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RESOLUCIÓN 1-00443 DE 2026

(febrero 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se deroga la Resolución No. 01-00014 de 2024, se definen los Grupos Internos de Trabajo Permanentes de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, se establecen las funciones de dichos grupos y de sus coordinaciones, y se dictan otras disposiciones.

LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 9 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 1o de la Resolución No. 1-0497 de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia consagra en su artículo 209 lo siguiente: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley".

Que la Ley 489 de 1998, por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones, establece en su artículo 115: "Planta global y grupos internos de trabajo. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento".

Que el Decreto 2489 de 2006, por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones, establece en su artículo 8 sobre los grupos internos de trabajo que: "Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el Artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente".

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, consagra en su artículo 4o, que son funciones del Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA: "1. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal. // 3. Dirigir, coordinar y controlar la política de administración del personal, (...) // 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar los actos administrativos, (...), con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes. // (...) "23. Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones".

Que el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 dispone que "El Director General podrá crear grupos internos de trabajo permanentes o transitorios y definir su composición y funciones."

Que, en ejercicio de dicha competencia, el Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA delegó en el(la) Secretario(a) General, mediante el artículo l9 de la Resolución No. 1-0497 del 6 de marzo de 2024, la función de "crear Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios en la Dirección General de la entidad y definir su composición, su coordinación y sus funciones".

Que el Decreto 249 de 2004, en su artículo 10, establece las funciones de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, las cuales constituyen el marco general y rector a partir del cual se organiza, articula y desarrolla el ejercicio de dichas funciones a través de los Grupos Internos de Trabajo, en el ámbito de la gestión institucional.

Que, con el propósito de facilitar la adecuada prestación del servicio y garantizar el cumplimiento eficiente de las funciones a cargo de dicha Dirección, el 11 de enero de 2024 se expidió la Resolución No. 01-00014, "Por la cual se suprimen, crean y modifican los Grupos de Trabajo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, se establecen sus funciones y se dictan otras disposiciones", acto administrativo mediante el cual se definieron los Grupos Internos de Trabajo Permanentes vigentes en esa dependencia.

Que mediante comunicación radicada bajo el No. 01-9-2025-119874, la doctora Claudia Liliana Blanco Santillana, Directora de Área Grado 10 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, solicitó la reorganización de los Grupos Internos de Trabajo Permanentes de dicha Dirección, así como la actualización de su composición y funciones, al considerar necesario unificar y armonizar las disposiciones vigentes relacionadas con su creación, organización y funcionamiento.

Que, en atención a la solicitud formulada por la Directora de Planeación y Direccionamiento Corporativo, y con el propósito de optimizar la eficiencia y eficacia en la gestión institucional, se hace necesario introducir ajustes en la denominación y funciones de los Grupos Internos de Trabajo, así como en las funciones de sus coordinadores, entre otros aspectos, orientados a implementar, mantener y fortalecer de manera continua el Sistema Integral de Información Estadística - SI IES, y a gestionar la administración del aplicativo TAYANA como herramienta estratégica y articuladora de la planeación institucional.

Que, en consecuencia, resulta procedente ajustar la estructura interna de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, mediante el cambio de denominación del "Grupo de Gestión de la Información y Evaluación de Resultados" por el "Grupo de Gestión del Sistema Integral de Información Estadística", así como la modificación de las funciones de los Grupos de "Planeación Estratégica", "Gestión del Sistema Integral de Información Estadística - SIIES", "Planeación Operativa y Planeación Financiera", y de aquellas funciones de carácter transversal que resultan aplicables a los Grupos Internos de Trabajo, lo cual hace necesario derogar en su integridad la Resolución No. 01-00014 del 11 de enero de 2024, a fin de consolidar en un solo acto administrativo las disposiciones vigentes en la materia.

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO DE LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO. La Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA ejercerá las funciones previstas en el artículo 10 del Decreto 249 de 2004, las normas que lo modifiquen o complementen, y aquellas que le sean asignadas mediante actos administrativos internos, a través de los siguientes Grupos Internos de Trabajo Permanentes:

1. "Grupo de Planeación Estratégica".

