Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 75 DE 2024

(marzo 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá,

PARA:Empleados Públicos de Carrera Administrativa y de Libre Nombramiento y Remoción.
 
ASUNTO:Convocatoria Sistema General de Estímulos Nuevos apoyos y continuidad Segundo Semestre 2024

La Secretaría General informa que a partir del quince (15) al veintiséis (26) de abril de 2024, estará abierta la Convocatoria del Sistema General de Estímulos para el segundo semestre de 2024, en consecuencia, solicitamos que, a través de la Dirección Regional y sus Centros de Formación Profesional Integral, se garantice la difusión amplia de la misma, teniendo en cuenta los siguientes lineamientos:

1. Participantes:

Empleados públicos de carrera administrativa y de libre nombramiento y remoción.

2. Requisitos:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.10.5 del Decreto No. 1083 de 2015, en el Decreto 1567 de 1998, en el artículo 3 de la Ley 1960 de 2019 y en el artículo 35 de la Resolución No. 1-00174 de 2024, expedida por el SENA, los requisitos exigidos para acceder al apoyo económico para educación formal serán los siguientes:

a) Contar por lo menos con un (1) año de servicio continúo en la Entidad, en un cargo de carrera administrativa o en un cargo de libre nombramiento y remoción.

Nota aclaratoria: El tiempo de servicio con nombramiento provisional no puede ser tomado para calcular la antigüedad.

b) Acreditar nivel sobresaliente en la evaluación de desempeño correspondiente al último año de servicio, tratándose de los empleados públicos de carrera administrativa que soliciten apoyo de continuidad o nuevas solicitudes.

c) Acreditar nivel sobresaliente en el consolidado definitivo anual del sistema de evaluación de Acuerdos de Gestión, para el caso de los empleados públicos de libre nombramiento y remoción.

d) No poseer título profesional cuando se pretenda obtener apoyo para optar por un programa de pregrado.

e) Adjuntar al formato de solicitud de apoyo, el original y/o copia del programa de la carrera a cursar expedido por la respectiva universidad, donde se evidencien datos como nombre del programa, duración, tipo de periodos, número de periodos y valor de la inversión, para las nuevas solicitudes.

f) Las Instituciones de Educación Superior deben estar registradas en el Sistema Nacional de información de educación superior - SNIES del Ministerio de Educación Nacional y los programas que impartan de pregrado y posgrado deben tener registro calificado vigente.

g) Para cursar programas en Universidades del Exterior éstos deben ser impartidos por Instituciones de Educación Superior - IES o instituciones legalmente reconocidas por la autoridad competente en el respectivo país de origen para expedir títulos de educación superior. El funcioanrio debe garantizar el cumplimiento del Parágrafo 1 del artículo 37 de la resolución 1-00174 de 2024.

h) Presentar en las fechas y horarios establecidos en la respectiva convocatoria, el formato GTH-F-155 Formato Único Solicitud de Apoyo Económico para Educación Formal (SARE_1), diligenciando la información solicitada en el siguiente enlace: https://forms.office.com/r/qqukBAvkbs

i) En estricta aplicación de los artículos 43 y 44 de la resolución 1-00174 de 2024, las solicitudes de continuidad y/o nuevos apoyos que sean diligenciadas fuera de las fechas establecidas (antes y/o después), en otro formato, sin los documentos soporte o fuera del enlace anteriormente descrito no serán tenidas en cuenta.

j) No tener sanción disciplinaria vigente, ni haber sido sancionado disciplinariamente en el último año.

k) Los empleados públicos que hayan sido beneficiados con un programa de pregrado por parte del SENA sólo podrán aspirar al apoyo del posgrado, una vez transcurrido un (1) año contado a partir de la fecha de graduación del pregrado.

l) Los empleados públicos que hayan sido beneficiados con un programa de posgrado por parte del SENA sólo podrán aspirar a un nuevo apoyo de esta clase, una vez transcurrido un (1) año contado a partir de la fecha de graduación del anterior posgrado.

