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RESOLUCIÓN 829 DE 2024

(abril 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se suprime un Grupo Interno de Trabajo en la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General del SENA.

LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de la función señalada en el artículo 01 de la Resolución del SENA No.1-497 de 2024 y actuando de conformidad con lo dispuesto en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 209 consagra: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.

Que la Ley 489 de 1998 en el artículo 115 establece: “Planta global y grupos internos de trabajo. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.

Que mediante el Decreto 250 de 2004, 2989 de 2008, 4591 de 2011, 595 de 2016, 552 de 2017 y 1233 de 2023 el Gobierno nacional adoptó y modificó la planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el artículo 1 de la resolución 1-0497 de 2024, delegó en el (a) Secretario (a) General, "1. Delegación. Delegar en el (a) Secretario (a) General la función de crear Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios en la Dirección General de la entidad y definir su composición, su coordinación y funciones."

Que la Resolución 01-00967 de 2023, establece la conformación y funciones de los grupos internos de trabajo de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General del SENA.

Que por medio del artículo 12 de la resolución 01-00967 de 2023 se creó el Grupo Interno de Trabajo denominado ''Grupo Coordinación Nacional SENA Emprende Rural".

Que una vez revisadas las funciones de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA establecidas en el artículo 14 del Decreto 249 de 2004, modificadas por el Decreto 2520 de 2013 y con el fin de dar cumplimiento al principio de eficiencia y eficacia de la administración pública, estas actividades y funciones corresponden con las acciones que adelantará el “Grupo Nacional de Atención Integral, Diferencial e Incluyente a la Economía Campesina - CAMPESENA”, creado en la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo mediante resolución No. 1-00812 del 12 de abril de 2024, de tal forma que se hace necesario suprimir el grupo interno de trabajo denominado 'Coordinación Nacional SENA Emprende Rural", de la Dirección de Empleo y Trabajo.

Conforme a lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Suprimir de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General, el grupo interno de trabajo permanente denominado 'Coordinación Nacional SENA Emprende Rural".

ARTÍCULO 2o. Comunicar la presente Resolución al Director General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro y a los Funcionarios adscritos a la Dirección de Empleo y Trabajo. Una vez expedida y comunicada, publíquese esta Resolución en la página web del SENA.

ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., el 12 ABR 2024

LUZ AMÉRICA MALAGÓN GUILLÉN

Secretaria General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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