de 2016, es importante resaltar que se establecen tratamientos tributarios otorgados especialmente a las Zomac, erigiéndose los mismos como mecanismos para fomentar el desarrollo económico de los municipios y cerrar las brechas socioeconómicas que afectan al país. Las variables municipales seleccionadas, no sólo corresponden a indicadores de afectación del conflicto, sino también al grado de vulnerabilidad de los municipios ante este fenómeno.

Esto último, se encuentra ligado a la capacidad institucional de cada municipio para abordar esta problemática y para enfrentar los efectos adversos del conflicto en el desarrollo, así como la articulación de los municipios con los centros y polos de crecimiento económico. En este sentido, para la definición de las zomac se consideraron las siguientes variables a nivel de municipio: i) Índice de Pobreza Multidimensional (IPM);

ii) Índice de Incidencia del Conflicto Armado (llCA); iii) Indicador de desempeño fiscal; iv) distancia a las capitales del departamento; v) aglomeraciones de acuerdo con el sistema de ciudades; vi) categorías de ruralidad; y vii) población. Adicionalmente, fueron considerados los Municipios Priorizados en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, en adelante PDET, establecidos con el Decreto número 893 de 2017. A continúación, se presenta una descripción de cada una de las variables:

1. El Índice de Pobreza Multidimensional (IPM): es un indicador que refleja el grado de privación de las personas en un conjunto de dimensiones. La propuesta metodológica del IPM desarrollada por el Departamento Nacional de Planeación en adelante DNP, y transferida al Departamento Administrativo Nacional de Estadística en adelante DANE en 2012, está conformada por 5 dimensiones y 15 variables: i) condiciones educativas del hogar; ii) condiciones de la niñez y la juventud; iii) salud; iv) trabajo; y v) acceso a los servicios públicos domiciliarios y las condiciones de la vivienda. Según este indicador, una persona es pobre por pobreza multidimensional si cuenta con privaciones en al menos 5 de las variables (33,3% del total de las 15 variables o privaciones).

Para este ejercicio se utiliza el Índice de Pobreza Multidimensional a nivel municipal por las siguientes razones: (i) existe información para todos los municipios existentes en el país en el año 2005; (ii) es la información más reciente con cobertura para todos los municipios que existeN; y (iii) da cuenta del nivel de privación al que se enfrentan los hogares en cada uno de los municipios. De esta forma, el IPM permite filtrar los municipios en los que se requiere hacer un mayor esfuerzo en el cierre de brechas socioeconómicas. El índice se calcula con base en el Censo 2005 del DANE.

2. Índice de desempeño fiscal: medición desarrollada por el DNP, que aproxima el manejo que los alcaldes y gobernadores le dan a sus finanzas públicas. Consiste en un índice sintético compuesto de los siguientes indicadores: i) capacidad de autofinanciamiento en los gastos de funcionamiento; ii) respaldo de la deuda, iii) dependencia del Sistema General de Participaciones (SGP) y del Sistema General de Regalías (SGR); iv) generación de recursos propios; v) magnitud de la inversión; y vi) capacidad de ahorro. Se establecen 5 rangos de clasificación de las entidades territoriales que va de 0 a 100 puntos, estos rangos son: i) Deterioro (< 40); ii) Riesgo (>= 40 y <60); iii) Vulnerable (>=60 y <70); iv) Sostenible (>= 70 y <80); y v) Solvente (>=80).

Estos rangos agrupan a los municipios de acuerdo con el índice de desempeño logrado en 2015. Para este ejercicio se utiliza el índice de desempeño fiscal en la medida que existe información para todos los municipios del país, y es un indicador de la fortaleza institucional. Lo anterior permite establecer aquellos municipios débiles institucionalmente, lo que determina la vulnerabilidad de los municipios ante el conflicto armado y su capacidad de acción frente al mismo. El año base de este indicador es 2015.

3. Aglomeraciones del Sistema de Ciudades: se definen como “la conjunción de ciudades que comparten ciertas características. En el caso que nos ocupa, las aglomeraciones definidas según la tasa de conmutación de la población trabajadora, entre un municipio y otro, se definen en tomo a un núcleo central o nodo, que atrae población trabajadora de otros municipios cercanos (no necesariamente limítrofes con el nodo, pero sí en un espacio contiguo geográficamente)” (DNP, 2012, p. 2). Se utilizó el sistema de ciudades en la medida en que los municipios que no pertenecen a él indican un bajo nivel de integración a los centros económicos del país, por lo que se debe realizar un mayor esfuerzo en el cierre de brechas socioeconómicas.

4. Índice de Incidencia del Conflicto Armado (IICA): elaborado por el DNP con el objetivo de identificar los municipios según su nivel de afectación por conflicto. Este índice está construido a partir de las siguientes variables: i) acciones armadas; ii) homicidio; iii) secuestro; iv) víctimas de minas antipersonal; v) desplazamiento forzado; y vi) cultivos de coca. El índice se calcula en promedio para el período 2002-2013, tiempo en el cual se dispone de todas las variables que componen el mismo y permite conocer las dinámicas del conflicto. Se definen las siguientes cinco categorías por desviaciones estándar: i) bajo; ii) medio bajo; iii) medio; iv) alto; y v) muy alto. Se utilizó el llca ya que permite establecer el nivel de afectación de conflicto para todos los municipios del país, a partir de información comparable.

5. Municipios priorizados en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET): estos fueron establecidos en el Decreto-ley número 893 de 2017. Las zonas PDET responden a una priorización basada en los siguientes criterios: i) los niveles de pobreza, en particular, de pobreza extrema y de necesidades insatisfechas; ii) el grado de afectación derivado del conflicto; iii) la debilidad de la institucionalidad administrativa y de la capacidad de gestión; y iv) la presencia de cultivos de uso ilícito y de otras economías ilegítimas. Los municipios PDET fueron priorizados, entre otros, por su alta afectación por el conflicto y la necesidad de una mayor celeridad en las inversiones, de superar las condiciones que prolongaron el conflicto armado y de garantizar su no repetición.

6. Tiempo en vehículo a la capital de departamento: se construyó una matriz que relaciona la distancia en vehículo desde cada uno de los municipios a la capital departamental. Esto, en la medida en que la lejanía o cercanía con las grandes ciudades (capitales de departamento) denota, de alguna manera, el grado de debilidad institucional, así como la capacidad de reacción frente al conflicto y, por ende, el grado de vulnerabilidad de los respectivos municipios(1).

7. Categorías de ruralidad: desarrollada por el DNP y el equipo de la Misión para la Transformación del Campo Colombiano, con el objetivo de reconocer la heterogeneidad de las zonas rurales del país, al involucrar las interacciones entre las ciudades y el campo, para lo cual se establecieron 3 criterios: i) el Sistema de Ciudades; ii) densidad poblacional; y iii) relación de población urbano-rural, que permitió establecer 4 categorías de ruralidad: i) ciudades y aglomeraciones; ii) intermedios, iii) rural; y iv) rural disperso. Esta variable también incide en la vulnerabilidad de los municipios y su debilidad institucional ante el conflicto armado.

8. Población: se tuvo en cuenta la proyección de la población total de los municipios calculada por el DANE para el año 2016. Esto con el propósito de evitar que el beneficio planteado se concentre en su mayor parte en grandes ciudades, que cuentan con facilidades en infraestructura y mejores condiciones de mercado, impidiendo alcanzar el objetivo de cerrar las brechas.

Metodología

Para realizar la elección de las Zomac, se procedió a filtrar la totalidad de los municipios para seleccionar los municipios más afectados por el conflicto. La metodología utilizada fue la siguiente:

1. El punto de partida fue identificar los municipios con mayores retos institucionales y socioeconómicos, por lo cual fueron seleccionados los municipios que en el Índice de Pobreza Multidimensional (IPM) estuvieran por encima del índice a nivel nacional (49% de la población en situación de pobreza) o que en el indicador de desempeño fiscal se encontraran en las categorías de deterioro, riesgo o vulnerable(2).