2. "Grupo de Mejoramiento Organizacional".

3. "Grupo de Gestión del Sistema Integral de Información Estadística".

4. "Grupo de Planeación Operativa".

5. "Grupo de Planeación Financiera".

ARTÍCULO 2o. FUNCIONES DEL "GRUPO DE PLANEACIÓN ESTRATÉGICA". Son funciones del "Grupo de Planeación Estratégica", adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, las siguientes:

1. Realizar el análisis de capacidades institucionales, a través del acompañamiento en el desarrollo del Sistema de Prospectiva, Vigilancia e Inteligencia Organizacional, para mejorar la toma de decisiones estratégicas en el SENA.

2. Liderar la implementación del modelo de inteligencia corporativa del SENA.

3. Elaborar estudios y análisis de resultados institucionales que sirvan de insumo para garantizar la pertinencia y calidad de los servicios institucionales, que permitan la creación de valor público y la satisfacción de las demandas de los grupos de valor de la entidad.

4. Gestionar la realización de evaluaciones de proceso, resultados e impacto de las políticas, planes, programas y /o proyectos del SENA, para generar información que permita tomar decisiones al interior de la entidad.

5. Generar los informes de cumplimento de las políticas, planes, programas y proyectos requeridos a nivel interno y externo.

6. Orientar, coordinar y asesorar la construcción de metodologías, monitoreo, seguimiento y actualización del Plan Estratégico Institucional, articulando el mismo con los diferentes planes de la entidad.

7. Orientar y acompañar a las dependencias de la entidad en la formulación de los planes de gestión y desempeño institucional, definido en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, garantizando su alineación con el mapa estratégico de la entidad.

8. Liderar la implementación y seguimiento a las políticas definidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG que corresponden a las temáticas de planeación institucional, gestión del conocimiento y la innovación, y apoyar la implementación de las estrategias de arquitectura empresarial que se definan.

9. Diseñar estrategias que promuevan e incentiven la gestión del conocimiento y la innovación institucional, en coordinación con las dependencias relacionadas, aplicando para tal fin de modelos o normas técnicas de la referencia.

10. Proyectar y atender oportunamente los derechos de petición, acciones de tutela, acciones de cumplimiento, requerimientos, PQRS y procesos administrativos de entidades públicas, privadas, sindicatos, entes de control y vigilancia, que sean de competencia del grupo interno de trabajo.

11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de las funciones del grupo.

ARTÍCULO 3o. FUNCIONES DEL "GRUPO DE MEJORAMIENTO ORGANIZACIONAL". Son funciones del "Grupo de Mejoramiento Organizacional", adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, las siguientes:

1. Gestionar la mejora continua del Modelo Operacional de la entidad, los sistemas de gestión y modelos que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol - SIGA.

2. Definir los lineamientos, metodologías y herramientas que permitan la implementación, monitoreo, control y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), en coordinación con los responsables de las políticas de gestión y desempeño institucional, así como su articulación con los demás componentes que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol - SIGA.

3. Definir lineamientos para la implementación y seguimiento a las políticas definidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) que corresponden a las temáticas de fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos, seguridad digital y control interno.

4. Realizar análisis de contexto interno y externo de la entidad para el fortalecimiento de la gestión de la entidad.

5. Liderar la consolidación y el monitoreo de la Estrategia de Racionalización de Trámites de la Entidad, garantizando su gestión en el Sistema Único de Información de Trámites (SUIT), en coordinación con el responsable de la política y líderes de los trámites; así como apoyar la articulación con las estrategias de relación Estado-Ciudadano.

6. Brindar asesoría técnica y acompañamiento a los responsables de los procesos y al Equipo SIGA a nivel Nacional en la estructuración e implementación de todos los componentes relacionados con el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol - SIGA.

7. Estructurar y coordinar con las dependencias responsables el plan de auditorías internas y externas del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol a nivel nacional.

8. Realizar el seguimiento y cumplimiento de los planes de mejoramiento institucional en respuesta a las auditorías internas y externas.

