ACUERDO 0006 DE 2025
(julio 1)
Diario Oficial No. 53.214 de 16 de agosto de 2025
Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 16 de agosto de 2025
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por medio del cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), se derogan los Acuerdos números 004 de 2021 y 006 de 2024, y se dictan otras disposiciones.
EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE (SENA),
en uso de las facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 7 del artículo 10 de la Ley 119 de 1994, el artículo 76 de la Ley 489 de 1998 y los numerales 1 y 22 del artículo 3o del Decreto número 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política disponen que, la función administrativa está al servicio del interés general, e igualmente indica que las Entidades públicas tendrán un control interno para el correcto ejercicio de la función administrativa que les es propia.
Que los numerales 1 y 7 del artículo 10 de la Ley 119 de 1994, por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), establecen las funciones del Consejo Directivo, a saber: “1. definir y formular la política general y los planes y programas de la entidad (…) 7. Orientar el funcionamiento general de la entidad, verificar su conformidad con la política adoptada y crear los mecanismos necesarios para el logro de su misión”.
Que el artículo 28 de la precitada ley, señala que: “El SENA mantendrá un sistema de control interno y diseñará métodos y procedimientos necesarios para garantizar que todas las actividades de la entidad, así como el ejercicio de las funciones a cargo de sus servidores se realice de conformidad con las normas constitucionales y legales y con sujeción a estrictos criterios de moralidad, eficacia, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad”.
Que el artículo 76 de la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, señala que los Consejos Directivos de los establecimientos públicos deben “a) Formular a propuesta del representante legal, la política general del organismo, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo; b) Formular a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo;(…) f) Las demás que les señalen la ley, el acto de creación y los estatutos internos”.
Que los numerales 1 y 22 del artículo 3o del Decreto número 249 de 2004, por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), le asignan al Consejo Directivo las funciones de “1. Definir y aprobar la política general de la entidad y velar por su cumplimiento (…) 22. Aprobar la política nacional de calidad de la entidad, en el marco del Sistema de Gestión de Calidad institucional”.
Que los Sistemas de Gestión de la Calidad de que trata la Ley 872 de 2003 y de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, integran un solo Sistema de Gestión conforme lo ordenado por el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015. Este Sistema deberá articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998, de tal manera que, permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado.
Que el Decreto número 1499 de 2017 actualizó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) como marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión pública, estableciendo que este modelo se articula con el Sistema de Control Interno y será adoptado por todas las entidades del orden nacional y territorial. Así mismo, establece que las políticas de desarrollo administrativo pasan a denominarse Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, las cuales comprenden aspectos como la planeación, gestión presupuestal, talento humano, transparencia, participación ciudadana, gobierno digital, seguridad de la información, control interno, entre otros.
Que el artículo 8o del Decreto número 648 de 2017 señala que el Sistema Institucional de Control Interno se integra por el esquema de controles de la organización, gestión de riesgos, administración de recursos e información, y demás mecanismos de verificación y evaluación, conforme a las políticas institucionales.
Que en cumplimiento de estas disposiciones, mediante el Acuerdo número 07 de 2016 el Consejo Directivo del SENA aprobó los Subsistemas de Gestión que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA), incluyendo los subsistemas de Calidad, Ambiental, Seguridad y Salud en el Trabajo, Seguridad de la Información y el Modelo Estándar de Control Interno (MECI).
Que mediante Acuerdo número 004 de 2021, el Consejo Directivo Nacional del SENA adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) como marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la entidad, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y el cumplimiento de la Misión Institucional.
Que mediante el Acuerdo número 006 de 2024, el Consejo Directivo Nacional del SENA modificó y adicionó el Acuerdo número 004 de 2021.
Que el Manual Operativo del MIPG, versión 6 de diciembre de 2024, fortaleció aspectos relacionados con las políticas de Compras y Contratación, Defensa Jurídica, Gestión del Conocimiento, Gestión y de la Información, Estadística y Control Interno.
Que en el marco del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del 23 de marzo de 2025 se aprobó el fortalecimiento de la política del MIPG de Compras y Contratación Pública, designando a la Dirección Jurídica, como única dependencia responsable de liderar dicha política, garantizando la articulación de sus lineamientos.
Que, adicionalmente, la Resolución número 500 de 2021 expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, estableció los lineamientos y estándares para la estrategia de seguridad digital y la adopción del modelo de seguridad y privacidad de la información (MSPI), como componente esencial del Gobierno Digital, siendo adoptados por el SENA para fortalecer su habilitador de Seguridad y Privacidad de la Información.