2. Para evitar que los beneficios en la renta (artículo 237 de la Ley 1819 de 2016) generen distorsiones en las inversiones ya planeadas para ser realizadas en las aglomeraciones urbanas del país (vía traslado de inversiones), al grupo seleccionado en el paso anterior, se restaron aquellos que fueran considerados como centro o parte de una aglomeración (definida por el sistema de ciudades del DNP).

3. Con el fin de identificar los municipios más afectados por el conflicto, se incluyeron aquellos municipios que, dentro del índice de incidencia del conflicto armado (2002 a 2013) se encontraran por encima de la media nacional (medio, alto y muy alto)(3).

4. Dado que el Decreto número 893 de 2017 establece que “el punto 1.2.5.del Acuerdo Final señala que los PDET serán el mecanismo de ejecución en las zonas priorizadas de los diferentes planes nacionales que se deriven del Acuerdo”, y dada la necesidad de implementar con mayor celeridad el Acuerdo Final en las citadas zonas, se agregaron la totalidad de municipios PDET.

5. Finalmente, con el propósito de minimizar la concentración de inversiones en zonas que cuentan con una mayor demanda y de incentivar las nuevas inversiones en vez de un traslado para obtener los tratamientos tributarios especiales, se excluyeron las ciudades de más de 450.000 habitantes y se eliminaron las ciudades (medidas por las categorías de ruralidad de la Misión para la Transformación del Campo) que se encontraran a menos de 60 minutos de la capital del departamento. Esto, siempre y cuando la capital no se encontrara seleccionada en los pasos anteriores. Como resultado fueron seleccionados 344 municipios (Cuadro 1).

Referencias

DNP. (2012). Algunos aspectos del análisis del sistema de ciudades colombiano. Disponible en:

https://colaboracion.dnp.gov.co/CDTNivienda%20Agua%20y%20Desarrollo%20 Urbano/zz 2013 Definici%C3%B3n %20Sistema %20de%20Ciudades %20-%20 Equipo%20base.pdf.

Restrepo, J.A. y Aponte, D. (2009). Guerra y violencias en Colombia: herramientas e interpretaciones. Bogotá, Colombia: Cerac, Pontificia Universidad Javeriana.

Sánchez, F. (2007). Las cuentas de la violencia: ensayos económicos sobre el conflicto y el crimen en Colombia. Bogotá, Colombia: Norma.

Uprimny, R. (2001). El laboratorio colombiano: narcotráfico y administración de justicia en Colombia. En B. De Sousa Santos y M. García (Eds.) El caleidoscopio de la justicia colombiana. Bogotá, Colombia: Uniandes, UN, Siglo del Hombre.

Yaffe, L. (2011). Conflicto armado en Colombia: análisis de las causas económicas, sociales e institucionales de la oposición violenta (Tesis doctoral). En: Revista en Ciencias Sociales de la Universidad ICESI número 8, 187 - 208, julio - diciembre 2011. Cali, Colombia.

NOTAS AL FINAL:

1. La información fue sistematizada tomando la distancia entre el centro de cada cabecera municipal y las cabeceras de las ciudades capitales de departamento.

