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RESOLUCIÓN 3865 DE 2025

(diciembre 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se establece la primera convocatoria de formación abierta Presencial y Distancia para el año 2026.

LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas mediante artículo 3o de la Resolución 1-03775 de 2025.

CONSIDERANDO

Que el Decreto 249 de 2004, en el artículo 27, numerales 1 y 2 establece lo siguiente: "lo siguiente: "ARTÍCULO 27. Funciones de las Subdirecciones de los Centros de Formación Profesional Integral. Son funciones de las Subdirecciones de los Centros de Formación Profesional Integral:

1. Planear, programar, ejecutar, controlar y evaluar los procesos de Formación Profesional Integral para atender las demandas de los sectores productivos y sociales, directamente o mediante alianzas o convenios con otros agentes públicos o privados.

2. Ejecutar, coordinar y administrar la labor operativa en lo relacionado con las políticas de Formación Profesional Integral y las actividades de naturaleza tecnológica. Para el efecto, el Centro desarrollará estrategias y programas de acuerdo con la información recibida de quienes utilizan el portafolio de servicios del centro"

Que el Decreto 1330 de 2019, establece las condiciones de calidad para los programas de Educación Superior, por consiguiente, el Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, deberá de cumplir con los requisitos para la oferta de los programas del nivel Tecnológico.

Que el Acuerdo No.003 del 2023 crea la Estrategia CampeSENA, el Programa de Formación Especializada para la Economía Campesina (FEEC), en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y se dictan otras disposiciones.

Que el acuerdo 09 del 2024 establece "Por medio del cual se adopta el Reglamento del Aprendiz SENA y se derogan los Acuerdos 07 de 2012, 02 de 2014, 06 de 2023 y 02 de 2024 IV INGRESO, PERMANENCIA Y CERTIFICACIÓN, establece los lineamientos que se deben tener en cuenta para el ingreso de los aspirantes a los programas de formación.

Que la Resolución 201 de 2024 "deroga la resolución 790 de 2009 y se efectúa una delegación en el (la) director (a) de Formación Profesional y en los (las) directores(as) Regionales", quienes son responsable de realizar la aprobación de la oferta de los programas de formación profesional integral.

Que la Resolución 1-03775 de 2025 "establece el calendario académico y de labores de los centros de formación profesional del SENA para el año 2026, se realiza una delegación y se dictan otras disposiciones".

Que el director general mediante Resolución 1-03775 de 2025 en su artículo 3o, establece lo siguiente; " delega a la directora de Formación Profesional la función de establecer o modificar mediante Resolución, las fechas de inicio de la formación, así como los cronogramas de ingreso y de las actividades para las diferentes convocatorias de la vigencia 2026 en sus distintas modalidades'. PARÁGRAF01: La Dirección de Formación Profesional del SENA podrá autorizar cambios que puedan surgir en los cronogramas de ingreso para modificar, disminuir o aumentar convocatorias por requerimientos del sector productivo y social, por eventualidades que no se pueden prevenir o cuando esta Dirección lo considere necesario. Así mismo, podrá modificar el cronograma de las convocatorias.

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia, potencia mundial de la vida establece los parámetros para la atención en programas de formación para las poblaciones vulnerables, población NARP e indígenas, por lo anterior los centros de formación deberán garantizar que la oferta de formación responda a las necesidades de estas comunidades.

Que en consideración en lo anterior se hace necesario establecer el cronograma de actividades que deben realizar las direcciones regionales y los centros de formación para garantizar la primera oferta de formación profesional bajo la modalidad presencial y a Distancia, para la vigencia 2026.

Por lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA. Los Centros de Formación Profesional deberán dar cumplimiento a los lineamientos de la primera convocatoria de formación abierta Presencial y Distancia para el año 2026, definidos en el anexo 1 denominado "Lineamientos de la convocatoria", de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2o. CRONOGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA. Los Centros de Formación Profesional deberán dar cumplimiento al cronograma de la primera convocatoria de formación abierta Presencial y Distancia para el año 2026, definidos en el anexo 2 denominado "Cronograma de Ingreso Primera Convocatoria Abierta Presencial y a Distancia 2026", de la presente Resolución.