Que, en atención al alcance de la Política de Seguridad Digital, la cual busca fortalecer las capacidades institucionales mediante la implementación de lineamientos y controles de seguridad y privacidad de la información en todos los procesos, trámites, servicios, sistemas de información, infraestructura y activos de información del SENA, resulta necesario incluir a la Oficina de Sistemas como responsable de dicha política. Aunque el liderazgo del Sistema de Gestión de Seguridad y Privacidad de la Información recae en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Estratégico, la Oficina de Sistemas desempeña un rol fundamental en la ejecución técnica de las medidas y controles de seguridad, dado que tiene a su cargo la gestión, mantenimiento y soporte de los sistemas de información, infraestructura tecnológica, redes y servicios de comunicaciones institucionales. Su participación es clave para garantizar la preservación de la confidencialidad, integridad, disponibilidad y privacidad de la información en el entorno digital del SENA.
Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que más del 80% de las preguntas relacionadas con la dimensión de Seguridad Digital del Formulario Único de Reporte de Avance a la Gestión (FURAG) están directamente asociadas a procesos, controles y responsabilidades operativas que recaen sobre la Oficina de Sistemas, lo cual evidencia su rol determinante en el cumplimiento de esta política y en la consolidación de la gestión institucional en materia de seguridad digital.
Que teniendo en cuenta la definición de “control interno” señalada en el artículo 1o de la Ley 87 de 1993, por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”, se considera pertinente modificar la definición del Sistema Interno de Control dentro de la Entidad, de tal manera que el mismo sea articulado con lo señalado en la mencionada ley.
Que, en consecuencia, se considera necesario modificar algunas disposiciones del Acuerdo número 004 de 2021, modificado por el Acuerdo número 006 de 2024, y como consecuencia de ello, expedir un solo acto administrativo unificando las disposiciones relacionadas con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, garantizando así una mayor seguridad jurídica en su interpretación.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADOPTAR EL MODELO INTEGRADO DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN (MIPG). Adóptese en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG, anexo al presente acuerdo, y como marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de la entidad, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y el cumplimiento de la Misión Institucional.
El modelo Integrado de Planeación y Gestión se constituye como el mecanismo que contiene, integra y articula con los demás sistemas de gestión adoptados por el SENA para la mejora del desempeño institucional (Marco General del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, versión 6, página 16).
La actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano (MECI), se efectuaraía través del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el cual seráí de obligatorio cumplimiento y aplicación en la entidad.
ARTÍCULO 2o. OBJETIVOS DEL MODELO INTEGRADO. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), desarrollaraílos objetivos establecidos en el artículo 2.2.22.3.3 del Decreto número 1499 de 2017.
1. Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados de las entidades públicas
2. Agilizar, simplificar y flexibilizar la operación de las entidades para la generación de bienes y servicios que resuelvan efectivamente las necesidades de los ciudadanos.
3. Desarrollar una cultura organizacional fundamentada en la información, el control y la evaluación, para la toma de decisiones y la mejora continua.
4. Facilitar y promover la efectiva participación ciudadana en la planeación, gestión y evaluación de las entidades públicas.
5. Promover la coordinación entre entidades públicas para mejorar su gestión y desempeño.
ARTÍCULO 3o. SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y AUTOCONTROL. El Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (en adelante SIGA) del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA se constituye como el modelo de operación, que bajo los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, articula los sistemas de gestión implementados en la Entidad (Calidad, Ambiental, Energía, Seguridad y Salud en el Trabajo y Seguridad y Privacidad de la Información) con el Sistema de Control Interno, y transversalmente opera con las dimensiones y Políticas del Modelo Integrado de Planeación y Gestión:
a) Modelo Integrado de Planeación y Gestión: para el SENA El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) se constituye en el marco de referencia estructural y normativa del SIGA a través del desarrollo de las dimensiones y las políticas de gestión y desempeño y su armonización con los sistemas de gestión adoptados por la entidad. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) será liderado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.
b) Sistema Interno de Control: es el conjunto de políticas, principios, normas, procedimientos y mecanismos para garantizar el cumplimiento de su misión, la eficiencia en la gestión, la calidad en la prestación del servicio, la protección de los recursos públicos y la prevención de riesgos que afecten el logro de los objetivos institucionales. El Sistema Interno de Control promueve la mejora continua y la transparencia, y su implementación se fundamenta en el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) (ver Capítulo 3). Este sistema será liderado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.
c) Sistema de Gestión de la Calidad: es la herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a cargo de las entidades públicas. La norma ISO 9001, es la base para la implementación de este Sistema, el Sistema de Gestión de la Calidad será liderado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.