2. Las categorías del índice de desempeño fiscal son: deterioro, riesgo, vulnerable, sostenible y solvente.

3. Las categorías del IICA son: bajo, medio bajo, medio, alto y muy alto.

Cuadro 1

LISTADO DE MUNICIPIOS ZOMAC

Código DANEDepartamentoMunicipio
105002AntioquiaAbejorral
205004AntioquiaAbriaquí
305021AntioquiaAlejandría
405031AntioquiaAmalfi
505038AntioquiaAngostura
605040AntioquiaAnorí
705045AntioquiaApartadó
805055AntioquiaArgelia
905107AntioquiaBriceño
1005120AntioquiaCáceres
1105125AntioquiaCaicedo
1205134AntioquiaCampamento
1305147AntioquiaCarepa
1405154AntioquiaCaucasia
1505172AntioquiaChigorodó
1605197AntioquiaCocorná
1705206AntioquiaConcepción
1805234AntioquiaDabeiba
1905250AntioquiaEl Bagre
2005284AntioquiaFrontino
2105313AntioquiaGranada
2205315AntioquiaGuadalupe
2305361AntioquiaItuango
2405467AntioquiaMontebello
2505475AntioquiaMurindó
2605480AntioquiaMutatá
2705483AntioquiaNariño
2805495AntioquiaNechí
2905490AntioquiaNecoclí
3005579AntioquiaPuerto Berrío
Código DANEDepartamentoMunicipio
3105604AntioquiaRemedios
3205642AntioquiaSalgar
3305647AntioquiaSan Andrés de Cuerquía
3405649AntioquiaSan Carlos
3505652AntioquiaSan Francisco
3605660AntioquiaSan Luis
3705665AntioquiaSan Pedro de Urabá
3805667AntioquiaSan Rafael
3905042AntioquiaSanta Fe de Antioquia
4005690AntioquiaSanto Domingo
4105736AntioquiaSegovia
4205756AntioquiaSonsón
4305790AntioquiaTarazá
4405819AntioquiaToledo
4505837AntioquiaTurbo
4605842AntioquiaUramita
4705847AntioquiaUrrao
4805854AntioquiaValdivia
4905858AntioquiaVegachí
5005873AntioquiaVigía del Fuerte
5105885AntioquiaYalí
5205887AntioquiaYarumal
5305890AntioquiaYolombó
5405893AntioquiaYondó
5505895AntioquiaZaragoza
5681001AraucaArauca
5781065AraucaArauquita
5881220AraucaCravo Norte
5981300AraucaFortul
6081591AraucaPuerto Rondón
Código DANEDepartamentoMunicipio
6181736AraucaSaravena
6281794AraucaTame
6313042BolívarArenal
6413160BolívarCantagallo
6513212BolívarCórdoba
6613244BolívarEl Carmen de Bolívar
6713248BolívarEl Guamo
6813442BolívarMaría La Baja
6913458BolívarMontecristo
7013473BolívarMorales
7113600BolívarRío Viejo
7213654BolívarSan Jacinto
7313657BolívarSan Juan Nepomuceno
7413670BolívarSan Pablo
7513688BolívarSanta Rosa del Sur
7613744BolívarSimití
7713810BolívarTiquisio
7813894BolívarZambrano
7915236BoyacáChivor
8015377BoyacáLabranzagrande
8115518BoyacáPajarito
8215533BoyacáPaya
8315550BoyacáPisba
8417042CaldasAnserma
8517088CaldasBelalcázar
8617446CaldasMarulanda
8717495CaldasNorcasia
8817524CaldasPalestina
8917541CaldasPensilvania
9017614CaldasRiosucio
Código DANEDepartamentoMunicipio
9117616CaldasRisaralda
9217662CaldasSamaná
9318029CaquetáAlbania
9418094CaquetáBelén de Los Andaquíes
9518150CaquetáCartagena del Chairá
9618205CaquetáCurillo
9718247CaquetáEl Doncello
9818256CaquetáEl Paujil
9918001CaquetáFlorencia
10018410CaquetáLa Montañita
10118460CaquetáMilán
10218479CaquetáMorelia
10318592CaquetáPuerto Rico
10418610CaquetáSan José del Fragua
10518753CaquetáSan Vicente del Caguán
10618756CaquetáSolano
10718785CaquetáSolita
10818860CaquetáValparaíso
10985010CasanareAguazul
11085015CasanareChámeza
11185125CasanareHato Corozal
11285136CasanareLa Salina
11385139CasanareManí
11485162CasanareMonterrey
11585250CasanarePaz de Ariporo
11685263CasanarePore
11785279CasanareRecetor
11885300CasanareSabanalarga
11985315CasanareSácama
12085400CasanareTámara
Código DANEDepartamentoMunicipio
12185410CasanareTauramena
12285440CasanareVillanueva
12319050CaucaArgelia
12419075CaucaBalboa
12519110CaucaBuenos Aires
12619130CaucaCajibío
12719137CaucaCaldono
12819142CaucaCaloto
12919212CaucaCorinto
13019256CaucaEl Tambo
13119290CaucaFlorencia
13219318CaucaGuapí
13319364CaucaJambaló
13419418CaucaLópez de Micay
13519450CaucaMercaderes
13619455CaucaMiranda
13719473CaucaMorales
13819532CaucaPatía
13919533CaucaPiamonte
14019548CaucaPiendamó
14119701CaucaSanta Rosa
14219698CaucaSantander de Quilichao
14319780CaucaSuárez
14419809CaucaTimbiquí
14519821CaucaToribío
14620011CesarAguachica
14720013CesarAgustín Codazzi
14820045CesarBecerril
14920060CesarBosconia
15020178CesarChiriguaná
Código DANEDepartamentoMunicipio
15120228CesarCurumaní
15220238CesarEl Copey
15320383CesarLa Gloria
15420400CesarLa Jagua de Ibirico
15520621CesarLa Paz
15620443CesarManaure Balcón del Cesar
15720517CesarPailitas
15820550CesarPelaya
15920570CesarPueblo Bello
16020750CesarSan Diego
16127006ChocóAcandí
16227073ChocóBagadó
16327077ChocóBajo Baudó
16427099ChocóBojayá
16527150ChocóCarmen del Darién
16627205ChocóCondoto
16727245ChocóEl Carmen de Atrato
16827250ChocóEl Litoral del San Juan
16927361ChocóIstmina
17027425ChocóMedio Atrato
17127450ChocóMedio San Juan
17227491ChocóNóvita
17327001ChocóQuibdó
17427615ChocóRiosucio
17527660ChocóSan José del Palmar
17627745ChocóSipí
17727787ChocóTadó
17827800ChocóUnguía
17923466CórdobaMontelíbano
18023580CórdobaPuerto Libertador
Código DANEDepartamentoMunicipio
18123682CórdobaSan José de Uré
18223807CórdobaTierralta
18323855CórdobaValencia
18425120CundinamarcaCabrera
18525168CundinamarcaChaguaní
18625258CundinamarcaEl Peñón
18725328CundinamarcaGuayabal de Síquima
18825335CundinamarcaGuayabetal
18925394CundinamarcaLa Palma
19025438CundinamarcaMedina
19125530CundinamarcaParatebueno
19225580CundinamarcaPulí
19325743CundinamarcaSilvania
19425823CundinamarcaTopaipí
19525878CundinamarcaViotá
19695015GuaviareCalamar
19795025GuaviareEl Retorno
19895200GuaviareMiraflores
19995001GuaviareSan José del Guaviare
20041006HuilaAcevedo
20141020HuilaAlgeciras
20241078HuilaBaraya
20341206HuilaColombia
20441349HuilaHobo
20541359HuilaIsnos
20641799HuilaTello
20744090La GuajiraDibulla
70844110La GuajiraEl Molino
20944279La GuajiraFonseca
21044420La GuajiraLa Jagua del Pilar
Código DANEDepartamentoMunicipio
21144430La GuajiraMaicao
21244001La GuajiraRiohacha
21344650La GuajiraSan Juan del Cesar
21444855La GuajiraUrumita
21544874La GuajiraVillanueva
21647053MagdalenaAracataca
21747288MagdalenaFundación
21850110MetaBarranca de Upía
21950223MetaCubarral
22050245MetaEl Calvario
22150251MetaEl Castillo
22250270MetaEl Dorado
22350287MetaFuente de Oro
22450313MetaGranada
22550350MetaLa Macarena
22650400MetaLejanías
22750325MetaMapiripán
22850330MetaMesetas
22950450MetaPuerto Concordia
23050568MetaPuerto Gaitán
23150577MetaPuerto Lleras
23250590MetaPuerto Rico
23350683MetaSan Juan de Arama
23450686MetaSan Juanito
23550689MetaSan Martín
23650370MetaUribe
23750711MetaVistahermosa
23852079NariñoBarbacoas
23952233NariñoCumbitara
24052250NariñoEl Charco
Código DANEDepartamentoMunicipio
24152254NariñoEl Peñol
24252256NariñoEl Rosario
24352520NariñoFrancisco Pizarro
24452356NariñoIpiales
24552385NariñoLa Llanada
24652390NariñoLa Tola
24752405NariñoLeiva
24852411NariñoLinares
24952418NariñoLos Andes
25052427NariñoMaguí
25152435NariñoMallama
25252473NariñoMosquera
25352490NariñoOlaya Herrera
25452540NariñoPolicarpa
25552573NariñoPuerres
25652612NariñoRicaurte
23752621NariñoRoberto Payán
25852678NariñoSamaniego
25952835NariñoSan Andrés de Tumaco
26052696NariñoSanta Bárbara
26154109Norte de SantanderBucarasica
26254206Norte de SantanderConvención
26354245Norte de SantanderEl Carmen
26454250Norte de SantanderEl Tarra
26554261Norte de SantanderEl Zulia
26654344Norte de SantanderHacarí
26754398Norte de SantanderLa Playa
26854670Norte de SantanderSan Calixto
26954680Norte de SantanderSantiago
27054720Norte de SantanderSardinata
Código DANEDepartamentoMunicipio
27154800Norte de SantanderTeorama
27254810Norte de SantanderTibú
27386001PutumayoMocoa
27486320PutumayoOrito
27586568PutumayoPuerto Asís
27686569PutumayoPuerto Caicedo
27786571PutumayoPuerto Guzmán
27886573PutumayoPuerto Leguízamo
27986757PutumayoSan Miguel
28086865PutumayoValle del Guamuez
28186885PutumayoVillagarzón
28263302QuindíoGenova
28363548QuindíoPijao
28463690QuindíoSalento
28566075RisaraldaBalboa
28666456RisaraldaMistrató
28766572RisaraldaPueblo Rico
28866594RisaraldaQuinchía
28968101SantanderBolívar
29068169SantanderCharta
29168255SantanderEl Playón
29268377SantanderLa Belleza
29368385SantanderLandázuri
29468444SantanderMatanza
29568615SantanderRionegro
29668655SantanderSabana de Torres
29768773SantanderSucre
29868780SantanderSuratá
29970230SucreChalán
30070204SucreColosó
Código DANEDepartamentoMunicipio
30170418SucreLos Palmitos
30270473SucreMorroa
30370508SucreOvejas
30470523SucrePalmito
30570713SucreSan Onofre
30670823SucreTolú Viejo
30773026TolimaAlvarado
30873043TolimaAnzoátegui
30973067TolimaAtaco
31073124TolimaCajamarca
31173152TolimaCasablanca
31273168TolimaChaparral
31373236TolimaDolores
31473347TolimaHerveo
31573408TolimaLérida
31673461TolimaMurillo
31773504TolimaOrtega
31873555TolimaPlanadas
31973563TolimaPrado
32073616TolimaRioblanco
32173622TolimaRoncesvalles
32273624TolimaRovira
32373675TolimaSan Antonio
32473686TolimaSanta Isabel
32573861TolimaVenadillo
32673870TolimaVillahermosa
32773873TolimaVillarrica
32876041Valle del CaucaAnsermanuevo
32976054Valle del CaucaArgelia
33076100Valle del CaucaBolívar
Código DANEDepartamentoMunicipio
33176109Valle del CaucaBuenaventura
33276122Valle del CaucaCaicedonia
33376126Valle del CaucaCalima
33476233Valle del CaucaDagua
33576243Valle del CaucaEl Águila
33676246Valle del CaucaEl Cairo
33776250Valle del CaucaEl Dovio
33876275Valle del CaucaFlorida
33976563Valle del CaucaPradera
34076616Valle del CaucaRiofrío
34176622Valle del CaucaRoldanillo
34276890Valle del CaucaYotoco
34397161VaupésCarurú
34499773VichadaCumaribo
Notas de Vigencia

ANEXO 3.

REQUISITOS DE INVERSIÓN Y EMPLEO.