PARÁGRAFO. Dentro de la actividad Inscripción alta y baja demanda de la convocatoria, los centros de formación deben brindar las orientaciones y acompañamiento a las personas que se autorreconocen con algún tipo discapacidad, de acuerdo con lo descrito en la Guía de Ingreso publicada en Compromiso.

ARTICULO 3o. OFERTA DE PROGRAMAS DE FORMACIÓN TECNOLÓGICA. Los centros de formación deberán garantizar que la oferta de programas tecnológicos se realice conforme a lo indicado en el Registro Calificado, regulado por el Ministerio de Educación.

ARTÍCULO 4o. APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DE LA OFERTA DE FORMACIÓN PRESENCIAL Y A DISTANCIA. Los directores regionales y la directora de Formación Profesional serán los responsables de la aprobación de la oferta correspondiente a la Primera convocatoria de formación abierta presencial y a distancia 2026, lo anterior conforme al anexo 2 "Cronograma de Ingreso Primera Convocatoria Abierta Presencial y a Distancia 2026."

PARÁGRAFO 1o. En las Regionales en las que el (la) director (a) Regional cumpla funciones de subdirector de Centro, éste aprobara la oferta de formación del Centro de formación.

PARÁGRAFO 2o. Para las regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada. La Dirección de Formación aprobara y publicara la oferta de formación, lo anterior conforme al anexo 2 "Cronograma de Ingreso Primera Convocatoria Abierta Presencial y a Distancia 2026."

ARTICULO 5o. JORNADA DE ALISTAMIENTO. Las regionales y los centros de formación deberán realizar las jornadas de alistamiento de acuerdo con el instructivo GFPI–016 "Instructivo para el alistamiento previo de la ejecución de la Formación Profesional Integral, publicado en Compromiso".

ARTICULO 6o. REGISTRO DE LA OFERTA EN EL SISTEMA ACADÉMICO ADMINISTRATIVO. Los Centros de Formación deberán de registrar en Sistema Académico Administrativo, la oferta de programas de formación correspondientes a la Primera convocatoria de formación abierta presencial y a distancia 2026, conforme al anexo 1, denominado "Lineamientos de la convocatoria ", dentro de los plazos estipulados en el cronograma de actividades.

ARTICULO 7o. VIGENCIA, DEROGACIÓN Y DIVULGACION. Esta Resolución rige desde su publicación y deroga el cronograma de la Primera convocatoria 2025 presencial y a distancia establecido en el anexo 1 de la Resolución 01-03032 de 2024 y articulo 1 de la Resolución 1- 03411 de 2024. La misma será publicada en la página web oficial de la entidad.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 17 DIC 2025

CLAUDIA PATRICIA FORERO LONDOÑO

Directora de Formación Profesional

ANEXO 1.

Lineamientos de la convocatoria.

1. Planeación de la Oferta de Formación

La planeación de la oferta de formación debe orientarse a responder a las necesidades locales, regionales y nacionales, garantizando la pertinencia y calidad de los programas, en cumplimiento de las metas institucionales del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

Los directores regionales en coordinación con los subdirectores de Centro son responsables de garantizar la pertinencia de la oferta, así como el cumplimiento de las condiciones que determinan los programas a ofertar y el cumplimiento de metas. Esto implica liderar el proceso de estudio, presentación y aprobación de las ofertas, considerando entre otros los siguientes criterios de calidad:

- Recursos de infraestructura.

- Capacidad económica y disponibilidad presupuestal.

- Recurso humano (instructores).

- Materiales de formación.

- Verificación de la vigencia del registro calificado para los programas de nivel tecnológico, conforme a la información registrada en la plataforma SNIES del Ministerio de Educación Nacional (MEN), disponible en el siguiente enlace: https://hecaa.mineducacion.gov.co/consultaspublicas/programas

Pautas para la Planeación de la Oferta:

a) Proyección de Cupos para la Oferta

- Los cupos que pasan a la vigencia 2026.

- Los registros calificados vigentes y lugares de desarrollo (ampliación) que fueron aprobados.

- Los programas de formación registrados en la planeación indicativa 2026.

