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CIRCULAR 49 DE 2020

(marzo 11)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C

PARA:FUNCIONARIOS, CONTRATISTAS Y APRENDICES DEL SENA
Asunto:Prevención, manejo, atención y control de COV1D -19 {Coronavirus}.

Dando cumplimiento a las directrices nacionales e institucionales, en el marco de las medidas de prevención de la infección respiratoria aguda denominada COVID - 19 (Coronavirus), se emiten recomendaciones para la prevención, manejo, atención y control, a través del "PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN, MANEJO, ATENCIÓN Y CONTROL DE LA INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA COVID -19 (CORONAVIRUS)" adjunto a la presente circular.

Concordancias

En el mencionado protocolo se podrán consultar definiciones, antecedentes, acciones frente a la identificación de signos y síntomas, medidas de prevención, autocuidado y protección, recomendaciones y limitaciones para la realización de eventos y reuniones que impliquen la reunión física de funcionarios, contratistas y aprendices, medidas frente a viajes nacionales e internacionales (lineamientos para personas que estén o hubieren estado fuera del país), así como sugerencias para el aprovechamiento de las TIC's para la ejecución de actividades laborales y contractuales, así como las medidas a atender en caso de detección positiva de COVID - 19 (CORONAVIRUS) aplicables a servidores públicos, contratistas, colaboradores externos y aprendices.

Vale la pena señalar que en los casos que se realicen actividades fuera del sitio habitual de trabajo, cada jefe inmediato y/o supervisor, realizará el control de las personas que se acojan a dicha medida, así como el seguimiento a las tareas y actividades asignadas, con el fin de garantizar la adecuada prestación del servicio.

Es obligación de los servidores públicos, contratistas y aprendices asistir a las capacitaciones, charlas y socializaciones pedagógicas que dan a conocer las medidas preventivas y de control ante la infección respiratoria aguda COVID - 19 (Coronavirus), así como acatar las medidas de prevención del COVID -19 impartidas por la Entidad.

Se recomienda a la comunidad SENA, la participación y realización del curso "Virus respiratorios emergentes, incluido el COVID-19: métodos de detección, prevención, respuesta y control", de manera virtual, ingresando a la página https://www.campusvirtualsp.org/es/node/28738 y se reitera que se dará continuidad a las campañas de prevención acerca del COVID-19 por todos los medios de difusión existente en el Sena, por lo que solicitamos a toda la comunidad Sena estar atentos a dichos mensajes.

Se advierte a la comunidad SENA, qué en el marco de las actividades de prevención, manejo, atención y control de COVID - 19 {coronavirus}, el SENA bajo ninguna circunstancia, contempla la venta, promoción y/o comercialización al detal o al por mayor de productos para prevenir un posible contagio.

Finalmente los invito a estar atentos a las diferentes directrices y novedades en la materia que se emitan, las cuales están sujetas a los lineamientos qué emita él Gobierno Nacional y a la evolución epidemiológica asociada al COVID -19.

Cordial saludo,

VERÓNICA PONCE VALLEJO

Secretaria General

PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN, MANEJO, ATENCIÓN Y CONTROL DE LA INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA COVID -19 (CORONAVIRUS).

1. OBJETIVO

El objetivo del presente protocolo es brindar orientaciones respecto a las medidas que deben implementar los funcionarios, contratistas, aprendices y colaboradores externos del SENA, en el entorno laboral, académico y personal, así como las medidas de Salud y Seguridad en el Trabajo, para que, en la órbita de la responsabilidad personal y social, prevengamos la propagación, manejo y control de la infección respiratoria aguda COVID-19 (CORONAVIRUS).

Teniendo en cuenta la evolución que tenga el COVID-21 en Colombia y en el SENA, estas medidas serán ampliadas o modificadas para atender los lineamientos de las autoridades nacionales y salvaguardar la salud de la comunidad educativa, por lo cual recomendamos estar atentos a los nuevos lineamientos.

Es obligación de los funcionarios, contratistas y aprendices aplicar las medidas y asistir a las capacitaciones, charlas y socializaciones pedagógicas que dan a conocer las medidas preventivas y de control ante la infección respiratoria aguda COVID - 19 (CORONAVIRUS), así como acatar las medidas de prevención del COVID - 19 impartidas por la entidad. El incumplimiento de dichas actividades se considera violación a las normas de seguridad y salud en el trabajo, según el artículo 91 del Decreto Ley 1295 de 1994.