<Anexo incorporado por el artículo 3 <Anexo 3> del Decreto 1650 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:>

División económicaDescripción división económicaTamaño de empresa
 MicroempresaPequeñaMedianaGrande
 Inversión SMLMVEmpleoInversión SMLMVEmpleoInversión SMLMVEmpleoInversión SMLMVEmpleo
1Agricultura, ganadería, caza y actividades de servicios conexas.40234331.453107.80049
2Silvicultura y extracción de madera.34229261.49989.67516
3Pesca y acuicultura.33225621.08895.45826
10Elaboración de productos alimenticios.37225141.2971819.24992
11Elaboración de bebidas.36224231.2431264.114113
12Elaboración de productos de tabaco.64229522.103747.168150
13Fabricación de productos textiles.33224741.3021710.94779
14Confección de prendas de vestir.36222541.1421911.725108
15Curtido y recurtido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería; adobo y teñido de pieles.42223331.128139.53191
16Transformación de la madera y fabricación de productos de madera y de corcho, excepto muebles; fabricación de artículos de cestería y espartería.39224431.3501310.62635
17Fabricación de papel, cartón y productos de papel y cartón.34223631.3021229.16783
18Actividades de impresión y de producción de copias a partir de grabaciones originales.29221431.150156.27941
19Coquización, fabricación de productos de la refinación del petróleo y actividad de mezcla de combustibles.43224721.0798618.32525
20Fabricación de sustancias y productos químicos.26224239761018.69553
21Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico.28221149871414.30969
22Fabricación de productos de caucho y de plástico.36226831.2731311.99252
23Fabricación de otros productos minerales no metálicos.39228651.3701634.655106
24Fabricación de productos metalúrgicos básicos.34222731.215827.39865
25Fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipos.33221431.3021412.78044
26Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.26227231.18394.03735
27Fabricación de aparatos y equipo eléctrico.33224131.2771221.71695
28Fabricación de maquinaria y equipo n.c.p.34222031.229124.90730
29Fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques.34226231.4181414.90262
30Fabricación de otros tipos de equipo de transporte.34222331.5951458.470152
31Fabricación de muebles, colchones y somieres.36225131.235144.15638
32Otras industrias manufactureras.33223431.268118.77549
33Instalación, mantenimiento y reparación especializada de maquinaria y equipo.2521693987196.14369
35Suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado.25219421.0946146.89756
36Captación, tratamiento y distribución de agua.20223331.0521241.72958
37Evacuación y tratamiento de aguas residuales.2321823860957.45927
38Recolección, tratamiento y disposición de desechos, recuperación de materiales.33219947841712.80068
39Actividades de saneamiento ambiental y otros servicios de gestión de desechos.172216375697.17512
41Construcción de edificios.25426541.33047.55512
42Obras de ingeniería civil.2631863871812.41947
43Actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil.2231804970114.32254
45Comercio, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas, sus partes, piezas y accesorios.42223921.14589.77929
46Comercio al por mayor y en comisión o por contrata, excepto el comercio de vehículos automotores y motocicletas.29223021.03778.98327
47Comercio al por menor (incluso el comercio al por menor de combustibles), excepto el de vehículos automotores y motocicletas.47224821.263917.21497
49Transporte terrestre; transporte por tuberías.37223049252235.84986
50Transporte acuático.40223121.06386.67025
51Transporte aéreo.31221321.027835.27978
52Almacenamiento y actividades complementarias al transporte.3622063819164.69341
53Correo y servicios de mensajería.2831306324473.843273
55Alojamiento.40231731.38098.49151
56Actividades de servicios de comidas y bebidas.36221041.099195.025219
58Actividades de edición.1621373506104.00455
59Actividades cinematográficas, de video y producción de programas de televisión, grabación de sonido y edición de música.12214021.076914.62760
60Actividades de programación, transmisión y/o difusión.29220538301212.16461
61Telecomunicaciones.19215256642179.913102
62Desarrollo de sistemas informáticos (planificación, análisis, diseño, programación, pruebas), consultoría informática y actividades relacionadas.112814478174.41465
63Actividades de servicios de información.1221384683192.38291
64Actividades de servicios financieros, excepto las de seguros y de pensiones.122872259210.60357
65Seguros (incluso el reaseguro), seguros sociales y fondos de pensiones, excepto la seguridad social.1219106234039.754168
66Actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros.142174244733.69719
68Actividades inmobiliarias.37236621.32726.4055
69Actividades jurídicas y de contabilidad.172172273381.09661
70Actividades de administración empresarial; actividades de consultoría de gestión.163206283062.44723
71Actividades de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.2321603725113.41948
72Investigación científica y desarrollo.14211027221410.44286
73Publicidad y estudios de mercado.1721273461111.39552
74Otras actividades profesionales, científicas y técnicas.2021824779173.41471
75Actividades veterinarias.39320631.4573325.348436
77Actividades de alquiler y arrendamiento.36224121.217815.20129
78Actividades de empleo.81948921944251.3501.915
79Actividades de las agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reserva y actividades relacionadas.1121043248131.42294
80Actividades de seguridad e investigación privada.222168246661404.026520
81Actividades de servicios a edificios y paisajismo (jardines, zonas verdes).124127225482181.367983
82Actividades administrativas y de apoyo de oficina y otras actividades de apoyo a las empresas.2051717573333.028181
85Educación.22221771.0713020.936265
86Actividades de atención de la salud humana.2021823807166.39475
87Actividades de atención residencial medicalizada.22225041.0882913.74192
88Actividades de asistencia social sin alojamiento.16218010442262.24429
90Actividades creativas, artísticas y de entretenimiento.1421802905102.6573
91Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.16419631.147106.05630
92Actividades de juegos de azar y apuestas.23226731.249154.00793
93Actividades deportivas y actividades recreativas y de esparcimiento.17223331.238178.44072
94Actividades de asociaciones.16419941.001117.92458
95Mantenimiento y reparación de computadores, efectos personales y enseres domésticos.2521745823612.06148
Notas de Vigencia

ANEXO 4.

LISTA INDICATIVA DE LAS ACTIVIDADES EMPRESARIALES SUJETAS AL SIMPLE.

<Anexo sustituido artículo 25 <ANEXO> Decreto 1091 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:>

La presente lista indicativa constituye un instrumento que desagrega las actividades empresariales establecidas por el artículo 908 del Estatuto Tributario, para efectos de la administración del SIMPLE, que incluye como guía el código y la descripción de la Clasificación de Actividades Económicas - CIIU, acogido por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, mediante la Resolución 000139 del 21 de noviembre de 2012, o las normas que la modifiquen o sustituyan, así como un referente de cada uno de los grandes grupos en que se dividen estas actividades.

1. Actividades comerciales, industriales y de servicios.

Numeral 1, artículo 908 del Estatuto Tributario

“Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquería”:

Tipo de ActividadAgrupación por TarifaCódigo CIIUDescripción Actividad Económica
Comercial2014711Comercio al por menor en establecimientos no especializados con surtido compuesto principalmente por alimentos, bebidas o tabaco.
Comercial2014721Comercio al por menor de productos agrícolas para el consumo en establecimientos especializados.
Comercial2014722Comercio al por menor de leche, productos lácteos y huevos, en establecimientos especializados.
Comercial2014723Comercio al por menor de carnes (incluye aves de corral), productos cárnicos, pescados y productos de mar, en establecimientos especializados.
Comercial2034724Comercio al por menor de bebidas y productos del tabaco, en establecimientos especializados.
Comercial2014729Comercio al por menor de otros productos alimenticios n.c.p., en establecimientos especializados.
Servicios3049602Peluquería y otros tratamientos de belleza.