9. Definir la metodología para la gestión de los riesgos de conformidad con requisitos establecidos por el Gobierno Nacional, así como realizar seguimiento a la identificación, evaluación, tratamiento y materialización de los riesgos.

10. Liderar la implementación y mejora continua de la Política de Seguridad Digital y el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información bajo la normatividad y buenas prácticas aplicables en articulación con el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol-SIGA.

11. Designar el oficial de seguridad de la información de la entidad encargado de proteger la información institucional y de los demás usuarios garantizando su confiabilidad, integridad, disponibilidad y asegurar el cumplimiento de las políticas de seguridad y demás normativas vigentes.

12. Liderar, analizar y presentar los resultados producto de la medición, seguimiento y evaluación del nivel de implementación y efectividad de los mecanismos e indicadores que conforman el Sistema de Gestión de Seguridad y Privacidad de la Información - SGSPI.

13. Liderar y articular las actividades para la identificación, actualización, valoración y gestión de activos de información y riesgos de seguridad de la información a nivel de Dirección General, Regionales y Centros de Formación.

14. Liderar el análisis de impacto de los procesos de la entidad, que permita establecer los requerimientos del SENA para gestionar la continuidad del negocio, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - MinTIC y demás normas que apliquen.

15. Estructurar y elaborar el informe de sostenibilidad de la entidad, asegurando su publicación a los grupos de valor e interés.

16. Realizar el cálculo de la huella de carbono de la entidad en toneladas (TON) de CO2 equivalentes emitidos por cada uno de los Gases de Efecto invernadero.

17. Designar un gestor energético para la entidad encargado de liderar los planes de gestión eficiente de la energía en cumplimiento con lo indicado en la Ley 2407 de 2024 o la que la modifique o sustituya.

18. Gestionar el registro y actualización de la información energética institucional en la plataforma dispuesta por la Unidad de Planeación Minero Energética UPME, incluyendo las líneas base, los resultados de las medidas de eficiencia energética y las revisiones energéticas, en cumplimiento de la normativa y lineamientos vigentes.

19. Apoyar técnicamente la planificación y seguimiento de las revisiones energéticas a desarrollarse en la entidad a nivel nacional en cumplimiento a la Resolución 40412 de 2024 del Ministerio de Minas y Energía o la que la modifique o sustituya.

20. Establecer la línea de base energética para las sedes nivel nacional acorde con lo indicado en la Resolución 016 de 2024 de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME o la que la sustituya.

21. Apoyar al director (a) de Planeación y Direccionamiento Corporativo en la secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y cumplir las funciones asignadas para el mismo de acuerdo con la normatividad vigente.

22. Participar en la implementación institucional de la estrategia de Gobierno en Línea.

23. Proyectar y atender oportunamente los derechos de petición, acciones de tutela, acciones de cumplimiento, requerimientos, PQRS y procesos administrativos de entidades públicas, privadas, sindicatos, entes de control y vigilancia, que sean de competencia del grupo interno de trabajo

24. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de las funciones del grupo.

ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DEL "GRUPO DE GESTIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA". Son funciones del "Grupo de Gestión del Sistema Integral de Información Estadística", adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, las siguientes:

1. Implementar, mantener y mejorar continuamente el Sistema Integral de Información Estadística - SIIES, definiendo los lineamientos técnicos y metodológicos para la captura, procesamiento, aseguramiento de calidad y difusión de la información estadística institucional, en cumplimiento del marco normativo del SEN, el DAÑE y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.

2. Gestionar técnicamente la producción estadística oficial del SENA a través del SIIES, garantizando la pertinencia, calidad, oportunidad, seguridad, privacidad, disponibilidad, trazabilidad y estandarización de los datos institucionales para la toma de decisiones estratégicas, tácticas y operativas, para apoyar los procesos de planeación, seguimiento y toma de decisiones de la entidad.

