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ACUERDO 04 DE 2022
(noviembre 22)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por el cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento, del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la vigencia fiscal 2022.
EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL
En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015, y el artículo 17 del Decreto 1793 de 2021
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto 1793 de 2021 "Por el cual se liquida el presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2022, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos”, a través de este se establecieron las apropiaciones presupuéstales para funcionamiento, servicio de la deuda e inversión del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.
Que el Artículo 2.8.1.5.6. del Decreto 1068 de 2015 establece: "... Las modificaciones ai anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por Resolución del Representante Legal en caso de no existir aquellas.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuéstales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación.
Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación- Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas-sobre las operaciones presupuéstales contenidas en los proyectos de resoluciones o acuerdos y verificación del registro de las solicitudes en el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas SUIFP...”
Que de acuerdo con el artículo 19 de la Ley 2155 de 2021, y el Decreto 397 de 2022, los rubros objeto de adición presupuestal no hacen parte de los conceptos de restricción de austeridad mencionados en las citadas normas.
Que el presente acuerdo se realiza conforme a la plantilla socializada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Circular Externa No. 011 del 29 de abril de 2022.
Que la coordinadora del grupo de presupuesto del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Número 322, de octubre 27 por valor de $1.708.000.000 (Mil setecientos ocho millones de pesos) M/cte.
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Efectuar la siguiente modificación al anexo del Decreto de Liquidación, en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA para la vigencia fiscal 2022:
CTA | SUBC | OBJG | ORD | REC | SIT | DESCRIPCION | CONTRACREDITO | CREDITO |
08 | Gastos por tributos, multas, sanciones e intereses demora. | |||||||
08 | 04 | Contribuciones | ||||||
08 | 04 | 01 | 27 | CSF | Cuota de fiscalización y auditaje | 1.708.000.000 | ||
03 | 27 | CSF | Transferencias Corrientes | |||||
03 | 04 | 27 | CSF | Prestaciones para cubrir riesgos sociales | ||||
03 | 04 | 02 | 27 | CSF | Prestaciones sociales relacionadas con el empleo | |||
03 | 04 | 02 | 021 | 27 | CSF | Servicios Médicos Convencionales (No de Pensiones) | 1.708.000.000 | |
TOTAL | 1.708.000.000 | 1.708.000.000 |
ARTÍCULO 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y requiere para su validez de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., el 22 MOV 2022
GLORIA INES RAMIREZ RIOS
Presidente del Consejo
Ministra del Trabajo
VERONICA PONCE VALLEJO
Secretaria del Consejo