Numeral 2, artículo 908 del Estatuto Tributario

“Actividades comerciales al por mayor y detal; servicios técnicos y mecánicos en los que predomina el factor material sobre el intelectual, los electricistas, los albañiles, los servicios de construcción y los talleres mecánicos de vehículos y electrodomésticos; actividades industriales, incluidas las de agro-industria, mini industria y micro-industria; actividades de telecomunicaciones y las demás actividades no incluidas en los siguientes numerales:”

Tipo de ActividadAgrupación por TarifaCódigo CIIUDescripción Actividad Económica
Servicios3040161Actividades de apoyo a la agricultura.
Servicios3040162Actividades de apoyo a la ganadería.
Servicios3040164Tratamiento de semillas para propagación.
Servicios3040240Servicios de apoyo a la silvicultura.
Industrial1030510Extracción de hulla (carbón de piedra).
Industrial1030520Extracción de carbón lignito.
Industrial1030610Extracción de petróleo crudo.
Industrial1030620Extracción de gas natural.
Industrial1030710Extracción de minerales de hierro.
Industrial1030721Extracción de minerales de uranio y de torio.
Industrial1030722Extracción de oro y otros metales preciosos.
Industrial1030723Extracción de minerales de níquel.
Industrial1030729Extracción de otros minerales metalíferos no ferrosos n.c.p.
Industrial1030811Extracción de piedra, arena, arcillas comunes, yeso y anhidrita.
Industrial1030812Extracción de arcillas de uso industrial, caliza, caolín y bentonitas.
Industrial1030820Extracción de esmeraldas, piedras preciosas y semipreciosas.
Industrial1030891Extracción de minerales para la fabricación de abonos y productos químicos.
Industrial1030892Extracción de halita (sal).
Industrial1030899Extracción de otros minerales no metálicos n.c.p.
Servicios3040910Actividades de apoyo para la extracción de petróleo y de gas natural.
Servicios3040990Actividades de apoyo para otras actividades de explotación de minas y canteras.
Industrial1011011Procesamiento y conservación de carne y productos cárnicos.
Industrial1011012Procesamiento y conservación de pescados, crustáceos y moluscos.
Industrial1011020Procesamiento y conservación de frutas, legumbres, hortalizas y tubérculos.
Industrial1011030Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal y animal.
Industrial1011040Elaboración de productos lácteos.
Industrial1011051Elaboración de productos de molinería.
Industrial1011052Elaboración de almidones y productos derivados del almidón.
Servicios3041061Trilla de café.
Industrial1011062Descafeinado, tostión y molienda del café.
Industrial1011063Otros derivados del café.
Industrial1011071Elaboración y refinación de azúcar.
Industrial1011072Elaboración de panela.
Industrial1011081Elaboración de productos de panadería.
Industrial1011082Elaboración de cacao, chocolate y productos de confitería.
Industrial1011083Elaboración de macarrones, fideos, alcuzcuz y productos farináceos similares.
Industrial1011084Elaboración de comidas y platos preparados.
Industrial1011089Elaboración de otros productos alimenticios n.c.p.
Industrial1011090Elaboración de alimentos preparados para animales.
Industrial1031101Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.
Industrial1031102Elaboración de bebidas fermentadas no destiladas.
Industrial1031103Producción de malta, elaboración de cervezas y otras bebidas malteadas.
Industrial1031104Elaboración de bebidas no alcohólicas, producción de aguas minerales y de otras aguas embotelladas.
Industrial1031200Elaboración de productos de tabaco
Industrial1031311Preparación e hilatura de fibras textiles.
Industrial1031312Tejeduría de productos textiles.
Industrial1031313Acabado de productos textiles.
Industrial1031391Fabricación de tejidos de punto y ganchillo.
Industrial1031392Confección de artículos con materiales textiles, excepto prendas de vestir.
Industrial1031393Fabricación de tapetes y alfombras para pisos.
Industrial1031394Fabricación de cuerdas, cordeles, cables, bramantes y redes.
Industrial1031399Fabricación de otros artículos textiles n.c.p.
Industrial1011410Confección de prendas de vestir, excepto prendas de piel.
Industrial1031420Fabricación de artículos de piel.
Industrial1031430Fabricación de artículos de punto y ganchillo.
Industrial1031511Curtido y recurtido de cueros; recurtido y teñido de pieles.
Industrial1031512Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares elaborados en cuero, y fabricación de artículos de talabartería y guarnicionería.
Industrial1031513Fabricación de artículos de viaje, bolsos de mano y artículos similares; artículos de talabartería y guarnicionería elaborados en otros materiales
Industrial1011521Fabricación de calzado de cuero y piel, con cualquier tipo de suela.
Industrial1011522Fabricación de otros tipos de calzado, excepto calzado de cuero y piel.
Industrial1031523Fabricación de partes del calzado.
Industrial1031610Aserrado, acepillado e impregnación de la madera.
Industrial1031620Fabricación de hojas de madera para enchapado; fabricación de tableros contrachapados, tableros laminados, tableros de partículas y otros tableros y paneles.
Industrial1031630Fabricación de partes y piezas de madera, de carpintería y ebanistería para la construcción.
Industrial1031640Fabricación de recipientes de madera.
Industrial1031690Fabricación de otros productos de madera; fabricación de artículos de corcho, cestería y espartería.
Industrial1031701Fabricación de pulpas (pastas) celulósicas; papel y cartón.
Industrial1031702Fabricación de papel y cartón ondulado (corrugado); fabricación de envases, empaques y de embalajes de papel y cartón.
Industrial1031709Fabricación de otros artículos de papel y cartón.
Servicios3041811Actividades de impresión.
Servicios3041812Actividades de servicios relacionados con la impresión.
Servicios3041820Producción de copias a partir de grabaciones originales.
Industrial1031910Fabricación de productos de hornos de coque.
Industrial1031921Fabricación de productos de la refinación del petróleo.
Industrial1031922Actividad de mezcla de combustibles.
Industrial1032011Fabricación de sustancias y productos químicos básicos.
Industrial1032012Fabricación de abonos y compuestos inorgánicos nitrogenados.
Industrial1032013Fabricación de plásticos en formas primarias.
Industrial1032014Fabricación de caucho sintético en formas primarias.
Industrial1032021Fabricación de plaguicidas y otros productos químicos de uso agropecuario.
Industrial1032022Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares, tintas para impresión y masillas.
Industrial1032023Fabricación de jabones y detergentes, preparados para limpiar y pulir; perfumes y preparados de tocador.
Industrial1032029Fabricación de otros productos químicos n.c.p
Industrial1032030Fabricación de fibras sintéticas y artificiales
Industrial1032100Fabricación de productos farmacéuticos, sustancias químicas medicinales y productos botánicos de uso farmacéutico
Industrial1032211Fabricación de llantas y neumáticos de caucho
Industrial1032212Reencauche de llantas usadas
Industrial1032219Fabricación de formas básicas de caucho y otros productos de caucho n.c.p.
Industrial1032221Fabricación de formas básicas de plástico.
Industrial1032229Fabricación de artículos de plástico n.c.p.
Industrial1032310Fabricación de vidrio y productos de vidrio.
Industrial1032391Fabricación de productos refractarios.
Industrial1032392Fabricación de materiales de arcilla para la construcción.
Industrial1032393Fabricación de otros productos de cerámica y porcelana.
Industrial1032394Fabricación de cemento, cal y yeso.
Industrial1032395Fabricación de artículos de hormigón, cemento y yeso.
Industrial1032396Corte, tallado y acabado de lá piedra.
Industrial1032399Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.p.
Industrial1022410Industrias básicas de hierro y de acero
Industrial1032421Industrias básicas de metales preciosos.
Industrial1032429Industrias básicas de otros metales no ferrosos.
Industrial1022431Fundición de hierro y de acero.
Industrial1032432Fundición de metales no ferrosos.
Industrial1032511Fabricación de productos metálicos para uso estructural.
Industrial1032512Fabricación de tanques, depósitos y recipientes de metal, excepto los utilizados para el envase o transporte de mercancías.