3. Gestionar la información institucional mediante el diseño, implementación y operación de un modelo de Gobierno de Datos e Información, incluyendo datos georreferenciados, que garantice su calidad, integridad, interoperabilidad, disponibilidad, seguridad y uso oportuno, con el fin de apoyar de manera efectiva los procesos de planeación, seguimiento, análisis y toma de decisiones de la entidad.

4. Revisar y hacer seguimiento al cumplimiento del proceso estadístico institucional en sus diferentes fases, de conformidad con la normatividad vigente, los estándares técnicos y las buenas prácticas nacionales e internacionales en materia estadística, identificando oportunidades de mejora para el fortalecimiento de la producción estadística del SENA.

5. Definir lineamientos y herramientas que permitan administrar y actualizar el Sistema de Información Estadístico, y el Sistema de Indicadores de Gestión de la entidad, atendiendo el marco normativo vigente.

6. Generar los reportes estadísticos que sirven de insumo para la elaboración de informes de cumplimento de las políticas, planes, programas y proyectos requeridos a nivel interno y externo.

7. Liderar la implementación y seguimiento a las políticas definidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG que corresponden a las temáticas de gestión de la información estadística y seguimiento y evaluación institucional.

8. Participar con las áreas involucradas, en la definición de los modelos y las características de los diversos sistemas de información, en articulación con la Oficina de Sistemas.

9. Elaborar informes institucionales basados en analítica de datos, con el apoyo de las dependencias de la entidad.

10. Definir, en coordinación y colaboración con la Oficina de Sistemas, el diseño y desarrollo de las estrategias que permitan optimizar la producción y distribución de la información institucional.

11. Formular, definir y promover en coordinación con la Oficina de Sistemas, las estrategias y los proyectos que propendan por la integración de estándares para la generación, registro, gestión y mejoramiento de la información estadística.

12. Coordinar las acciones de intercambio o entrega de información hacia entes internos y externos.

13. Proyectar y atender oportunamente los derechos de petición, acciones de tutela, acciones de cumplimiento, requerimientos, PQRS y procesos administrativos de entidades públicas, privadas, sindicatos, entes de control y vigilancia, que sean de competencia del grupo interno de trabajo.

14. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de las funciones del grupo.

ARTÍCULO 5o. FUNCIONES DEL "GRUPO DE PLANEACIÓN OPERATIVA". Son funciones del "Grupo de Planeación Operativa", adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, las siguientes:

1. Gestionar la administración de TAYANA como herramienta articuladora de la planeación institucional, garantizando su funcionamiento, actualización, parametrización funcional, incorporación de requerimientos, soporte a usuarios y adecuada operación de los módulos requeridos y desarrollados, conforme a los lineamientos técnicos definidos por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

2. Coordinar el seguimiento al Plan de Acción Institucional, con la participación de los grupos de trabajo que conforman la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

3. Acompañar a las regionales y centros de formación en la formulación y seguimiento del Plan de Acción de la entidad.

4. Apoyar la desagregación y consolidación de la apertura del presupuesto.

5. Asesorar y acompañar metodológicamente la formulación y seguimiento de los proyectos que requieran las regionales y/o centros de formación presentados y aprobados en el Banco de Proyectos Institucional

6. Consolidar información y elaborar los reportes sobre los proyectos en ejecución de conformidad con los requerimientos de la Dirección General.

7. Participar en la implementación y seguimiento a las políticas definidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG que corresponden a las temáticas de gestión presupuestal y eficiencia del gasto público en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera.

8. Proyectar las solicitudes de modificación presupuestal asociadas con Regionales y Centros de Formación.

9. Brindar asesoría y asistencia metodológica y técnica a todas las dependencias de la entidad, en el marco de la política de gestión presupuestal y eficiencia del gasto público.

10. Proyectar y atender oportunamente los derechos de petición, acciones de tutela, acciones de cumplimiento, requerimientos, PQRS y procesos administrativos de entidades públicas, privadas, sindicatos, entes de control y vigilancia, que sean de competencia del grupo interno de trabajo.

11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de las funciones del grupo.

