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ACUERDO 20 DE 1989

(agosto 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 70 del Acuerdo 13 de 1990>

Mediante el cual se adiciona el Acuerdo No. 01 de 1983

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SENA,

en uso de sus facultades legales y estatutarias previstas

en el Artículo 8o. del Decreto Ley No. 3123 de 1968

ACUERDA:

ARTICULO 1o. <Acuerdo  derogado por el artículo 70 del Acuerdo 13 de 1990> Establecer la Oficina de Desarrollo Organizacional y adscribirla temporalmente al Despacho del Director General, asignándole las funciones del área de organización y Métodos, que por Resolución No. 2539 de Agosto 15 de 1983 estaban adscritas a la División de Relaciones Industriales y otras adicionales.

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ARTICULO 2o. <Acuerdo  derogado por el artículo 70 del Acuerdo 13 de 1990> Serán funciones de la Oficina de Desarrollo Organizacional las siguientes:

1. Elaborar los estudios y planes que se requieran para el desarrollo organizacional de la entidad, tanto en la Dirección General como en las Regionales.

2. Elaborar y proponer normas, procedimientos, métodos, códigos y estándares relacionados con los procesos técnicos, administrativos y operativos de la Entidad.

3. Elaborar, proponer y actualizar los manuales de funciones de las dependencias de la dirección General y de las Regionales.

4. Diseñar, implantar, operar y mantener el sistema de manuales de la Entidad.

5. Realizar estudios que sirvan como base para determinar necesidades de personal y lograr una adecuada distribución de funciones.

6. Efectuar estudios sobre racionalización del trabajo, descentralización y delegación de funciones.

7. Hacer los estudios requeridos para la racional distribución y utilización de espacios físicos de las dependencias de la entidad.

8. Establecer criterios y parámetros para el diseño, implantación y administración de formularios, preimpresos y formatos en la entidad.

9. Asesorar a las Dependencias de la Dirección General y las Regionales en lo relacionado con la función de Organización y Métodos y Desarrollo Organizacional.

10. controlar y evaluar los resultados de los planes relacionados con la función de Desarrollo Organizacional.

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ARTICULO 3o. <Acuerdo  derogado por el artículo 70 del Acuerdo 13 de 1990> Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Notas de Vigencia

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, el 22 de agosto de 1989

Presidente del Consejo,

LEONARDO CAÑON ORTEGON.

Viceministro de Trabajo y Seguridad Social,

Secretaria del Consejo,

ALICIA GARCIA BEJARANO.

Secretaria General,

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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