RESOLUCIÓN 1-02621 DE 2024
(octubre 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se adopta el Manual de Supervisión e Interventoría de Contratos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por la Ley 80 de 1993, el Decreto 249 de 2004, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, establece como principio de la administración pública, la publicidad de las actuaciones administrativas así: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración defunciones".
Que al SENA, dada su naturaleza jurídica de establecimiento público, le son aplicables las normas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
Que el artículo 23 de la Ley 80 de 1993, respecto de los principios de las actuaciones contractuales de las entidades Estatales estableció que: "Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo".
Que el numeral 9 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, establece que en los Procesos de Contratación intervendrá el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras de la Entidad que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento.
Que el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, le atribuyó al Director General la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 señala que "Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda."
Que el Artículo 2.2.1.2.5.3. del Decreto 1082 de 2015 establece: "Manual de contratación. Las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación, el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente."
Que mediante la Resolución 2154 de 2024, se delegó la ordenación del gasto y competencia para realizar en todo tipo de contratos y convenios, las actuaciones contractuales que de ellos se deriven, independiente de su cuantía y naturaleza, en el (la) Secretario(a) General, Directores de área y Jefes de Oficina de la Dirección general; los Directores Regionales y los Subdirectores de Centro de Formación Profesional Integral.
Que la entidad, conforme a lo establecido en la Resolución previamente citada, los demás cambios normativos internos en torno a las actividades y sus responsables de la ejecución contractual de la entidad, y con miras a la adopción de las buenas prácticas dentro del proceso de gestión contractual que se desarrolla al interior de esta, considera necesario promover el mejoramiento continuo del referido proceso, en atención a contemplado en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de Manual de Supervisión e Interventoría fue publicado en el sitio web del SENA, entre el 30 julio yel 3de agosto de 2024, sin que se recibieran observaciones a este.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. OBJETO. Adoptar el Manual de Supervisión e Interventoría del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, versión 6, el cual hace parte integral de esta Resolución.
ARTÍCULO 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones del Manual que se adoptan mediante la presente Resolución serán aplicables a la actividad contractual que ejecute la Secretaría general, las Direcciones y Oficinas de la Dirección General; las Direcciones Regionales, los Centros de Formación Profesional Integral y los Grupos de Apoyo Administrativo de la Entidad.
ARTÍCULO 3. PUBLICACIÓN Y DIVULGACIÓN. Ordénese la publicación del presente acto administrativo en la página web del SENA y en la plataforma Compromiso, dispuesta por la Entidad para el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO 4. VIGENCIA Y DEROGATORIA. Esta Resolución rige a partir de su publicación, deroga la Resolución 1471 de 2020, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., el 08 OCT 2024
JORGE EDUARDO LONDONO ULLOA
Director General