- Los cupos por ejecutar de acuerdo con los porcentajes de trimestralización establecidos en el plan de acción y la meta de primer curso de programas tecnológicos modalidad presencial y a distancia:

"TRIMESTRALIZACIÓN: Con el objetivo de tener un adecuado manejo presupuestal en los centros, se definen los siguientes porcentajes de trimestralización, para distribuir durante la vigencia, la oferta de los programas de formación ocupacional de las modalidades presencial, a distancia y virtual, así: Para el primer trimestre se programará máximo el 60% de los cupos totales (incluye los cupos que pasan a la vigencia 2025 y los cupos nuevos). Para los programas de formación tecnológica la trimestralización será únicamente para los cupos nuevos así: Para el primer trimestre se programará el 30% de los cupos nuevos.

"Si la cantidad de cupos que pasan excede el porcentaje estipulado para el primer trimestre, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo asignará los recursos requeridos para la financiación de esas fichas, y el centro, no deberá programar fichas adicionales hasta que los porcentajes de ejecución se encuentren acordes a lo estipulado en la trimestralización."

b) Procedimiento para la Planeación

- La planeación de la oferta de formación deberá seguir el Procedimiento "Planeación y Publicación de la Oferta Educativa", Código: GFPI-P-003, publicado en la plataforma CompromISO.

c) Pertinencia de la Oferta Los Centros de Formación y Direcciones Regionales deben analizar la pertinencia de la oferta, priorizando programas que:

- Promuevan la transición energética, la economía verde y azul y el fortalecimiento de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), en línea con el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia, Potencia Mundial de la Vida".

- Respondan a los planes de desarrollo regionales, departamentales y municipales, alineados con estrategias regionales y sectoriales.

- Tengan en cuenta los niveles de demanda, permanencia y certificación de los programas ofertados a nivel de centro y regional.

- Consideren la capacidad instalada de ambientes de formación y disponibilidad de recursos.

d) Comportamiento de Inscripciones Previas

- Se deben analizar los resultados de inscripciones, matrículas y permanencia en convocatorias anteriores para garantizar el cumplimiento de las metas 2026

- Se dará prioridad a la atención de población vulnerable, programas especiales y convenios de inclusión social, siguiendo los parámetros establecidos en el plan de acción institucional.

e) Caracterización de Grupos

- Cuando un centro atienda varios grupos con las mismas condiciones (programa, municipio, jornada, horario, lugar de formación), deberá caracterizar un solo grupo que incluya el total de cupos definidos.

- Si alguna variable cambia, deberá crearse otro grupo.

f) Actualización del Catálogo de Programas

- Los programas ofertados deberán corresponder a las versiones vigentes en estado en ejecución, publicadas en el Catálogo de Programas del SENA.

g) Sistema de Vigilancia de Programas

La Dirección de Formación Profesional pone a disposición el Sistema de Vigilancia de Programas (SVP), disponible en: http://svp.sena.edu.co, en donde se puede consultar el comportamiento histórico de los programas de formación ejecutados desde el año 2019.

2. Registro calificado

De conformidad con el Decreto 923 de 2024 por medio del cual se modifican los artículos 2.6.4.1 y 2.6.4.8. del libro 2, parte 6, titulo 4 del decreto 1075 de 2015, único Reglamentario del sector Educación en relación con la definición de los programas de la educación para el trabajo y el desarrollo humano y los requisitos básicos para su registro y demás normas concordantes que expida el Ministerio de Educación, Por consiguiente, los Centros de Formación Profesional deberán verificar la vigencia de los registros calificados de los programas de nivel tecnológico a ofertar.

La verificación debe realizarse conforme a lo publicado en los siguientes enlaces:

- https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=245116#

- Consulta Normativa Función Pública

- Consulta Pública SNIES

3. Validación y aprobación de la oferta

3.1. Acta de Oferta de Formación.

Los Centros de Formación y las Regionales deben verificar la pertinencia de la oferta y elaborar el Acta de Oferta de Formación, que deberá incluir:

- Programa de formación

- Nombre del programa.

- Municipio.

- Cupos del grupo.

- Se deberá verificar:

-- Fecha de vigencia de la Resolución de registro calificado.

