Buscar search
Índice developer_guide

RESOLUCIÓN 3030 DE 2025

(octubre 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se adopta el Manual de Supervisión e Interventoría del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 5 del artículo 13 de la Ley 119 de 1994, el numeral 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece como principio de la administración pública, la publicidad de las actuaciones administrativas así: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración defunciones".

Que al SENA, dada su naturaleza jurídica de establecimiento público, le son aplicables las normas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.

Que el artículo 23 de la Ley 80 de 1993, respecto de los principios de las actuaciones contractuales de las entidades Estatales estableció que: "Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo".

Que el numeral 9 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993 "Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública" establece que en los Procesos de Contratación intervendrá el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras de la Entidad que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento.

Que el numeral 5 del artículo 13 de la Ley 119 de 1993, "Por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se deroga el Decreto 2149 de 1992 y se dictan otras disposiciones", señala como función del Director General del SENA, la de dictar los actos administrativos necesarios para la gestión administrativa con miras al cumplimiento de la misión de la entidad.

Que los numerales 2 y 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, le atribuyó al Director general la facultad de ejercer la representación legal de la entidad y de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el artículo 2.2.21.5.2 del Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, dispone que: "Como instrumento que garantice el cumplimiento del control interno en las organizaciones públicas, éstas elaborarán, adoptarán y aplicarán manuales a través de los cuales se documentarán y formalizarán los procedimientos a partir de la identificación de los procesos institucionales".

Que el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 señala que:

"Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda."

Que mediante la Resolución 2154 de 2024 se delegó la ordenación del gasto y competencia para suscribir todo tipo de contratos y convenios y adelantar las actuaciones contractuales que de ellos se deriven, independiente de su cuantía y naturaleza, en el (la) Secretario(a) General, Directores de área y Jefes de Oficina de la Dirección general; los Directores Regionales y los Subdirectores de Centro de Formación Profesional Integral.

Que la entidad, conforme a lo establecido en la resolución previamente citada, los demás cambios normativos internos en torno a las actividades y sus responsables de la gestión contractual de la entidad, y con miras a la adopción de las buenas prácticas dentro del proceso de gestión contractual que se desarrolla al interior de esta, considera necesario adoptar una nueva versión actualizada del Manual de Supervisión e Interventoría del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, promoviendo el mejoramiento continuo del referido proceso, en atención a contemplado en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG.

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de Manual de Supervisión e interventoría fue publicado en el sitio web del SENA, entre el 15 y el 21 de julio de 2025, sin que se recibieran observaciones a este.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. OBJETO. Adoptar el Manual de Supervisión e Interventoría del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, versión 7, el cual hace parte integral de esta resolución.

ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones del Manual serán aplicables a la actividad contractual que realice la Secretaría general, las Direcciones y Oficinas de la Dirección General; las Direcciones Regionales, los Centros de Formación Profesional Integral y los Grupos de Apoyo Administrativo de la Entidad.

ARTÍCULO 3o. PUBLICACIÓN Y DIVULGACIÓN. Ordénese la publicación del presente acto administrativo en la página web del SENA y en la plataforma Compromiso, dispuesta por la Entidad para el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. Esta Resolución rige a partir de su publicación, deroga la Resolución 1-2621 de 2024, así como las demás disposiciones que le sean contrarias y contra la misma no proceden recursos en vía administrativa.

Dado en Bogotá, D.C., el 01 OCT 2025

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

JORGE EDUARDO LONDOÑO ULLOA

Director General

Logo de Avance Jurídico
Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA - DRA © 2018 a 2024
×
Volver arriba