d) Sistema de Gestión Ambiental: busca un mayor compromiso con la protección del medio ambiente y la disminución de impactos que puedan generar contaminación ambiental. Tiene como propósito proporcionar a la entidad un marco de referencia para proteger el medio ambiente y responder a las condiciones ambientales cambiantes, en equilibrio con las necesidades socioeconómicas. Lo anterior, con el fin de lograr los resultados previstos por la Entidad para el Sistema de Gestión Ambiental a nivel nacional y crear opciones para contribuir al desarrollo sostenible. La norma ISO 14001, es la base para la implementación de este Sistema. El Sistema de Gestión Ambiental será liderado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.
e) Sistema de Gestión de Energía: busca mejorar el desempeño energético de los centros de formación, optimizando el consumo de energía, implementando planes de acción, generando ahorros económicos y disminución de emisiones de CO2 teniendo en cuenta los usos significativos de la energía. La norma ISO 50001, es la base para la implementación de este Sistema. El Sistema de Gestión de Energía será liderado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.
f) Sistema de Gestión de Seguridad y Privacidad de la Información: busca establecer, mantener y mejorar los mecanismos y controles para la adecuada gestión de la seguridad y privacidad de la información, propendiendo por la protección de la confidencialidad, integridad, disponibilidad, privacidad, continuidad, autenticidad, no repudio y el cumplimiento de la normativa vigente aplicable, mediante la implementación, medición y mejora continua del sistema.
En el SENA se ha desarrollado de conformidad con los requisitos establecidos por las NTC-ISO-IEC 27001 y NTC-ISO-IEC 27701, los lineamientos del Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI) definidos en el Manual de la Política de Gobierno Digital del MinTIC, en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) definido por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la legislación aplicable. El Sistema de Gestión de Seguridad y Privacidad de la Información será Liderado desde la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.
g) Sistema Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo: busca un mayor compromiso con el tratamiento de peligros y riesgos que pueden afectar a los colaboradores que desarrollan sus actividades en la Entidad, así mismo, a los Clientes - Usuarios y demás grupos de valor y grupos de interés que puedan estar expuestos a peligros asociados. El Decreto número 1072 de 2015 y la norma ISO 45001, son la base para la implementación de este sistema. El Sistema Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo será liderado por la Secretaría General.
PARÁGRAFO 1o. En la medida que el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) implemente otros sistemas o modelos que establezcan lineamientos y directrices en materia de gestión y desempeño, estos serán articulados dentro del respectivo Modelo de Operación, cuyos lineamientos se generan desde el MIPG y se articulan en el SIGA.
PARÁGRAFO 2o. El (la) director (a) de Planeación y Direccionamiento Corporativo en su calidad de Representante de la Alta Dirección para el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA) como Modelo de Operación del SENA, bajo los lineamientos del MIPG, de acuerdo con su autoridad y responsabilidad, determinará los lineamientos para la implementación de los elementos estructurales del SIGA”.
PARÁGRAFO 3o. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) se constituye en el marco de referencia estructural y normativa del SIGA a través del desarrollo de las dimensiones y las políticas de gestión y desempeño.
ARTÍCULO 4o. MODELO ESTÁNDAR DE CONTROL INTERNO Y SU ACTUALIZACIÓN. El modelo Estándar de Control Interno (MECI) es la base para la implementación y fortalecimiento del Sistema de Control Interno de las entidades de conformidad con la Ley 87 de 1993 y que para el SENA se define como el Sistema Interno de Control. Este se define como la estructura de control de la gestión, que especifica los elementos necesarios para construir y fortalecer el Sistema de Control Interno, a través de un modelo que determine los parámetros necesarios (autogestión) para que las entidades establezcan acciones, políticas, métodos, procedimientos, mecanismos de prevención, verificación y evaluación en procura de su mejoramiento continuo (autorregulación), en la cual cada uno de los servidores de la entidad se constituyen en parte integral (autocontrol)”.
ARTÍCULO 5o. LÍNEAS DE DEFENSA. El desarrollo del Modelo Estándar de Control Interno (MECI) como herramienta de implementación del Sistema Control Interno en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), define la responsabilidad y autoridad frente al control a través del esquema de líneas de defensa que será definido por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo en coordinación con los responsables de las dimensiones y sus correspondientes políticas y de las demás áreas de la entidad.
PARÁGRAFO 1o. El Jefe de Control Interno a través de la auditoría independiente y como tercera línea defensa, evalúa que las Dimensiones y Políticas de MIPG cumplan su propósito.