-- Número de código SNIES que avala el lugar autorizado para el desarrollo de la formación.

El acta debe contener la siguiente tabla que resume la información requerida para cada programa de formación:

CampoEspacio para Diligenciar
[ ]
Regional[ ]
Código del Centro[ ]
Nombre del Centro de Formación[ ]
Denominación del Programa[ ]
Código del Programa[ ]
Modalidad[ ]
Versión del Programa[ ]
Número, Fecha de Resolución y Código SNIES[ ]
Justificación de la Oferta[ ]
Campo[ ]
Grupos[ ]
Cupos[ ]
Duración del Programa[ ]
Municipio[ ]
Sede[ ]
Espacio para Diligenciar [ ]

- Denominación del programa de formación: Nombre del programa tomado del Sistema de Gestión Académico Administrativo que se encuentre en estado en ejecución.

- Código del programa de formación: Código del programa de formación tomado del Sistema de Gestión Académico Administrativo que debe estar en estado en ejecución.

- Versión: Tomada del Sistema de Gestión Académico Administrativo que debe estar en estado en ejecución.

- Número y fecha de resolución expedida por el MEN y código SNIES: Número de resolución vigente emitida por el Ministerio de Educación Nacional al cual ya se le han aplicado y cumplido todos los términos para la expedición de esta, debe contener el código SNIES consultado de la página del Ministerio de Educación, ambos datos deben de ser coherentes y deben de existir obligatoriamente ambos en la página del Ministerio.

- Justificación: Redacción corta, donde se explique el motivo de la oferta del programa de formación en caso de modificaciones con respecto a los programas registrados en la planeación indicativa, deberán estar debidamente justificadas por los Centros de Formación.

- Grupos: Número de grupos a ofertar, en el caso de la presencialidad y a distancia debe de ser un renglón por programa así sean varios grupos del mismo programa de formación.

- Cupos: Número de aprendices que ingresarán al programa de formación de acuerdo con lo estipulado en el plan de acción 2026.

- Duración del programa: Debe contener la información que aparece en la resolución de aprobación del registro calificado del programa para el nivel Tecnológico o en el Sistema de Información SNIES, para los demás programas de formación deberá establecerse de acuerdo con el diseño curricular del programa.

- Municipio: Debe diligenciarse la información que se extrae de la resolución de aprobación del programa por parte del Ministerio de Educación Nacional para nivel Tecnológico y para los demás programas los lugares de oferta definidos en la aprobación de la oferta.

- Sede: Debe registrarse la ubicación exacta del lugar donde se va a ofertar el programa de formación, para el caso de los programas tecnológicos debe estar dentro del alcance de la resolución de registro calificado expedida por el Ministerio de Educación Nacional y en el Sistema de Información SNIES, y que esté vigente.

4. Aprobación de la Oferta de Formación

4.1. Proceso de Aprobación

- Los Centros de Formación deberán enviar el Acta de Oferta de Formación para la aprobación del director regional, excepto en los casos donde el subdirector de Centro ejerza funciones de director regional (regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada), en cuyo caso, la oferta será enviada para aprobación de la Dirección de Formación Profesional al correo electrónico: dir formacionpro@sena.edu.co

4.2. Formalización del Acta Regional

- El director regional o la dirección de formación profesional, certificará la aprobación de la oferta mediante un acta regional, que debe incluir el siguiente párrafo:

"La Regional (XXX) o la Dirección de Formación Profesional certifica que los programas ofertados en esta convocatoria poseen registro calificado vigente para los Centros de Formación y Sedes relacionados en el presente documento."

5. Registro en SOFIA Plus y Creación de Grupos

5.1. Creación de Sugerencias de Programa

- Una vez aprobada el Acta de Oferta de Formación, el Centro de Formación procederá con la creación de la "Sugerencia del Programa" en SOFIA Plus.

- La fecha de terminación de un grupo, debe ser un día antes que se cumplan el número de meses establecido en el diseño curricular con respecto a la fecha de inicio (ej. Programa de 15 meses: inicio 03/08/2024, fecha correcta fin: 02/11/2025) y no puede estar en los primeros días del mes de enero del siguiente año, por lo que se debe postergar al inicio del calendario académico.