Industrial1032513Fabricación de generadores de vapor, excepto calderas de agua caliente para calefacción central.
Industrial1032591Forja, prensado, estampado y laminado de metal; pulvimetalurgia.
Servicios1042592Tratamiento y revestimiento de metales; mecanizado.
Industrial1032593Fabricación de artículos de cuchillería, herramientas de mano y artículos de ferretería.
Industrial1032599Fabricación de otros productos elaborados de metal n.c.p.
Industrial1032610Fabricación de componentes y tableros electrónicos.
Industrial1032620Fabricación de computadoras y de equipo periférico.
Industrial1032630Fabricación de equipos de comunicación
Industrial1032640Fabricación de aparatos electrónicos de consumo.
Industrial1032651Fabricación de equipo de medición, prueba, navegación y control.
Industrial1032652Fabricación de relojes
Industrial1032660Fabricación de equipo de irradiación y equipo electrónico de uso médico y terapéutico.
Industrial1032670Fabricación de instrumentos ópticos y equipo fotográfico.
Industrial1032680Fabricación de medios magnéticos y ópticos para almacenamiento de datos.
Industrial1032711Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos.
Industrial1032712Fabricación de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica.
Industrial1032720Fabricación de pilas, baterías y acumuladores eléctricos
Industrial1032731Fabricación de hilos y cables eléctricos y de fibra óptica.
Industrial1032732Fabricación de dispositivos de cableado
Industrial1032740Fabricación de equipos eléctricos de iluminación
Industrial1032750Fabricación de aparatos de uso doméstico
Industrial1032790Fabricación de otros tipos de equipo eléctrico n.c.p.
Industrial1032811Fabricación de motores, turbinas, y partes para motores de combustión interna.
Industrial1032812Fabricación de equipos de potencia hidráulica y neumática.
Industrial1032813Fabricación de otras bombas, compresores, grifos y válvulas.
Industrial1032814Fabricación de cojinetes, engranajes, trenes de engranajes y piezas de transmisión.
Industrial1032815Fabricación de hornos, hogares y quemadores industriales.
Industrial1032816Fabricación de equipo de elevación y manipulación.
Industrial1032817Fabricación de maquinaria y equipo de oficina (excepto computadoras y equipo periférico).
Industrial1032818Fabricación de herramientas manuales con motor.
Industrial1032819Fabricación de otros tipos de maquinaria y equipo de uso general n.c.p.
Industrial1032821Fabricación de maquinaria agropecuaria y forestal.
Industrial1032822Fabricación de máquinas formadoras de metal y de máquinas herramienta.
Industrial1032823Fabricación de maquinaria para la metalurgia.
Industrial1032824Fabricación de maquinaria paraexplotación de minas y canteras y para obras de construcción.
Industrial1032825Fabricación de maquinaria para la elaboración de alimentos, bebidas y tabaco.
Industrial1032826Fabricación de maquinaria para la elaboración de productos textiles,prendas de vestir y cueros.
Industrial1032829Fabricación de otros tipos de maquinaria y equipo de uso especial n.c.p.
Industrial1022910Fabricación de vehículos automotores y sus motores.
Industrial1022920Fabricación de carrocerías para vehículos automotores; fabricación de remolques y semirremolques
Industrial1022930Fabricación de partes, piezas (autopartes) y accesorios (lujos) para vehículos automotores.
Industrial1023011Construcción de barcos y de estructuras flotantes.
Industrial1023012Construcción de embarcaciones de recreo y deporte.
Industrial1023020Fabricación de locomotoras y de material rodante para ferrocarriles.
Industrial1023030Fabricación de aeronaves, naves espaciales y de maquinaria conexa.
Industrial1023040Fabricación de vehículos militares de combate
Industrial1023091Fabricación de motocicletas.
Industrial1023092Fabricación de bicicletas y de sillas de ruedas para personas con discapacidad.
Industrial1023099Fabricación de otros tipos de equipo de transporte n.c.p.
Industrial1033110Fabricación de muebles.
Industrial1032120Fabricación de colchones y somieres.
Industrial1032210Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos
Industrial1033220Fabricación de instrumentos musicales
Industrial1033230Fabricación de artículos y equipo para la práctica del deporte.
Industrial1033240Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas.
Industrial1033250Fabricación de instrumentos, aparatos y materiales médicos y odontológicos (incluido mobiliario).
Industrial1033290Otras industrias manufactureras n.c.p.
Servicios3043311Mantenimiento y reparación especializado de productos elaborados en metal.
Servicios3043312Mantenimiento y reparación especializado de maquinaria y equipo.
Servicios3043313Mantenimiento y reparación especializado de equipo electrónico y óptico.
Servicios3043314Mantenimiento y reparación especializado de equipo eléctrico.
Servicios3043315Mantenimiento y reparación especializado de equipo de transporte, excepto los vehículos automotores, motocicletas y bicicletas.
Servicios3043319Mantenimiento y reparación de otros tipos de equipos y sus componentes n.c.p.
Servicios3043320Instalación especializada de maquinaria y equipo industrial.
Servicios3043520Producción de gas; distribución de combustibles gaseosos por tuberías
Servicios3043530Suministro de vapor y aire acondicionado.
Servicios3043600Captación, tratamiento y distribución de agua.
Servicios3043700Evacuación y tratamiento de aguas residuales.
Servicios3043811Recolección de desechos no peligrosos.
Servicios3043812Recolección de desechos peligrosos.
Industrial1043821Tratamiento y Disposición de desechos peligrosos.
Industrial1043822Tratamiento y disposición de desechos peligrosos.
Industrial1043830Recuperación de materiales.
Servicios3043900Actividades de saneamiento ambiental y otros servicios de gestión de desechos.
Servicios3024111Construcción de edificios residenciales.
Servicios3024112Construcción de Edificios no residenciales
Servicios3024210Construcción de carreteras y vías de ferrocarril.
Servicios3024220Construcción de proyectos de servicio público.
Servicios3024290Construcción de otras obras de ingeniería civil.
Servicios3024311Demolición.
Servicios3024312Preparación del terreno.
Servicios3024321Instalaciones eléctricas.
Servicios3024322Instalaciones de fontanería, calefacción y aire acondicionado.
Servicios3024329Otras instalaciones especializadas.
Servicios3024330Terminación y acabado de edificios y obras de ingeniería civil.
Servicios3024390Otras actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil.
Comercial2024511Comercio de vehículos automotores nuevos.
Comercial2024512Comercio de vehículos automotores usados.
Servicios3044520Mantenimiento y reparación de vehículos automotores.
Comercial2044530Comercio de partes, piezas (autopartes) y accesorios (lujos) para vehículos automotores.
Comercial2044541Comercio de motocicletas y de sus partes, piezas y accesorios.
Servicios3044542Mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus partes y piezas.
Servicios3044610Comercio al por mayor a cambio de una retribución o por contrata
Comercial2014620Comercio al por mayor de materias primas agropecuarias; animales vivos.
Comercial2014631Comercio al por mayor de productos alimenticios.
Comercial2034632Comercio al por mayor de bebidas y tabaco.
Comercial2044641Comercio al por mayor de productos textiles, productos confeccionados para uso doméstico.
Comercial2044642Comercio al por mayor de prendas de vestir.
Comercial2044643Comercio al por mayor de calzado.
Comercial2044644Comercio al por mayor de aparatos y equipo de uso doméstico.
Comercial2044645Comercio al por mayor de productos farmacéuticos, medicinales, cosméticos y de tocador.
Comercial2044649Comercio al por mayor de otros utensilios domésticos n.c.p.
Comercial2044651Comercio al por mayor de computadores, equipo periférico y programas de informática.
Comercial2044652Comercio al por mayor de equipo, partes y piezas electrónicos y de telecomunicaciones.
Comercial2044653Comercio al por mayor de maquinaria y equipo agropecuarios.
Comercial2044659Comercio al por mayor de otros tipos de maquinaria y equipo n.c.p.
Comercial2044661Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos, gaseosos y productos conexos.
