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CIRCULAR 206 DE 2025

(septiembre 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D. C.

Para: Directores de área/ Jefes de Oficina / Directores Regionales / Subdirectores Centro de Formación / Coordinadores APE /Coordinadores de Formación
Asunto: Lineamientos de la ruta de atención para los adolescentes en conflicto con la ley penal del ICBF vigencia 2026.

Mediante la presente circular se emiten directrices y lineamientos para la atención de la población adolescente en conflicto con la ley penal, que se encuentran dentro del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente a cargo del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar.

En cumplimiento de la política pública definida en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, Ley 2294 de 2023, cuyo propósito central es la disminución de las desigualdades en todas sus dimensiones –sociales, económicas, políticas, culturales y territoriales–, conforme a lo dispuesto en la sección II “Niñas, niños y adolescentes amados, protegidos e impulsados en su proyecto de vida con propósito”; así como en lo establecido en el “ARTÍCULO 138. ACCESO A OFERTA ESTATAL POR PARTE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES BAJO PROTECCIÓN DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR -ICBF-.Los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en proceso administrativo para el restablecimiento de sus derechos bajo la protección del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, los menores de edad desvinculados del conflicto armado bajo la protección del ICBF o los adolescentes y jóvenes en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes -SRPA-, accederán, de manera preferencial, a la oferta, beneficios y subsidios estatales bajo el marco del principio de corresponsabilidad que rige el Sistema Nacional de Bienestar Familiar”, reconoce y garantiza los derechos de la niñez en diferentes ámbitos, con especial énfasis en el acceso a la educación, se busca promover escenarios de gestión interinstitucional orientados a hacer efectivos los derechos y garantías de adolescentes.

En vista de la necesidad de articular y consolidar una oferta integral del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA- dirigida a adolescentes en conflicto con la ley penal, dado que esta población enfrenta limitaciones en el acceso a oportunidades de formación, empleo y emprendimiento y esta situación demanda acciones coordinadas que permitan fortalecer sus competencias, mejorar sus perfiles ocupacionales y generar condiciones reales de empleabilidad y resocialización, contribuyendo así a la disminución de brechas sociales y a la construcción de proyectos de vida sostenibles.

Desde el Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, pretende adelantar la articulación de acciones orientadas a consolidar una oferta integral para adolescentes y jóvenes en conflicto con la ley penal, a través de una ruta de atención basada en ejes estratégicos de la oferta institucional, tales como: orientación ocupacional, intermediación laboral, formación profesional integral, certificación de competencias laborales y emprendimiento. Esta articulación busca fortalecer sus perfiles ocupacionales y emprendedores, incrementando su competitividad para el acceso al mercado laboral y productivo, al tiempo que amplía las oportunidades de empleabilidad y resocialización de esta población.

A continuación, presentamos:

1. Ruta de atención

1.1.Objetivo

Implementar una ruta de atención integral dirigida a adolescente en conflicto con la ley penal, mediante la articulación de los servicios institucionales del SENA, con el propósito de facilitar el acceso a los programas de orientación ocupacional, intermediación laboral, formación profesional integral y demás servicios institucionales de la entidad, con el fin fortalecer su desarrollo personal y profesional, así como a promover su inserción laboral y reintegración social

1.2.Población objeto

Los adolescentes de 14 hasta los 18 años remitidos por el ICBF que se encuentran en el programa de resocialización de conflicto con la ley penal, es decir, el adolescente que ha cometido una conducta tipificada como delito o infracción penal siendo menor de edad, y por ello entra en contacto con el sistema de justicia penal, que, para el caso, son procesados bajo el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) y se encuentra bajo este mismo programa de atención del ICBF.

1.3.Alcance

Esta estrategia establece una ruta de atención para los adolescentes en conflicto con la ley penal que hacen parte del hacen parte del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA), articulando los servicios desde el SENA a través de la Agencia Pública de Empleo, con el fin de facilitar su acceso a la formación profesional, orientación ocupacional, intermediación laboral y demás servicios ofertados por la entidad.

La ruta incluye las siguientes etapas:

- Caracterizar y focalizar la población de adolescentes en conflicto con la ley penal a través de la información remitida por el ICBF.

- Socializar la oferta institucional de forma integral.

- Brindar orientación ocupacional a través de la APE, con el fin de identificar intereses, habilidades y oportunidades de formación y empleo.

