RESOLUCIÓN 1337 DE 2024
(mayo 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2500 de 2024>
Por la cual se modifica la composición de unos Grupos Internos de Trabajo adscritos a la Dirección de Formación Profesional del SENA
LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En ejercicio de las funciones delegadas por el Director General de la entidad en el artículo 1o de la Resolución No. 1-497 de 2024, actuando de conformidad con las normas que regulan la materia, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia consagra: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. // Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.
Que el Decreto No. 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura interna del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA” en el artículo 11 se establecen las funciones de la Dirección de Formación Profesional.
Que el artículo 4o del Decreto 249 de 2004 establece que es función del Director General del SENA: “23. Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones”.
Que el Decreto No. 2489 de 2006 “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 8 establece: “Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de estos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”
Que mediante el artículo 1o de la Resolución 1-0497 del 6 de marzo del 2024, el Director General del SENA delegó en el(a) Secretario(a) General, la función de “Crear Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios en la Dirección General de la entidad y definir su composición, su coordinación y funciones."
Que con la Resolución No. 1749 de 2023 se crearon los siguientes grupos de trabajo adscritos a la Dirección de Formación Profesional: Grupo Interno de Gestión Curricular de la Formación Profesional; Grupo Interno de Gestión de la Oferta, la Ejecución y Certificación de la Formación; Grupo Interno de Gestión de Bienestar al Aprendiz y Relacionamiento con el Egresado; Grupo Interno de Gestión de Instructores; y Grupo de Gestión de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica y Formativa.
Que en virtud de los procesos misionales que adelanta para vigencia 2024 la Dirección de Formación Profesional, se hace necesario actualizar la distribución del personal de planta entre los grupos internos de trabajo adscritos a esa área.
Que por lo anterior, es necesario modificar la conformación de los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección de Formación Profesional del SENA.
En mérito de lo expuesto;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. CONFORMACIÓN DEL GRUPO GESTIÓN CURRICULAR DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2500 de 2024> El Grupo Interno de Trabajo denominado "Grupo Gestión Curricular de la Formación Profesional", adscrito a la Dirección de Formación Profesional, queda conformado por los siguientes cargos y los(as) servidores(as) públicos(as) que los ocupan:
Denominación del Cargo | IDP | Servidor público que lo ocupa |
Asesor Grado 02 | 298 | Andrea Constanza Tibaquirá Celis |
Profesional Grado 07 | 304 | Nubia Janneth Pinto Cortés |
Profesional Grado 07 | 5 | Dora Emma Ramírez Serafinoff |
Asesor Grado 03 | 312 | Oscar Helí Jerez Jaimes |
Profesional Grado 04 | 8193 | Neida Yolima Caro Rubio (E) |
Profesional Grado 10 | 13347 | Luz Mila Llanos Estupiñán (C) |
PARÁGRAFO 1. Los integrantes del Grupo Interno contribuirán al cumplimiento de las funciones asignadas al grupo, de acuerdo con la naturaleza de las funciones señaladas a los empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad. Adicionalmente realizarán las tareas específicas que le sean asignadas por el Coordinador para el cumplimiento de los propósitos establecidos.
PARÁGRAFO 2. Coordinación del Grupo Gestión Curricular de la Formación Profesional: La funcionaria Luz Mila Llanos Estupiñán, identificada con cédula de ciudadanía 39.632.583, Profesional Grado 10, continúa como Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo denominado ''Gestión Curricular de la Formación Profesional'', y percibirá el reconocimiento económico por coordinación al que se refiere el artículo 6o del Decreto 287 de 2024, durante el tiempo que ejerza la Coordinación.
ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN DEL GRUPO GESTIÓN DE LA OFERTA, LA EJECUCIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LA FORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2500 de 2024> El Grupo Interno de Trabajo denominado "Grupo Gestión de la Oferta, la Ejecución y Certificación de la Formación", adscrito a la Dirección de Formación Profesional, queda conformado por los siguientes cargos y los(as) servidores(as) públicos(as) que los ocupan:
Denominación del Cargo | IDP | Servidor público que lo ocupa |
Profesional Grado 10 | 6617 | Janeth Adriana Mariño Cepeda |
Profesional Grado 05 | 299 | Alba Mercedes Sáenz Castro (E) |
Profesional Grado 02 | 8180 | Aurora Gómez Torres |
Profesional Grado 07 | 314 | Carlos Darío Martínez Palacios |
Profesional Grado 07 | 282 | Cindy Marcela Riaño |
Profesional Grado 08 | 8806 | Emilia Aguirre Leguizamo |
Profesional Grado 07 | 297 | Vacante definitiva |
Profesional Grado 01 | 300 | Vacante temporal |
Profesional Grado 07 | 7855 | Vacante temporal |
Profesional Grado 01 | 3189 | Manuel Orlando Fonseca Arregocés |
Profesional G02 | 51 | Vacante temporal |
Profesional Grado 05 | 26 | Carmen Elena Bernal Andrade |
PARÁGRAFO 1. Los integrantes del Grupo Interno contribuirán al cumplimiento de las funciones asignadas al grupo, de acuerdo con la naturaleza de las funciones señaladas a los empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad. Adicionalmente realizarán las tareas específicas que le sean asignadas por el Coordinador para el cumplimiento de los propósitos establecidos.
PARÁGRAFO 2. Coordinación del Grupo Gestión de la Oferta, la Ejecución y Certificación de la Formación: La funcionaria Janeth Adriana Mariño Cepeda, identificada con cédula de ciudadanía 51.900.575, Profesional Grado 10, continúa como Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo denominado ''Gestión de la Oferta, la Ejecución y Certificación de la Formación'', y percibirá el reconocimiento económico por coordinación al que se refiere el artículo 6o del Decreto 287 de 2024, durante el tiempo que ejerza la Coordinación.
ARTÍCULO 3o. CONFORMACIÓN DEL GRUPO GESTIÓN DE BIENESTAR AL APRENDIZ Y RELACIONAMIENTO CON EL EGRESADO. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2500 de 2024> El Grupo Interno de Trabajo denominado "Grupo Gestión de Bienestar al Aprendiz y Relacionamiento con el Egresado", adscrito a la Dirección de Formación Profesional, queda conformado por los siguientes cargos y los(as) servidores(as) públicos(as) que los ocupan:
Denominación del Cargo | IDP | Servidor público que lo ocupa |
Técnico Grado 01 | 86 | Yolanda Marín Maldonado |
Asesor Grado 03 | 313 | Álvaro Iván Barrero Buitrago |
Profesional Grado 03 | 8685 | Héctor Castaño Velásquez |
Técnico Grado 03 | 7665 | Lily Johanna Jara Rubiano |
Profesional G07 | 309 | Vacante temporal |
PARÁGRAFO 1. Los integrantes del Grupo Interno contribuirán al cumplimiento de las funciones asignadas al grupo, de acuerdo con la naturaleza de las funciones señaladas a los empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad. Adicionalmente realizarán las tareas específicas que le sean asignadas por el Coordinador para el cumplimiento de los propósitos establecidos.
PARÁGRAFO 2. Coordinación del Grupo Gestión de Bienestar al Aprendiz y Relacionamiento con el Egresado: La funcionaria Yolanda Marín Maldonado, identificada con cédula de ciudadanía 51.830.992, Técnico Grado 01, continúa como Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo denominado ''Gestión de Bienestar al Aprendiz y Relacionamiento con el Egresado'', y percibirá el reconocimiento económico por coordinación al que se refiere el artículo 6o del Decreto 287 de 2024, durante el tiempo que ejerza la Coordinación.