Comercial2044662Comercio al por mayor de metales y productos metalíferos.
Comercial2044663Comercio al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, pinturas, productos de vidrio, equipo y materiales de fontanería y calefacción.
Comercial2044664Comercio al por mayor de productos químicos básicos, cauchos y plásticos en formas primarias y productos químicos de uso agropecuario.
Comercial2044665Comercio al por mayor de desperdicios, desechos y chatarra.
Comercial2044669Comercio al por mayor de otros productos n.c.p.
Comercial2044690Comercio al por mayor no especializado
Comercial2014719Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con surtido compuesto principalmente por productos diferentes de alimentos (víveres en general), bebidas y tabaco.
Comercial2034731Comercio al por menor de combustible para automotores.
Comercial2044732Comercio al por menor de lubricantes (aceites, grasas), aditivos y productos de limpieza para vehículos automotores.
Comercial2044741Comercio al por menor de computadores, equipos periféricos, programas de informática y equipos de telecomunicaciones en establecimientos especializados.
Comercial2044742Comercio al por menor de equipos y aparatos de sonido y de video, en establecimientos especializados.
Comercial2044751Comercio al por menor de productos textiles en establecimientos especializados.
Comercial2044752Comercio al por menor de artículos de ferretería, pinturas y productos de vidrio en establecimientos especializados.
Comercial2044753Comercio al por menor de tapices, alfombras y cubrimientos para paredes y pisos en establecimientos especializados.
Comercial2044754Comercio al por menor de electrodomésticos y gasodomésticos de uso doméstico, muebles y equipos de iluminación.
Comercial2044755Comercio al por menor de artículos y utensilios de uso doméstico.
Comercial2044759Comercio al por menor de otros artículos domésticos en establecimientos especializados.
Comercial2044761Comercio al por menor de libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio, en establecimientos especializados.
Comercial2044762Comercio al por menor de artículos deportivos, en establecimientos especializados.
Comercial2044769Comercio al por menor de otros artículos culturales y de entretenimiento n.c.p. en establecimientos especializados
Comercial2044771Comercio al por menor de prendas de vestir y sus accesorios (incluye artículos de piel) en establecimientos especializados.
Comercial2044772Comercio al por menor de todo tipo de calzado y artículos de cuero y sucedáneos del cuero en establecimientos especializados.
Comercial2044773Comercio al por menor de productos farmacéuticos y medicinales, cosméticos y artículos de tocador en establecimientos especializados.
Comercial2044774Comercio al por menor de otros productos nuevos en establecimientos especializados.
Comercial2044775Comercio al por menor de artículos de segunda mano.
Comercial2044781Comercio al por menor de alimentos, bebidas y tabaco, en puestos de venta móviles.
Comercial2044782Comercio al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado, en puestos de venta móviles.
Comercial2044789Comercio al por menor de otros productos en puestos de venta móviles.
Comercial2044791Comercio al por menor realizado a través de internet.
Comercial2044792Comercio al por menor realizado a través de casas de venta o por correo.
Comercial2044799Otros tipos de comercio al por menor no realizado en establecimientos, puestos de venta o mercados.
Servicios3045210Almacenamiento y depósito.
Servicios3045221Actividades de estaciones, vías y servicios complementarios para el transporte terrestre.
Servicios3015222Actividades de puertos y servicios complementarios para el transporte acuático.
Servicios3045223Actividades de aeropuertos, servicios de navegación aérea y demás actividades conexas al transporte aéreo.
Servicios3045224Manipulación de carga.
Servicios3035511Alojamiento en hoteles.
Servicios3035512Alojamiento en apartahoteles.
Servicios3035513Alojamiento en centros vacacionales.
Servicios3035514Alojamiento rural.
Servicios3035519Otros tipos de alojamientos para visitantes.
Servicios3035520Actividades de zonas de camping y parques para vehículos recreacionales.
Servicios3035530Servicio por horas
Servicios3035590Otros tipos de alojamiento n.c.p.
Servicios3046110Actividades de telecomunicaciones alámbricas
Servicios3046120Actividades de telecomunicaciones inalámbricas
Servicios3046130Actividades de telecomunicación satelital
Servicios3046190Otras actividades de telecomunicaciones
Servicios3046810Actividades inmobiliarias realizadas con bienes propios o arrendados
Servicios3046820Actividades inmobiliarias realizadas a cambio de una retribución o por contrata
Servicios3047710Alquiler y arrendamiento de vehículos automotores
Servicios3047721Alquiler y arrendamiento de equipo recreativo y deportivo
Servicios3047722Alquiler de videos y discos
Servicios3047729Alquiler y arrendamiento de otros efectos personales y enseres domésticos n.c.p.
Servicios3047730Alquiler y arrendamiento de otros tipos de maquinaria, equipo y bienes tangibles n.c.p.
Servicios3047740Arrendamiento de propiedad intelectual y productos similares, excepto obras protegidas por derechos de autor
Servicios3047810Actividades de agencias de empleo
Servicios3047820Actividades de agencias de empleo temporal
Servicios3047830Otras actividades de suministro de recurso humano.
Servicios3047911Actividades de las agencias de viaje.
Servicios3047912Actividades de operadores turísticos
Servicios3047990Otros servicios de reserva y actividades relacionadas.
Servicios3038010Actividades de seguridad privada.
Servicios3038020Actividades de servicios de sistemas de seguridad.
Servicios3038030Actividades de detectives e investigadores privados.
Servicios3048110Actividades combinadas de apoyo a instalaciones
Servicios3048121Limpieza general interior de edificios.
Servicios3048129Otras actividades de limpieza de edificios e instalaciones industriales.
Servicios3048130Actividades de paisajismo y servicios de mantenimiento conexos
Servicios3048211Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina.
Servicios3048219Fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo a oficina.
Servicios3048220Actividades de centros de llamadas (Cali center).
Servicios3048230Organización de convenciones y eventos comerciales.
Servicios3048291Actividades de agencias de cobranza y oficinas de calificación crediticia.
Servicios3048292Actividades de envase y empaque.
Servicios3048299Otras actividades de servicio de apoyo a las empresas n.c.p.
Servicios3048560Actividades de apoyo a la educación.
Servicios3048610Actividades de hospitales y clínicas, con internación
Servicios3048710Actividades de atención residencial medicalizada de tipo general
Servicios3048720Actividades de atención residencial, para el cuidado de pacientes con retardo mental, enfermedad mental y consumo de sustancias psicoactivas
Servicios3048730Actividades de atención en instituciones para el cuidado de personas mayores y/o discapacitadas.
Servicios3048790Otras actividades de atención en instituciones con alojamiento
Servicios3048810Actividades de asistencia social sin alojamiento para personas mayores y discapacitadas.
Servicios3048890Otras actividades de asistencia social sin alojamiento
Servicios3049200Actividades de juegos de azar y apuestas
Servicios3049321Actividades de parques de atracciones y parques temáticos.
Servicios3049329Otras actividades recreativas y de esparcimiento n.c.p .
Servicios3049511Mantenimiento y reparación de computadores y de equipo periférico.
Servicios3049512Mantenimiento y reparación de equipos de comunicación.
Servicios3049521Mantenimiento y reparación de aparatos electrónicos de consumo.
Servicios3049522Mantenimiento y reparación de aparatos y equipos domésticos y de jardinería.
Servicios3049523Reparación de calzado y artículos de cuero.
Servicios3049524Reparación de muebles y accesorios para el hogar.
Servicios3049529Mantenimiento y reparación de otros efectos personales y enseres domésticos.
Servicios3049601Lavado y limpieza, incluso la limpieza en seco, de productos textiles y de piel.
Servicios3049603Pompas fúnebres y actividades relacionadas.
Servicios3049609Otras actividades de servicios personales n.c.p.