5.2. Validación de Sugerencias de Programas

- El coordinador de formación validará las sugerencias registradas en SOFIA plus frente al acta de aprobación de la oferta emitida por el director regional o la dirección de formación profesional.

5.3. Caracterización de Grupos

 Una vez aprobadas las sugerencias del programa, el Centro de Formación procederá a crear y caracterizar los grupos en SOFIA Plus.

6. Proceso de priorización para los aspirantes egresados SENA de un programa técnico, inscritos a un programa tecnológico.

Teniendo en cuenta el acuerdo 009 de 2024 Reglamento del aprendiz en su Artículo 14. Etapa de selección numeral 5 establece Cuando se trate de un egresado de un programa de formación profesional integral técnico del SENA, que tenga el título de bachiller certificado y los resultados de las pruebas ICFES (Saber 11), este podrá acceder a un programa de formación tecnológico en la siguiente oferta, sin presentar nuevamente la prueba de selección', se precisa que para los casos en los que el número de aspirantes sea superior al número de cupos disponibles, la entidad implementará los siguientes criterios de priorización:

NUMERALCRITERIOPUNTAJE
1TallerEntre 1 y 80 puntos
2Egresado técnico SENA de la misma red tecnología o de conocimiento10 puntos
3No egresado SENA de nivel tecnológico10 puntos
4Egresado técnico de diferente red tecnológica o de conocimiento al programa inscrito0 puntos
5Egresado de nivel tecnológico0 puntos
Total de Puntos Para PriorizarMáximo 100 puntos

Nota: La caracterización en el Sistema de Gestión Académico Administrativo SOFIA Plus de los grupos en donde el total de los aspirantes egresados SENA de un nivel técnico, inscritos a un programa de nivel tecnológico sea superior al 100% del cupo del grupo, se realizará en la fecha descrita en el cronograma anexo de esta convocatoria.

ANEXO 2.

Cronograma de Ingreso Primera Convocatoria Abierta Presencial y a Distancia 2026.

No.ActividadActor(es)ObservacionesFechas
1Planeación de la oferta de formaciónCoordinadores académicos de Formación Profesional y subdirector de centro.Validación de la oferta de acuerdo con las necesidades del sector y/o región y generación del Acta de comité del centro de formación.17, 18 y 19 de diciembre del 2025; 14 Y 15 de enero del 2026
2Aprobación de la Oferta de formaciónDirectores Regionales o Dirección de Formación ProfesionalActa de aprobación de la oferta educativa por parte de la Dirección Regional o de la Dirección de Formación Profesional (regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada).16 y 19 de enero de 2026
3Inicio de la divulgación de la oferta de formaciónDirectores Regionales, subdirectores de centro y oficina de comunicacionesLos directores y subdirectores en articulación con la oficina de sistemas y la oficina de comunicaciones deben iniciar la divulgación de la oferta en sus regiones, implementando estrategias de divulgación a través de canales oficiales como redes sociales y sitios web una vez se cuente con la suscripción del acta de aprobación de la oferta.19 de enero
4Creación de sugerencias por parte de los centros de formación en SOFIA Plus (Estas se encuentran en el marco de las necesidades regionales contempladas en el acta de aprobación de la oferta)Coordinadores académicos de cada Centro de Formación ProfesionalNota. Para la creación de las sugerencias se debe tener presente la fecha de inicio de la formación el 05 de marzo de 2026.
Las sugerencias de programas deben coincidir con lo consignado en el acta de aprobación de la oferta.
19 y 20 de enero del 2026
5Verificación y aprobación de los programas de formación sugeridos a ofertar en SOFIA PLUSCoordinador de Formación de la regional o Dirección de Formación Profesional.Validar y aprobar en SOFIA Plus los programas a ofertar, verificando que correspondan al Acta de aprobación de la oferta formativa por parte de la regional. (Rol- Administración Educativa Regional)21 y 22 de enero de 2026