3. Procedimiento:

a) El empleado público que reúna los requisitos indicados anteriormente, para iniciar o continuar programas de pregrado o de posgrado debe diligenciar el Formato Único Solicitud de Apoyo Económico para Educación Formal (GTH-F-155) (SARE_1), en el enlace https://forms.office.com/r/qqukBAvkbs anexando los soportes correspondientes desde el lunes quince (15) a las 8:00 a.m. y hasta el viernes veintiséis (26) de abril a las 5:30 P.M.

b) La información suministrada por el empleado público, durante su participación en la convocatoria semestral debe ser completa y verídica, de comprobarse que aporta datos, información, documentos que no corresponden a la realidad, algún tipo de inexactitud, irregularidad o alteración, no podrá volver a participar en la convocatoria durante tres (3) años contados a partir del momento en que se evidencie el hecho o hasta el momento de su desvinculación y sin perjuicio de las demás acciones legales (penales, disciplinarias y fiscales) a las que hubiere lugar.

c) Entre el 29 y 30 de abril de 2024, los Coordinadores del Grupo de Gestión de Talento Humano de cada Regional, consolidarán y puntuarán las solicitudes de su regional, de acuerdo con la información soportada en el expediente laboral de cada solicitante y a los factores de evaluación establecidos en el artículo 51 de la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA.

d) Entre el 2 y 3 de mayo de 2024, las Regionales deben remitir al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano, de la Dirección General el Formato Único Sistema General de Estímulos (GTH-F-153) debidamente diligenciado, con la información consolidada y certificado expedido por el Director Regional donde consten los funcionarios que se presentaron por primera vez y que cumplen los requisitos de la presente convocatoria, ordenados de mayor a menor, teniendo en cuenta el puntaje final obtenido y resultante de la aplicación del artículo 51 de la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA.

e) De igual forma, deben relacionar en el mismo Formato Único Sistema General de Estímulos (GTH-F-153) la información de los empleados públicos que vienen siendo apoyados y aspiren a continuar con el apoyo para educación formal en el segundo semestre de 2024 y que cumplan con lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA, “CONTINUIDAD DEL APOYO y RENDIMIENTO ACADÉMICO” respectivamente.

f) Es preciso indicar que, las nuevas solicitudes de apoyo para educación formal están sujetas a la disponibilidad de recursos presupuestales para el Sistema General de Estímulos, así como de la ponderación de puntaje a nivel nacional de acuerdo con las solicitudes presentadas. En todo caso, si el presupuesto es insuficiente se dará prioridad a los empleados con derechos de carrera administrativa.

g) Del 6 y 8 de mayo de 2024, el Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Dirección General, consolidará la información del Formato Único Sistema General de Estímulos (GTH- F-153) remitida por las regionales, procediendo a enviar 9 de mayo de 2024 el listado nacional de los funcionarios que se presentaron y cumplieron los requisitos exigidos en la presente convocatoria, listado ordenado de forma descendente, teniendo en cuenta el puntaje final obtenido y resultante de la aplicación del artículo 51 de la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA.

4. Publicación de resultados y reclamaciones:

a) Del 10 al 17 de mayo de 2024 se enviará, mediante correo electrónico, a los funcionarios que se postularon en la Dirección General y en los Centros de Formación Profesional Integral, el listado consolidado nacional de los empleados que solicitaron el nuevo apoyo económico para educación formal, y para continuidad del beneficio, indicando los respectivos puntajes obtenidos; con el fin de garantizar publicidad y transparencia de la presente convocatoria.

b) Del 20 al 22 de mayo de 2024, los participantes podrán presentar reclamaciones por escrito, en el lugar donde radicaron la solicitud de nuevo apoyo económico para educación formal y para continuidad del beneficio. En este mismo período los funcionarios que presentaron solicitud de nuevos apoyos tendrán la posibilidad de pedir cambio de programa y/o Universidad a la inicialmente incluida en su postulación, mediante comunicación enviada a través de la oficina virtual de radicación en el siguiente enlace https://oficinavirtualderadicacion.sena.edu.co dirigida al Grupo de Gestión de Talento Humano de la Regional o Dirección General, donde labore, con los soportes requeridos.