2. DEFINICIONES

Para los efectos de la presente circular y demás disposiciones normativas que expida la entidad, se definen los siguientes términos:

Aislamiento: Separación de una persona o grupo de personas que se sabe o se cree razonablemente, que están infectadas con una enfermedad transmisible y potencialmente infecciosa de aquellos que no están infectados, para prevenir la propagación de la infección respiratoria aguda COVID - 19 (CORONAVIRUS). El aislamiento para fines de salud pública puede ser voluntario u obligado por orden de la autoridad sanitaria.

Contacto cercano: Es el que se da entre un caso sospechoso o confirmado de infección respiratoria aguda COVID - 19 (CORONAVIRUS) y otras personas a menos de 2 metros de distancia, durante un periodo de tiempo mayor de 15 minutos o haber tenido el contacto directo con sus secreciones.

Contacto de viajero: Persona que ha tenido contacto cercano con un caso sospechoso o confirmado de infección respiratoria aguda COVID -19 (CORONAVIRUS).

Coronavirus: Los coronavirus (CoV) son parte de una familia de virus, cuyos subtipos surgen periódicamente en diferentes áreas del mundo y causan Infección Respiratoria Aguda (IRA), en personas o animales. Estos virus se transmiten entre animales y de allí pueden infectar a los humanos. A medida que mejoran las capacidades técnicas para detección y la vigilancia de los países, es probable que se identifiquen más coronavirus, como es el caso de este COVID-19.

Cuarentena: Consiste en la restricción de las actividades de las personas presuntamente sanas que hayan estado expuestas durante el periodo de transmisibilidad de enfermedades que puedan tener efectos en la salud poblacional. Su duración será por un lapso que no exceda del periodo máximo de incubación de la enfermedad o hasta que se compruebe la desaparición del peligro de diseminación del riesgo observado.

Trabajo en casa: Medida transitoria y excepcional para el desempeño y ejecución de funciones u obligaciones fuera de las instalaciones del SENA.

Plan de Contingencia: Procedimientos operativos específicos y preestablecidos de coordinación, alerta, movilización y respuesta ante la manifestación o la inminencia de un fenómeno peligroso particular, con escenarios definidos.

Tamizaje: Aplicación de procedimientos de selección a personas presuntamente sanas, para identificar aquellas que probablemente estén enfermas.

3. IDENTIFICACIÓN DE SIGNOS Y SÍNTOMAS

El COVID - 19 (CORONAVIRUS) no cuenta actualmente con tratamiento específico para curarlo, por lo cual, se deben seguir las recomendaciones y decisiones de salud, higiene y seguridad establecidas para disminuir la propagación de la infección respiratoria aguda COVID-19 (CORONAVIRUS) y, de esta manera, aportar a la salud de la comunidad SENA y del país.

De conformidad con la información reportada por la Organización Mundial de la Salud (OMS); la infección respiratoria aguda COVID - 19 (CORONAVIRUS), presenta un cuadro epidemiológico y de incubación de (14) catorce días calendario. El receptor del virus puede presentar los siguientes signos y síntomas, los cuales son los de cualquier Infección Respiratoria Aguda:

- Fiebre

- Tos

- Secreciones nasales

- Malestar general que pueden ser leves a moderados, en casos severos dificultad respiratoria.

Dadas las orientaciones brindadas por el Ministerio de Salud, se recomienda a los servidores públicos, contratistas, aprendices y colaboradores externos, que en el evento de persistir con alguno de los síntomas, solicite atención medica domiciliaria:

- Respiración más rápida de lo normal.

- Fiebre de difícil control por más de 2 días.

- Le suena el pecho o le duele al respirar.

- Somnolencia o dificultad para despertarse.

- Ataques o convulsiones.

- Decaimiento o deterioro general de forma rápida.

4. MEDIDAS DE PREVENCIÓN FRENTE A LA INFECCIÓN RESPIRATORIA AGUDA COVID-19 (CORONAVIRUS).

4.1. Medidas Generales de Prevención

Con el fin de minimizar los efectos negativos y la propagación de la enfermedad, como medida de prevención los funcionarios, contratistas, aprendices y colaboradores del SENA deben:

> Lavar las manos con agua y jabón de manera frecuente. El lavado de manos debe ser de 40 a 60 segundos; debe hacerse: después de llegar de la calle, tocar superficies, instalaciones públicas (como pasamanos o manijas de puertas), o cuando las manos estén contaminadas por secreciones respiratorias después de toser o estornudar, y al saludar de mano a otras personas, después de ir al baño, cambiar pañales, y antes de consumir o preparar alimentos.

