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ACUERDO 32 DE 2005

(diciembre 15)

Diario Oficial No. 46.136 de 29 de diciembre de 2005

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo 7 de 2005 derogado por el artículo 25 del Acuerdo 4 de 2009>

Por el cual se modifica el artículo 17 del Acuerdo 7 de 2005.

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el Decreto 249 de 2004 y en desarrollo de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 5o del Decreto 934 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 40 de la Ley 789 de 2002 creó el Fondo Emprender “como una cuenta independiente y especial adscrita al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, el cual será administrado por esta entidad y cuyo objeto exclusivo será financiar iniciativas empresariales que provengan y sean desarrolladas por aprendices o asociaciones entre aprendices, practicantes universitarios o profesionales que su formación se esté desarrollando o se haya desarrollado en instituciones que para los efectos legales, sean reconocidas por el Estado de conformidad con las Leyes 30 de 1992 y 115 de 1994 y demás que las complementen, modifiquen o adicionen. [...]”;

Que el artículo 4o del Decreto 934 de 2003, asignó las funciones de Consejo de Administración del Fondo Emprender, FE, al Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, y la Dirección Ejecutiva del mismo al Director General de esta entidad;

Que el artículo 5o del Decreto 934 de 2003, numeral 1, estableció para el Consejo de Administración del Fondo Emprender, la función de “definir las políticas, las estrategias y los proyectos generales bajo los cuales operará administrativa y financieramente el Fondo”; y en el numeral 9, facultó al Consejo Directivo del Sena para “adoptar los reglamentos internos del Fondo que sean necesarios para su eficiente y eficaz gestión”;

Que mediante Acuerdo 007 de 2005, el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, estableció el Reglamento interno del Fondo Emprender, y en el mismo estableció la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender;

Que el artículo 17 del Acuerdo número 007 de 2005, establece que la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender, tendrá una Secretaría Técnica que será ejercida por el Director de Promoción y Relaciones Corporativas o su delegado;

Que mediante Resolución número 001962 de 2005, se creó el Grupo Interno de Trabajo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender, adscrito a la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena;

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 17 del Acuerdo número 007 de 2005, el cual quedará así:

“Artículo 17. Secretaría Técnica. La Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender, tendrá una Secretaría Técnica que será ejercida por el Director de Formación Profesional o su delegado, quien tendrá las siguientes funciones:

1. Levantar las actas de las sesiones de la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender y mantener actualizada la documentación, correspondencia, archivo y demás información pertinente a la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender.

2. Convocar las sesiones de la Comisión Nacional Técnica del Fondo Emprender y entregar la información pertinente para cada sesión.

3. Recibir los informes de los planes de negocio viables, remitidos por el Gerente del Fondo Emprender.

4. Coordinar la ejecución e informar sobre los resultados de las decisiones adoptadas por la Comisión Nacional Técnica”.

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ARTÍCULO 2o. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Acuerdo 007 de 2005.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2005.

El Presidente,

Jorge León Sánchez Mesa,

Viceministro de Relaciones Laborales.

La Secretaria,

Piedad Pérez de Escobar,

Secretaría General Sena.

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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