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CIRCULAR 120 DE 2017
(julio 20)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.
PARA: | DIRECTORES REGIONALES Y SECRETARIOS DE COBRO COACTIVO |
ASUNTO: | Alcance a la Circular No. 3-2015-000149 de fecha 5 de octubre de 2015, sobre los "Lineamientos para efectos de adelantar las consultas en bases de datos del buró de crédito CIFINS.A., y Superintendencia de Notariado y Registro para los procesos de cobro coactivo administrativo". |
La Dirección Jurídica de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje - Sena, propendiendo por la optimización de los resultados en las consultas a realizar en las bases de datos del buró de crédito CIFIN S.A.S., y Superintendencia de Notariado y Registro, y en aras de hacer más efectivas las búsquedas de bienes en estos portales, procede a dar alcance a la Circular N° 3-2015- 000149 de fecha 5 de octubre de 2015, mediante la cual se establecieron los lineamientos para adelantar las respectivas consultas para los procesos administrativos que adelantan los Despachos de Cobro Coactivo de las Regionales Sena.
Por lo anterior, se procede a realizar el alcance al numeral IV de la referida Circular, en el siguiente sentido:
"IV- Procedimiento a efectos de consultar los registros relacionados con el proceso de cobro coactivo que se adelanta en la Regionales:
El Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, a través de la Coordinación de Grupo de Gestión de Cobro Coactivo, tramitará la información solicitada por las regionales, ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE, de los deudores que se encuentren en proceso administrativo de cobro coactivo, activo y reportado en el informe de gestión mensual.
Para tal efecto, el Grupo de Gestión de Cobro Coactivo, dispuso en el "Formato único de informes de gestión de cobro coactivo”, una hoja Excel adjunta denominada "Investigación de bienes", la cual se deberá diligenciar con las consultas a realizar en el correspondiente mes, especificando los campos requeridos para tal fin, y enviándola por parte del Director Regional en calidad de Funcionario Ejecutor a la Coordinación del Grupo de Gestión de Cobro Coactivo de la Dirección General, dentro de los cinco (5) primeros días calendario de cada mes, mediante comunicación formal vía Onbase.
Igualmente, para completar de manera exitosa la consulta en portal de la Superintendencia de Notariado y Registro - VUR, se debe indicar el Número de Identificación Tributaria - NIT con el dígito de verificación, el cual se incorporará en el mismo formato, y así mismo, es obligatorio diligenciar los campos de dirección y teléfono de los deudores consultados, para el reporte que se entrega trimestralmente a CIFIN S.A.S.
Se señala que la información sobre la cual se va a realizar la consulta debe ser debidamente diligenciada, veraz, y debe corresponder efectivamente a los procesos de cobro coactivo que adelanta la Regional, y en caso de presentar inconsistencias o no estar diligenciado en debida forma, se procederá a su respectiva devolución sin trámite por parte de la Coordinación del Grupo de Gestión de Cobro Coactivo, para ser subsanado dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su recibo, so pena de no tramitarse dentro del mes solicitado, y deberá enviarse nuevamente con el informe de gestión del siguiente mes. De cumplirse con los requisitos de la solicitud, la Coordinación de Grupo de Gestión de Cobro Coactivo enviará la respectiva respuesta al Despacho de la Dirección Regional, mediante radicado Onbase, allegando los reportes en medio magnético y en sobre cerrado, con la advertencia de confidencialidad frente a su uso.
Es de advertir que cualquier manejo y uso indebido de la información acarreará para la Entidad sanciones que pueden llegar hasta la terminación del Acuerdo y del Convenio celebrados, así como el inicio o la vinculación en procesos administrativos y/o judiciales, sin perjuicio de la responsabilidad que le llegare a corresponder a los Funcionarios Ejecutores, Secretarios de Cobro Coactivo, y demás personal de apoyo que tenga a su cargo el uso de la misma”.
En cuanto a las demás disposiciones establecidas en la Circular No. 3-105-000149, se mantienen incólumes y continúan vigentes.
Atentamente,
JUAN PABLO ARENAS QUIROZ
Director Jurídico