- Desarrollar acciones de intermediación laboral, facilitando la vinculación al mercado laboral, así mismo, la sensibilización a empresas para la activación de ofertas laborales que incentiven la contratación de la población objetivo.

- Formación: Ofertar programas de formación profesional integral orientados a la ruta de atención para los adolescentes en conflicto con la ley penal del ICBF.

Cada etapa está diseñada para fortalecer las habilidades y capacidades de los jóvenes, facilitando su inserción laboral y mejorando sus oportunidades de desarrollo personal y profesional.

Objetivos específicos

- Identificación de los espacios disponibles por parte del Centro de Atención Especializada y la correspondiente validación del SENA para el desarrollo de la formación en el 2026.

- Brindar los servicios institucionales, teniendo en cuenta la demanda de las necesidades de la población caracterizada como adolescentes en conflicto con la ley penal

2. Marco Normativo:

La construcción de una estrategia que incluya indicadores de gestión orientados a la atención de adolescentes en conflicto con la ley penal mediante la orientación ocupacional y asignación de cupos de formación profesional integral encuentra sustento en un marco normativo y jurisprudencial de rango constitucional, legal e internacional, que impone al Estado el deber de garantizar la protección integral de esta población.

En primer lugar, la Constitución Política de 1991 consagra la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (art. 44 C.P.), así como el derecho a la educación, la cultura, la recreación y la participación (arts. 44 y 45 C.P.). Adicionalmente, establece la corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia en la garantía de estos derechos.

Por su parte, el Código de Infancia y Adolescencia - Ley 1098 de 2006 desarrolla el principio de protección integral y corresponsabilidad (arts. 7 y 8), e incorpora el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes -SRPA (arts. 140 a 157), de naturaleza pedagógica y restaurativa, que orienta las medidas hacia la resocialización y la inclusión social de los adolescentes. El artículo 205 de la misma ley asigna al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF la coordinación del Sistema Nacional de Bienestar Familiar - SNBF, articulando a las entidades estatales y sociales responsables de la garantía y restablecimiento de derechos.

De otro lado, el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, en virtud de la Ley 119 de 1994, tiene la función de ofrecer y ejecutar la formación profesional integral para la incorporación de las personas en actividades productivas, con impacto en el desarrollo social, económico y tecnológico del país. Esta función se articula con lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, en cuyo capítulo “Crece la generación para la vida y la paz” se prioriza la protección y generación de oportunidades para la niñez y adolescencia, y con lo establecido en la Ley 2294 de 2023 (art. 138), que reafirma el derecho de los niños en distintas esferas, haciendo énfasis en la educación y en la necesidad de gestión interinstitucional para su efectividad.

La jurisprudencia constitucional también ha precisado los alcances del SRPA. La Sentencia T-142 de 2019 resaltó que el principio de oportunidad debe aplicarse de manera preferente, privilegiando medidas restaurativas y educativas frente a la judicialización excesiva. Asimismo, la Sentencia C-281 de 2023 reiteró que la privación de la libertad constituye una medida de última ratio y que las sanciones no privativas deben orientarse a la educación, la reeducación y la reintegración social.

Finalmente, el bloque de constitucionalidad, en aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (arts. 28 y 40), compromete al Estado colombiano a garantizar el acceso a la educación y a adoptar medidas que favorezcan la reintegración social de los adolescentes que han infringido la ley penal, con un enfoque restaurativo y no meramente sancionatorio.

En consecuencia, la articulación entre el ICBF y el SENA para implementar una ruta de atención que contemple acciones de orientación ocupacional y cupos de formación profesional integral constituye no solo un desarrollo de la política pública de infancia y adolescencia, sino también el cumplimiento de mandatos constitucionales, legales e internacionales. Los indicadores de gestión que se definan deberán reflejar no solo la cobertura y acceso a los programas, sino también su impacto efectivo en la resocialización, el fortalecimiento de competencias y la disminución de la reincidencia, garantizando así la materialización del principio del interés superior del adolescente (art. 8, L. 1098/06).

Adicionalmente, es importante hacer precisiones en lo relacionado con Protección integral y corresponsabilidad, adolescentes en conflicto con la ley penal, principio de oportunidad e inclusión, bloque de constitucionalidad (Constitución Política y tratados internacionales) y normas complementarias.

