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RESOLUCIÓN 3857 DE 2025

(diciembre 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se deroga la Resolución No. 1-02695 de 2025, se determina la conformación de los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección Administrativa y Financiera del SENA y se asigna su Coordinación.

LA SECRETARIA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante la delegación del Director General en el artículo 1o de la Resolución No. 1-0497 de 2024, actuando de conformidad con las normas que regulan la materia, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 209 consagra: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.// Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley".

Que la Ley 489 de 1998 establece en su artículo 115: "Planta global y grupos internos de trabajo. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento".

Que el Decreto 2489 de 2006 "Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones", establece en su artículo 8: "Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el Artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente".

Que el Decreto 249 de 2004 "Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA", dispone en su artículo 4o que es función del Director General del SENA: "4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar los actos administrativos (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes. (...) 23. Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones".

Que el artículo 32 del Decreto 249 de 2004, reitera que "El Director General podrá crear grupos internos de trabajo permanentes o transitorios y definir su composición y funciones."

Que el Director General del SENA delegó en el artículo 1o de la Resolución No. 1-0497 del 6 de marzo de 2024 al(a) Secretario(a) General, la función de "crear Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios en la Dirección General de la entidad y definir su composición, su coordinación y funciones."

Que mediante la Resolución No. 1-01928 de junio del 2025, se crearon los siguientes grupos internos de trabajo permanente adscritos a la Dirección Administrativa y Financiera del SENA, se definieron sus funciones y las de sus coordinadores:

1. Grupo de Recaudo y Cartera

2. Grupo de Tesorería

3. Grupo de Presupuesto

4. Grupo de Contabilidad

5. Grupo de Almacenes e Inventarios

6. Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones

7. Grupo de Infraestructura

8. Grupo Integrado de Gestión Contractual

9. Grupo de Inmuebles e Intangibles

10. Grupo de Costos

Que la Resolución No. 1-02695 del 1 de septiembre de 2025 establece la conformaron de los Grupos Internos de Trabajo permanentes adscritos a la Dirección Administrativa y financiera del SENA y designa el(a) coordinador(a) de cada uno de ellos.

Que a través de la comunicación No. 01-9-2025-107200 del 25 de noviembre de 2025, la doctora Adriana Milena Gasca Cardoso, Directora de Área Grado 10 de la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General, solicito redefinir la conformación de los grupos permanentes de trabajo de esa Área, así como asignar los servidores públicos que ejercerán las funciones de coordinación, teniendo en cuenta el estado actual de planta de personal asignada a esa Dirección.

Que el Decreto 599 del 3 de junio de 2024, "Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y se dictan otras disposiciones en materia salarial", señala en su artículo 6° que "Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. (...) Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo o asesor".

Que las primas de coordinación que son procedentes de acuerdo con la norma anteriormente transcrita serán pagadas con cargo al CDP No. 20025 del 9 de enero de 2025.

Que respecto a la asignación y terminación de las funciones de coordinador(a) de un grupo de trabajo, el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP señaló lo siguiente en su comunicación 20236000059161 del 9 de febrero de 2023: “(…) la función de coordinador, está sujeta a la facultad discrecional que tiene el nominador o su delegado para asignar funciones a los empleados que desempeñan un empleo dentro de la planta de personal de la respectiva entidad; de manera que éste, de acuerdo con su facultad discrecional, podrá asignar o retirar la función de coordinación, sin que con ello se estén desconociendo las normas legales vigentes que rigen la materia, resaltando que este es un elemento de carácter transitorio, que se ejercerá durante el tiempo en que el servidor público desempeñe la mencionada función". Esta conclusión se basa en el concepto emitido por el Consejo de Estado No. 2030 del 29 de octubre de 2010, Expediente 11001-03-06-000-2010-00093-00(2030), en el cual indicó que "La función de coordinador, así como el reconocimiento económico (...) está también sujeta a la facultad discrecional que tiene el director del organismo para ubicar el personal de la entidad en la organización".

