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RESOLUCIÓN 2017 DE 2007

(septiembre 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por los artículos 12 de la ley 80 de 1993, 9 y siguientes de la ley 489 de 1998, y en desarrollo del articulo 4 numeral 4 del decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante resolución No. 1930 de agosto 23 de 2004 Por la cual se dictan medidas de orden administrativo y se confieren delegaciones para la ordenación del gasto en materia de contratación estatal y para diferentes actuaciones administrativas en la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA”, se conformó el Comité de Licitaciones a Nivel Central, según lo señala el artículo primero.

Que posteriormente el Director General ha emitido nuevos actos administrativos relacionados con el proceso contractual de la Entidad, efectuando delegaciones especiales en los Directores de Área, facultándolos para adelantar las diferentes etapas contractuales hasta su culminación, razón por la cual se hace necesario, modificar la Resolución en estudio, señalando que el Comité de Licitaciones o de Concurso Públicos, como el Comité de Contratación Directa de Menor Cuantía, ambos del Nivel Central, estarán integrados, además, por el Ordenador del Gasto del área a la cual corresponda el objeto contractual.

Que el numeral 6 del artículo 15 del Decreto 249 de 2004, señala como función de la Dirección Administrativa y Financiera: “Dirigir en coordinación con las demás dependencias del SENA, los procesos contractuales y de convenios en que intervenga el SENA y velar por la adecuada organización, eficiencia y la observancia de las normas legales sobre la materia”

Que de acuerdo con el citado artículo el Director Administrativo y Financiero, en todos los casos, preside el Comité y designa al funcionario que lo integrará, dependiendo la especialidad objeto contractual del proceso.

Que igualmente se requiere realizar otra modificación al Comité teniendo en cuenta la Resolución No. 0438 del 29 de marzo de 2005, “Por la cual se crea el Grupo de Trabajo Integrado de Convenios y Contratos derivados, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera del Servicio Nacional de Aprendizaje, se determina su conformación y funciones y se dictan otras disposiciones”.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 770 de 2011> Modificar el artículo primero de la Resolución No. 1930 de 2004, el cual quedará así:

“ARTICULO PRIMERO. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE LICITACIONES O DEL CONCURSO PÚBLICOS DEL NIVEL CENTRAL. El Comité de Licitaciones o Concurso Públicos del Nivel Central, estará integrado por:

- El Ordenador del Gasto de la Licitación o Concurso Públicos, quien lo presidirá, o su delegado;

- El Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo, o su delegado;

- El Director Administrativo y Financiero, o su delegado,

- Un funcionario designado por el Ordenador del Gasto, del área a la cual corresponda el objeto contractual de la Licitación o Concurso Públicos, o su delegado

- El Coordinador del Grupo de Trabajo Integrado de Bienes, Servicios y Logística, o su delegado;

- El Coordinador del Grupo Integrado de Convenios y Contratos Derivados, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, o su delegado;

PARAGRAFO 1o. Para el caso de los Coordinadores de Grupo, conformará el Comité de Licitaciones o de Concurso Públicos del Nivel Central, el Coordinador de Grupo, cuyas funciones tengan relación directa con el objeto contractual de la licitación o concurso a realizar quien ejercerá la Secretaria del Comité con voz, pero sin voto.

PARÁGRAFO 2o. El Director Jurídico y el Jefe de Control Interno directamente o a través de sus delegados, podrán ser invitados a las reuniones del mencionado Comité, quienes actuarán con voz pero sin voto.

ARTICULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 770 de 2011> Modificar el artículo quinto de la resolución 1930 de 2004, el cual quedará así:

ARTICULO QUINTO. DEL COMITÉ DE CONTRATACIÓN DIRECTA DE MENOR CUANTÍA DEL NIVEL CENTRAL: Créase el Comité de Contratación Directa de Menor Cuantía del Nivel Central, el cual estará integrado por:

- El Ordenador del Gasto, quien lo presidirá, o su delegado.

- El Director Administrativo y Financiero, o su delegado.

- El Coordinador del Grupo de Trabajo Integrado de Bienes, Servicios y Logística;

- Dos funcionarios designados por el Ordenador del Gasto, del área a la cual corresponda el objeto contractual, con voz pero sin voto. Uno de estos funcionarios ejercerá la Secretaría del Comité.

ARTICULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 770 de 2011> Para efectos de lo previsto en los artículos primero y segundo de la presente resolución, a las sesiones del Comité respectivo, podrán asistir las personas que a juicio de cualquiera de sus integrantes, contribuyan a informar, explicar o dar claridad técnica a los temas a tratar en la sesión respectiva.

ARTICULO 4o. COMPETENCIA. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 770 de 2011> En el evento de existir en el respectivo proceso contractual, afectación de rubros presupuestales que involucren diferentes ordenadores delegados, la ordenación de todo el proceso recaerá en el Director de Área que tenga delegación especial para comprometer recursos destinados a la implementación de programas de innovación y desarrollo tecnológico productivo.

ARTICULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 770 de 2011> Los demás artículos de la Resolución 1930 del 23 de Agosto de 2004, no modificados en el presente acto administrativo, continuarán vigentes.

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 770 de 2011> Comuníquese el contenido de la presente Resolución a la Secretaría General, a los Directores de Área y al Jefe de la Oficina de Control Interno

ARTICULO 7o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 770 de 2011> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Dada en Bogotá D.C., a los 19 SEP 2007

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

ORBIDIO VELANDIA NIÑO

Director General (E)

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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