ARTÍCULO 6o. FUNCIONES DEL "GRUPO DE PLANEACIÓN FINANCIERA". Son funciones del "Grupo de Planeación Financiera", adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, las siguientes:

1. Elaborar la metodología, criterios de selección, procedimientos y herramientas que permitan formular y hacer seguimiento a los proyectos a registrar en el Banco de Proyectos de la entidad.

2. Asesorar y acompañar a las áreas de la Dirección General en la formulación de los proyectos a presentar para aprobación y registro en el Banco de Proyectos de la entidad.

3. Realizar seguimiento a los proyectos aprobados en el banco de proyectos institucional, en articulación con el Grupo de Planeación Operativa.

4. Consolidar información, elaborar informes y reportes sobre los proyectos que hacen parte del Banco de Proyectos de la entidad.

5. Elaborar y tramitar anualmente el Anteproyecto de Presupuesto de acuerdo con las disposiciones emanadas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), y el Ministerio del Trabajo; proyectar el Marco de Gastos de Mediano Plazo de acuerdo con las políticas de los entes mencionados, realizando seguimiento y ajustes hasta su aprobación.

6. Proyectar y gestionar ante el Consejo Directivo Nacional los acuerdos de modificaciones presupuéstales de ley que requiera la entidad.

7. Gestionar los tramites presupuéstales tales como vigencias futuras, liberación de excedentes financieros y/o las incorporaciones de recursos al presupuesto ante las entidades respectivas cuando se requiera.

8. Coordinar la formulación del Plan de Acción Institucional, con la participación de los grupos de trabajo que conforman la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, y el apoyo e insumos de las direcciones y jefaturas de la Dirección General. Posteriormente consolidar el Plan de Acción Institucional para presentarlo al Consejo Directivo Nacional para su aprobación.

9. Coordinar y consolidar la apertura del presupuesto con la colaboración de los grupos de trabajo que conforman la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, y el apoyo e insumos de las direcciones y jefaturas de la Dirección General.

10. Proyectar y consolidar las solicitudes de modificación presupuestal asociadas con los proyectos de inversión y gastos de funcionamiento institucional que lidera la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

11. Liderar la implementación y seguimiento a las políticas definidas en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG que corresponden a las temáticas de gestión presupuestal y eficiencia del gasto público en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera.

12. Proyectar y atender oportunamente los derechos de petición, acciones de tutela, acciones de cumplimiento, requerimientos, PQRS y procesos administrativos de entidades públicas, privadas, sindicatos, entes de control y vigilancia, que sean de competencia del grupo interno de trabajo.

13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de las funciones del grupo.

ARTÍCULO 7o. FUNCIONES TRANSVERSALES DE TODOS LOS "GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO PERMANENTES" DE LA DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DIRECCIONAMIENTO CORPORATIVO.

Los Grupos Internos de Trabajo Permanentes de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, además de las funciones específicas previstas en la presente resolución, deberán realizar las siguientes funciones, de acuerdo con la naturaleza de cada grupo y la necesidad de articulación, en cumplimiento de las funciones establecidas para la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

1. Recomendar e implementar metodologías que permitan formular, ejecutar y articular la planeación institucional y planeación estratégica con la planeación operativa de la entidad.

2. Asesorar y asistir a todas las dependencias de la entidad en la formulación y/o diseño de las políticas, planes, programas, proyectos, estrategias, con el fin de promover una gestión orientada a resultados.

3. Gestionar en la herramienta TAYANA toda la información, análisis, requerimientos, reportes y procesos asociados a la planeación institucional, presupuesto, proyectos, indicadores, gestión por procesos y demás instrumentos a cargo de cada grupo, garantizando su actualización permanente y la trazabilidad de la información, conforme a los lineamientos definidos por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo

4. Acompañar la construcción y realizar el seguimiento de los documentos CONPES, los compromisos asociados al Plan Marco de Implementación -PMI y en las políticas, planes, programas y estrategias del gobierno nacional en las que la entidad participa.

5. Contribuir con la definición de documentos que soportan la operación de los procesos, los indicadores y las metodologías de seguimiento, control y evaluación a las funciones de cada grupo, así como ejecutar la implementación de los planes de mejora para el logro de los objetivos en el marco del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol - SIGA.