> Evite el contacto físico al saludar. Restringir el saludo bien sea de mano o de beso con personas que tengan gripa, tos o algún tipo de afección o infección respiratoria aguda.

> Evitar tocarse los ojos, nariz y boca.

> Al toser o estornudar cúbrase la nariz con el codo flexionado o con un pañuelo., nunca con la mano.

Mantenga al menos un metro de distancia entre usted y las demás personas.

> Si presenta síntomas de resfriado use tapabocas obligatoriamente, principalmente en las mañanas y en las noches.

> Evite el contacto con personas infectadas.

Si tiene tos, fiebre y dificultad respiratoria solicite atención médica oportunamente.

> Mantener las rejillas de ventilación de las oficinas, aulas y talleres abiertas todo el tiempo

Por ningún motivo comparta los elementos de protección personal.

> Atender las capacitaciones e instrucciones que se emitan por seguridad y salud en el trabajo sobre medidas preventivas.

Para promover el lavado de manos como factor fundamental de prevención, los Directores Regionales y Subdirectores deben asegurar que cada zona de aseo personal en el SENA cuente con dispensadores de jabón y toallas de papel.

Los equipos de Salud y Seguridad en el Trabajo - SST, y los de Bienestar de los Centros y Regionales que dispongan en sus inventarios de tapabocas, podrán suministrarlos a los funcionarios, contratistas y aprendices que presenten síntomas de tos o alguna infección respiratoria como medida preventiva.

El grupo de servicios generales de la Dirección General se encuentra realizando refuerzos en el equipo de limpieza y desinfección de superficies, tanto en la Dirección General como en los centros de formación de cada regional.

El Grupo de Servicios Generales ha impartido lineamientos a nivel nacional, tendientes a prevenir y minimizar el riesgo de contagio, reforzando la limpieza y desinfección en las diferentes áreas de la dirección general, regionales y centros de formación; estas reglas corresponden a:

- Desinfección de superficies (escritorios): Se debe llevar a cabo antes de iniciar la jornada laboral o de formación; al mediodía y al finalizar la jornada laboral o de formación. Esta desinfección se debe realizar con alcohol industrial según normatividad para la disolución de insumos líquidos.

- Aseo de áreas de trabajo, de formación y de zonas comunes: Se debe realizar al iniciar y al finalizar la jornada laboral o de formación; este aseo debe ser ejecutado utilizando hipoclorito según normatividad de disolución de insumos líquidos.

- Aseo de Baños: Se realizará en cinco (5) rondas diarias, así: láminas, con alcohol; sanitarios con hipoclorito; lavamanos y pisos con desinfectante. De igual forma en esta ronda se debe verificar el abastecimiento de toallas de mano, jabón antibacterial y papel higiénico.

Es responsabilidad del coordinador contratado por el prestador del servicio de aseo y del supervisor de la orden de compra, velar porque el servicio se preste en óptimas condiciones y se cumplan con los lineamientos de prevención establecidos en el presente documento.

4.2. Medidas Específicas de Protección

> Quedan suspendidas a partir de la fecha las comisiones internacionales de funcionarios, contratistas, aprendices, o invitados, hasta tanto las autoridades sanitarias competentes sugieran la reanudación de la movilización y ejercicio de las actividades ordinarias sin riesgo para la salud y la vida.

En caso excepcional que algún funcionario, contratista, aprendiz u otro colaborador decida realizar un viaje internacional de carácter personal en los próximos 3 meses, deberán informarlo por escrito a su jefe inmediato, lo cual implica que asume de manera directa las consecuencias que el mismo pueda traer en sus condiciones de salud y a su regreso deberá acogerse a lo dispuesto en el ítem anterior.

> A partir de la fecha se suspenden las giras técnicas y los traslados o reubicaciones desde y hacia las ciudades del país en las que se hayan identificado casos de COVID-19.

> Se suspenden también a partir de la fecha en el SENA los eventos masivos y las reuniones presenciales o concentración de varias personas, como encuentros, ruedas de negocio, ferias de emprendimiento, eventos de divulgación, etc.

> Para el desarrollo de reuniones de trabajo que sean indispensables, se debe reducir el número de participantes a quienes intervendrán en todos los temas; los demás participantes se conectarán utilizando las herramientas tecnológicas, como Teams, videoconferencias, SIVE, One Drive, grupos de Whatsapp o las que brinda Outlook.

