RESOLUCIÓN 1-02640 DE 2025
(agosto 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se modifica el anexo 3 de la resolución 1-01071 de 2025, por medio de la cual se establece la tercera y cuarta convocatoria de formación abierta Presencial y Distancia para el año 2025
LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante artículo 4o de la Resolución 1-03000 de 2024.
CONSIDERANDO
Que el Decreto 249 de 2004, en su artículo 27, numerales 1 y 2, establece lo siguiente: "Artículo 27. Funciones de las Subdirecciones de los Centros de Formación Profesional Integral. Son funciones de las Subdirecciones de los Centros de Formación Profesional Integral:
1. Planear, programar, ejecutar, controlar y evaluar los procesos de Formación Profesional Integral para atender las demandas de los sectores productivos y sociales, directamente o mediante alianzas o convenios con otros agentes públicos o privados.
2. Ejecutar, coordinar y administrar la labor operativa en lo relacionado con las políticas de Formación Profesional Integral y las actividades de naturaleza tecnológica. Para el efecto, el Centro desarrollará estrategias y programas de acuerdo con la información recibida de quienes utilizan el portafolio de servicios del centro."
Que el Decreto 1330 de 2019, por el cual se establecen las condiciones de calidad para los programas de Educación Superior, dispone que las instituciones que ofrezcan programas de nivel tecnológico deben cumplir con los requisitos exigidos para oferta de los programas del nivel Tecnológico.
Que el Acuerdo 009 de 2024, expedido por el Consejo Directivo del SENA, establece en sus artículos 22, 23 y 24, el trámite, las condiciones y el procedimiento para el reingreso especial en los programas de formación laboral y tecnológica del SENA, para personas que se desvincularon de la entidad por retiro voluntario o cancelación de matrícula, proceso que los Centros de Formación deben implementar conforme a la normatividad vigente.
Que la Resolución 201 de 2024 derogó la Resolución 790 de 2009 y delegó en la directora de Formación Profesional y en los Directores Regionales la responsabilidad de aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral.
Que la Resolución 1-03000 de 2024 "Establece el calendario académico y de labores de los centros de formación profesional del SENA para el año 2025, se efectúa una delegación y se dictan otras disposiciones"
Que, de conformidad con el artículo 4o de la Resolución 1-03000 de 2024, el director general del SENA delegó en la Directora de Formación Profesional la función de establecer o modificar, mediante resolución, las fechas de inicio de la formación, así como los cronogramas de ingreso y actividades
Que la Resolución 1-03368 de 2024, modificó los artículos 1 y 2 de la Resolución 1-03000 de 2024, estableciendo las nuevas fechas del calendario académico y de labores de los centros de formación profesional del SENA para el año 2025.
Que la Resolución 1-01071 de 2025, por medio de la cual se establece la tercera y cuarta convocatoria de formación abierta presencial y a distancia para el año 2025, fijó en su anexo 3 el cronograma de la cuarta oferta, señalando como fechas de inscripción del 26 al 28 de agosto de 2025 para programas de alta demanda, y del 29 de agosto al 01 de septiembre de 2025 para programas de baja demanda, las cuales requieren ser modificadas debido al cambio en la plataforma utilizada para la inscripción, la cual requiere un proceso de estabilización que no puede afectar el derecho de los aspirantes a inscribirse.
Por lo anterior las nuevas fechas para el proceso de inscripción serán las siguientes: Para programas de alta demanda desde el 26 de agosto hasta el 01 de septiembre de 2025 y para programas de baja demanda del 02 al 03 de septiembre de 2025.
Que, en consideración de lo anterior, se hace necesario establecer el cronograma de actividades que deben realizar las direcciones regionales y los centros de formación para garantizar la cuarta convocatoria de ofertas de formación profesional bajo la modalidad presencial y a distancia para la vigencia 2025.
Por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modificar el Anexo 3 denominado "Cronograma de Ingreso Cuarta Convocatoria Abierta Presencial y a Distancia 2025", de la Resolución 1071 de 2025, el cual establece el cronograma de la cuarta convocatoria de formación abierta presencial y a distancia para el año 2025 y hace parte integral de la presente Resolución.
PARÁGRAFO. Las disposiciones contenidas en la Resolución 1071 de 2025 continúan vigentes, salvo en lo expresamente modificado por la presente resolución.
ARTÍCULO 2. VIGENCIA. MODIFICACIONES Y DIVULGACIÓN. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deberá ser comunicada a las Direcciones Regionales, Centros de Formación y demás instancias competentes para su implementación.
ARTÍCULO 3. DEROGATORIA. Quedan derogadas todas las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, el 26 AGO 2025
CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO
Directora de Formación Profesional
CRONOGRAMA DE INGRESO CUARTA CONVOCATORIA ABIERTA PRESENCIAL Y A DISTANCIA 2025.