Numeral 3, artículo 908 del Estatuto Tributario

“Servicios profesionales, de consultoría y científicos en los que predomine el factor intelectual sobre el material, incluidos los servicios de profesiones liberales”:

Tipo de ActividaAgrupación por TarifaCódigo CIIUDescripción Actividad Económica
Industrial1015811Edición de libros.
Industrial1035812Edición dedirectorios y listas de correo.
Servicios3015813Edición deperiódicos, revistas y otras publicaciones periódicas.
Industrial1035819Otros trabajos de edición
Industrial1035820Edición deprogramas deinformática (software).
Industrial1035911Actividades de producción de películas cinematográficas, videos,programas, anuncios y comerciales de televisión.
Industrial1035912Actividades de posproducción de películas cinematográficas, videos,programas, anuncios y comerciales de televisión.
Servicios3045913Actividades de distribución de películas cinematográficas, videos,programas, anuncios y comerciales de televisión.
Servicios3025914Actividades de exhibición de películas cinematográficas y videos.
Industrial1035920Actividades de grabación desonido y edición de música
Servicios3016010Actividades de programación y transmisión en el servicio deradiodifusión sonora
Servicios3016020Actividades de programación y transmisión de televisión
Servicios3046201Actividades de desarrollo desistemas informáticos (planificación, análisis, diseño, programación, pruebas)
Servicios3026202Actividades de consultoría informática y actividades deadministración de instalaciones informáticas.
Servicios3046209Otras actividades de tecnologías de información y actividades de servicios informáticos
Servicios3046311Procesamiento de datos,alojamiento (hosting) y actividades relacionadas.
Servicios3046312Portales web
Servicios3046391Actividades de agencias de noticias.
Servicios3046399Otras actividades de servicio de información n.c.p
Servicios3036494Otras actividades de distribución de fondos
Servicios3036499Otras actividades de servicio financiero, excepto las de seguros y pensiones n.c.p.
Servicios304' 6611Administración de mercados financieros
Servicios3046612Corretaje de valores y de contratos de productos básicos
Servicios3046613Otras actividades relacionadas con el mercado de valores
Servicios3036614Actividades de las casas de cambio.
Servicios3036615Actividades de los profesionales de compra y venta de divisas.
Servicios3046619Otras actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros n.c.p.
Servicios3046621Actividades de agentes y corredores de seguros
Servicios3046629Evaluación de riesgos y daños, y otras actividades de servicios auxiliares
Servicios3046630Actividades de administración de fondos
Servicios3046910Actividades jurídicas.
Servicios3046920Actividades de contabilidad, teneduría de libros, auditoría financiera y asesoría tributaría.
Servicios3047010Actividades de administración empresarial.
Servicios3047020Actividades de consultoría de gestión.
Servicios3047110Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades conexas deconsultoría técnica.
Servicios3047120Ensayos y análisis técnicos.
Servicios3047210Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias naturales y la ingeniería.
Servicios3027220Investigaciones y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales y lashumanidades.
Servicios3047310Publicidad
Servicios3047320Estudios de mercado y realización de encuestas de opinión pública.
Servicios3047410Actividades especializadas de diseño.
Servicios3047420Actividades de fotografía
Servicios3047490Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.
Servicios3047500Actividades veterinarias.
Servicios3058511Educación de la primera infancia.
Servicios3058512Educación preescolar.
Servicios3058513Educación básica primaria.
Servicios3058521Educación básica secundaria.
Servicios3058522Educación media académica.
Servicios3058523Educación media técnica y de formación laboral
Servicios3058530Establecimientos que combinan diferentes niveles de educación
Servicios3048541Educación técnica profesional.
Servicios3048542Educacióntecnológica.
Servicios3048543Educación de instituciones universitarias o de escuelas tecnológicas.
Servicios3048544Educación de universidades.
Servicios3048551Formación académica no formal.
Servicios3048552Enseñanza deportiva y recreativa.
Servicios3048553Enseñanza cultural.
Servicios3048559Otros tipos de educación n.c.p.
Servicios3048621Actividades de la práctica médica, sin internación.
Servicios3048622Actividades de la práctica odontológica
Servicios3048691Actividades de apoyo diagnóstico.
Servicios3048692Actividades de apoyo terapéutico.
Servicios3048699Otras actividades de atención de la salud humana

Numeral 4, artículo 908 del Estatuto “Actividades de expendio de comidas y bebidas, y actividades de transporte”:

Tipo de actividadAgrupación por TarifaCódigo CIIUDescripción Actividad Economica
servicios3035611Expendio a la mesa de comidas preparadas.
servicios3035612Exoendio por autoservicios de comidas preparadas
servicios3035613Expendio de comidas preparadas en cafeterías.
Servicios3035619Otros tipos de expendio de comidas preparadas n.c.p.
Servicios3035621Catering para eventos.
Servicios3035629Actividades de otros servicios de comidas.
Servicios3035630Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento
Servicios3014911Transporte férreo de pasajeros.
Servicios3014912Transporte férreo de carga.
Servicios3014921Transporte de pasajeros.
Servicios3014922Transporte mixto.
Servicios3014923Transporte de carga porcarretera.
Servicios3014930Transporte por tuberías.
Servicios3015011Transporte de pasajeros marítimo y de cabotaje.
Servicios3015012Transporte de carga marítimo y de cabotaje.
Servicios3015021Transporte fluvial de pasajeros.
Servicios3015022Transporte fluvial de carga.
Servicios3015111Transporte aéreo nacional depasajeros.
Servicios3015112Transporte aéreo internacional de pasajeros.
Servicios3015121Transporte aéreo nacional decarga.
Servicios3015122Transporte aéreo internacional de carga.
Servicios3045229Otras actividades complementarias al transporte.
Servicios3045310Actividades postales nacionales.
Servicios3045320Actividades de mensajería.

2. Otras actividades económicas.

Las siguientes actividades económicas corresponden al grupo de actividades establecidos en el numeral 2 del artículo 908 del Estatuto Tributario:

Tipo de ActividadCódigoCIIUDescripción Actividad Económica
Primaria0111Cultivo de cereales (excepto arroz), legumbres y semillas oleaginosas.
Primaria0112Cultivo de arroz.
Primaría0113Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos.
Primaria0114Cultivo de tabaco.
Primaria0115Cultivo de plantas textiles.
Primaria0119Otros cultivos transitorios n.c.p.
Primaria0121Cultivo de frutas tropicales y subtropicales.
Primaria0122Cultivo de plátano y banano.
Primaria0123Cultivo de café.
Primaria0124Cultivo de caña de azúcar.
Primaria0125Cultivo de flor de corte.
Primaria0126Cultivo de palma para aceite (palma africana) y otros frutos oleaginosos.
Primaria0127Cultivo de plantas con las que se preparan bebidas.
Primaria0128Cultivo de especias y de plantas aromáticas y medicinales.
Primaria0129Otros cultivos permanentes n.c.p.
Primaria0130Propagación de plantas (actividades de los viveros, excepto viveros
Primaria0141Cría de ganado bovino y bufalino.
Primaria0142Cría de caballos y otros equinos.
Primaria0143Cría de ovejas y cabras.
Primaria0144Cría de ganado porcino.
Primaria0145Cría de aves de corral.
Primaria0149Cría de otros animales n.c.p.
Primaria0150Explotación mixta (agrícola y pecuaria).
Primaria0163Actividades posteriores a la cosecha.
Primaria0170Caza ordinaria y mediante trampas y actividades de servicios conexas
Primaria0210Silvicultura y otras actividades forestales.
Primaria0220Extracción de madera
Primaria0230Recolección de productos forestales diferentes a la madera
Primaria0311Pesca marítima.
Primaria0312Pesca de agua dulce.
Primaria0321Acuicultura marítima.
Primaria0322Acuicultura de agua dulce.
Cultural9001Creación literaria.
Cultural9002Creación musical.
Cultural9003Creación teatral.
Cultural9004Creación audiovisual.
Cultural9005Artes plásticas y visuales.
Cultural9006Actividades teatrales.
Cultural9007Actividades de espectáculos musicales en vivo.
Cultural9008Otras actividades de espectáculos en vivo
Cultural9101Actividades de bibliotecas y archivos.
Cultural9102Actividades y funcionamiento de museos, conservación de edificios y sitios históricos.
Cultural9103Actividades de jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales
Deportiva9311Gestión de instalaciones deportivas.
Deportiva9312Actividades de clubes deportivos.
Deportiva9319Otras actividades deportivas
Hogares9700Actividades de los hogares individuales como empleadores de personal doméstico
Hogares9810Actividades no diferenciadas de los hogares individuales como productores de bienes para uso propio.
Hogares9820Actividades no diferenciadas de los hogares individuales como productores de servicios para uso propio.
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