ARTÍCULO 4o. CONFORMACIÓN DEL GRUPO GESTIÓN DE INSTRUCTORES. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2500 de 2024> El Grupo Interno de Trabajo denominado "Grupo del Instructor", adscrito a la Dirección de Formación Profesional, queda conformado por los siguientes cargos y los(as) servidores(as) públicos(as) que los ocupan:
Denominación del Cargo | IDP | Servidor público que lo ocupa |
Instructor Grado 20 | 8373 | Carol Edith Valencia Castañeda (C) |
Profesional Grado 03 | 8716 | Clara Inés Vásquez Ávila |
Asesor Grado 03 | 288 | Miguel Ángel Cárdenas Lizarazo |
Técnico Grado 02 | 1784 | Nelly Fabiana Acosta Da Silva |
Profesional Grado 03 | 1974 | Rubiela Rodríguez Hernández |
Asesor Grado 01 | 2393 | Vacante temporal |
Asesor Grado 03 | 290 | Soraida Lucero Aponte Botia (E) |
Profesional Grado 07 | 319 | Jenny Adriana Rodríguez Piratoba (E) |
Profesional Grado 04 | 13418 | Jose William Salcedo Perez (C) |
Profesional Grado 02 | 13439 | Andrea Sarmiento Acevedo (C) |
PARÁGRAFO 1. Los integrantes del Grupo Interno contribuirán al cumplimiento de las funciones asignadas al grupo, de acuerdo con la naturaleza de las funciones señaladas a los empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad. Adicionalmente realizarán las tareas específicas que le sean asignadas por el Coordinador para el cumplimiento de los propósitos establecidos.
PARÁGRAFO 2. Coordinación del Grupo Gestión de Instructores: La funcionaria Carol Edith Valencia Castañeda, identificada con cédula de ciudadanía 23.780.826, Instructora Grado 20, continúa como Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo denominado ''Gestión de Instructores'', y percibirá el reconocimiento económico por coordinación al que se refiere el artículo 6o del Decreto 287 de 2024, durante el tiempo que ejerza la Coordinación.
ARTÍCULO 5o. CONFORMACIÓN DEL GRUPO “GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO Y LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Y FORMATIVA”. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2500 de 2024> El Grupo interno de trabajo denominado “Gestión de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica y Formativa”, adscrito a la Dirección de Formación Profesional, queda conformado por los siguientes cargos y los(as) servidores(as) públicos(as) que los ocupan:
Denominación del Cargo | IDP | Servidor público que lo ocupa |
Profesional Grado 08 | 303 | Edgar Adrián Zambrano Tamayo (E) |
Asesor Grado 04 | 8028 | Helman Castañeda Castañeda |
Profesional Grado 04 | 8226 | Adriana Peñaloza Angarita |
Profesional Grado 08 | 324 | Hellman Yesid Rusinque Gamboa |
Profesional Grado 07 | 296 | Nancy Dioneth Briceño Moreno |
Profesional Grado 07 | 311 | Margy Flórez Mora |
Profesional Grado 03 | 1669 | Rosalba Robayo Arévalo (E) |
PARÁGRAFO 1. Los integrantes del Grupo Interno contribuirán al cumplimiento de las funciones asignadas al grupo, de acuerdo con la naturaleza de las funciones señaladas a los empleos en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la entidad. Adicionalmente realizarán las tareas específicas que le sean asignadas por el Coordinador para el cumplimiento de los propósitos establecidos.
PARÁGRAFO 2. Coordinación del Grupo Gestión de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica y Formativa: El funcionario Edgar Adrián Zambrano Tamayo, identificada con cédula de ciudadanía 79.800.169, Profesional G08 (E), continúa como Coordinador del Grupo Interno de Trabajo denominado ''Gestión de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación Tecnológica y Formativa'', y percibirá el reconocimiento económico por coordinación al que se refiere el artículo 6o del Decreto 287 de 2024, durante el tiempo que ejerza la Coordinación.
ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2500 de 2024> Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretaría General, a la Directora de Formación Profesional, a los Directores Regionales, a los Subdirectores de Centro y a los empleados públicos que desempeñen los cargos aquí mencionados.
ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2500 de 2024> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga o modifica las demás disposiciones que le sean contrarias. Para cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, una vez expedida la presente resolución, publíquese en la página web de la Entidad.
COMÚNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., el 30 MAY 2024
LUZ AMÉRICA MALAGON GUILLÉN
Secretaria General