No. | Actividad | Actor(es) | Observaciones | Fechas |
| 1 | Inscripción alta demanda | Aspirantes | A través del portal de SOFIA Plus https://oferta.senasofiaplus.edu.co/sofia-oferta/ | 26 de agosto al 01 de septiembre |
| 2 | Inscripción baja demanda | Aspirantes | Quedarán activos los grupos de baja demanda, es decir, aquellas que no superan tres (3) veces el cupo, permitiendo que se realicen más inscripciones | 02 al 03 de septiembre |
| 3 | Inscribir y aplicar las pruebas offline de selección | Centros que el Grupo Gestión de la formación de la Dirección de Formación Profesional apruebe la aplicación de pruebas offline | A los centros de formación autorizados por el Grupo Gestión de la formación, les enviarán los instructivos e instaladores requeridos para poder realizar las pruebas. | 26 de agosto al 05 de septiembre |
| 4 | Aplicar la prueba web (Programación) | Aspirantes Centros de Formación Profesional | Documentos que terminan en 0, 1, 2, 3, 4,5,6,7,8 y 9 A partir de 00:01 horas hasta las 23:59 horas | 04 y 05 de septiembre |
| 5 | Reprogramar la prueba web | Aspirantes Centros de Formación Profesional | Documentos que terminan en 0, 1, 2, 3, 4,5,6,7,8 y 9 A partir de 00:01 horas a las 17:00 horas. | 08 y 09 de septiembre |
| 6 | Atender y responder quejas y reclamos relacionados con la aplicación de prueba | Centros de Formación Profesional | Atender y responder quejas y reclamos de los aspirantes que realizaron la inscripción en la oferta académica. Antes de las 17:00 horas | 08 y 09 de septiembre |
| 7 | Cargar en SOFIA Plus, las pruebas Offline aplicadas. | Centros de formación Profesional | Verificar los mensajes que arroja la aplicación durante el respectivo cargue, y para mayor seguridad descargar el reporte de resultados de pruebas. | 08 y 09 de septiembre |
| 8 | Selección prueba Fase II (Prueba web controlada /o taller) o priorización de egresados técnicos (Taller) | Centros de formación Profesional que deciden adelantar la FASE II o priorización de egresados técnicos | Definir opción de prueba o priorización, caracterizar los grupos, planear y programar recursos. Esta prueba o priorización es discrecional en su aplicación por parte del Centro de Formación. | 11 de septiembre |
| 9 | Citar aspirantes Fase II o priorización de egresados técnicos (Taller) | Centros de Formación que deciden adelantar la FASE II o priorización de egresados técnicos (Taller) | El Centro debe definir estrategias de comunicación para que los aspirantes conozcan el estado de su proceso de selección. Citación a la prueba o priorización a través del sistema académico y administrativo SOFIA Plus. | 12 de septiembre |
| 10 | Aplicar Pruebas Fase II o priorización de egresados técnicos (Taller) | Centros de Formación que deciden adelantar la FASE II o priorización de egresados técnicos (Taller) | El registro de los resultados del taller y/o prueba, se debe realizar dentro del plazo definido para su desarrollo. Se debe verificar la asistencia y registrar oportuna y correctamente los resultados de todos los participantes. Si el Centro de Formación Profesional realiza Fase II empleando como instrumento el Taller Actitudinal, debe planear y ejecutar la actividad según lo establecido en el documento GFPI-G-017 Guía Creación Talleres para pruebas, que se encuentra publicada en CompromISO. | 15 al 17 de octubre |
| 11 | Garantizar que se carguen, gestionen y publiquen los resultados de la fase II o priorización en SOFIA Plus | Responsable en el centro de formación profesional que deciden adelantar la FASE II o priorización. | El centro de Formación es el responsable de realizar el cargue de los resultados correspondientes a la fase II o priorización. | 17 al 18 septiembre |
| 12 | Consultar resultados | Aspirantes | Portal www.senasofiaplus.edu.co en la ?pelón "Consultar Resultados de prueba o priorización". | 22 septiembre |
| 13 | Convocar y asentar matrícula | Centros de Formación Profesional | Realizar la verificación de requisitos. El sistema permitirá convocar los suplentes a matrícula hasta un (1) mes después de inicio de la formación, pero cambiándole el estado al aspirante. El no asentar la matrícula en las fechas establecidas genera la cancelación de los grupos aún con los aspirantes convocados, esto ocurre cuando el sistema realiza el cambio de estado de los grupos de "matrícula" a "ejecución". | 22 septiembre al 03 de octubre |
| 14 | Diligenciar formulario para distribución de grupos (Bolsa de centro) | Centros de Formación Profesional | El centro de formación registrará la información correspondiente de los grupos en el formulario destinado para tal fin. | 06 de octubre |
| 15 | Realizar la distribución de grupos (Bolsa de centro) | Oficina de sistemas | Los grupos que fueron creados como bolsa de centro y que requieren ser distribuirlos en varios grupos la oficina de sistemas realizará la respectiva distribución | 07 al 08 de octubre |
| 16 | Crear cuentas de correo electrónico. | Oficina de sistemas | La oficina de sistemas creara los correos electrónicos de los aprendices. | Al finalizar la matricula |
| 17 | Expedir carnet institucional correspondiente | Centros de Formación Profesional | Es responsabilidad el centro de formación. | Al finalizar la matricula |
| 18 | Inicio de la formación | Centros de Formación Profesional | Inicio de formación para la Oferta académica presencial y a distancia | 09 de octubre |
| 19 | Finalizar el proceso de Matricula de suplentes en el aplicativo SOFIA Plus. | Encargado de Ingreso Centro de formación | Máximo Un (1) mes después de inicio de la formación | |