Conforme a lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE RECAUDO Y CARTERA". El Grupo de Recaudo y Cartera, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y GradoID PlantaServidor Público que lo ocupa actualmente
Profesional G1013427Jose Giovanni Lozano Bolívar
Técnico G03369Flor Ángela Palacios Santander (E)
Técnico G032104Sandra Liliana Moreno Rozo
Técnico G023685Vacante Temporal
Secretaria G04159Adriana María Rativa Gómez(E)

PARÁGRAFO. Coordinador(a) del Grupo y reconocimiento de la Prima de Coordinación. El funcionario José Giovanni Lozano Bolívar, identificado con cédula de ciudadanía número 79.613.305, Profesional Grado 10 (IDP 13427) de la Dirección Administrativa y Financiera, continúa ejerciendo la coordinación del "Grupo de Recaudo y Cartera", y percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6o del Decreto 599 de 2025.

ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE TESORERÍA". El Grupo de Tesorería, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y GradoID PlantaServidor Público que lo ocupa actualmente
Profesional G07129Irma Adriana Cyfuentes Pantoja De Santa Cruz
Profesional G068209Oscar Javier Castro Anaya
Profesional G02284Kirtha Maitea Martinez Pardo (E)
Profesional G02232Silvia Lucero Calvo Anacona (E)
Oficinista G03170Mónica Lizeth Sánchez Gómez

PARÁGRAFO. Coordinador(a) del Grupo y reconocimiento de la Prima de Coordinación. El funcionario Oscar Javier Castro Anaya, identificado con cédula de ciudadanía número 10.544.380, Profesional Grado 06 (IDP 8209) de la Dirección Administrativa y Financiera, continúa ejerciendo la coordinación del "Grupo de Tesorería", y percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6o del Decreto 599 de 2025.

ARTÍCULO 3o. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE PRESUPUESTO". El Grupo de Presupuesto, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y GradoID PlantaServidor Público que lo ocupa actualmente
Profesional G0345Marco Aurelio Valderrama Garzón
Profesional G019286Carlos Alberto Pacheco Cervantes (E)
Técnico G03243Claudia López Garzón (E)
Técnico G03136Vacante Definitiva
Técnico G02183Vacante Definitiva
Técnico G023694Sergio Morales Garzón (E)
Técnico G011809Vacante Definitiva

PARÁGRAFO: Coordinador(a) del grupo y reconocimiento de la Prima de Coordinación. El funcionario Carlos Alberto Pacheco Cervantes, identificado con cédula de ciudadanía número 85.463.930, Técnico Grado 02 (IDP 3694) de la Dirección Administrativa y Financiera, encargado en el Profesional Grado 01 (IDP 9286) de la misma Área, continúa ejerciendo la coordinación del "Grupo de Presupuesto", y percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6o del Decreto 599 de 2025.

ARTÍCULO 4o. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE CONTABILIDAD". El Grupo de Contabilidad, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y GradoID PlantaServidor Público que lo ocupa actualmente
Profesional G0412131Sandra Viviana Sastoque Sánchez (E)
Profesional G03365Neyla Judith Carranza Espejo (E)
Profesional G02177Gladys Murcia Centeno (E)
Profesional G02253Vacante Definitiva
Profesional G017853José Ricardo Pulga Pataquiva (E)
Técnico G03244Vacante Temporal
Técnico G01247Vacante Temporal
Secretaria G0266Nelson Santos Pico

PARÁGRAFO. Coordinador(a) del grupo y reconocimiento de la Prima de Coordinación. La funcionaria Sandra Viviana Sastoque Sánchez, identificada con cédula de ciudadanía número 52.878.905, Técnico Grado 03 (IDP 244) de la Dirección Administrativa y Financiera, encargada en el Profesional Grado 04 (IDP 12131) de la misma Área, continúa ejerciendo la coordinación del "Grupo de Contabilidad", y percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6o del Decreto 599 de 2025.