La Dirección de Formación Profesional solo verificará y aprobará en los casos en que el subdirector de Centro ejerza funciones de director regional, para las regionales Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada.
6Crear y caracterizar los grupos los cuales deberán quedar en estado personalizadas en el aplicativo SOFIA PlusCentros de Formación ProfesionalLos grupos creados y personalizados después del plazo definido en el calendario académico y de labores no se verificarán ni se publicarán en SOFIA Plus.
La caracterización de los grupos de programas FIC se debe hacer de manera adecuada indicando el convenio FIC, de tal forma que al cumplir requisitos los aprendices puedan ser beneficiaros del apoyo de sostenimiento, teniendo en cuenta lo establecido en la Circular 3-2024- 000282 del año 2024: Actualización de Catálogo de
Programas asociados a entrega de apoyos de sostenimiento con recursos de Fondo nacional de Formación Profesional de la Industria de la construcción FIC, o la que esté vigente.
23 y 26 de enero del 2026
7Solicitar autorización de pruebas offline
Se autoriza prioritariamente a los Centros que tienen dificultad de conectividad o cuya tecnología medular es del sector agropecuario.14 al 23 de enero de 2026
8Diligenciar formulario charlas informativasCentros de Formación ProfesionalEnlace: https://forms.office.com/r/c51KDGAzQA
Corresponde al formato GFPI- PL-002 Planilla Calendario Charlas informativas, donde se relacionarán la programación de las charlas informativas, de acuerdo con la estrategia que el Centro tenga implementada.
23 de enero del 2026
9Verificar y publicar los grupos en estado personalizadasCoordinador de Formación de la regional o Grupo Gestión de la formación.Después de publicada la oferta institucional en la página web no se modificará; el subdirector del Centro de Formación Profesional es el responsable de la calidad final de la información publicada.
El Grupo de gestión de la formación, solo verificara y publicará en SOFIA Plus las ofertas en los casos en que el subdirector de Centro ejerza funciones de director regional. (Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada).
27 y 28 de enero del 2026
10Inscripción alta demandaAspirantesA través del portal de Betowa https://betowa.sena.edu.co/29 de enero hasta el 03 de febrero de 2026
11Inscripción baja demandaAspirantesQuedarán activos los grupos de baja demanda, es decir, aquellas que no superan tres (3) veces el cupo, permitiendo que se realicen más inscripciones04 y 05 de febrero de 2026
12Inscribir y aplicar las pruebas offline de selecciónCentros que el Grupo Gestión de la formación de la Dirección de Formación Profesional apruebe la aplicación de pruebas offlineA los centros de formación autorizados por el Grupo Gestión de la formación, les enviarán los instructivos e instaladores requeridos para poder realizar las pruebas.Desde el 29 de enero hasta el 06 de febrero
13Aplicar la prueba web (Programación)Aspirantes Centros de Formación ProfesionalDocumentos que terminan en 0, 1, 2, 3, 4,5,6,7,8 y 9
A partir de 00:01 horas hasta las 23:59 horas
06 y 09 de febrero de 2026
14Reprogramar la prueba webAspirantes Centros de Formación ProfesionalDocumentos que terminan en 0, 1, 2, 3, 4,5,6,7,8 y 9
A partir de 00:01 horas a las 17:00 horas.
10 de febrero de 2026
15Atender y responder quejas y reclamos relacionados con la aplicación de pruebaCentros de Formación ProfesionalAtender y responder quejas y reclamos de los aspirantes que realizaron la inscripción en la oferta académica. Antes de las 17:00 horas10 de febrero de 2026
16Cargar en SOFIA Plus, las pruebas Offline aplicadas.Centros de formación ProfesionalVerificar los mensajes que arroja la aplicación durante el respectivo cargue, y para mayor seguridad descargar el reporte de resultados de pruebas.10 de febrero de 2026
17Selección prueba Fase II (Prueba web controlada /o taller) o priorización de egresados técnicos (Taller)Centros de formación Profesional que deciden adelantar la
FASE II o priorización de egresados técnicos
Definir opción de prueba o priorización, caracterizar los grupos, planear y programar recursos.
Esta prueba o priorización es discrecional en su aplicación por parte del Centro de Formación.
12 de febrero de 2026
18Citar aspirantes Fase II o priorización de egresados técnicos (Taller)Centros de Formación que deciden adelantar la FASE II o priorización de egresados técnicos (Taller)El Centro debe definir estrategias de comunicación para que los aspirantes conozcan el estado de su proceso de selección.
Citación a la prueba o priorización a través del sistema académico y administrativo SOFIA Plus.
13 de febrero de 2026
19Aplicar Pruebas Fase II o priorización de egresados técnicos (Taller)Centros de Formación que deciden adelantar la FASE II o priorización de egresados técnicos (Taller)El registro de los resultados del taller y/o prueba, se debe realizar dentro del plazo definido para su desarrollo.
Se debe verificar la asistencia y registrar oportuna y correctamente los resultados de todos los participantes. Si el Centro de Formación Profesional realiza Fase II empleando como instrumento el Taller Actitudinal, debe planear y ejecutar la actividad según lo establecido en el documento GFPI-G-017 Guía Creación Talleres para pruebas, que se encuentra publicada en CompromISO.
16 al 19 de febrero de 2026
20Garantizar que se carguen, gestionen y publiquen los resultados de la fase II o priorización en SOFIA
Plus
Responsable en el centro de formación profesional que deciden adelantar la FASE II o priorización.El centro de Formación es el responsable de realizar el cargue de los resultados correspondientes a la fase II o priorización.20 de febrero de 2026
21Consultar resultadosAspirantesPortal www.senasofiaplus.edu.co en la opción "Consultar Resultados de prueba o priorización".21 de febrero de 2026
22Convocar y asentar matrículaCentros de Formación ProfesionalRealizar la verificación de requisitos. El sistema permitirá convocar los suplentes a matrícula hasta un (1) mes después de inicio de la formación, pero cambiándole el estado al aspirante.
El no asentar la matrícula en las fechas establecidas genera la cancelación de los grupos aún con los aspirantes convocados, esto ocurre cuando el sistema realiza el cambio de estado de los grupos de "matrícula" a "ejecución".
23 de febrero al 04 de marzo de 2026
23Diligenciar formulario para distribución de grupos (Bolsa de centro)Centros de Formación ProfesionalEl centro de formación registrará la información correspondiente de los grupos en el formulario destinado para tal fin.05 y 06 de marzo de 2026
24Crear cuentas de correo electrónico.Oficina de sistemasLa oficina de sistemas creara los correos electrónicos de los aprendices.Al finalizar la matricula
25Expedir carnet institucional correspondienteCentros de Formación ProfesionalEs responsabilidad el centro de formación.Al finalizar la matricula
26Inicio de la formaciónCentros de Formación ProfesionalInicio de formación para la Oferta académica presencial y a distancia05 de marzo del 2026
27Finalizar el proceso de Matricula de suplentes en el aplicativo SOFIA Plus.Encargado de Ingreso Centro de formaciónMáximo Un (1) mes después de inicio de la formación y reinicio del calendario académico.