6. Emitir, según la competencia del grupo de trabajo y al marco normativo institucional vigente, de forma conjunta con las direcciones de la Dirección General, conceptos de viabilidad para los proyectos de creación o traslado de centros de formación, y otros relacionados con la ejecución de proyectos que puedan requerir financiación, a partir de las directrices del Grupo de Planeación Financiera.

7. Responder oportunamente las comunicaciones, peticiones, y demás actuaciones administrativas que le correspondan según su propósito y funciones, participar en el proceso de presentación y sustentación ante las instancias respectivas, así como preparar o elaborar los informes requeridos por agentes internos o externos.

8. De acuerdo con lo señalado con el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, ejecutar las políticas de Planeación Institucional, Gestión Presupuestal y Eficiencia del Gasto Público, Fortalecimiento Organizacional y Simplificación de Procesos, Seguridad Digital, Seguimiento y Evaluación del Desempeño Institucional, Gestión de la Información Estadística, Gestión del Conocimiento y la Innovación y Control Interno, de acuerdo con la competencia de cada grupo.

9. Elaborar informes presupuéstales y técnicos, que le correspondan según el propósito y funciones del Grupo, a solicitud de la Dirección General, de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo o de entes externos.

ARTÍCULO 8o. FUNCIONES DE CADA COORDINADOR DE GRUPO DE TRABAJO. El(a) Coordinador(a) de cada uno de los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA, desempeñará las siguientes funciones:

1. Coordinar, controlar y responder por el cumplimiento de las funciones asignadas al Grupo, con criterio, eficiencia y oportunidad.

2. Asignar y orientar a los servidores públicos y personal de apoyo del Grupo las tareas pertinentes para el cumplimiento de las funciones de este.

3. Velar por el cumplimiento eficaz y oportuno de las funciones asignadas al Grupo.

4. Adelantar las gestiones pertinentes para mantener actualizada la información necesaria para el desarrollo de las funciones del Grupo.

5. Preparar, revisar y suscribir los documentos que deba emitir el Grupo.

6. Firmar y enviar las comunicaciones que se originan en el Grupo.

7. Atender y velar por el envío oportuno de las respuestas a las solicitudes, peticiones y demás actuaciones que correspondan al Grupo.

8. Preparar y revisar para visto bueno de la Dirección Jurídica, Dirección General o Direcciones de Área del SENA, los actos administrativos, constancias, minutas, documentos, comunicaciones, circulares, directrices de carácter específico en los temas propios del Grupo.

9. Solicitar a las dependencias del SENA o a terceros los antecedentes, soportes, estudios y en general toda documentación necesaria para el estudio de las consultas asignadas al grupo.

10. Velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos Internos en organización de archivos, de conformidad con lo establecido en las Tablas de Retención Documental, en cada una de las actividades del Grupo, garantizando la custodia de los documentos sometidos a reserva.

11. Presentar los informes a que haya lugar de conformidad con las funciones encomendadas y en los términos establecidos por los entes internos y externos.

12. Responder las PQRS y las acciones de tutela que tengan relación con las funciones de su grupo, dentro de los términos de promesa de servicio, los términos establecidos por Ley o por los Jueces, según el caso. Asimismo, realizar el traslado de las PQRS al área competente, cuando fuere procedente.

13. Evaluar en comisión evaluadora a los funcionarios de carrera administrativa del grupo, cuando sea procedente, de acuerdo con las normas que regulan el tema.

14. Las demás que les sean asignadas por el(a) Director(a) del Área, o que correspondan a la naturaleza de los procesos propios de la dependencia.

ARTÍCULO 9o. COMUNICACIONES. Comuníquese la presente resolución a los Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centro del SENA.

ARTÍCULO 10. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y deroga en su integridad la Resolución No. 01- 00014 de 2024 y las demás disposiciones internas del SENA que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., el 03 FEB 2026

MANUELA VALENTINA GARCÍA CANO

Secretaria General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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