c) Es importante aclarar que una vez expedida la resolución de asignación de nuevos apoyos solo podrán modificarse las solicitudes aprobadas, en el caso que la Universidad seleccionada por el funcionario certifique mediante comunicación escrita la no apertura del programa tal como se indica en el literal d) del numeral 5 de la presente circular.

d) Las reclamaciones deben ser resueltas del 23 al 29 de mayo de 2024. El 30 de mayo de 2024 los Directores Regionales certificarán los puntajes definitivos. El 31 de mayo de 2024 remitirán al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General los puntajes definitivos.

5. Notas finales:

a) La Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA, establece los lineamientos del programa de incentivos, por lo cual se recomienda su lectura integral, con el objetivo de seguir el procedimiento establecido y aclarar dudas sobre el programa en mención, toda vez que esta circular se rige por dicha resolución

b) La continuidad del apoyo para educación formal se regirá por lo establecido en los artículos 43 y 45 la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA. Es decir, para hacer efectiva la continuidad del apoyo el funcionario deberá presentar sin excepción su solicitud en las fechas establecidas en el calendario de la presente convocatoria y deberá acreditar el promedio mínimo de aprobación exigido por la Institución de Educación Superior, incluyendo la aprobación de las materias en el período previamente apoyado.

c) En el de junio de 2024 se emitirán Resoluciones del Sistema General Estímulos para continuidad y nuevos apoyos.

d) Los funcionarios de las regionales que sean favorecidos con el apoyo económico para educación formal - Convocatoria Segundo Semestre 2024, deben manifestar por escrito la aceptación o rechazo de este apoyo dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la Resolución al Grupo de Gestión de Talento Humano de cada Regional y los funcionarios de la Dirección General a la Coordinadora del Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano a través de la oficina virtual de radicación SENA en el siguiente enlace: https://oficinavirtualderadicacion.sena.edu.co

En el evento de no responder a la notificación se entenderá que no se hará utilización del apoyo otorgado y se procederá a reasignar los recursos a los funcionarios siguientes en la lista que no fueron apoyados debido a la disponibilidad presupuestal. En el caso de aceptar el apoyo económico, se hace necesario anexar el recibo de pago.

Se reitera, en razón a que se debe garantizar la ejecución del ciento por ciento (100%) del rubro presupuestal de estímulos, es indispensable que los funcionarios beneficiarios del apoyo económico para educación formal remitan al Grupo de Gestión del Talento Humano de la Regional o Dirección General, donde laboren, en el período antes mencionado el recibo de pago de la Universidad, con el fin de iniciar los trámites administrativos de pago.

En el caso que la Institución de Educación Superior no abra el programa aprobado y el funcionario beneficiario del apoyo, en categoría de nueva solicitud, desee cambiar de programa y/o universidad, debe remitir comunicación al Grupo de Gestión de Talento Humano de la Regional o Dirección General, donde labore, en la que anexe la certificación expedida por la universidad y la información correspondiente al nuevo programa al que aspire ser apoyado incluyendo el formato GTH-F-155 Formato Único Solicitud de Apoyo Económico para Educación Formal (SARE_1) en físico. Estas solicitudes solo se recibirán hasta antes de la apertura de la siguiente convocatoria o hasta antes del inicio del correspondiente programa.

e) En el mes de octubre de 2024, se publicará la Convocatoria Sistema General de Estímulos para el primer semestre 2025. Por lo tanto, los funcionarios beneficiarios del apoyo económico para educación formal del segundo semestre de 2024 tendrán que hacer uso de este beneficio antes de la apertura de esa convocatoria.

