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CIRCULAR 5 DE 2019

(enero 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C

PARA: DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCION GENERAL, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES DE GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO, ADMINISTRADORES FONDO NACIONAL DE VIVIENDA Y SERVIDORES PÚBLICOS DEL SENA.

Asunto: Convocatoria Fondo Nacional de Vivienda - Vigencia 2019.

Con el fin de contribuir a la solución de las necesidades de vivienda de los servidores públicos afiliados al Fondo Nacional de Vivienda del SENA y según aprobación dada por el Comité Nacional de Vivienda en sesión 006 de 2018, a continuación se señala el cronograma y lineamientos generales según normatividad interna vigente (Acuerdo 12 de 2014, Acuerdo 004 de 2017 y Resolución 1844 de 2017) para participar en la Convocatoria Nacional de Vivienda de la vigencia 2019:

- MODALIDADES Y CUANTÍAS MÁXIMAS A PRESTAR:.

MODALIDAD:CUANTÍA MAXIMA A PRESTAR:HASTA
Compra de vivienda construida o de lote paraconstruir.$165.623.200
Construcción de vivienda, en lote de propiedad del servidor público.$165.623.200
Liberación total o parcial del gravamen hipotecario, sobre la vivienda del servidor público, siempre y cuando haya sido constituida con ocasión de su adquisición o construcción.$165.623.200
Mejoras locativas en la vivienda de propiedad delservidor público$57.968.120

- CALENDARIO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LOS CRÉDITOS DE VIVIENDA:

Presentación de solicitudes24 de enero al 8 de febrero de 2019
Estudio de solicitudes11 al 15 de febrero de 2019
Reunión Comité Nacional Convencional y Regionales, estudio solicitudes Trabajadores Oficiales y formulación recomendaciones18 al 22 de febrero de 2019
Publicación de listados25 al 27 de febrero de 2019
Reclamación y revisión de solicitudes28 de febrero al 4 de marzo de 2019
Respuesta a reclamaciones y publicación de nuevos listados5 al 7 de marzo de 2019
Aprobación créditos Comité Nacional de Vivienda y Comités Regionales de Vivienda8 al 15 de marzo de 2019
Notificación de los créditos18 al 22 de marzo de 2019

- REQUISITOS MÍNIMOS Y GENERALES DE PARTICIPACIÓN

Conforme lo establecido en los Acuerdos 012 de 2014 y 004 de 2017, así como en la Resolución 1844 de 2017, se enuncian a continuación los requisitos a tener en cuenta por los servidores públicos interesados en participar en la convocatoria, los cuales deberán ser revisados por el Administrador de Vivienda de cada Regional y de la Dirección General, en la etapa de estudio de solicitudes:

1. Pueden participar en la convocatoria todos los servidores públicos (Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales) afiliados al Fondo de Vivienda del SENA, vinculados a esta entidad con anterioridad al 2 febrero de 1998, y que sus cesantías estén siendo administradas por este Fondo.

2. El solicitante deberá contar con capacidad de pago, entendida como la posibilidad de pagar mediante la nómina de la entidad las obligaciones que contraiga por este concepto, sin comprometer más del cuarenta por ciento (40%) de su asignación básica mensual, de acuerdo con el cargo del cual es titular.

3. Los montos a prestar están ligados a la capacidad de pago y endeudamiento demostrada desde el momento de la inscripción a la Convocatoria, conforme la certificación que debe ser expedida y firmada por el Coordinador del Grupo Apoyo Administrativo Mixto (para las Regionales) o por el Coordinador de Grupo del Administración de Salarios (para la Dirección General).

4. Los Empleados Públicos para optar por un nuevo crédito de vivienda deben haber cancelado la totalidad del préstamo anterior.

5. Los Trabajadores Oficiales podrán optar por un nuevo crédito de vivienda, cuando hayan cancelado el setenta (70%) del préstamo anterior.

6. No haber alcanzado el número máximo de créditos que otorga este Fondo, es decir hasta cuatro (4) créditos desembolsados por el SENA, bien sean ordinarios o especiales y sin consideración a la modalidad a la que deseen presentarse.

7. Los servidores públicos que fueron sancionados por el respectivo Comité de Vivienda y su sanción se encuentre vigente, no podrán participar en la presente convocatoria de Vivienda, conforme lo señalado en el Artículo 25 del Acuerdo 0012 de 2014.

8. El Formulario para la solicitud de Crédito de Vivienda "GTH-F-012.V05 Formato único solicitud crédito hipotecario", puede ser descargado en el link http://compromiso.sena.edu.co/, para lo cual debe ingresar su usuario y contraseña.

9. Las solicitudes de crédito deberán ser presentadas por los servidores públicos en la Regional a que pertenezca el cargo titular de planta del solicitante, radicando el formulario GTH-F-012.V05 y sus anexos según modalidad en la unidad de correspondencia de la respectiva Regional o Dirección General y en las fechas establecidas en la Convocatoria 2019. En este formulario el interesado deberá indicar el monto del crédito que solicita, el cual no podrá ser modificado una vez finalizada la etapa de presentación de solicitudes y no podrá ser superior al monto máximo autorizado para la Convocatoria de la vigencia 2019.

10. Quienes tengan hijos o padres a cargo, o sean madres o padres cabeza de familia; deberán manifestarlo diligenciando el Formato "GTH-F-078.V03 Declaración Juramentada dependencia económica", establecida para tal fin y aportando los documentos que señala el formulario "GTH- F-012.V05" y la Resolución 1844 de 2017 para cada caso. Este criterio será calificado como se establece en el Acuerdo 0012 de 2014.

Los documentos asociados al Procedimiento GTH-P-005 Administración Fondo Nacional de Vivienda SENA, son de obligatoria aplicación, por tanto, deben ser conocidos por todos los servidores públicos que inicien o adelanten algún trámite con el Fondo Nacional de Vivienda; cada Regional debe prestar la asesoría que se requiera en el tema.

De manera atenta, agradezco adelantar las gestiones pertinentes para divulgar oportunamente en las Regionales y Centros de Formación la presente Convocatoria, con el fin de garantizar que todos los servidores públicos afiliados al Fondo Nacional de Vivienda del SENA, interesados en participar, conozcan los requisitos y tengan acceso al formulario de solicitud y a los formatos correspondientes.

Las inquietudes sobre esta Circular serán atendidas en las Regionales por los Administradores de Vivienda respectivos y en la Dirección General por el Grupo de Vivienda de la Dirección General a través del correro vramirez@sena.edu.co; teléfono 5461500, IP 12060, 13112, 12157.

Cordial saludo,

VERONICA PONCE VALLEJO

Secretaria General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0005_2019.pdf>

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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