> A las ciudades del país en las que se hayan identificado casos de COVID-19, solamente se podrán programar y ejecutar comisiones de servicio nacionales en casos estrictamente necesarios que sean inaplazables, y los comisionados deben cumplir a cabalidad con el protocolo de prevención y las medidas de autocuidado.

> Los funcionarios, contratistas y aprendices con síntomas respiratorios deben permanecer en casa y solicitar atención médica domiciliaria, evitando desplazamientos a las instalaciones médicas, hospitales o EPS, con el fin de evitar la propagación de enfermedades virales y adquirir de otras nuevas. Las actividades laborales, contractuales o formativas deben realizarse desde la casa, a través de las herramientas colaborativas que la institución tiene disponibles.

Los Subdirectores de Centro también deben articularse con las Secretarías de Educación para la prevención, atención y manejo del COVID-19 en los Colegios en los que el SENA este desarrollando el programa de articulación con la educación media.

> El Grupo de Salud y Seguridad en el Trabajo y los Directores Regionales y los Subdirectores de Centro deben articularse de manera inmediata con las autoridades nacionales, regionales y locales de salud, según el caso, para la prevención, manejo y atención del COVID-19, y la implementación de medidas y campañas en la entidad.

> Desde el Grupo de Bienestar al Aprendiz y Atención al Egresado, se impulsará el cumplimiento de los protocolos emitidos por el gobierno nacional y las autoridades de salud, desplegando las siguientes actividades de prevención:

- Los Instructores en los ambientes de formación y antes de iniciar las actividades de formación realizarán orientación informativa a los aprendices socializando la Circular Conjunta No. 11 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social y del Ministerio de Educación.

- El equipo de Bienestar al Aprendiz, en los Centros de Formación, deberá incluir dentro de sus actividades lúdico - pedagógicas temas de educación sobre la prevención manejo, atención y control de la infección respiratoria aguda COVID - 19 (CORONAVIRUS).

- Socialización del material comunicativo y pedagógico que se relaciona a través de este protocolo, adicional a la Circular Conjunta No. 11 del Ministerio de Salud y Protección Social y del Ministerio de Educación, donde podrán encontrar información relevante en la que se pueden soportar para la ejecución de las actividades pertinentes a la prevención de la infección respiratoria aguda COVID - 19 (CORONAVIRUS) y/o los que el Centro de Formación diseñe.

5. LINEAMIENTOS PARA EL MANEJO DE EMPLEADOS, CONTRATISTAS O APRENDICES QUE HAYAN ESTADO EN EL EXTRANJERO.

Quienes hayan estado en el extranjero durante los últimos 14 días calendario, deben realizar sus funciones o las actividades formativas desde su casa, hasta tanto se determine que se encuentra fuera de riesgo; adicionalmente deberán tener los siguientes cuidados:

> Uso de mascarilla quirúrgica permanente.

> Lavado de manos o higienización con sustancias a base de alcohol de manera frecuente.

> Limpieza y desinfección de superficies si tienen contacto con secreciones o fluidos corporales.

> Toma de temperatura cada 12 horas (2 veces al día).

La medida de trabajo en casa durante 14 días calendario contados desde la fecha de regreso, se debe aplicar independientemente de que presenten síntomas o no, y podrá prorrogarse hasta tanto se determine que el servidor público, contratista o aprendiz se encuentra fuera de riesgo.

Cuando estas personas hayan estado en un país con casos identificados de COVID-19, la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas contactará a las autoridades nacionales para coordinar su retorno al país.

Si el colaborador presenta fiebre, tos o dificultad para respirar, debe utilizar tapaboca y comunicarse de inmediato con los números dispuestos por el Ministerio de Salud para la atención de protocolos y tamizaje.

6. MEDIDAS A EJECUTAR EN CASO DE DETECCIÓN POSITIVA DE UN FUNCIONARIO, CONTRATISTA O APRENDIZ CON COVID -19 (CORONAVIRUS).

En el marco de la prevención laboral y desarrollo de actividades de formación, cuando un funcionario o contratista, sea diagnosticado con COVID - 19 (CORONAVIRUS), deberá cumplir las recomendaciones emitidas por la EPS e informar a través de correo electrónico u otro medio virtual, al Jefe inmediato, anexándole la incapacidad medica; el correo debe ser enviado por el jefe inmediato al Grupo de Salud y Seguridad en el Trabajo - SST, con el fin de hacer seguimiento del caso y al Grupo de Salarios para el reporte de la novedad.