f) El empleado beneficiado, debe desarrollar el programa académico aprobado en los tiempos programados por la universidad. El SENA no reconocerá tiempos adicionales a los establecidos en los cuadros de apoyo, ni pasantías, seminarios o cualquier otro adicional para optar por el título que conlleva el estudio. De conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 53 de la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA.

g) El apoyo para educación formal será pagado directamente por el SENA a la institución de educación superior y únicamente podrá destinarse para cancelar el concepto de la matrícula; concepto que no incluye inscripción, seguros, carnetización, derechos de grado, tesis, cursos adicionales o complementarios, derechos especiales, etc.

h) El SENA apoya un único programa de pregrado para los que han alcanzado niveles de estudio de educación media, técnica o tecnológica y programas de posgrado en la modalidad de especialización y maestría. En el evento que la Regional, Centro o Dirección General emita concepto favorable para adelantar estudios de un (1) doctorado o postdoctorado, se requiere que la formación a apoyar represente un beneficio en el logro de los objetivos de la Entidad. Al igual que para los estudios de especialización y maestría.

i) El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General, de acuerdo con el presupuesto institucional aprobado para la vigencia 2024 una vez certificado el valor de los apoyos de continuidad, determinará el número de apoyos nuevos que serán asignados a los empleados públicos de la Entidad.

j) El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General, remitirá a las Direcciones Regionales la Resolución por la cual se asigna el apoyo para educación formal, para que procedan a notificar a los beneficiarios de cada regional.

k) El empleado público beneficiado con el apoyo suscribirá un acta en la que asume el compromiso de cursar todo el período académico y donde manifieste que prestará sus servicios a la Entidad por un periodo de un (1) año contado a partir de la terminación de materias del último periodo académico apoyado. En caso de que el empleado beneficiario del apoyo no cumpla con el año de servicio deberá reintegrar a la entidad el monto liquidado de acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA.

l) Una vez ejecutoriada la Resolución, el funcionario beneficiado deberá entregar el recibo de matrícula, certificado o documentos necesarios para iniciar los trámites de pago del apoyo para educación formal que se hará únicamente a la institución educativa la cual debe contar con el Registro Calificado vigente y las Instituciones de Educación Superior que lo impartan deben estar registradas en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior -SNIES del Ministerio de Educación Nacional, y se liquidará de conformidad con el valor de la matrícula aplicando los porcentajes señalados en el artículo 56 de la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA y la aplicación de descuento electoral de acuerdo con el artículo 42 de la misma resolución.

Para postulaciones en Universidades del exterior el funcionario interesado deberá adjuntar certificación de acreditación de alta calidad internacional o resolución del Ministerio de Educación Nacional que permita evidenciar que el programa seleccionado es convalidable en Colombia.

Cualquier inquietud o información adicional, acerca del contenido de la presente Circular, favor comunicarse con el funcionario encargado de Estímulos en el Grupo de Talento Humano de su respectiva Regional.

Cordialmente

DELKA PATRICIA ORTIZ CORTAZAR

Secretaria General (E)

ANEXO 1. CALENDARIO CONVOCATORIA SISTEMA GENERAL DE ESTÍMULOS - SEGUNDO SEMESTRE 2024.

15 al 26 de abril de 2024Interesados presentarán solicitudes en continuidad y nuevos apoyos diligenciando el GTH-F-155 Formato Único Solicitud de Apoyo Económico para Educación Formal (SARE_1) y sus respectivos soportes en el siguiente enlace:
https://forms.office.com/r/qqukBAvkbs
29 y 30 de abril de 2024Coordinadores del Grupo de Gestión del talento Humano de cada Regional consolidarán y puntuarán la información de las solicitudes de su regional.
2 y 3 mayo de 2024Direcciones Regionales remitirán al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano, de la Dirección General el GTH-F-153 Formato Único Sistema General de Estímulos.
6 al 8 mayo de 2024El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano consolidará GTH-F-153 Formato Único Sistema General de Estímulos enviado por las Regionales.
El 9 mayo de 2024El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano remitirá a las regionales el consolidado nacional.
10 al17 mayo de 2024Regionales y Dirección General envían correo electrónico comunicando puntajes obtenidos en el consolidado nacional a los interesados.
20 al 22 mayo de 2024Presentación de Reclamaciones y revisión de solicitudes
23 al 29 mayo de 2024Respuesta a reclamaciones
30 mayo de 2024Directores Regionales expiden certificado con puntajes definitivos
31 mayo de 2024Las Regionales remiten listados definitivos.
junio 2024Se emitirán las Resoluciones con los beneficiarios a los cuales se otorga el apoyo económico para adelantar estudios de educación formal de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 100174 de 2024 expedida por el SENA.
Octubre 2024Publicación de la Convocatoria Sistema General de Estímulos – primer semestre 2025