ANEXO 3.

Orientación para personas con discapacidad.

¿Quiénes pueden acceder a este servicio? Personas que presentan discapacidad visual, auditiva, intelectual, física, psicosocial, sordoceguera y múltiple.

¿Qué debe hacer para acceder a este servicio? Además de cumplir con, los requisitos establecidos por el SENA para el programa en el que desea participar deben:

a. Entregar el certificado de discapacidad: Este certificado médico es expedido por la IPS autorizada, de conformidad con la Resolución 113 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.

b. Registrarse en la plataforma Betowa: Con este registro se permitirá al equipo de ingreso de cada Centro de formación, adelantar el pre-alistamiento.

c. Entrega de solicitud: Una vez realizada la inscripción al programa de formación en la página https://betowa.sena.edu.co/ se debe:

a. Radicar la solicitud en forma presencial en el centro de formación o de manera virtual a través del siguiente correo electrónico: servicioalciudadano@sena.edu.co

b. Especificar en la solicitud, los apoyos que requiere para la presentación de la prueba.

c. La solicitud debe indicar nombres y apellidos, teléfono de contacto, correo electrónico, nombre del centro de formación al que se inscribió, programa de formación y número del grupo de formación.

Una vez recibida la documentación, el SENA evalúa los recursos solicitados para que presente la prueba.

Sin esta documentación, el SENA asume que no se requiere de ningún tipo de apoyo.

 

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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