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CIRCULAR 36 DE 2021
(marzo 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA: | DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO |
Asunto: | Austeridad del Gasto y Grupos de Trabajo. |
De manera atenta les solicitamos continuar dando estricto cumplimiento a las normas y directrices expedidas hasta la fecha en materia de austeridad el gasto público para la rama ejecutiva del orden nacional, en especial la Directiva Presidencial No. 09 de 2018 y el Decreto No. 1009 de 2020.
En virtud de la directiva en mención, todas las Regionales y Centros de Formación deben adoptar las medidas de seguimiento, control y ajuste que sean necesarios para su adecuada aplicación en todas las actuaciones administrativas, programas y proyectos institucionales que gestione la entidad, con el fin de mantener una "política pública de austeridad, eficiencia, economía y efectividad que debe prevalecer en la rama ejecutiva del orden nacional".
Así mismo, les recordamos la necesidad de continuar aplicando las directrices dadas mediante la Circular No. 01-3-2021-000002, con el asunto “Reporte de funcionarios públicos de la Convocatoria 436 de 2017 asociados a los procesos Formación Profesional y Direccionamiento estratégico”, en la que se le reiteró a los Directores Regionales y Subdirectores de Centro que tengan asignados funcionarios para las actividades asociadas a los procesos de formación profesional y direccionamiento estratégico, el deber de verificar que ellos cumplan esas funciones establecidas en el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la entidad.
Es pertinente resaltar que la contratación de servicios personales en ambos procesos (formación profesional y direccionamiento estratégico) debe cumplir todas las normas de contratación, incluidas las que establecen las causales para que proceda el contrato, debiéndose sustentar de manera suficiente y razonable que el contrato es estrictamente necesario y que el personal existente es insuficiente para cumplir las obligaciones a contratar.
Es de aclarar además, que la existencia o creación de Grupos de Trabajo en las Regionales y/o Centros de Formación no justifica la contratación de servicios personales, toda vez que la conformación y funcionamiento de estos Grupos implica la asignación de mínimo cuatro (4) cargos provistos o por proveer, para la ejecución de las funciones asignadas a cada uno de esos equipos. Al respecto se indicó en la Circular 01-3-2019-000066 de 2019 lo siguiente:
"(...) Es viable integrar grupos de trabajo identificando cargos que pertenezcan a la planta de personal de la respectiva dependencia, incluso si se encuentren vacantes y en proceso de provisión[i].
- Es viable integrar grupos de trabajo con servidores públicos que se encuentren en comisión de servicios en el área, siempre y cuando las funciones correspondan al manual de funciones del respectivo empleo.
- Si se incluyen cargos en los que actualmente se encuentra un funcionario en periodo de prueba, las funciones que se asignen deben corresponder a la OPEC para la que concursó[ii]
(…)”.
Por lo anterior, para la conformación de los Grupos de Trabajo se deben tener presente las siguientes consideraciones:
- Atender todas las normas vigentes sobre la conformación y/o actualización de los grupos internos de trabajo, en especial la Circular 01-3-2019-000066 del 22 de abril de 2019.
- Aplicar las normatividad y directrices vigentes sobre austeridad del gasto público contenidas en el Directiva Presidencial No 09 de 2018 y el Decreto No. 1009 de 2020.
- La conformación de Grupos de Trabajo no requiere la existencia de apoyos a través de contratación de servicios personales.
- La conformación y funcionamiento de un grupo interno de trabajo no debe implicar la necesidad de asignación de recursos adicionales para la contratación de servicios personales.
- Los Grupos de Trabajo solamente deben desarrollar las funciones asignadas en la resolución de creación y su ejecución debe ser atendida con el recurso humano asignado a ese grupo, acatando los principios de eficiencia de la administración y austeridad del gasto público.
Cordialmente,
ELIZABETH BLANDON BERMUDEZ
Directora de Planeación y Direccionamiento Corporativo
VERÓNICA PONCE VALLEJO
Secretaria General
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0036_2021.pdf>