En cuanto a la protección integral y corresponsabilidad (Ley 1098 de 2006, art. 7 y ss.) se tiene que su alcance está determinado por el Código de Infancia y Adolescencia establece que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos y que su protección integral es una obligación compartida entre el Estado, la familia y la sociedad. En consecuencia, esto obliga a las entidades del Estado, como el ICBF y el SENA (en materia de formación), a articular acciones que aseguren oportunidades efectivas de inclusión, incluso para adolescentes en conflicto con la ley penal.

Ahora bien, frente a lo que atinente a los adolescentes en conflicto con la ley penal (Ley 1098 de 2006, art. 140 a 157) se observa que el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) busca no solo sancionar, sino también garantizar procesos de restauración, resocialización e inclusión social. En ese sentido, los programas de orientación ocupacional y cupos de formación responden a la finalidad pedagógica y protectora de las medidas, más que a una visión punitiva.

Por lo que se refiera al principio de oportunidad e inclusión (Ley 1098, art. 145 y 177) tenemos que el sistema establece que las medidas deben garantizar el acceso a educación y formación para la vida laboral, lo cual se articula con los indicadores de gestión de orientación ocupacional y formación técnica que se pretenden construir. La oferta de cupos educativos y formativos es un componente clave de la reintegración social teniendo en cuenta también que el CONPES establece esto como una solución a varios ejes problemáticos.

Por su parte, es importante tener en cuenta las siguientes directrices que integran el Bloque de constitucionalidad (Constitución Política y tratados internacionales):

- El art. 44 de la Constitución reconoce la prevalencia de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

- Tratados como la Convención sobre los Derechos del Niño (art. 28 y 40) obligan a Colombia a ofrecer alternativas educativas y ocupacionales para adolescentes que hayan tenido conflictos con la ley, con un enfoque restaurativo.

- Esto sustenta que los indicadores no deben limitarse a la cobertura, sino también al impacto real en inclusión, empleabilidad y prevención de reincidencia.

- Finalmente, es importante tener como parámetros adicionales las siguientes Normas complementarias:

- Ley 1098 de 2006, art. 41: Derecho a la educación integral y de calidad, ajustada a necesidades particulares.

- Ley 1622 de 2013 (Estatuto de Ciudadanía Juvenil): Obliga al Estado a garantizar mecanismos de formación, capacitación y participación juvenil.

- Ley 1453 de 2011 y Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia): refuerzan la necesidad de programas de prevención y reintegración, en articulación interinstitucional.

- CONPES 3629: Establece lineamientos de política pública para garantizar derechos de niños, niñas y adolescentes en condiciones de vulnerabilidad.

- Decreto 987 de 2012, Decreto 1084 de 2015 y Decreto 1074 de 2023: reestructuran el ICBF y reafirman su papel como coordinador del SNBF.

- Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”: establece como prioridad la disminución de desigualdades, incluyendo acciones específicas para garantizar derechos a niños, niñas y adolescentes.

- Ley 2294 de 2023, art. 138: refuerza los derechos de la niñez en diferentes esferas, con énfasis en la educación y en la gestión interinstitucional para hacerlos efectivos.

- Acuerdo 0009 de 2024. Por medio del cual se adopta el Reglamento del aprendiz SENA y se derogan los acuerdos 07 de 2012, 02 del 2014, 06 de 2023 y 02 de 2024.

3. Estructura operacional

La presente estrategia tiene como objetivo delinear la ruta de atención desde la articulación intrainstitucional del SENA para los adolescentes en situación del conflicto con la ley penal. Esta ruta busca ofrecer una atención integral y diferencial, que le permita a los adolescentes acceder a los servicios institucionales que mejor se ajusten a sus intereses y capacidades para la construcción de su proyecto de vida.

A partir de la identificación y caracterización de los adolescentes en conflicto con la ley y su respectiva focalización por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, se inicia un proceso de socialización de la oferta institucional a través de diversas oficinas y canales de atención acordes a su condición de libertad asistida o vigilada, internación en medio semicerrado y privación de libertad.

Para iniciar esta ruta de atención, una vez identificada la población y su lugar de atención, hará presencia la Agencia Pública de Empleo que desde su servicio de Orientación Ocupacional hará la identificación de sus intereses ocupacionales, facilitando el acceso con mayor pertinencia a la formación profesional integral y la intermediación laboral. Cada una de estas etapas está diseñada para fortalecer las habilidades y capacidades de los adolescentes en conflicto con la ley penal, facilitando su inserción laboral y mejorando sus oportunidades de desarrollo personal y profesional que le permiten a los adolescentes reorientar su comportamiento para asumir una función constructiva para la comunidad.