ARTÍCULO 5o. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE ALMACENES E INVENTARIOS". El Grupo de Almacenes e Inventarios adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y GradoID PlantaServidor Público que lo ocupa
Técnico G03181Flavio Ortiz Alarcón
Técnico G02245Marlen Yamyle González Alvarado
Técnico G02256Nancy Belén Botello Rodríguez
Secretaria G03166Mirtha Carolina Grijalba Dávila (E)
Auxiliar G029334Laura Melissa Torres Vargas (NP)

PARÁGRAFO. Coordinador(a) del grupo y reconocimiento de la Prima de Coordinación. El funcionario Flavio Ortiz Alarcón, identificado con cédula de ciudadanía número 79.697.156, Técnico Grado 03 (IDP 181) de la Dirección Administrativa y Financiera, continúa ejerciendo la coordinación del "Grupo de Almacenes e Inventarios", y percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6 del Decreto 599 de 2025.

ARTÍCULO 6o. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE SERVICIOS GENERALES Y ADQUISICIONES". El Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y gradoID PlantaServidor Público que lo ocupa actualmente
Profesional G08239Yenni Mercedes Soto Vergel
Profesional G021333Vacante Temporal
Técnico G03553Elsa Mary Medina Medina (E)
Auxiliar G01187Johan Camilo Fagua Furque
Auxiliar G01188Vacante Definitiva
Auxiliar G01263Erly Enrique Vargas Torres

PARÁGRAFO. Coordinador(a) del grupo y reconocimiento de la Prima de Coordinación. La funcionaria Yenni Mercedes Soto Vergel, identificada con cédula de ciudadanía número 37.443.409, Profesional Grado 08 (IDP 239) de la Dirección Administrativa y Financiera, continuará ejerciendo la coordinación del "Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones", y percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6o del Decreto 599 de 2025.

ARTÍCULO 7o. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE INFRAESTRUCTURA". El Grupo de Infraestructura adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y GradoID PlantaServidor Público que lo ocupa actualmente
Asesor G048208Vacante Definitiva
Profesional G077635Alicia Lara Ahumada
Profesional G02242Laura Cecilia Camargo Vargas
Profesional G02178Geineir Alirio Tibaduiza Herrera
Profesional G02179Leidy Eliana Prieto Buitrago
Profesional G022496Roció Del Pilar Murillo Montes (E)
Profesional G011832Luis Eduardo Rincón Ruiz (E)
Profesional G0114103Héctor Daniel Menjuren Vega (NP)
Profesional G013189Manuel Orlando Fonseca Arregocés
Técnico G03149Néstor Acosta Rodríguez(E)
Técnico G02233Vacante Definitiva
Técnico G02165Vacante Temporal
Secretaria G03184Natalia Paola Bayona Torres (NP)

PARÁGRAFO: Coordinador(a) del grupo y reconocimiento de la Prima de Coordinación. Asignar a partir de la fecha de comunicación de esta resolución, las funciones de coordinadora del "Grupo de Infraestructura", adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, a la funcionaria Laura Cecilia Camargo Vargas, identificada con cédula de ciudadanía número 46.379.746, Profesional Grado 02 (IDP 242) de la Dirección Administrativa y Financiera, quien percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6 del Decreto 599 de 2025.

Con esta designación, se da por terminada a partir de la fecha de comunicación de la presente resolución, la asignación de funciones realizada en el parágrafo del artículo 7o de la Resolución No. 102695 del 2025, a la funcionaria Adriana Milena Gasca Cardoso, identificada con cédula de ciudadanía número 26.428.956, Directora de Área G10 de esa misma Área, como coordinadora del "Grupo de Infraestructura ".