Si se trata de un aprendiz, el correo debe ser enviado a Bienestar al Aprendiz del Centro de Formación, con copia de la incapacidad. Por ninguna razón se desplazará a las instalaciones de la entidad.

Adicionalmente, el respectivo Centro de Formación, Centro de Convivencia o dependencia del SENA, iniciará de inmediato los protocolos de cuarentena para los grupos de personas cercanas al paciente confirmado. La cuarentena será declarada por el jefe inmediato o el coordinador, con la articulación del Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General, para lo cual el jefe o coordinador debe hacer el reporte inmediato de los hechos al correo lylopez@sena.edu.co o a la IP 13544.

Como plan de contingencia, los funcionarios, contratistas o aprendices declarados en cuarentena deberán mantenerse bajo observación médica por parte de la EPS, preferiblemente los días 1,7 y 14 después de declarada la cuarentena, en aras de descartar un posible contagio.

Para estos casos, el SENA autoriza el trabajo en casa como medida transitoria y excepcional durante la cuarentena o el tiempo que dure la valoración y seguimiento del(os) lugar(es). Igualmente se autorizarán labores o actividades de formación por medios virtuales a funcionarios, contratistas y aprendices, en los siguientes casos:

- Quienes hayan llegado recientemente de algún país con incidencia de casos de COVID-19 (CORONAVIRUS).

- Quienes hayan estado en contacto con pacientes diagnosticados con COVID-19.

- Quienes presenten síntomas respiratorios leves y/o moderados.

- Población médicamente vulnerable (personal de la tercera edad, con patologías previas respiratorias, enfermedades preexistentes como diabetes o cardiopatías, enfermedades catastróficas, ruinosas o de alto costo, etc).

Esta medida tendrá una duración inicial de hasta 14 días calendario y su prolongación dependerá de las condiciones de salud que vaya mostrando el paciente.

De conformidad con la Circular Conjunta No. 0018 del 10 de marzo de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, para el caso de los servidores públicos, esta medida no representa abandono del cargo.

Cada jefe inmediato realizará el control de las personas que se encuentren trabajando en casa y el seguimiento a tareas y actividades designadas, con el fin de garantizar la prestación adecuada del servicio. Para ello, debe tenerse en cuenta la naturaleza de las funciones del cargo. Así mismo, los supervisores de los contratistas establecerán mecanismos virtuales para la verificación del cumplimiento de las obligaciones contractuales.

Con el fin de garantizar la formación de los aprendices y la prestación del servicio de los instructores que se encuentren en cuarentena, la Dirección de Formación Profesional aprueba el uso de la modalidad virtual a través de asignación de trabajos y tareas por medio del aplicativo LMS Territorium o correos electrónicos.

Los gimnasios ubicados en sitios con casos de COVID-19 deben restringir su funcionamiento hasta nueva orden, según los lineamientos del orden nacional.

Los integrantes de los equipos de trabajo de Seguridad y Salud en el Trabajo a nivel nacional deberán mantener informado de todos los casos a la Dirección General, a través del correo de Leidy Yohana López Barrera <lylopez@sena,edu.co>. y se darán continuidad a las campañas de prevención acerca del COVID-19 por todos los medios de difusión existentes en el SENA, por lo que solicitamos a toda la comunidad de la entidad estar atentos a esos mensajes. Anexamos a este protocolo el directorio del equipo de Salud y Seguridad en el Trabajo a nivel nacional.

Considerando la desinformación existente en redes sociales, recomendamos consultar el tema directamente en la aplicación "CoronaAPP" disponible para celulares y tabletas del sistema operativo Android, o en las siguientes fuentes oficiales:

https://www.minsalud.gov.co/salud/publica/PET/Paginas/Nuevo-Coronavirus-nCoV.aspx

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/ED/VSP/circular-externa-005-de-2020.pdf

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/asif04-guia-tamizaje-poblacional-puntos-entrada-coronavirus.pdf

https://www.mineducacion.gov.co/1759/articles-393687_documento_pdf.pdf

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibiiotecaDigital/RIDE/DE/DlJ/circular-0018-de-2020.pdf

https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/acciones-coronavirus.pdf

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0049_2020.pdf>

<Para consultar el anexo de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0049_2020.pdf>

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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