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CIRCULAR 49 DE 2026

(febrero 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

1-0010

Bogotá D.C.

Para: Director General, Directores de Área y Jefes de Oficina de la Dirección General, Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación
Asunto: Comunicación Resolución 1-00584 de 2026

De manera atenta, para los fines de comunicación y para su conocimiento, aplicación y divulgación, la Directora Jurídica informa que el Director General expidió la Resolución 1-00584 del 16 de febrero de 2026, por medio de la cual se modifica la Resolución 2862 de 2025 'por la cual se delegan funciones en materia de contratación y convenios estatales, ordenación del gasto y se dictan otras disposiciones la cual se remite en anexo a esta Circular.

De conformidad con el artículo 1 de la citada Resolución, el artículo 4 de la Resolución 1-2862 de 2025 queda así:

"Artículo 4o. Delegación de la ordenación del gasto y de la celebración de contratos y convenios en las Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centro.

Delegar la ordenación del gasto y la competencia para realizar todo tipo de contratos y convenios, y las actuaciones contractuales y convencionales que de ellos se deriven, independiente de su naturaleza y cuantía, dentro del área de su jurisdicción, para el desarrollo de las funciones asignadas, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 249 de 2004, los Acuerdos expedidos por el Consejo Directivo y las demás normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan en el marco funcional de cada área, así:

a) En los Subdirectores de Centro de Formación. Los contratos del respectivo Centro de Formación, así como los convenios que no se hayan delegado a otros servidores dentro de la presente resolución.

b) En los Directores Regionales. Los contratos de la respectiva Regional, así como los convenios que no se hayan delegado a otros servidores dentro de la presente resolución. c) En las Regionales en las que el Director Regional cumpla funciones de Subdirector de Centro, éste suscribirá los contratos y convenios del Centro de formación que no se hayan delegado a otros servidores, dentro de la presente resolución. Cuando el Subdirector de Centro cumpla funciones de Director Regional, éste suscribirá los contratos y convenios de la Dirección Regional que no se hayan delegado a otros servidores, dentro de la presente resolución.

Parágrafo 1. Los directores regionales y los subdirectores de centro, no tendrán competencia para suscribir convenios de cooperación técnica nacional e internacional, convenios marco, ni convenios o contratos con las instituciones bancarias y financieras para el recaudo de los aportes y otros servicios financieros.

Parágrafo 2o. La Dirección Administrativa y Financiera emitirá concepto previo, para la suscripción de aquellos contratos relacionados con la adquisición de bienes inmuebles, a cualquier título.

Parágrafo 3o. La delegación establecida en este artículo comprende la competencia para suscribir contratos y convenios destinados a garantizar la adquisición de bienes y servicios que se requiera a través de la segmentación por zonas geográficas o que tengan carácter transversal para la entidad o que sean de uso nacional y/o regional, de acuerdo con la asignación que realice la Dirección General para el efecto mediante acto administrativo o asignación presupuestal, independientemente del área de jurisdicción del delegatario. El ejercicio de esta función delegada deberá ceñirse a los principios de la función administrativa, los principios de las actuaciones contractuales de las Entidades estatales y los valores de la moralidad y ética pública."

Como lo dispone el artículo 2 de la Resolución 1-00584 de 2026, "las demás disposiciones de la Resolución 2862 de 2025 se mantienen sin modificación alguna".

Cordialmente,

MÓNICA ANDREA AVELLA HERRERA

Directora Jurídica

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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