ANEXO 2. RESPONSABLES ESTÍMULOS REGIONALES.

REGIONALNOMBRECORREO
AmazonasThiana Dissan Mendoza Rojastdmendoza@sena.edu.co
AntioquiaMary Yanet Vargas Valenciamyvargasv@sena.edu.co
AraucaElizabet Morenoelmoreno@sena.edu.co
AtlánticoLida Johana Morales Marquezlmoralesm@sena.edu.co
BolívarJenny Alexandra Caicedo Gomez¡caicedo@sena.edu.co
BoyacáEliana cruz Moraecruzm@sena.edu.co
CaldasYenny Camargo Giraldoycamargogi@sena.edu.co
CaquetáRuthdery Villarreal Carvillareal@sena.edu.co
Jose Edward Joven Bustamante¡e¡oven@sena.edu.co
CasanareOrfy Stella Perez Holguinosperez@sena.edu.co
CaucaSandra Liliana Realpe Hoyossrealpe@sena.edu.co
Yaddy Alexandra Torres Martinezyatorres@sena.edu.co
CesarEdna Margarita García Aldanaemgarciaa@sena.edu.co
ChocoGladys María Mena Garridogmenag@sena.edu.co
CórdobaNaviris Del Carmen Vega Algarínncvega@sena.edu.co
Astrid Amayaaamayar@sena.edu.co
CundinamarcaRicardo Perez Castañedariperezc@sena.edu.co
Distrito CapitalGloria Patricia Ramirez Sepulvedagpramirezs@sena.edu.co
Dirección GeneralGilma Patricia Ramirez Rodriguezgpramirez@sena.edu.co
GuainíaLuz Nelcy Alba Montalvolnalbam@sena.edu.co
GuajiraImelda Maria Campo Amayaicampo@sena.edu.co
Guavia reMireya Ceron Hernandezmceronh@sena.edu.co
HuilaDiana Paola Castillo Vargasdcastillov@sena.edu.co
Diego Fernando Villalba Artunduagadvillalba@sena.edu.co
MagdalenaIris Marina Eguis Carranzaieguis@sena.edu.co
MetaLennys Soliany Araque Diazlaraqued@sena.edu.co
NariñoEver Alexander Muñoz Guevaraevmunoz@sena.edu.co
N. de SantanderLuis Alfonso Lazaro Cañizareslalazaro@sena.edu.co
PutumayoNathalia Buitron Foreronbuitron@sena.edu.co
QuindíoElizabeth Torres Acevedoeltorres@sena.edu.co
RisaraldaMaria del Mar Aguilar Suarezmaguilars@sena.edu.co
San AndresSilvia Lissette Hooker Fontalvoshooker@sena.edu.co
Sa ntanderKarol Dayana Castrillon Rojaskdcastrillon@sena.edu.co
SucreMaria Nelly Florez Rodriguezmnflorezro@sena.edu.co
TolimaJavier Enrique Peña Oviedo¡epenao@sena.edu.co
ValleWilber Tenoriowtenorio@sena.edu.co
VaupésHarold Ricardo Jimenez Rodriguezhricardo¡r@sena.edu.co
VichadaNidya Yanitza Cuyares Duranncuyares@sena.edu.co
Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.