ARTÍCULO 8o. CONFORMACIÓN DEL “GRUPO INTEGRADO DE GESTIÓN CONTRACTUAL". El Grupo Integrado de Gestión Contractual adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y gradoID PlantaServidor Público que lo ocupa actualmente
Asesor G02251María Cristina Ospina Riaño (E)
Profesional G07273Vacante Temporal
Profesional G028180Aurora Gómez Torres
Técnico G02234Adriana Velaide Martínez (E)
Secretaria G02236Jenny Noraldy Puentes Ramírez (NP)
Oficinista G03237Noris Cárdenas Puentes

PARÁGRAFO. Coordinador(a) del grupo y NO reconocimiento de la Prima de Coordinación. La funcionaria Yenni Mercedes Soto Vergel, identificada con cédula de ciudadanía número 37.443.409, Profesional Grado 08 (IDP 239) de la Dirección Administrativa y Financiera, continuará ejerciendo temporalmente la coordinación del "Grupo Integrado de Gestión Contractual", y NO percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6 del Decreto 599 de 2025, toda vez que ya la recibe como coordinadora del "Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones" de la misma Área.

ARTÍCULO 9o. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE GESTIÓN DE INMUEBLES E INTANGIBLES". El Grupo de Gestión de Inmuebles e intangibles adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y gradoID PlantaServidor público que lo ocupa actualmente
Asesor G03158Adriana Garzón Cruz (E)
Profesional G041994Nicolás Alexander Lemus García (E)
Profesional G038171Vacante Temporal
Secretaria G022634Lizeth Daniela Rocha Rojas (NP)

PARÁGRAFO. Coordinador(a) del grupo y NO reconocimiento de la Prima de Coordinación. La funcionaria Adriana Garzón Cruz, identificada con cédula de ciudadanía número 52.152.106, Profesional Grado 02 (IDP 327) del despacho de la Regional Quindío, encargada en el empleo Asesor Grado 03 (IDP 158) de la Dirección Administrativa y Financiera, continúa ejerciendo la coordinación del "Grupo de Gestión de Inmuebles e intangibles", y NO percibirá la prima de coordinación por pertenecer al nivel Asesor, de conforme al artículo 6 del Decreto 599 de 2025.

ARTÍCULO 10. CONFORMACIÓN DEL "GRUPO DE COSTOS". El Grupo de Costos, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera, queda conformado por los siguientes cargos y los servidores públicos que los ocupan:

Denominación y gradoID PlantaServidor público que lo ocupa actualmente
Profesional G07356Vacante Temporal
Técnico G038153Javier García Quintero (E)
Oficinista G03238Néstor Arturo Cárdenas Pachón (E)
Auxiliar G01189Bialis Esther Acuña Márquez
Auxiliar G01100José Guillermo Gutiérrez Ortega

PARÁGRAFO: Coordinador(a) del grupo y reconocimiento de la Prima de Coordinación. El funcionario Javier García Quintero, identificado con cédula de ciudadanía número 79.605.296, Técnico Grado 02 (IDP 234) de la Dirección Administrativa y Financiera, encargado en el empleo Técnico Grado 03 (IDP 8153) de la misma Área, continuará ejerciendo la coordinación del "Grupo de Costos", y percibirá la prima de coordinación conforme al artículo 6 del Decreto 599 de 2025.

ARTÍCULO 11. FUNCIONES DE LOS GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO Y DE LOS COORDINADORES. Los Coordinadores de los Grupos de Trabajo designados mediante el presente acto administrativo y las funciones de los grupos de trabajo, deben ser cumplidas de conformidad con lo establecido en los actos administrativos señalados en la parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO 12. PROVISIÓN DE LOS EMPLEOS VACANTES. Los cargos vacantes relacionados en este acto administrativo continuarán en proceso de provisión definitiva o temporal, mediante encargo o nombramiento provisional.

ARTÍCULO 13. COMUNICACIÓN Y PUBLICACIÓN. Comuníquese la presente Resolución a los Directores de Área, a los Jefes de Oficina, a los Directores Regionales, a los Subdirectores de Centro, y a los Coordinadores y funcionarios de la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General. Una vez comunicada, publíquese en la página web del SENA de conformidad con el artículo 8 de la ley 1437 de 2011 -CPACA.

ARTÍCULO 14. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación, y deroga la Resolución 1-02695 del 2025, así como las demás normas y disposiciones internas del SENA que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., el 16 DIC 2025

MANUELA VALENTINA GARCÍA CANO

Secretaria General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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