ARTÍCULO 6o. COMPONENTE. Serán componente para la implementación del sistema de control los siguientes: Ambiente de Control, Evaluación del riesgo, Actividades de control, Información y Comunicación y Actividades de Monitoreo.
ARTÍCULO 7o. INSTRUMENTOS. La actividad de la Auditoría Interna. De conformidad con el Artículo 2.2.21.4.8 del Decreto número 648 de 2017, los Instrumentos para la actividad de la Auditoría Interna, del Sistema de Control Interno del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), se ejecutarán y presentarán ante el Comitéí Institucional de Coordinación de Control Interno, creado mediante Resolución número 2303 de 2017.
PARÁGRAFO 1o. Los instrumentos mencionados serán aprobados por el Comitéí Institucional de Coordinación de Control interno, por el jefe de Control Interno o quien haga sus veces.
ARTÍCULO 8o. OPERACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO DE MIPG. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) opera a través de un conjunto de 7 dimensiones operativas que agrupan políticas, prácticas, herramientas o instrumentos de gestión.
Las dimensiones operativas son las siguientes:
1. Dimensión 1. Talento Humano
2. Dimensión 2. Direccionamiento Estratégico y Planeación
3. Dimensión 3. Gestión con Valores para Resultados
4. Dimensión 4. Evaluación de resultados
5. Dimensión 5. Información y Comunicación
6. Dimensión 6. Gestión del conocimiento y la innovación
7. Dimensión 7. Control Interno
ARTÍCULO 9o. POLÍTICAS DE GESTIÓN Y DESEMPEÑO. Cada dimensión se desarrolla a través de una o varias políticas de gestión y desempeño, estas se regirán por las normas que las regulan o reglamentan y se implementarán a través de planes, programas, proyectos, metodologías y estrategias, gestionadas por la entidad líder de cada política del Gobierno nacional.
ARTÍCULO 10. RESPONSABLES DE LAS POLÍTICAS DEL MODELO. Los responsables en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) de liderar, orientar y promover el desarrollo de las acciones planeadas para la implementación de las políticas de gestión y desempeño del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, con la participación de las demás áreas involucradas en la ejecución de cada uno de los requerimientos de la política, son:
Líderes Responsables de Implementar las Políticas de MIPG
| # | Dimensiones: | Políticas de Gestión y Desempeño | Dependencia Responsable de Implementación de la política MIPG | Responsable de la Política |
| 1 | Dimensión Talento Humano | Gestión Estratégica del Talento Humano | Secretaria General | Secretaria General |
| 2. Integridad | Secretaria General | Secretaria General | ||
| 2 | Dimensión Direccionamiento Estratégico y Planeación | 3. Planeación institucional | Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo |
| 4. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público | Dirección Administrativa y Financiera Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | Director de la Dirección Administrativa y Financiera Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | ||
| 5. Política de Compras y Contratación Pública | Dirección Jurídica | Director de la Dirección jurídica | ||
| 3 | Dimensión Gestión con Valores para el Resultado | 6. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos | Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo |
| 7. Gobierno digital | Oficina de Sistemas | Jefe de la Oficina de Sistemas | ||
| 8. Seguridad digital | Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo Oficina de Sistemas | Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo Jefe de Oficina de Sistemas | ||
| 9. Defensa jurídica | Dirección Jurídica | Director de la Dirección Jurídica | ||
| 10. Mejora normativa | Dirección Jurídica | Director de la Dirección Jurídica | ||
| 11. Simplificación, Racionalización y | Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas | Director de la Dirección de Promoción y | ||
# | Dimensiones: | Políticas de Gestión y Desempeño | Dependencia Responsable de Implementación de la política MIPG | Responsable de la Política |
| Estandarización de trámites | Relaciones Corporativas | |||
| 12. Participación ciudadana en la gestión pública - Rendición de cuentas | Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas | Director de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas | ||
| 13. Servicio al ciudadano | Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas | Director de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas | ||
| 14. Transparencia, acceso a la Información pública y lucha contra la corrupción | Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas | Director de la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas | ||
| 4 | Dimensión Evaluación para el Resultado | 15. Seguimiento y evaluación del desempeño Institucional | Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo |
| 5 | Dimensión Información y Comunicación | 16. Gestión Documental | Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo |
| 17. Política de Gestión de la Información Estadística | Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | ||
| 7 | Dimensión Gestión del Conocimiento y la Innovación | 18. Gestión del conocimiento y la innovación | Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo |
| 8 | Dimensión Control Interno | 19. Control interno | Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo | Director de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo |
PARÁGRAFO 1o. Los responsables de las políticas de MIPG en la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), serán los encargados de liderar la implementación nacional. Las Regionales, Centros de Formación, y demás dependencias a nivel general serán los encargados de implementar los lineamientos definidos por cada responsable.