3.1.Ruta de atención.

3.2. Descripción de la ruta

Con el fin de realizar la atención de los adolescentes en conflicto con la ley penal, la ruta se iniciará con la caracterización y focalización de la población, información que deberá suministrar el ICBF y posterior a la identificación de los espacios disponibles por parte del Centro de Atención Especializada y la correspondiente validación del SENA por parte del Coordinador de formación del centro de formación y del Coordinador de la Agencia Pública de Empleo, para asegurar las condiciones mínimas para la ejecución de la oferta institucional.

Para iniciar esta ruta, los adolescentes en conflicto con la ley penal ingresarán a través de la Agencia Pública de Empleo, donde se realizará:

3.2.1. REGISTRO APE: A través de la remisión de la población se realizará la verificación del registro y la caracterización en la plataforma de la Agencia Pública de Empleo identificando las necesidades, habilidades y expectativas de los adolescentes para direccionarlos adecuadamente hacia la oferta institucional más favorable según su perfil.

3.2.2. ORIENTACIÓN OCUPACIONAL: Etapa clave en la cual los adolescentes pueden fortalecer su proyecto de vida. Este proceso brinda herramientas para que las personas desarrollen habilidades que faciliten la búsqueda activa de empleo y la participación exitosa en un proceso de selección.

Para esto, un equipo de profesionales a nivel nacional analiza a través de la orientación individual o grupal, las necesidades de los adolescentes para redireccionarla a la oferta institucional.

- Análisis ocupacional personalizado, que identifica fortalezas, intereses y aspiraciones.

- Talleres de orientación ocupacional, que fortalecen las habilidades blandas como comunicación, liderazgo, trabajo en equipo, resolución de conflictos, entre otros.

- Se dispondrá de una caja de herramientas diseñada con 4 talleres de orientación ocupacional, con temáticas como: Inteligencia emocional, Proyecto de vida, habilidades blandas y Autoestima y motivación.

3.2.3. INTERMEDIACIÓN LABORAL: A través de este servicio los adolescentes conflicto con la ley penal pueden acceder a un servicio gratuito, público e indiscriminado que tiene como propósito promover la inserción laboral, facilitando el contacto entre estos y las empresas que necesitan talento humano; a través de la postulación a vacantes de manera presencial, virtual, como también, la participación en ferias y microferias de empleo con enfoque diferencial, teniendo la cobertura nacional en la atención de los usuarios a través de las 33 oficinas regionales, ubicadas en las ciudades capitales, y cuenta con una aplicación Web disponible 24 horas al día https://ape.sena.edu.co/Paginas/Inicio.aspx

ACCIONES EMPLEABILIDAD Y ORIENTACIÓN:

Realizar jornadas de sensibilización en articulación con ICBF en el manejo del aplicativo de la Agencia Pública de Empleo, talleres de orientación ocupacional e intermediación laboral.

Indicador: número total de adolescentes en conflicto con la ley penal orientados

Responsable: Coordinador de la Agencia Pública de Empleo regional.

Nota: Para tal efecto, la meta de adolescentes orientados corresponde a la población a atender suministrada por el ICBF, y de acuerdo con la capacidad instalada del SENA en sus regionales, así mismo y de acuerdo con los resultados se hará seguimiento y tratamiento.

Por lo tanto, la meta nacional se establece de acuerdo con la población focalizada por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y sobre la misma, se atenderá de acuerdo con las capacidades de la Agencia Pública de Empleo un 20 % del total focalizado, quedando un total para el 2026 de 1.765 adolescentes orientados como meta. La meta por regional se remitirá de manera anual con los lineamientos generales.

3.2.4. FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL: El SENA ofertará el catálogo de formación ocupacional y complementaria, a través de su sistema académico administrativo.

a) Formación complementaria: Dirigida a dar respuesta especifica a necesidades de capacitación que permitan al trabajador conocer, ampliar y/o profundizar conocimientos y que en el Servicio Público Educativo se ofrece como educación informal que comprende algunas acciones no estructuradas de cubrimiento masivo, contempladas por la formación profesional integral.

b) Formación Ocupacional: Es la formación que implica el dominio operacional e instrumental de una ocupación determinada, la apropiación de un saber técnico y tecnológico integrado a ella, y la capacidad de adaptación dinámica a los cambios constantes de la productividad; la persona así formada es capaz de integrar tecnologías, moverse en la estructura ocupacional, además de plantear y solucionar creativamente problemas y de saber hacer en forma eficaz, corresponde a los programas Auxiliares, Operarios, Técnicos, Profundización Técnica, Bloques Formativos Ocupacionales y Certificados de Aptitud Profesional (CAP).

c) Formación Tecnológica: Corresponde a los programas del nivel de educación superior regulados por el Ministerio de Educación Nacional, Incluye programas Tecnológicos y Especializaciones Tecnológicas.

3.2.5. CUPOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL:

Ofertar programas de formación profesional integral de acuerdo con las necesidades detectadas en la ruta de atención para los adolescentes en conflicto con la ley penal del ICBF.

Indicador: Numero de cupos de formación profesional integral disponibles para la ruta de atención para los adolescentes en conflicto con la ley penal del ICBF.

Responsable: Dirección de Formación Profesional (Centros de formación)

4. Recursos

Para la vigencia 2026, desde las acciones regulares de la agencia pública de Empleo se atenderá esta población con los recursos asociados al Servicio para la Gestión de la Agencia Pública de Empleo y el Análisis del Mercado Laboral a Nivel Nacional.

Desde la Dirección de Formación Profesional, los procesos formativos que se requieran para la atención de la población en mención, se desarrollarán teniendo en cuenta el catálogo de programas de formación

5. Articulación interna para la ejecución de la ruta

La articulación de las áreas misionales del SENA entre, la Dirección de Formación Profesional Integral DFP y la Dirección de Empleo y Trabajo DET es fundamental para la implementación efectiva de la ruta de atención a los adolescentes en conflicto con la ley penal, ya que permite integrar los servicios institucionales para fortalecer el perfil ocupacional, desarrollando competencias laborales para mejorar sus oportunidades de desarrollo personal, profesional, y promover su inserción laboral y reintegración social.

Lo anterior, debe darse entre las áreas misionales del SENA, a través de la articulación territorial, buscando que los servicios de formación profesional integral y empleo funcionen como una cadena de valor unificada para el beneficio de los adolescentes en conflicto con la ley penal. Para lo cual, desde la Dirección de Empleo y Trabajo, se acordarán reuniones para evaluar las atenciones brindadas, cuellos de botella y principales hitos y barreras de la ruta de atención y establecer a través de trabajo con las áreas misionales, regionales y centros de formación, los respectivos planes de choque que permitan la implementación satisfactoria de la ruta y sus procesos.

A continuación, se describe esta articulación:

- Articulación desde la caracterización y orientación

El proceso inicia con la auto - caracterización de los adolescentes en conflicto con la ley penal y la orientación ocupacional que permite identificar los intereses, habilidades y condiciones, con el fin de registrar la información en la plataforma de la Agencia Pública de empleo.

En ese orden de ideas, a partir de los intereses, habilidades y condiciones del participante, se remite a la ruta de atención con enfoque diferencial, para acceder a la oferta de servicios institucionales.

- Flujo operativo entre áreas misionales

La Agencia Pública de Empleo recibirá la población y luego de realizar la orientación ocupacional, articulará con las áreas misionales con fin de realizar la remisión para activar las diferentes rutas misionales de la entidad, según corresponda.

Para esto, se requiere la articulación entre las coordinaciones responsables de las regionales y centros de formación mediante planes de trabajo integrados, canales de comunicación definidos y reportes conjuntos.

- Seguimiento conjunto y trazabilidad

Las áreas misionales de la dirección general deberán liderar el acompañamiento, monitoreo y seguimiento, generando alertas tempranas para brindar una asistencia técnica que permita el mejoramiento continuo.

6. Articulación intrainstitucional

Para dar cumplimiento al objetivo de esta ruta de atención, es importante la articulación de las Agencias Públicas de Empleo y los centros de formación, con el fin de que una vez los orientadores asignados para identificar los perfiles e intereses ocupacionales de esta población, sean direccionados a las diferentes líneas de atención que ofrece el SENA, entre ellas la formación complementaria, ocupacional y tecnológica

ELSA AURORA BOHÓRQUEZ VARGAS

Directora de Empleo y Trabajo (E)

JANETH ADRIANA MARIÑO CEPEDA

Directora de Formación Profesional (E)

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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