PARÁGRAFO 2o. El listado enunciado contiene las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional vigentes a la fecha de expedición del presente acuerdo, sin perjuicio de que en adelante se incorporen nuevas políticas en la materia según los lineamientos que establezca el Manual Operativo de MIPG emitido por el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional.
ARTÍCULO 11. RESPONSABILIDADES. La implementación de las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional del MIPG. Los Directores de Área y/o Jefes de Oficina encargados deberán:
1. Implementar la Política de Gestión y Desempeño Institucional asignada, mediante la formulación de estrategias, planes, programas, proyectos, metodologías y guías, coordinando su respectiva articulación y gestión, con las demás áreas responsables, para su cumplimiento y apropiación al interior de todo el SENA.
2. Desarrollar acciones de promoción, divulgación y socialización de lineamientos que apoyen la implementación de las políticas de gestión y desempeño institucional a su cargo y a nivel nacional.
3. Definir el plan de cierre de brechas correspondiente al resultado de los autodiagnósticos y resultados de los reportes de avances de la gestión a que se refiere el Formulario Único de Reporte y Avances de la Gestión (FURAG), para la adecuada implementación, sostenibilidad y mejora de las políticas de gestión y desempeño institucional.
4. Realizar el respectivo seguimiento al grado de avance de la implementación de las políticas de gestión y desempeño institucional de acuerdo con el Plan de Cierre de Brechas, realizando los respectivos reportes de los avances en el módulo MIPG de la plataforma en el Sistema de Información definido por la Entidad, asegurando que se cuente con las evidencias y soportes necesarios de su ejecución.
5. Articular los esfuerzos institucionales, recursos, metodologías y estrategias para asegurar la implementación, sostenibilidad y mejora de su política, en armonización con los demás componentes del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA).
6. Presentar los informes al que sean requeridos por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y/o la Secretaría Técnica del Comité sobre la gestión de la política.
7. Presentar los informes cada tres (3) meses al Comité Institucional de Gestión y Desempeño y/o la secretaría técnica del Comité sobre la gestión de las políticas.
PARÁGRAFO 1o. Los responsables de cada política deberán articularse con otras dependencias para la debida implementación del MIPG y así propiciar la mejora continua.
ARTÍCULO 12. MEDICIÓN DEL DESEMPEÑO INSTITUCIONAL. La información sobre implementación de las políticas de gestión y desempeño de MIPG y el estado de avance y efectividad del Sistema de Control Interno seráí recopilada anualmente a través del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión (FURAG) o mediante la metodología o herramienta definidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública o la entidad del gobierno competente. La información recopilada será consolidada estadísticamente y servirá como base para calcular el Índice de Desempeño Institucional establecido por el Departamento Administrativo de la Función Pública y generar eventuales conclusiones encaminadas a fortalecer la toma de decisiones y ajustar las medidas de gestión, desempeño y planeación institucional.
ARTÍCULO 13. AUTODIAGNÓSTICO. Los autodiagnósticos son instrumentos diseñados para que todas las entidades públicas puedan determinar en cualquier momento su estado de desarrollo frente a temas puntuales de su gestión y con base en ello establecer medidas y acciones de planeación para su mejoramiento continuo. Su aplicación seráí conforme a lo establecido por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC).
ARTÍCULO 14. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LOS ELEMENTOS ESTRUCTURALES DEL SIGA. Los elementos estructurales del SIGA serán revisados anualmente o antes, por los responsables de las políticas o de los sistemas de gestión.
ARTÍCULO 15. APROBACIÓN DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES DEL SIGA. El Consejo Directivo Nacional delega en Comité Institucional de Gestión y Desempeño bajo los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, la aprobación de los elementos estructurales del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA), entiéndase como Políticas, Planes Institucionales Estratégicos, Objetivos y Promesa de Valor.
ARTÍCULO 16. COMUNICACIÓN. Comuníquese el presente Acuerdo a los directores de Área y Jefes de Oficinas de la Dirección General, directores regionales y subdirectores de Centros de Formación del SENA.
ARTÍCULO 17. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y deroga los Acuerdos números 004 de 2021 y 006 de 2024.
ARTÍCULO 18. DIVULGACIÓN. Para efectos de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, se ordena su divulgación a través de publicación en la página web de la Entidad.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1 de julio de 2025.
El Presidente del Consejo,
Antonio Eresmid Sanguino Páez,
Ministro de Trabajo.
La Secretaria General del Consejo,
Manuela Valentina García Cano,
Secretaría General del SENA.